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En el contrato de arrendamiento se establecen todas las cláusulas que les corresponden cumplir a los propietarios e inquilinos, pero podrían desatarse inconvenientes que se pueden evitar. Para ello, se puede recurrir a seguros en un piso de alquiler, si quieres conocer quién es el responsable de pagar por este servicio, te invitamos a leer este post.

Hallar un piso vacío y que se encuentre disponible para recibir inquilinos es algo difícil de concretar, porque las viviendas en alquiler permanecen poco tiempo en el mercado. Esto se debe a que los propietarios no obtienen las ganancias necesarias, cuentan con pocas garantías y el miedo al impago del alquiler es algo que se encuentra presente.

Por otra parte, los límites en las actualizaciones de renta no permiten la realización de cláusulas abusivas y eso aleja a los dueños de propiedades para arrendar, de este negocio. Además, los desahucios para sectores vulnerables toman mucho tiempo en hacerse efectivos y la decisión de no alquilar, a veces genera menores conflictos.

Sin embargo, la oferta y la demanda deben encontrarse en equilibrio para que el mercado inmobiliario continúe en movimiento y una buena opción es que los arrendadores evalúen a sus inquilinos en profundidad. Contar con avales es lo que permitirá seguridad a los propietarios, por eso hablaremos sobre los seguros en un piso de alquiler y a quién le corresponde pagar el coste por ellos. ¡Sigue leyendo!

¿Por qué se necesitan contratar seguros en un piso de alquiler?

La posibilidad de alquilar un piso es la mejor alternativa para los jóvenes que se encuentran realizando sus primeros pasos en el mundo profesional. Como la inestabilidad laboral está a la orden del día, las demoras en el pago de la renta son comunes y muchos inquilinos se convierten en deudores, en poco tiempo.

Pero la morosidad no es el único inconveniente con el que pueden llegar a lidiar los arrendadores, porque los destrozos y roturas de la vivienda son cuestiones habituales. Aunque, es posible evitarlos si se contratan seguros en un piso de alquiler, pero no siempre se conoce con certeza a quién le corresponde hacerse cargo de este coste.

De acuerdo a la Ley de Arrendamientos Urbanos, tanto el propietario como el inquilino pueden ocuparse del pago de este tipo de servicios y por ello, deben ponerse de acuerdo sobre el tema. El casero, seguramente sea el que proponga este tipo de seguros y el inquilino puede decidir rechazarlo o aprobarlo.

¿Cuáles son los más utilizados?

Existen diferentes estilos de seguros en un piso de alquiler y tres, son los que más se contratan y te los indicaremos a continuación. Los propietarios invierten en viviendas de arrendamiento, con el objetivo de disponer de ganancias mensuales aseguradas, las cuales se obtienen a través del pago de los alquileres que realizan los arrendatarios.

Como se trata de un negocio, necesitan que el inmueble se encuentre resguardado ante posibles conflictos con el inquilino. Para ello, se puede contratar el seguro del propietario que lo pagará el arrendatario, a través del pago de la renta o también, puede ocurrir que se encuentre por fuera del monto del alquiler y sea un cargo adicional.

Los inquilinos que así lo deseen, pueden acceder a la contratación de un seguro para evitar problemas con el arrendador. Al tratarse de una inversión individual, el propietario no tiene responsabilidad monetaria sobre el mismo y es por eso, que se recomienda que cada una de las partes cuente con un seguro propio, el que deben pagar de manera individual.

¿Por qué los propietarios deberían contratarlos?

Si los arrendadores toman la decisión de contratar seguros en un piso de alquiler, tendrán en sus manos la posibilidad de que la vivienda siempre se encuentre en perfecto estado y donde es posible, combatir problemas en el sitio con rapidez. Este tipo de seguro protege a la vivienda contra daños estructurales.

De modo que, no se trata de un servicio menor, sino que reviste a la vivienda de forma absoluta, ante incendios o hurtos en la propiedad. Estas dos circunstancias no son comunes, pero si el piso no está asegurado podría suponer un esfuerzo económico de muy alto coste para el arrendador.

Por si fuera poco, la vivienda podría generar problemas en otros pisos, si presentara goteras o marcas de humedad, que es algo que se observa a menudo. No obstante, este tipo de seguro cubre cualquier conflicto que tenga la vivienda sobre algún tercero, por lo que es muy importante para los propietarios.

¿Cuáles son las ventajas que obtiene un inquilino al poseer seguros en un piso de alquiler?

Los arrendatarios también podrían solicitar seguros en un piso de alquiler, porque de esa manera evitarían inconvenientes con la vivienda que se encuentran habitando y con el propietario. Si toman la decisión de contratar este servicio, estarían asegurados contra cualquier tipo de daños que se produjeran en el inmueble.

Esto quiere decir que los problemas que pudieran surgir en los electrodomésticos o accidentes pequeños domésticos, contarían con el seguro de alquiler y las refacciones se harían sin incurrir en conflictos con los dueños de la vivienda. Otra de las particularidades de este servicio, es que cubre los daños contra terceros.

De este modo, los inquilinos podrán disfrutar de una estadía en la vivienda de sus sueños, donde no tendrán problemas con los caseros, ni con otros vecinos. Es un coste que no todos los arrendatarios se encuentran dispuestos a cumplir, pero a largo plazo evitará inconvenientes indeseados.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo, nos interesaría conocer si tienes alguna inquietud al respecto o cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” que se encuentra debajo de la publicación.

Además, si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Aquí te contaremos cuáles son los pasos que debes seguir si quieres reclamar un seguro vinculado a la hipoteca. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Por muchos años, los bancos solían reclamar un seguro vinculado a la hipoteca. Se trata de un seguro de vida que se les exigía contratar a aquellos contrataban un préstamo hipotecario.

El banco podía hacerlo gracias a un vacío legal, que permitía exigir a los clientes que contrataran un seguro vinculado a la hipoteca. Funcionaba como garantía del préstamo hipotecario para la comprar un inmueble.

De este modo, las entidades bancarias exigían la contratación de otros productos con el objetivo de aumentar sus beneficios. Por otro lado, el coste de un seguro vinculado a la hipoteca solía ser bastante alto. Además, se exigía el pago completo por adelantado, algo que para una gran cantidad de clientes no era posible.

¿Por qué se trata de una práctica abusiva por parte de las entidades bancarias?

Algo muy habitual era incluir el pago del seguro en la cantidad de dinero total que prestaba el banco para el préstamo hipotecario. En otras palabras, para acceder a una hipoteca era obligación suscribir un contrato de seguro cuyas comisiones se abonaban por adelantado por medio de la financiación hipotecaria, incluyendo los intereses.

De esta manera, el importe del seguro se suma al del préstamo hipotecario, esto implica un aumento de los gastos para el cliente. En resumen, generaba un aumento tanto de la cuota hipotecaria, como de los intereses.

Hoy en día, a pesar de que las entidades bancarias aún pueden exigir a sus clientes que contraten un seguro de vida como parte del préstamo, no pueden obligarlos a realizarlo con una aseguradora específica. El cliente cuenta con el derecho de elegir el seguro que le resulte más conveniente.

Esto brinda la posibilidad de acceder a una hipoteca sin vinculaciones, en la que el cliente pueda elegir seguros y servicios financieros independientes. Sin dudas, esto te permite reducir significativamente los costes extra vinculados a la hipoteca.

La Ley Hipotecaria: ¿Qué dice del seguro vinculado a la hipoteca?

A partir de junio de 2019, las entidades bancarias ya no pueden reclamar un seguro de vida vinculado a la hipoteca a sus clientes.

Por otro lado, después de que la Ley Hipotecaria entró en vigor, aquellos que fueron afectados por estas prácticas abusivas por parte de los bancos, tienen la posibilidad de reclamar los gastos de sus hipotecas por el seguro de vida.

Reclamar el seguro de vida de la hipoteca

Hoy en día, existe la posibilidad de reclamar un seguro de vida vinculado a una hipoteca que haya sido firmada previo a la entrada en vigor de la Nueva Ley Hipotecaria.

Gracias a la Ley Hipotecaria, las entidades bancarias deben cumplir con responsabilidades por exigir a sus clientes contratar seguros de vida para acceder a una hipoteca. Los tribunales dictaminan a favor de los consumidores, lo que permite que recuperen todo, o bien, una parte del dinero que pagaron. Si estás atravesando esta situación, debes saber que es el momento de reclamar el seguro de vida vinculado a tu hipoteca.

¿Hay un límite de dinero que puedo reclamar?

El marco legal actual brinda la posibilidad de reclamar el seguro de vida vinculado a la hipoteca, gracias a ello, en todo el país se están admitiendo demandas y concediendo indemnizaciones. Los importes pueden variar entre los 6000 y los 40 000 euros dependiendo del caso.

Paso a paso para reclamar el seguro vinculado a la hipoteca

Si te interesa reclamar la devolución del seguro de vida de tu préstamo hipotecario, aquí van los requisitos:

  • Fecha en que se firmó la hipoteca: será necesario que la hipoteca haya sido firmada previo a junio de 2019, momento en que entró en vigor la nueva Ley Hipotecaria, que prohíbe estás prácticas abusivas por parte de las entidades bancarias.

  • El banco debe haber exigido el pago completo por adelantado: para que el seguro se considere abusivo, la entidad en cuestión debe haber cobrado en un solo pago la totalidad de la cobertura del seguro, antes de inicie la hipoteca.

  • Importe total del pago único: ten en cuenta que debe ser mayor a 5000 euros para que tengas la posibilidad de recuperar el dinero.

  • Seguro contratado con una aseguradora vinculada a la entidad: será necesario que hayas contratado el seguro de vida por medio de una compañía vinculada al propio banco. Esto implicaba gastos adicionales para el cliente, ya que las condiciones no resultaban muy ventajosas.

  • Cláusula por ocultar información: consiste en una cláusula abusiva impuesta por la entidad bancaria, por medio de la que se oculta la información a los clientes.

¿Qué ocurre si no contrato un seguro de vida vinculado a mi hipoteca?

Ya sabes que con la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria ya no es obligación contratar un seguro de vida al contratar un préstamo hipotecario.

El objetivo de un seguro de vida vinculado a una hipoteca es cubrir el importe pendiente de pago de un préstamo, si uno o más prestatarios fallecen. Si esto sucede, el seguro de vida de encargará de cubrir el pago de la deuda con la entidad bancaria, de esta forma, quedaría saldada.

En otras palabras, si optas por no contratar un seguro de vida, si falleces o te encuentres en situación de incapacidad total, la entidad bancaria continuará exigiendo los pagos del préstamo hipotecario.

¿Cómo cancelar un seguro de vida vinculado al préstamo hipotecario?

Lo más aconsejable es contar con asesoramiento de abogados que cuenten con experiencia en este tipo de reclamaciones. Por lo general, para que puedan analizar tu caso, deberás brindar algunos documentos, se trata de:

  • Una copia de la escritura de hipoteca.

  • Copia de la póliza de prima única.

  • Justificante del pago de seguro de prima única.

Luego, tendrás que reclamar el seguro de vida vinculado a tu préstamo hipotecario. Con ayuda de los abogados, debes hacer llegar el escrito de reclamación a tu entidad bancaria.

Si el banco se niega a devolver el dinero, deberás interponer una demanda judicial.

Juicio para reclamar el seguro de vida del préstamo hipotecario

Lo más común es que los jueces opten por una de estas dos soluciones:

El cliente recupera la totalidad del dinero

Se le exigirá a la entidad bancaria la devolución de la totalidad de la prima de estos seguros. Más allá del precio de la financiación e intereses que fueron cobrados para financiar el seguro.

El cliente recupera solo una parte del dinero

En este caso se condena al banco a devolver el importe proporcional de la prima que corresponda al tiempo que queda del contrato, devolviendo todos los intereses.

En resumen, si tu banco te ha exigido un seguro de vida vinculado a tu hipoteca, sin dudas, es hora de reclamar lo que es tuyo. Con la nueva Ley Hipotecaria, tienes la posibilidad de reclamar tu seguro de vida vinculado a la hipoteca si cuentas con un contrato firmado previo a junio de 2019.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre reclamar un seguro vinculado a la hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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¿Tienes un piso en alquiler y no quieres tener problemas con los arrendatarios? No debes preocuparte, porque este post conocerás toda la información sobre una alternativa que existe para los propietarios que, no desean inconvenientes con sus inquilinos. Se trata de los seguros de alquiler, los cuáles aportan soluciones ante situaciones inesperadas. Descubre para qué sirven, a continuación.

¿Cómo funcionan los seguros de impago de alquiler?

Cada vez son menos las personas que pueden acceder a la compra de una casa, lo que implica un gran aumento de quienes optan por la modalidad de alquiler. Sin embargo, tanto arrendatarios como arrendadores corren algunos riesgos en cuanto a lo económico. Existen dos grandes situaciones adversas que pueden surgir al momento de poner tu piso en alquiler. El primero, por supuesto, es que los inquilinos que ya estén instalados en la vivienda dejen de pagar la renta mensual indicada. Por otro lado, que provoquen destrozos dentro del inmueble.

Contratar un seguro de alquiler impago funciona como protección ante estas posibles dificultades. Con esta herramienta el propietario se asegura de que recibirá la mensualidad de renta que le corresponde por derecho, así como el inquilino demostrará que podrá cumplir con la obligación de pagarlo. Mediante la contratación de un seguro de impago de alquiler se genera una póliza que contendrá detalladas las cuestiones por las cuales se activará este seguro. Generalmente, se trata de un procedimiento simple.

Como tantas otras veces explicamos, en cuanto a las responsabilidades y obligaciones entre arrendatarios y arrendadores es fundamental generar un claro Contrato de Arrendamiento. Si eres propietario, y tú contrataste el seguro, al momento de realizar un reclamo, ya sea por destrozos o por falta de pago, deben estar en ese contrato en detalle las aclaraciones indicadas. Para que el seguro active es necesario que exista ese paso legal. En el caso de que sea el inquilino quien contrate este seguro, son bastante variados los motivos por los cuales el seguro se activa.

Funciones básicas de los seguros de impago de alquiler

La morosidad de los inquilinos sobre el pago de alquileres se ha incrementado durante los últimos meses, con respecto al año anterior. Las crisis provocadas por la guerra y las consecuencias económicas que dejó la pandemia apuntaron en muchos frentes y, por supuesto, los alquileres no se salvaron. Los datos aportados por los contratos que monitoriza el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM) confirman que las incidencias de impago son casi el triple que hace un año atrás.

La función más conocida de los seguros de impago de alquiler es la de garantizarle al propietario la devolución de las mensualidades no abonadas por el inquilino. Todas las aseguradoras cubren la morosidad con ciertos límites en cuanto al número de mensualidades por devolver. Es decir, algunas cubrirán hasta doce meses o más según la póliza. Por supuesto, el coste de contratación del seguro va a variar según la cantidad de meses establecidos previamente.

Sumado a la cobertura de rentas mensuales no pagadas, los seguros se encargan también de cubrir los gastos por la destrucción del piso e, incluso, los daños sufridos sobre el equipamiento que pueda haberse instalado dentro de él. Para esto, es esencial que en el contrato de arrendamiento se hayan hecho todas las aclaraciones sobre el estado del inmueble al momento de la entrega. Junto con estos datos, se tienen que haber adjuntado las fotos probatorias.

¿Cómo es la cobertura de este seguro?

Esta cobertura es un poco limitada porque no cubre los desperfectos ocasionados durante el periodo de alquiler, sino desde el momento que se le avisa al inquilino de su expulsión de la vivienda, procedimiento conocido como desahucio. En estos casos se deben presentar las pruebas de que las destrucciones tuvieron lugar luego de haber informado al inquilino que tenía que abandonar el inmueble.

Muchas veces, los seguros sirven como medida preventiva antes de que se sucedan cualquiera de estas situaciones. Algunos incluyen un servicio adicional de estudio de solvencia para el arrendatario. Esto para intentar mediar, ya que conciliar o llegar a un acuerdo puede evitar problemas más complicados de resolver a futuro.

¿Cuánto cuesta un seguro de alquiler impago?

Los valores se sitúan entre el 3% y el 5% de la renta anual. Si tienes una renta de 700 euros por mes, el valor del seguro podrá calcularse entre 252 y 420 euros al año. Igualmente, estas cifras pueden variar según el servicio que preste la compañía aseguradora que se contrate. Ahí se deberá contemplar el alcance que tenga el seguro. Estos datos figurarán en la póliza.

¿Quién se hace cargo de los costes del seguro?

La decisión sobre cuál de las dos partes debe pagar el seguro, casi siempre, presenta una discusión. Pensando que este seguro es beneficioso para ambos, parecería que la solución tendría que aparecer fácilmente, pero no suele ser así.

Con respecto a esto la Ley de Arrendamientos Urbanos no hace ninguna salvedad. Sí o sí, la organización del pago del seguro queda en manos de los inquilinos y de los propietarios. Lógicamente, el más interesado es el arrendador ya que necesita proteger sus bienes y asegurarse de que cobrará mes a mes la renta. Además, si el inquilino deja de pagar el coste mensual, es muy probable que antes haya dejado de pagar el seguro.

Por eso, generalmente se hace cargo el propietario, aunque si llegan a un buen razonamiento pueden compartir el pago entre ambas partes. En este último caso, el arrendador podrá tomar mayor porcentaje del gasto, al fin y al cabo, es el más beneficiado por contratar un seguro.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Esperamos con este resumen haberte clarificado las cuestiones básicas sobre los seguros de alquiler impagos. De todas maneras, siempre puedes contactarte con Oi Real Estate para más información.

La contratación de los seguros, la firma de los contratos y la evaluación sobre los futuros inquilinos, entre otras cosas, es un trabajo que nuestros agentes saben manejar a la perfección. Para lograr poner tu piso en alquiler de manera segura y eficiente, escríbenos y te daremos el acompañamiento profesional que necesitas. No te quedes con dudas y comunícate con nosotros.

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¿Quieres conocer las últimas novedades en materia inmobiliaria? Te encuentras en el lugar indicado. Desde Oi Real Estate, te brindaremos todo lo que tienes que saber y en esta ocasión, hablaremos acerca de una de las inquietudes más consultadas: ¿los seguros de la vivienda son obligatorios para los inquilinos? Te invitamos a leer el siguiente post.

En un contrato de alquiler se establecen cuáles son los derechos y obligaciones que, le corresponden a cada una de las partes que intervienen en este acuerdo. A su vez, la Ley de Arrendamientos Urbanos es, la normativa vigente para esclarecer aquellos puntos que pudieran generar confusión entre arrendatarios e inquilinos, con el objetivo de que cada uno conozca lo que tiene que saber en cada caso y a qué, debe atenerse.

Muchos de los inquilinos, además de brindar la fianza que se requiere cuando se contrata un alquiler y que cubrirá los gastos ante posibles destrozos en la propiedad, también pueden solicitar un seguro para el hogar. Esto, permitirá salvaguardarse en la situación de que ocurriera un problema con el piso del alquiler; por eso en este post, te explicaremos si los seguros de la vivienda son obligatorios o, si son optativos. ¡Sigue leyendo!

¿Los seguros de la vivienda son obligatorios?

Disponer de una vivienda para vivir es una de las necesidades del ser humano, por eso resulta difícil y puede demorar algún tiempo encontrar la propiedad adecuada. Sin embargo, existen muchas viviendas en alquiler y hallar la ideal, no es un asunto imposible de lograr.

Cuando un inquilino encuentra la casa de sus sueños, en la que desea obtener muchas anécdotas y aventuras debe procurar mantener la propiedad en el mismo estado que fue entregada. El temor a sufrir un inconveniente con el arrendador está presente y solicitar un seguro para el hogar es la solución.

Es por ese motivo que, una de las inquietudes que surgen es si los seguros de la vivienda son obligatorios y aunque, son muy recomendados para evitar conflictos: no revisten obligatoriedad. La normativa indica que no puede existir obligatoriedad al respeto; lo que supone que el arrendatario no puede ser obligado por su casero, a la contratación de un seguro.

¿En qué beneficiaría al inquilino la contratación de un seguro?

Los seguros son la mejor forma de protegerse ante problemas inesperados, ya sea una rotura en la vivienda, hurtos o, cualquier otra situación que pudiera presentarse. Si un inquilino desea proteger sus bienes personales, la única opción que tiene para conseguirlo es solicitando un seguro para el hogar.

El robo es una de las mayores preocupaciones de los últimos tiempos, lamentablemente es una cuestión que se presenta a diario y la posibilidad de proteger los bienes, es de suma importancia. Puede ocurrir que el arrendador disponga de un seguro, que le permita recuperar sus pertenencias; pero si el inquilino no cuenta con uno, no correrá con la misma suerte.

En el caso de que un inquilino quiera tener la misma posibilidad para proteger sus bienes, lo más recomendable es que contrate un seguro. Si bien, como mencionamos anteriormente no son obligatorios, en la práctica serían de mucha importancia y casi obligatorios, si se desea salvaguardar las pertenencias personales.

Si un arrendatario decide contratar una póliza: ¿Cuál sería la más recomendable?

Cuando una persona decide alquilar una vivienda, lo más recomendable es que piense en tener una buena relación con el arrendador; evitando posibles inconvenientes. Contratar un seguro, puede ser una solución si sucede algún desperfecto que dañe la casa de forma permanente.

Los inquilinos deben estar en alerta al vivir en una propiedad alquilada porque, si bien es el inquilino el que la habita, cualquier perturbación puede incomodar al propietario o peor aún, originarle un serio problema económico. Sin embargo, si el arrendatario cuenta con un seguro de responsabilidad civil, no tendrá que preocuparse de estas cuestiones.

Con este seguro, cualquier pérdida, incendio o inconveniente, sería cubierto de manera inmediata por la aseguradora. Si un inquilino se pregunta si los seguros de la vivienda son obligatorios, descubrirá que la respuesta es negativa; pero muy necesarios para resolver cualquier problema en la propiedad alquilada.

¿Quién debe pagar los seguros de la vivienda?

Alquilar una propiedad es una gran posibilidad, para quienes no pueden comprar una casa y también, genera beneficios para el propietario. Uno de ellos, es el dinero que se recibe por mes; lo que permite un nuevo ingreso a cambio de brindar una vivienda, por un determinado lapso de tiempo.

Si el propietario cuenta con un seguro de hogar, su aseguradora responderá ante cualquier desperfecto que pudiera desatarse en la vivienda; pero si el inquilino no cuenta con un seguro y ocurre algo grave, no podrá reclamar su pérdida. Algunos dueños de viviendas en alquiler obligan a sus inquilinos a contratar seguros, pero esto no es lo correcto.

Por eso, es importante responder a la pregunta que se planteó en el post, sobre si los seguros de vivienda son obligatorios. Aunque, muchos contratos de arrendamiento lo impongan como condición, no lo son y el inquilino no puede estar obligado a asumir un gasto que no le corresponde.

Si te ha interesado el post que acabas de leer, puedes continuar informándote al respecto sobre la temática. Te invitamos a leer la siguiente nota, que te aportará mayor información a lo leído.

Si tienes alguna inquietud recuerda que, puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer: acerca de si los seguros de la vivienda son obligatorios para los inquilinos o, si tienes alguna otra duda sobre este tema.

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¿Cómo y dónde se deposita la fianza de alquiler? ¿A quién le corresponde realizar el depósito? ¿Qué pasa si no se realiza el depósito? ¿Qué perjuicios puede generar para las partes del contrato de alquiler? En este post te damos las respuestas.

Cuando celebramos un contrato de alquiler, una de las obligaciones que tiene el arrendatario es pagar la fianza. El arrendador, por su parte, debe depositar ese monto en la Comunidad Autónoma. Pero ¿qué pasa cuando ese depósito no se realiza? ¿Qué perjuicios puede ocasionar y quién se vería perjudicado? Como toda obligación legal, su incumplimiento acarrea penalidades y perjuicios. Analizaremos lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos y qué puede suceder en la práctica.

Fianza en Ley de Arrendamientos Urbanos

Lo primero que debes saber es que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años.

Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad. Es esta ley la que establece la normativa aplicable a la fianza en los contratos de alquiler. Debes tener presente la ley vigente al momento de firmar tu contrato, ya que, por principio general del derecho, las leyes no se aplican retroactivamente.

Concepto

La Ley de Arrendamientos Urbanos establece en su artículo 36 las condiciones de la fianza de alquiler que debe entregar el inquilino. La fianza actúa como un depósito en garantía para el propietario. Esto es así, porque ese monto podrá ser tomado por el propietario para reparar los desperfectos y saldar las deudas que pudiera haber generado el inquilino una vez terminado el contrato de alquiler.

Monto y modo de pago de la fianza

Quizá te preguntes si el monto de fianza puede negociarse. O si se pueden consensuar distintos modos de pago. Como es esperable, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece los parámetros a tener en cuenta. El mismo artículo 36 determina que el monto de fianza será el equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda

El mismo artículo de la ley establece que la fianza se paga en metálico. Si quieres saber cómo se recupera la fianza de alquiler, en este post te contamos todo lo que necesitas saber.

Depósito de la fianza

La fianza tiene carácter de interés público. Por ello es obligatorio para el arrendador depositar ese monto a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma de que se trate.

En el considerando cuarto del preámbulo de la Ley de Arrendamientos Urbanos, se establece lo siguiente. “La fianza arrendaticia mantiene su carácter obligatorio, tanto en vivienda como en uso distinto, fijándose su cuantía en una o dos mensualidades de renta, según sea arrendamiento de vivienda o de uso distinto. Al mismo tiempo se permite a las Comunidades Autónomas con competencias en materia de vivienda que regulen su depósito obligatorio en favor de la propia Comunidad, ya que los rendimientos generados por estos fondos se han revelado como una importante fuente de financiación de las políticas autonómicas de vivienda, que se considera debe de mantenerse”.

Perjuicio fiscal al arrendatario por no depositar la fianza

Entonces, ¿cuál es la consecuencia de que el arrendador no cumpla con su obligación legal de depositar la fianza? Si el arrendador no ha depositado la fianza, la Agencia Tributaria no le va a conceder al inquilino los beneficios fiscales por deducción del alquiler que le correspondan según el caso. El depósito efectivo de la fianza en la Comunidad Autónoma correspondiente es una exigencia de Hacienda para que el arrendatario pueda acogerse a estas deducciones.

¿Qué pasa si el arrendatario no puede acogerse a las deducciones fiscales por la omisión del arrendador de depositar la fianza? Imagina que el arrendatario pagó la fianza en tiempo y forma como dicta la ley y al momento de querer obtener las deducciones que le corresponden, Hacienda se las niega por la omisión del arrendatario. Es innegable que se ha producido un daño al arrendatario imputable al arrendador por incumplimiento de sus obligaciones legales. Ello puede derivar en que el arrendador tenga que abonar al arrendatario una indemnización de daños y perjuicios.

La mayoría de estos procedimientos de reclamo de indemnización, son de una cuantía inferior a 2.000 euros. Cuando el reclamo es inferior a ese monto, de acuerdo a la Ley de Enjuiciamiento Civil, el inquilino puede actuar sin necesidad de abogado ni procurador. De todas formas, siempre es recomendable contar con el asesoramiento profesional.

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¿Estás buscando piso, te ayudamos a encontrarlo rápidamente? Si eres propietario y quieres poner tu piso o casa en alquiler, hacemos el inventario, nos encargamos integralmente de la publicación, seleccionamos a los candidatos con base en un estudio de solvencia, estudiamos la documentación y redactamos el contrato conforme la ley actualizada.

Además contamos con firma digital en todo tipo de documentos, nos encargamos de la entrega de llaves y de los cobros y pagos de alquiler. Incluimos un seguro de impago y pintamos de manera gratuita el piso luego de que se marche un inquilino.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte en qué consiste el seguro del hogar con la hipoteca y si es obligatorio contratarlo. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es muy común que al momento de pensar en comprar una casa requiramos de financiación por medio de un préstamo hipotecario. Habitualmente, comienzan a surgir ciertas dudas, por ejemplo, si realmente es necesario contar con un seguro del hogar con la hipoteca. Si debemos contratar el seguro del hogar que brinda la entidad bancaria es otra pregunta muy frecuente. Cuando vas a contratar un préstamo hipotecario, una de las primeras cosas que te ofrece la entidad bancaria es un seguro de hogar, junto a un seguro de vida y puede que algún otro producto más. Es muy probable que en el banco te digan que es obligatorio, o bien, te lo vendan como si lo fuera. Es por este motivo que hemos decidido explicar cuál es la relación que existe entre el seguro del hogar y el préstamo hipotecario. Además, te contaremos si es o no obligatorio contratar un seguro del hogar al contratar la hipoteca.

¿Contar con un seguro del hogar es obligatorio?

La respuesta a esta pregunta es un claro sí. La ley establece que es obligatorio tener contratado un seguro de hogar de protección básica contra un incendio siempre que la vivienda se encuentre bajo régimen hipotecario.

Así como lo determina la ley el Real Decreto 716/2009 en el artículo 10, será necesario tener contratado un seguro de hogar que como mínimo cubra la protección básica contra un incendio si el inmueble aún está bajo régimen hipotecario.

En otras palabras, esto quiere decir que es obligatorio contratar un seguro de daños, con las coberturas más básicas.

¿Qué dice la nueva ley hipotecaria al respecto?

Por otro lado, en junio de 2019 entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, más conocida como ley hipotecaria. Dicha Ley introduce algunas novedades, entre las que la contratación de seguros vinculados a las hipotecas se hace un espacio.

La nueva normativa hipotecaria prohíbe expresamente las ventas vinculadas, en otras palabras, que las entidades bancarias no pueden obligar a al cliente a contratar ningún otro producto. Esto es lo que se denomina como ventas vinculadas.

Lo que la ley sí permite son las llamadas ventas combinadas, esto significa, la oferta de un interés reducido al contratar otros servicios.

Es necesario dejar en claro que la entidad bancaria probablemente exigirá la contratación de seguros obligatorios, como el de hogar con las coberturas obligatorias que comentamos más arriba. Sin embargo, la entidad bancaria tendrá que admitir cualquier propuesta de seguro externa como válida si cumple con las exigencias requeridas.

De hecho, en relación con las ventas combinadas, el banco deberá facilitar dos ofertas por separado, una con la bonificación y otra sin ella. De este modo, el cliente tendrá la posibilidad de comparar precios de manera adecuada.

¿Qué ofrecen las compañías de seguros de hogar?

La realidad es que, por lo general, las compañías de seguros de hogar no acostumbran a brindar pólizas tan básicas. Las aseguradoras cuentan con distintas pólizas con coberturas más o menos amplias y, en este caso, la póliza más básica sería completamente suficiente.

Lo más común que se suele contratar es un seguro del hogar multirriesgo o seguro de hogar a todo riesgo. Esto, sin lugar a dudas, garantizará la seguridad y tranquilidad del propietario.

¿Debemos contratar el seguro del hogar con la entidad bancaria de la hipoteca?

La entidad bancaria no puede obligar a su cliente a contratar su propio seguro de hogar, tampoco de ninguna aseguradora en concreto.

Con respecto a este punto, el Parlamento Europeo afirma lo siguiente:

Las entidades financieras tienen prohibido obligar a los usuarios de un préstamo hipotecario a contratar su seguro de hogar, así como un seguro de vida.

El cliente cuenta con total libertad a la hora de escoger la póliza de hogar que le resulte más conveniente y satisfaga sus necesidades, tanto económicas como de protección.

El usuario puede buscar el seguro de vivienda que más le convenga y deberá demostrarle a la entidad financiera que cuenta con un seguro contratado.

¿Es posible desvincular el seguro del hogar del préstamo hipotecario?

La respuesta es sí. Para poder desvincular el seguro del hogar del préstamo hipotecario, debes tener en cuenta que, será necesario llevar a cabo una serie de pasos y tener en cuenta ciertos puntos al respecto.

Puntos a tener en cuenta

  • Notificar al banco: Será necesario notificar a la entidad bancaria sobre la cancelación de la póliza con, como mínimo, un mes de anticipación.

  • Documento: La entidad bancaria tiene la posibilidad de exigir un documento en el que se refleje la validez de la póliza.

  • Beneficiario: En caso de que ocurra algún accidente, la entidad bancaria sería el beneficiario del seguro.

  • Pactar con la aseguradora: es necesario pactar con la aseguradora el inicio de la póliza para que luego, coincida con la finalización del seguro contratado con la entidad bancaria.

Ten en cuenta que, es probable que se pierda cualquier tipo de bonificación que se tuviese con la contratación del seguro.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre el seguro del hogar con la hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte de qué se trata el seguro de vida de la hipoteca y si resulta conveniente contratarlo. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Luego del paso de la pandemia del Covid-19, resulta más importante que nunca comprender de qué se trata un seguro de vida en la hipoteca. Esto se debe a que, hasta hace muy poco tiempo, los ciudadanos de España no consideraban a este tipo de pólizas como un producto a consumir. Y, es por este motivo que, en España, básicamente, no se tenía mucho conocimiento con respecto a este tipo de contratos por la oferta de las entidades bancarias.

Las entidades financieras utilizaron esta protección para obtener ciertos beneficios adicionales a la hora de conceder préstamos hipotecarios. Es por esto que, queremos explicarte a fondo en qué cosiste un seguro de vida en la hipoteca. Aquí detallaremos qué es, por qué motivos contratarlo y cuál es la utilidad de un seguro de vida en la hipoteca.

¿Qué es un seguro de vida en un préstamo hipotecario?

Cuando hablamos de un seguro de vida en la hipoteca, nos referimos a un tipo de herramienta de protección personal y familiar. El seguro de vida se encargará de cubrir la ayuda en caso de que se genere el fallecimiento de un asegurado que aún adeuda el pago de la hipoteca. El objetivo es proteger su vivienda. De esta forma, el seguro de vida de la hipoteca tendrá que ser comprendido como un producto que brinda la seguridad del hogar familiar si ocurre una pérdida de ingreso. Ten en cuenta que esto será únicamente cuando se genera a causa de un fallecimiento.

De hecho, es por esta característica que, este tipo de seguros se encuentran enfocados en evitar o compensar la nueva situación que se puede generar en una vivienda al reducirse los ingresos de la unidad familiar. Por este motivo, estos seguros, pueden evitar que tu familia deba cambiar de domicilio por no tener la capacidad de afrontar a la nueva situación financiera.

¿Es conveniente contratar un seguro de vida con la hipoteca?

Una vez aclarado todos estos puntos, la respuesta a esta pregunta es muy simple. Es conveniente porque el seguro de vida del préstamo hipotecario cubre y brinda ayuda a los beneficiarios de la póliza de una posible deuda que se encuentre pendiente cuando quien contrajo la hipoteca fallece.

Sin embargo, quien debe considerar si le resulta conveniente o no, eres tú. La realidad es que el seguro de vida de la hipoteca no es obligatorio. Esto se debe a que no hay ninguna normativa que exija contratar un seguro de vida al contratar un préstamo hipotecario, sin importar lo que digan las entidades bancarias. Sin embargo, es cierto que en más de una ocasión puede parecerlo. El motivo es que muchos bancos lo imponen como un requisito para conceder la financiación.

De esta forma, también es importante aclarar que esta inexistencia de obligatoriedad a firmar un seguro de vida con la hipoteca se encuentra recogida en la Ley de Crédito inmobiliario. Es por este motivo que, el cliente siempre tendrá el derecho de no firmar en caso de que su entidad bancaria se lo presente como un requisito.

La exigencia de contar con un seguro que proteja la deuda únicamente podría darse en el caso de que así se haya firmado en las escrituras. Por este motivo, más allá de estas cláusulas firmadas, como ya hemos mencionado, no es posible exigir la contratación de la póliza. Sin embargo, la realidad es que en muchas ocasiones, las entidades bancarias omiten esta normativa. Lo hacen por medio del uso de penalizaciones en el tipo de interés.

¿Cuál es la utilidad de un seguro de vida en la hipoteca?

En España, los seguros de vida vinculados al préstamo hipotecario saldan unas 2400 hipotecas cada año. Además, da la posibilidad de evitar el cambio de la vivienda habitual en más de una ocasión. De esta manera, se puede afirmar que el seguro de vida de la hipoteca es de gran ayuda. Sirve para no dejar la deuda que has adquirido y de la que eres responsable. Evitándole un mal rato a tu familia o seres queridos, por lo general cónyuge e hijos.

Por otro lado, un seguro de vida hipotecario puede ser hecho a dos cónyuges, se trata de la opción más aconsejable, principalmente, de ser posible que, a nivel de presupuesto, la deuda se encuentre cubierta para los dos por completo. De este modo, en este tipo de situaciones se permite a cualquiera de los cónyuges llevar a cabo la cancelación de la hipoteca. Esto puede ayudar con los problemas económicos en la unidad familiar ocasionados al no contar con un sueldo por fallecimiento.

No obstante, para estos casos, y previo a tomar cualquier decisión, resulta fundamental tomarse el tiempo de analizar en profundidad cuál sería la situación tras tu fallecimiento. Será necesario tener en cuenta la cantidad de ingresos que quedarían cada mes en tu hogar contando con los dos cónyuges. Es por este motivo que, debes analizar cuáles serán tus mejores opciones para decidir de manera correcta. En resumen, será necesario pensar en tus ingresos y los de tus cónyuges antes de poder tomar la decisión.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre el seguro de vida hipotecario. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte en qué consiste el seguro de protección de pagos en un préstamo hipotecario. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

¿De qué se trata el seguro de protección de pagos?

Cuando hablamos del seguro de protección de pagos nos referimos a un producto que se encargará de compensar la pérdida de ingresos del trabajador. Las únicas dos situaciones que serán cubiertas por esta póliza son, que el trabajador se encuentre en una situación de desempleo o de incapacidad temporal.

¿Es confiable?

En primer lugar, es lógico que cuando escuchamos hablar de un seguro de protección de pagos nos preguntemos si realmente la aseguradora se hará cargo de afrontar la amortización del préstamo hipotecario si te quedas en el paro o incapacitado temporalmente para trabajar. A pesar de que se trata de un escepticismo muy común y lógico, la respuesta es afirmativa.

El seguro de protección de pagos: vinculado a préstamos, pero independiente

El seguro de protección de pagos es brindado por las entidades bancarias a modo de cobertura adicional, es válida exclusivamente para protección de pago en caso de desempleo o incapacidad temporal, esto garantiza la amortización de préstamos hipotecarios, de consumo, tarjetas de crédito y otras operaciones de financiación.

Es fundamental que se encuentre expresado de manera clara en el contrato de crédito y en la póliza de protección de pagos cuál es la operación de financiación que será cubierta por este seguro. Esto se debe a que es muy habitual que un cliente tenga activos diferentes créditos.

La entidad financiera tendrá que ocuparse de informar al cliente de que ha suscrito el seguro de protección de pagos. A pesar de que su coste quede integrado en la cuota mensual del crédito cubierto por este seguro. Ha ocurrido en alguna ocasión que el cliente no solicitó la entrada en acción del seguro de protección de pagos al quedarse en el paro. Principalmente porque no estaba al tanto de que el crédito suscrito con la entidad bancaria contaba con esa cobertura.

Guía de Buenas Prácticas del seguro de protección de pagos

La Guía de Buenas Prácticas del seguro de Protección de Pagos es de adhesión voluntaria para las entidades aseguradoras. Sin embargo, algunas de ellas, han resultado sumamente activas en su elaboración e implantación.

Constituye un desarrollo específico de la Guía de Buenas Prácticas de Transparencia en el Seguro elaborada por Unespa. El objetivo es facilitar a los potenciales asegurados la información relevante. Deben conocer dicha información antes de la contratación de un seguro que incluya la garantía de protección de pagos por desempleo o incapacidad temporal.

Principalmente, sobre las coberturas, los límites económicos, los riesgos no cubiertos y/o excluidos y el precio del seguro. Todos esos puntos luego deben detallarse en el contrato de seguro. Esto debe ser de manera clara, breve y fácil de comprender, dependiendo del compromiso asumido por las entidades que apliquen la Guía.

En primer lugar, el cliente, debido a la naturaleza de esta modalidad de seguro, tendrá que recibir de la entidad financiera o de la aseguradora la información suficiente para que, previo a la contratación, pueda hacer una correcta valoración sobre el producto para ver si logra adecuarse o no a sus preferencias y necesidades de cobertura, frente al desempleo o incapacidad temporal.

Cobertura del paro o la incapacidad temporal

Es fundamental que quede claro que el seguro de protección de pagos tiene un valor, a pesar de que se encuentre camuflado en la cuota del crédito. Hay una compañía de seguros detrás, aunque en el contrato únicamente figure la entidad bancaria. Otro punto que es fundamental tener muy en claro es que, únicamente cubre paro o incapacidad temporal. El seguro de protección de pagos no funcionará ante otro tipo de situaciones.

En la información previa y, principalmente, en el contrato, es importante que queden claras y detalladas las causas que originan la prestación del seguro, como incapacidad temporal o desempleo, lo cual está en función de la situación laboral y del régimen de contratación del asegurado en el momento del siniestro.

En caso de incapacidad temporal, deberá estar definida y concretada la documentación mínima que solicita la entidad aseguradora para la admisión de tal calificación. De este modo, podrá abonar las cantidades contempladas en el contrato.

Por otro lado, si se da un caso de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, y a los únicos efectos del seguro de Prestación de Pagos, lo que se abona por incapacidad temporal será el equivalente a la prestación pública por desempleo. El trabajador asegurado cuenta con el derecho al cobro de la indemnización del seguro por la cobertura de desempleo, a pesar de que para la Administración se encontrara en situación de incapacidad temporal.

La aseguradora y la entidad bancaria, tendrán que informar del régimen laboral que debe ostentar el asegurado para obtener esta prestación: funcionarios, trabajadores autónomos, por cuenta ajena con contratos por obra, temporales, entre otros.

Si se da una situación de desempleo, la póliza tendrá que definir de manera clara las condiciones y características requeridas para considerar el cese en el trabajo como desempleo, para acceder al cobro del seguro.

Atención a las exclusiones del seguro

Para la valoración del riesgo y determinación de la prima del seguro de protección de pagos es necesaria la información que el cliente facilita a la entidad financiera sobre los puntos que se le soliciten por la compañía de seguros. Debe quedar constancia de esa información en la póliza, en el cuestionario o en cualquier otro documento o soporte duradero.

La póliza tendrá que concretar y dejar en claro las consecuencias que pueden surgir, en lo que respecta a las coberturas del seguro, en caso de que la información no fuera exacta. Eso sí, siempre que esta se haya solicitado antes por la entidad aseguradora y que haya constancia de ello.

A la vez, el contrato tendrá que dar una descripción, detallada, sobre las garantías y las coberturas brindadas en esta póliza. Es importante prestar especial atención a las exclusiones.

El contrato debe informar, de manera simple y clara, las cláusulas que delimitan las garantías y, de existir, las que afectan la cuantía o porcentaje para la determinación de cada pago y conceptos asociados incluidos. Además, si existe algún límite en las indemnizaciones, del mayor número de pagos por siniestro y del número máximo de pagos para la duración de la póliza.

El cliente tendrá que recibir información sobre la cobertura del seguro según sus circunstancias personales a lo largo de la vida de la póliza. Y, particularmente, en caso de cambio en su situación laboral.

Si las garantías o coberturas son excluyentes se deberá definir cómo actuaría esta alternancia, con el foco sobre la cobertura de desempleo o incapacidad temporal, dependiendo de cual fuera la situación laboral y el régimen de contratación.

También, se tendrá que informar, que en caso de siniestro, la determinación de la indemnización se basará en lo estipulado para la garantía concreta afectada. Esto es así tanto en lo que respecta a las cláusulas delimitadoras del riesgo, como a las limitaciones de cobertura. Las exclusiones y las limitaciones de cobertura tendrán que figurar destacadas en la póliza y haber sido aceptadas.

Cuidado con la franquicia y la carencia del seguro

Si el seguro de protección de pagos tiene franquicia, debe especificarse la cantidad y la duración por la cual el cliente es su propio asegurador y, si se da el siniestro, soportará la parte de los pagos correspondiente.

Ocurre lo mismo si se establece un plazo de carencia. La entidad aseguradora tendrá que aclarar el periodo de tiempo. Es decir, desde la fecha de efecto de la póliza, durante el cual, las garantías del seguro no tienen efecto.

Además debe detallarse en el caso de que una garantía tenga un periodo de carencia específico, o si se establece entre siniestros de la misma o diferente garantía.

¿Qué hacer si quedo en el paro?

Si por desgracia tienes que ir al paro, o si ocurre una situación que genera una incapacidad temporal para trabajar, el seguro de protección de pagos entrará en acción. La compañía aseguradora y la entidad bancaria tendrán que informarte del procedimiento establecido para la declaración de los siniestros. Si es posible realizarlo por teléfono o por medio de Internet. Además, te explicará los plazos y la forma de realizarse esa declaración de siniestro. Y también, de los documentos mínimos a aportar, tanto en un inicio como periódicamente.

La entidad aseguradora definirá de manera clara la forma de cálculo de la prestación, los límites, periodicidad. También, si se aplica un porcentaje de aseguramiento determinado, si la indemnización es mensual, diaria u otra.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre el seguro de protección de pagos. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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A cualquier persona que alquile una propiedad se le ha ocurrido la idea de pasar de ser arrendatario a ser el dueño de una vivienda. ¿Realmente merece la pena? Aquí te contaremos los detalles y el paso a paso para poder lograrlo.

Ser arrendatario implica ser el responsable de los gastos de los servicios y del pago del alquiler en tiempo y forma. Pero ser arrendador, aunque la mayoría piense que es algo que solo trae beneficios, conlleva gastos y responsabilidades mayores.

Vamos a explicarte a continuación el paso a paso para analizar si realmente puedes pasar de ser arrendatario a ser arrendador. ¡Prepara papel y lápiz!

Analiza tu capacidad de ahorro

Para poder invertir en una propiedad y convertirte en arrendador, debes tener una cantidad de ahorros para poder enfrentar cualquier inconveniente. Por ejemplo, para solicitar una hipoteca debes contar por lo menos con el 20% del valor del inmueble ya que los bancos financian hasta el 80%.

Además la operación de comprar una propiedad conlleva más gastos de impuestos, por lo que se recomienda contar con un 10% o 15% adicional de ahorro. Además, los impuestos a abonar dependen de si la vivienda es de segunda mano o de obra nueva.

  • Impuestos a la vivienda de segunda mano: se debe abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que va del 6% al 10% del valor catastral de la propiedad.
  • Impuestos a la vivienda de obra nueva: en este caso se abona el IVA del 10% y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), que va del 0,5% al 1,5%.

Si has contratado una hipoteca, deberás afrontar los gastos de comisión de apertura de la cuenta del banco, los gastos de tasación del inmueble (entre 200 y 600 euros) y, dependiendo el banco, contratar algún servicio o producto más.

Aquí podrás encontrar otros motivos de por qué comprar una casa en 2022.

Infórmate sobre los precios de las viviendas en España

Si quieres ser un arrendador debes comenzar a buscar información sobre los precios actuales de las viviendas en España. Por supuesto va a depender de la zona y del tipo de vivienda. Las viviendas de obra nueva suelen ser más caras y encontrarse en zonas alejadas de las grandes ciudades.

Las viviendas de segunda mano tienen una oferta mayor, obviamente, y son más económicas. Pero debemos tener en cuenta que muchas veces debemos realizar reformar o restauraciones para vivir en ella. Especialmente las reformas de eficiencia energética, que por ley todas las viviendas deberán tener en el corto plazo.

Según el Ministerio de Transportes, el precio medio de una propiedad española es de 1.662 euros por metro cuadrado. Por otra parte, el precio promedio de las viviendas de obra nueva ha subido un 3% en 2021, según datos de Sociedad de Tasación.

Lógicamente que esto varía según la zona, del precio más bajo al más alto para las propiedades de obra nueva, el orden es el siguiente:

  • En Extremadura, el costo del metro cuadrado es de 1.229 euros
  • Murcia tiene un costo por metro de 1.299 euros
  • En Castilla-La Mancha, el precio es de 1.470 euros
  • La Rioja ostenta un costo por metro cuadrado de 1.485 euros
  • En Canarias, el precio es de 1.640 euros el metro
  • Asturias es la siguiente comunidad, con un precio de 1.643 euros
  • En Castilla y León, el costo es de 1.669 euros
  • Galicia tiene un precio por metro cuadrado de 1.670 euros
  • La Comunidad Valenciana cuenta con un costo de 1.769 euros el metro
  • Andalucía tiene un precio por metro de 1.794 euros
  • Le sigue Aragón, con un costo de 1.919 euros
  • Cantabria es la siguiente comunidad, cuyo precio por metro cuadrado es de 1.943 euros
  • Navarra cuenta con un precio promedio de 1.965 euros el metro
  • Baleares tiene un precio de 2.251 euros el metro, aquí vemos un aumento significativo respecto a las anteriores comunidades
  • País Vasco cuenta con un precio de 2.831 euros el metro de cada propiedad promedio

Por último, las dos comunidades más caras, que lógicamente serán:

  • Madrid: con un precio por metro cuadrado para la vivienda de obra nueva de 3.802 metros
  • Cataluña: cuyo precio promedio es de 4.104 euros el metro cuadrado

El aumento de las propiedades tras la pandemia ha sido mesurado y la tendencia es que se mantenga estable también durante todo este año.

Conoce los gastos que tiene pasar de ser un arrendatario a un arrendador

Los gastos del arrendatario a los que aludimos al principio de esta nota los detallaremos a continuación.

Impuesto sobre los Bienes Inmuebles

El IBI es un porcentaje del valor de la propiedad que va a depender de cada comunidad autónoma. Se abona una vez al año y puede variar entre el 0,4% y el 1,3%. Hay grandes diferencias según cada ciudad, según ha develado hace poco la OCU, Bilbao es de las comunidades en donde el impuesto es más alto y Lérida en donde es más bajo.

Tasa de basuras

Este impuesto es otro que depende también de la comunidad autónoma en la que se ubique el inmueble. También se paga una sola vez por año y varía mucho según la ciudad. Algunas ciudades tienen en cuenta la cantidad de metros cuadrados de la propiedad, otras el consumo de agua, otras el valor de catastro o incluso la calle en donde se localiza.

Madrid ha suprimido esta tasa durante el 2021 porque el Gobierno Nacional ha aprobado paralelamente la tasa nacional de basuras.

Seguros

Los seguros son obligatorios para cualquier propietario porque es estar preparado ante cualquier adversidad. El más común de contratar es el de hogar, pero también existen los seguros de vida o el de protección de pagos. Al solicitar una hipoteca, el banco suele condicionar la tasa de interés de la misma a la contratación de sus productos, aquí es donde el hipotecado obtiene más de un producto de la entidad bancaria al mismo tiempo.

Estos seguros cubren incendios, robos, inundaciones y muchos riesgos más que puede sufrir cualquier inmueble.

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Openbank ha lanzado una promoción para que cada cliente que tenga una hipoteca contratada reciba una bonificación si suma  familia y amigos.

El banco online de Santander, continúa dando señas de que la guerra entre entidades no ha terminado. Openbank, que opera íntegramente en línea, acaba de lanzar una campaña muy atractiva para los clientes de hipoteca que puedan invitar a famila y amigos a contratar préstamos.

La promoción se denomina ‘Plan Invita a un amigo’, y posibilita a quienes tengan contratada una hipoteca con la entidad que consigan dinero extra al conseguir que sus amigos o familiares contraten un préstamo con Openbank.

Si estás en plan de elegir un préstamo para la compra de una vivienda y te interesa esta promoción, sigue leyendo! En este post te comentaremos todos los detalles de esta hipoteca con la cual ganarás extra por sumar familia y amigos.

Hipoteca para familia y amigos: en qué consiste la promoción de Openbank?

Openbank, el banco online de Santander ha lanzado su nueva promoción a través de la cual incentiva a los clientes a invitar a amigos y familiares a contratar o traer su hipoteca. Como premio, la entidad regala 100 euros por cada amigo que la contrate, aceptando un tope de 10 ingresantes, con lo cual se pueden conseguir hasta 1000 euros. Además también hay una bonificación para el nuevo cliente, ya que recibe 300 euros como bienvenida.

Esta campaña no será permanente ya que estará activa hasta el 30 de junio, pero los familiares y amigos tienen hasta finales de octubre para cumplir las condiciones establecidas. El banco permite que elijan cualquiera de los productos que tiene operativos: la hipoteca fija, la variable y la mixta.

Cuáles son las condiciones del préstamo variable de Openbank?

La hipoteca de este banco ofrece un préstamo variable que se puede contratar con un plazo máximo de 30 años. Durante los primeros 12 meses, se aplicará un interés del 1,95%, para luego pasar a pagar una cuota establecida por el Euríbor + un diferencial del 0,95%, lo que representa un 2,15% de TAE.

Pongamos un ejemplo para estar más claros. Si contratamos una hipoteca de 150.000 euros, nos tocaría pagar una cuota mensual de unos 479 euros. De esta manera el préstamo se sitúa entre los más convenientes del mercado.

Qué vinculaciones requiere?

Para poder gozar de estas condiciones, el cliente deberá domiciliar la nómina y contratar el seguro de hogar de Openbank. 

Cuáles son las condiciones si no se contratan productos extra del banco?

Si no desea  domiciliar la nómina ni contratar el seguro del banco, el tipo de interés se eleva hasta el 2,35% en el primer año. Ya en los años siguientes la cuota estará formada por el Euríbor más un diferencial del 1,35% con lo cual pasaría a tener un 2,37% de TAE.

Cuáles son las condiciones de la hipoteca fija de Openbank con vinculaciones?

Esta hipoteca se contrata a un plazo máximo de 15 años. El tipo de interés será del 1,3% con lo cual se considera un TAE del 1,5%. La cuota entonces para un préstamo de 150.000 euros llegaría a los 503 euros al mes siempre y cuando el clientes esté dispuesto a domiciliar la nómina y contratar el seguro de hogar. 

Cuáles son las condiciones sin la bonificación?

Si no se quiere contratar el seguro ni domiciliar la nómina, el interés sube hasta  1,7%, con lo cual la cuota mensual aumenta por encima de los 530 euros. Además existen oportunidades fijas con devolución a un plazo de 20, 25 años y 30 años.

Cuál es la oferta mixta del Openbank?

La hipoteca mixta se encuentra a medio camino entre las dos opciones anteriores, la cual promete un tipo de interés fijo durante los primeros 10 años para luego pasar a modalidad variable.

Durante los primeros 10 años, el interés fijo se ubicará en 1,05%. Luego de este tiempo la mensualidad se compone del Euribor más un 0,49%, lo cual implica un 1,25 % de TAE. Esta opción está bonificada si el cliente contrata el seguro de hogar y domicia sus ingresos. Si no desea esta bonificación, el interés pasa al 1,45% en la primera década y a partir de entonces continúa con un Euribor más un 0,89%

Cuáles son las comisiones de estas ofertas?

La amortización anticipada total está penalizada tal como lo marca la ley. Esto supone que si se quiere cancelar toda la deuda antes que termine el plazo se pagará:

  • un 0,25% del capital los primeros tres años
  •  0,15% entre el tercer y el quinto año
  • sin penalización luego del quinto año

Las ofertas del Openbank no presentan comisiones por apertura del préstamo ni costes de tasación, ya que el banco asume estos gastos.

Siempre que tengamos que elegir una hipoteca es conveniente analizar las principales condiciones de cada alternativa. De esta forma podremos encontrar el mejor préstamo posible, al margen de las promociones puntuales.

Qué ventajas ofrece la hipoteca que premia con un extra de dinero el ingreso de familia y amigos a Openbank?

Cualquier iniciativa que ofrezca una ventaja adicional al consumidor es siempre positiva aunque es fundamental valorar la oferta hipotecaria en su conjunto, y comparar diferentes propuestas en firme de distintos bancos antes de tomar la decisión final.

En el caso puntual de Openbank, si una persona toma un préstamo de 150.000 euros, los 300 euros que se llevaría de regalo suponen un 0,2% sobre  el total de la hipoteca.

Este es un dato positivo, sin embargo se conseguiría un mayor beneficio si encuentra una hipoteca que tenga un interés con un 0,05% más bajo.

Esperamos que esta información te haya sido útil y puedas tener más herramientas para elegir tu hipoteca. Si tienes algún comentario para hacernos, puedes dejarlo en la casilla debajo del post. Nos interesa mucho tu opinión!

Y si te quedaron dudas sobre algún tema inmobiliario, o quieres recibir asesoramiento sobre financiación, contáctanos! En Oi Real Estate contamos con la mejor plantilla de asesores, a tu disposición.

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