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Prácticamente 200.000 viviendas fueron heredadas y otras 25.000 donadas en vida durante 2021. Así lo indican los números del INE, al relevar este tipo de operaciones inmobiliarias. Todo parece indicar, además, que el presente año se mantendrá esta tendencia y que incluso se presentan alternativas para facilitar los trámites de transmisión de viviendas. En esta nota, te contamos qué significan las estadísticas actuales en España en relación a herencias y donaciones, así como sus posibles causas y derivaciones.

Los números y sus posibles causas

El 2021 marcó una tendencia particular en cuanto a las operaciones inmobiliarias: se realizó la mayor cantidad de transacciones de viviendas por herencia o donación. Esto es así, al menos desde que el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) empezó a relevar estos datos, en 2008. Las cifras del organismo oficial indican que se registraron 198.939 casas heredadas y 25.062 donadas. En lo que va de este año, hasta mayo de 2022 se han realizado 66.552 transmisiones por herencia y 9.370 por donación.

Los especialistas en el sector consideran que una de las posibles causas del aumento de estas transacciones está vinculada a la pandemia por el COVID-19. La crisis sanitaria y los altos índices de mortalidad marcados por la enfermedad podrían haber impactado en la necesidad de resolver qué hacer con propiedades que quedaban vacías. En ese camino, las donaciones en vida son una solución para preveer o adelantar los trámites pertinentes. No obstante estas causas relativamente subjetivas, también se cree que influyó el aumento sobre el impuesto de sucesiones y donaciones en las comunidades donde existen mayores bonificaciones.

Qué tributan las herencias y donaciones en España

Sobre las herencias y donaciones recaen tres impuestos que es preciso conocer para analizar cuál es la mejor opción, en caso de poder preveer la transmisión de una vivienda.

El principal tributo a Hacienda es el de la renta. En el caso de las herencias, no se paga la posible ganancia patrimonial, es decir, la derivada de restar el valor de adquisición al valor de transmisión. Si lo que se dona es una vivienda habitual, el impuesto recae por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de mercado en el momento de realizar la donación. No obstante, no se pagará rentas en el caso de las operaciones realizadas por donantes que tengan 65 años o más.

El impuesto sobre sucesiones, por su parte, tiene bonificaciones para quienes lo pagan, es decir, los herederos. En la normativa estatal, la reducción es de hasta el 95%, aunque existen otras reducciones según sea el parentesco entre el causante y los herederos. Estos beneficios fiscales no se aplican si la vivienda se adquiere por donación.

En tercera instancia, las herencias y donaciones también están afectadas por el tributo al incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal). Aquí cada comunidad o municipio tiene ordenanzas específicas, ya que en algunos ayuntamientos no se aplican determinados impuestos o no hay reguladas bonificaciones. En casos puede llegar a bonificarse hasta el 95% de la cuota, pero en general, la herencia sigue siendo más ventajosa que la donación.

Donaciones en España ¿sólo de viviendas?

Como alternativa a las situaciones anteriores, según los despachos de abogados dedicados al tema, en nuestro país han resurgido otras prácticas de donación entre familiares. Se trata, mayormente, de la que realizan los padres a los hijos para ayudar en la compra de la vivienda. Es decir que la donación es directamente el dinero, operación legal sobre la cual varias CCAA tienen establecidos beneficios fiscales.

Este tipo de donación destinada a la compra de primera vivienda habitual está gravada únicamente por el impuesto de donaciones que deberá pagar el donatario. Pero dicho pago se realiza en caso de superar determinados límites hasta los que se accede a la bonificación, aunque siempre debe declararse lo donado. De no registrar este paso, la Administración tributaria podrá considerar lo recibido como una ganancia patrimonial no justificada sujeta al IRPF exigible entonces al donatario. Además, para poder aplicar los beneficios fiscales, la donación debe estar formalizada en escritura pública ante notario y debe cumplir con los costes y requisitos legalmente establecidos.

Cuánto se dona y a quiénes

Normalmente, estas operaciones colaboran con la parte inicial del proceso de compra. Sin embargo, siempre ayuda a completar los ahorros o primeros ingresos de jóvenes que todavía no son titulares de ninguna propiedad. Una variante que se da en estas donaciones en España es que al residir aquí jóvenes extranjeros, reciben el dinero de sus padres. Aunque también se da el caso inverso de españoles que tienen hijos y donan el dinero para compras en el exterior.

En promedio se suele donar entre 50.000 y 150.000 euros, pero las operaciones pueden superar estas cifras cuando son más altas las bonificaciones establecidas en la comunidad pertinente. En este sentido Madrid ofrece el panorama más ventajoso, ya que en las donaciones favorables al cónyuge, hijos, nietos o hermanos se bonifica el 100%. Aquí el máximo es de 250.000 euros, siempre que el presupuesto se ejecute en el plazo de un año a la compra de una primera vivienda. Similar es la reglamentación en Cataluña, donde se bonifica el 95% del valor del importe donado, pero con una reducción máxima de 60.000 euros. En este caso se contemplan otros límites, como el otorgado a los donatarios con algún grado de discapacidad, para quienes el monto se duplica.

Sigue leyendo más sobre estos temas en la siguiente nota de nuestra página:

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El sector inmobiliario español esta compuesto por una serie de figuras que determinan su condición y la de sus propietarios. En este sentido, existen varias situaciones en las cuales un bien inmueble pasa a formar parte de una pluralidad de titulares. Por lo tanto, se formula un tipo de entidad jurídica con características particulares que deben ser tenidas en cuanta por cada una de las partes en el caso de querer realizar modificaciones sobre el objeto de derecho. Nos referimos a la conformación de una copropiedad en España.

Por su parte, la extinción de este tipo de figura se da cuando se produce la división de aquello que se tiene en común. Los motivos de la desaparición de la misma pueden ser diversos: vencimiento del plazo, acuerdo unánime entre los titulares, pérdida del derecho, etc.

En la siguiente nota te explicamos qué es, cual es la normativa legal que la regula y de qué modo es posible su extinción. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es la copropiedad en España?

En España se habla de copropiedad cuando la titularidad de un bien inmueble la tienen varias personas. Es decir, diferentes sujetos son dueños de una misma propiedad. La copropiedad, y sus condiciones de existencia, también es conocida como condominio.

El artículo 392 del Código Civil español indica lo siguiente:

Por lo general, la figura jurídica de la copropiedad puede encontrarse o manifestarse en empresas. En estas situaciones, la propiedad suele tener como dueños a una pluralidad de sujetos. En este sentido, cada una de las partes cuenta con un porcentaje del bien indivisible, que permite realizar acciones de manera libre sobre ella.

¿Cuáles son sus características?

En el caso de que sean propietario de una bien inmueble junto a otras personas quiere decir que eres parte un condominio, de una copropiedad en España.

Este tipo de condominio tiene las siguientes características:

  • La titularidad de la propiedad es de varias personas, tanto jurídicas como físicas. No existe un límite de cantidad de copropietarios.

  • El bien no puede ser dividido en partes. Es decir, se caracteriza por la unidad del bien que se encuentra sujeto a derecho.

  • Cada sujeto propietario de una parte del bien dispone del indiviso del objeto. Es decir, una parte del bien que puede ser utilizada libremente.

Causas que pueden provocar una copropiedad en España

En la actualidad, es posible escuchar hablar de copropiedad en España de manera frecuente, día tras días. Este tipo de figura jurídica puede ser causa por la adquisición de un bien por varias personas como herederas, la obtención de inmuebles de forma conjunta en las parejas de hecho, por compra de propiedad para la inversión, etc.  

Por ejemplo, en el caso de una herencia. Puede surgir una copropiedad ante el fallecimiento de una persona, dejando en sucesión sus bienes a varios herederos. Por lo tanto, en el caso de una vivienda, esta queda en manos de los descendientes próximos, o en su defecto de los herederos forzosos.

A su vez, la vivienda heredada por una pluralidad de sujetos tiene carácter de indivisible, como mencionamos anteriormente. Supongamos que la propiedad es heredada por hermanos. Estos disponen de una parte del total indivisible de esa vivienda. Por lo tanto, hasta el momento en el que se realiza la venta del inmueble, el mismo se encuentra bajo régimen de copropiedad. Y las personas herederas de la vivienda pasan a denominarse copropietarios de la misma.

¿Qué normativa regula la copropiedad en España?

La figura jurídica de la copropiedad en España está regida por el Código Civil español. En este sentido, al encontrarse regulada por la ley no deberían surgir grandes inconvenientes.

Una copropiedad rige según el acuerdo existente entre las partes y las normas específicas según cada caso en particular. Sin embargo, ante la no resolución consensuada, la normativa es explícita. Se debe acudir a lo establecido en el Código Civil.

En esta línea, la normativa civil cuenta con los siguientes factores primordiales para la regulación del condominio.

  • El concurso de los copropietarios es directamente proporcional a la cuota del bien que le pertenece.

  • Cada una de las partes de la copropiedad puede utilizar su fracción del bien en los casos en que no ponga en riesgo el derecho del resto y disponga del mismo conforme a su destino.

  • Solamente las partes que renuncian al dominio del bien pueden quedar exentos de abonar los gastos que demandan la conservación de la cosa común.

  • Ninguna de las partes de la copropiedad en España puede realizar una acción que altere el bien sin consentimiento total. Aun en aquellas situaciones en las cuales dichas modificaciones sean una ventaja para todas las partes.  

Los pactos legales son los que se realizan para conservar la unidad de la propiedad por tiempo determinado, siempre y cuando no superen el periodo de 10 años. En el caso de finalizar el pacto, pueden ser prorrogados con una nueva convención.

¿Cuáles son las reglas para el reparto de la copropiedad?

La solicitud para dividir la propiedad compartida puede ser realizada por cualquiera de sus propietarios. A su vez, es de gran importancia saber que ninguno de ellos está obligado a permanecer en la copropiedad. Como mencionamos en el apartado anterior, es posible la realización de acuerdos con la finalidad de vincular el condominio a un pacto que regula la indivisibilidad del bien por un tiempo determinado. Este periodo no puede exceder los 10 años, pero puede ser prorrogado a través de un nuevo acuerdo.

La división puede ser realizada por parte de los mismos copropietarios o por terceros nombrados por los titulares. Esto en los casos en que se aprueba el acuerdo entre los implicados y la división es factible. Las partes que se den en la división deben ser, siempre, proporcionales al derecho de cada uno sobre el bien.

En los casos en que la propiedad resulte totalmente indivisible, es posible otorgarle la totalidad a un único propietario que se encargará de indemnizar al resto. En consecuencia, el inmueble pasa a ser de una sola persona. Sin embargo, si no llega a darse esta opción la venta de la propiedad es a un tercero y el reparto del precio a la venta será de manera proporcional a las cuotas de cada sujeto titular.

Si en la copropiedad en España hay acreedores o sucesores, estos tendrán los mismos derechos. Asimismo, será parte de la decisión y tendrán la posibilidad de oponerse a la misma si se ha aceptado sin su consentimiento.

¿Cuáles son los derechos y obligaciones de los titulares?

En esta oportunidad te detallamos el modo en que es administrada una copropiedad en España. Es decir, cuales son los derechos y los deberes de cada uno de los titulares cuando forman parte de un condominio.

Debe ser administrada con Solidaridad

Se trata de la forma de administración, mantenimiento y disfrute de un inmueble por norma general. Esto se debe a que no es posible el disfrute de una copropiedad de manera absoluta ya que se trata de una propiedad fraccionada en diferentes titularidades.

Toma de decisiones por unanimidad y colegiadas

Esta característica de administración tiene que ver con a la toma de decisión en relación a acciones o modificaciones sobre la cosa de derechos. Es decir, cualquier tipo de cambio o decisión en una copropiedad en España deber ser colegiada. O por defecto, se debe haber aceptado la aprobación de todos los implicados dependiendo la cuota de partición de cada uno. Tanto los pactos como lo acuerdos que se tomen de forma legal incluyen a todos los titulares de la propiedad.

Tipo de división de la copropiedad en España: las cuotas

Cuando hablamos de cuotas en una copropiedad en España nos referimos a la parte correspondiente a cada persona que sea integrante de la misma. Este tipo de cuota de participación por lo general son iguales, a menos de que se disponga lo contrario.

El tipo de participación en relación a beneficios y cargas que de le otorguen a cada titular será totalmente proporcional a las cuotas. En este sentido, cada uno de los copropietarios dispone del derecho a exigir al resto la contribución en los gastos para la conservación del bien o derechos en común. La única forma de que una de las partes sea eximida de dichas obligaciones es mediante la renuncia a la propiedad.

Utilización de elementos comunes

Se trata de la posibilidad de cada uno de los dueños a la disposición de las cosas de uso común que puedan ser utilizadas según la función que el titular le adjudique. La única condición es que no perjudique al interés del resto de los copropietarios ni que trabe la posibilidad del mismo uso para el resto de los titulares.

Derecho a hipotecar

Cada uno de los titulares de la copropiedad e España tiene el derecho a disponer de su porción. En este sentido y, en consecuencia, un copropietario puede hipotecar su cuota de la copropiedad, enajenar o simplemente ceder su facción. A su vez, es posibles que se realice una sustitución. Es decir que se sustituya la titularidad de un propietario a otro, siempre y cuando no hablemos de derechos personales.

¿Cómo realizar la extinción de la copropiedad en España?

En España la copropiedad puede disolverse ante la solicitud de uno de los copropietarios para la extinción de la misma. Lo que será considerado es que la decisión del bien no demande la obsolescencia del mismo y, en consecuencia, la pérdida de valor para el resto de los titulares del inmueble.

El Código Civil determina en su artículo 400 que:

“Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común. No obstante, no podrá exigirse dicha operación cuando de la misma resultase la inutilidad de la cosa para el uso al que se destina“.

Las regulaciones para la disolución de una copropiedad pueden variar según la legislación de cada país. Por lo que, detallamos una lista con los posibles motivos a nivel internacional que pueden llevar a la extinción de una copropiedad:

  • Ante la extinción o desaparición del bien.
  • A partir del acuerdo entre cada uno de los titulares de la copropiedad.
  • Debido a la pérdida del derecho.
  • En el caso de vencimiento de los plazos.
  • Por el cumplimiento de la condición resolutoria consensuada.

En regla general, la disolución de los condominios es a partir de acuerdos entre las partes. Sin embargo, muchos de ellos no tienen un proceso pacífico al momento de la extinción de la copropiedad. Por lo tanto, es necesario recurrir a procedimientos legales para la división de la cosa común o para la venta a terceros la correspondiente participación.

Ejemplo de copropiedad en el mundo empresarial y un modo de extinción

Una empresa decide salir a la bolsa emitiendo un número determinado de acciones. Por lo tanto, cada uno de los compradores de dichas acciones serán parte de la compañía. Pero, como la empresa no puede ser dividida otorgándoles una parte de ella a cada uno de los accionistas, lo que se forma es una copropiedad. Por lo tanto, en caso de que alguno de dichos accionistas desee vender su parte tiene el derecho de ofrecer en el mercado a la misma y venderla. En el caso de que logre concretar la operación, estamos en presencia de un ejemplo de extinción de la copropiedad en España, mediante la transferencia del derecho sobre el bien.

Hasta aquí hemos detallado todo lo relacionado a la copropiedad en España. Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la venta o compra de tu inmueble de manera exitosa.

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Recibir una herencia del extranjero implica una serie de procedimientos administrativos y contables que no debes olvidar. Y allí están la Agencia Tributaria y el modelo 720 para recordarlo. Cómo es el proceso para declarar herencias del exterior, en esta nota de Oi Real Estate.

Por los motivos que fuera, recibir una herencia puede significar tener nuevas posibilidades pero también nuevas obligaciones. Ya se trate de bienes muebles como autos, inmuebles o dinero, todo debe ser informado a Hacienda. Y a partir de allí, entran en el juego la agencia Tributaria y su instrumento para el caso: el modelo tributario 720.

Hay ocasiones en que desde el exterior se reciben herencias y es necesario analizar los aspectos tributarios de tales ofrendas. Dinero en efectivo, planes de pensión, casas, departamentos, vehículos, yates, partes de propiedades, son muchas las formas en que se hace efectiva una herencia. Y para cada una de ellas hay un impuesto o gravamen correspondiente.

Impuestos que debes declarar de herencias del exterior

Los casos más comunes son cuando un familiar o persona cercana fallece y nombra heredero a un ciudadano español. Además de los casos contemplados en el modelo 720, están otros instrumentos recaudatorios.

•Impuesto de sucesiones y donaciones: gestionado y pagado a las Comunidades Autónomas. El valor del impuesto dependerá, por tanto, del lugar de origen de la herencia.

•Plusvalía municipal: es el impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Se trata de lo que cada administración ha realizado para mejorar la cotización de una propiedad. Y lo pagan solo inmuebles urbanos.

•Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: el IRPF es, como lo indica su nombre, un impuesto que pagan las personas físicas. Lo que se debe tener en cuenta a la hora de saber si se tributa es si se ha obtenido ganancia patrimonial de ese bien heredado.

También se deben tener en cuenta los impuestos que se pagan a partir de los beneficios obtenidos como consecuencia de una herencia. Esto es, por la venta de los bienes que se habían heredado. También para el caso de heredar dinero o depósitos, los dividendos financieros que se generan son plausibles de tributar.

El modelo 720

El Modelo 720 graba los bienes y derechos de una persona física o jurídica española en el extranjero. Y consiste en el acto de informar sobre tales bienes a Hacienda para que determine si corresponde tributar.

Para el caso de las personas que residen es España, se pagan impuestos a partir de recibir una herencia del extranjero cuyo monto o valor supere los 50.000 euros.

También corresponde abonar impuestos sobre las “Herencias yacentes” o comunidades de bienes: es decir cuando la propiedad de un bien o derecho pertenece a varias personas y forma parte de una actividad empresarial comprendida en el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria..

Lo inoportuno, lejos de los montos de los gravámenes, son los castigos. Son muy altas las sanciones por no presentar o declarar tales herencias fuera de término. Por ello, estar al tanto es tan importante. Las sanciones impuestas por no presentar la declaración de bienes o hacerlo fuera de término pueden llegar a los 5.000 euros para las apersonas físicas. En el ámbito de las personas jurídicas, la sanción puede superar ampliamente esa cantidad.

Además, cabe recordar que estas infracciones no siempre prescriben. Incluso está la posibilidad que desde Hacienda se considere que tales bienes sean “ganancia patrimonial no justificada”. En ese caso, se deberá abonar el  Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto a Sociedades. Ambos representan una cuota superior al que marca la 720. Como si fuera poco, si Hacienda determina que se trata de una omisión, la sanción implica un monto del 150% sobre la cuota.

Excepciones de pago de impuestos por herencia

Existen dos casos en lo que ser beneficiario de una herencia no implica tributar a Hacienda. Uno es cuando se recibe un Plan de Pensión como herencia. Se trata de una figura que no tributa. Pero se debe tener en cuenta que sí forman parte de la Declaración de Renta, y por tanto se deben incluir a la hora del cálculo del IRPF.

Lo que está permitido es rescatar el dinero en forma de renta o de capital, pagando sus correspondientes impuestos. Ya que para Hacienda siempre va a ser un  monto que conforma la base general de ingresos de una persona.

Otra excepción es cuando se hereda una vivienda. Siempre se debe declarar, pues la Agencia Tributaria tiene el acceso a todo tipo de información de la propiedad. Entonces, la Agencia conoce el valor y el uso de esa propiedad heredada. Si la persona no lo declara, incurre inmediatamente en una infracción.

Pero, cuando se trata de una propiedad del tipo residencia habitual no se pagan impuestos extras. Es decir que heredar la vivienda donde el beneficiario habita no genera nuevos tributos.

Declarar herencias del exterior para que no se convierta en problema

Cuando se hereda del exterior un bien no siempre significa una gran noticia. Por un lado, están asociadas a la pérdida de un familiar o ser querido.

Por el otro, como hemos visto, hay ocasiones en que las cargas tributarias son tales que los beneficios no llegan a serlo plenamente. O que terminan aumentando el patrimonio de una persona o empresa, lo que directamente se traduce en mayores impuestos que rendir ante Hacienda.

Por eso hay casos en que la llegada de ese bien mueble o inmueble se transforma en un inconveniente para quien lo recibe.

Lo que nunca se debe omitir es la obligación de informarlo a las agencias correspondientes. Y, además, hacerlo en tiempo y forma. Por ejemplo, para el formulario 720, el periodo se abre el 1 de enero y cierra el 31 de marzo de cada año.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer cuál es tu opinión acerca de la cómo declarar herencias del exterior de manera correcta. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Hoy nos detendremos en un tópico muchas veces consultado: las ventajas de donar en vida en comparación con la herencia. Esto suele suceder en casos en que se quiere favorecer a algún familiar en particular por sobre otro. Suele darse el caso de que el familiar por quien se quiere optar está en una circunstancia de necesidades y puede, de este modo, evitar algunos impuestos.

Una opción que no es muy utilizada, aunque es totalmente legal, es la donación en vida. Esta alternativa se destina en casos de no querer recurrir a la clásica herencia. Tal vez, el contribuyente desee favorecer a algún familiar por sobre otros por incontables razones. Una de ellas puede ser que la persona a quien se quiere beneficiar se encuentre en una situación de necesidad y podría, así, sortear una eventual alza del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En este artículo vamos a tratar cuáles son las ventajas de donar en vida y de qué manera planificar los pasos legales para llevar a cabo dicha transmisión.

1- Donación versus herencia: diferencias

Para empezar, en la donación una persona realiza la transmisión del patrimonio (puede ser bienes inmuebles o cuentas bancarias). La herencia, por su parte, se realiza a través del testamento. Allí se especifica la manera en que desea repartir sus bienes después de su muerte. Cabe destacar que las leyes españolas permiten desheredar a un hijo como lo explicamos en este post.

Una diferencia primordial entre donación y herencia es que la primera se puede realizar en vida. En tanto que para la segunda se debe esperar a que la persona fallezca.

Uno de los motivos por los cuales se llega a elegir la donación en vida es favorecer a algún familiar en particular por sobre otro. Suele darse el caso de que el familiar por quien se quiere optar está en una circunstancia de necesidades y puede, de este modo, evitar algunos impuestos. Particularmente, evitar la eventual alza del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esto puede producirse por los anuncios del Gobierno acerca de la concordancia fiscal, que va en detrimento de los habitantes de las regiones con impuestos más bajos.

2- Las ventajas de donar en vida

Si bien el factor tributario es importante al optar entre una donación o una herencia tradicional, existen otros ítems de índole personal o de patrimonio.

La ley contempla más deducciones sobre los bienes a los herederos que a los beneficiarios de la donación (donatarios), a pesar de que existen modificaciones según cada comunidad. En promedio, la herencia de la propiedad habitual está exenta en un 95% de su valor y con un límite de 122.606 euros por heredero. A pesar de esto, otras propiedades como una segunda vivienda, el garaje o un local, la donación constituye una rebaja importante respecto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Y lo mismo ocurre con el Impuesto de Patrimonio.

Como dijimos, cada comunidad se rige a su manera en este asunto. Las más favorables para abrazar la donación son: Madrid, País Vasco, Murcia, Cantabria, Andalucía, Castilla, Canarias y Navarra.

También es una herramienta práctica cuando se desea favorecer o proteger a ciertos herederos sobre otros. Cabe señalar que la donación no está sujeta a cambio, aunque su valor se calcula dentro de la herencia, mientras que el testamento puede modificarse en cualquier momento. Sin embargo, estos no son conceptos opuestos. Por tanto, una donación en vida puede considerarse como parte de una herencia legal, si así se desea.

3- Qué sucede con el aspecto fiscal

Si tomamos la cuestión desde su aspecto fiscal, una donación afecta tanto a quien lo recibe como a quien la genera. Los donatarios deben pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (según cada comunidad) sobre la cantidad recibida. En el caso de bienes inmuebles, deben pagar la plusvalía municipal. La diferencia primordial con los testadores es que el donante debe declarar la donación en el IRPF. Este es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que grava la renta obtenida en un año natural por las personas físicas residentes en España o contribuyentes. contribución a su impuesto a la renta. Se eximen en los casos de vivienda habitual y a personas mayores de 65 años, o cuando la donación es en efectivo.

Por otro lado, los nietos, bisnietos, padres, o personas adoptadas o adoptantes, se benefician con una serie de deducciones fiscales si cumplen unas determinadas condiciones, aunque todo depende de cada comunidad, como ya hemos planteado. Por ejemplo, es el caso de Madrid que la reducción será del 99% de la cuota tributaria. Al donar entre hermanos, la reducción será del 15% de dicha cuota, y para sobrinos y tíos será del 10%.

4- Otras ventajas de donar en vida

En otro orden de cosas, la donación entre personas vivas ofrece otros beneficios. Uno de ellos es la posibilidad de incluir condiciones y plazos al donatario. Estas pueden variar desde la promesa del cuidado de la propiedad obtenida, la obligación de visitar a un familiar periódicamente, o ciertas tareas específicas.

La donación inter vivos también ofrece otras ventajas, como la posibilidad de imponer condiciones y plazos al donatario, como la promesa de cuidado del bien recibido, la obligación de visitar periódicamente a un familiar, o el cumplimento de unas tareas específicas. Si no se cumplen las condiciones especificadas o si se establece que el receptor ha cometido malos tratos físicos o psicológicos, la donación puede perderse.

El donante también tiene derecho a disponer de parte de los bienes donados, y si muere sin ejercer sus derechos, el beneficiario se convierte en propietario. Asimismo, el donante puede hacer un pacto de reversión de dominio para que pueda volver a su propiedad cuando venza el plazo señalado o se cumplan las condiciones especificadas.

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Recibir un inmueble a través de una herencia implica afrontar una serie de trámites y el pago de determinados impuestos y gastos. A su vez, se suma la posibilidad de que haya más de un beneficiario y que surjan conflictos entre ellos. Por esta y otras razones, es importante actuar con cautela. ¿Cuánto dura el proceso de heredar una propiedad y dónde se realizan los trámites? ¿Cuáles son los impuestos y gastos que se deben abonar por heredar una vivienda? ¿Cómo se puede evitar conflictos con los otros herederos y en el pago de tributos? En este artículo te lo contamos.

La clave para evitar conflictos con los impuestos y gastos que se deben pagar por heredar una vivienda está en prestar atención a los plazos que se otorgan para abonarlos. También existe la posibilidad de tributar menos si se cuenta con la información adecuada. En cuanto a los problemas que se pueden llegar a producir entre herederos, muchas veces depende de la forma en la que el causante haya redactado su testamento. Sin embargo, es importante saber negociar y estar abierto al diálogo.

A continuación te contamos en detalle todo lo que debes tener en cuenta para evitar conflictos al heredar una vivienda. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuánto tiempo se tarda en heredar una vivienda y dónde se realizan los trámites?

La mayor parte de los trámites de una herencia se deben realizar en una notaría. Usualmente, el paso previo es acudir a un despacho de abogados o a una gestoría. También existen algunas agencias inmobiliarias que ofrecen encargarse de todo el proceso de herencia de una vivienda, como de su venta si es el deseo de los beneficiarios. En este último caso, se trata de una opción que permite ahorrar tiempo y dinero.

El tiempo que se tarda en realizar todo el procedimiento para poder hacerse de un bien inmueble heredado es relativo. El mismo puede llevar pocos meses o extenderse por años, en función de dos factores: la existencia o no de un testamento y el consenso entre los herederos. La última de estas cuestiones es especialmente importante, ya que los conflictos de este tipo son muy frecuentes. 

Una de las disputas más habituales entre herederos es que uno o parte de ellos quieran vender una vivienda, mientras que uno u otros se opongan. El problema radica en que, para realizar este tipo de operación, es necesario que todos los propietarios estén de acuerdo. Existen otras alternativas en estos casos, como que los herederos que desean vender compren su parte a los que no quieren o que acudan a la justicia. La clave está en la negociación, ya que no es conveniente que la propiedad se subaste públicamente.

¿Qué impuestos y gastos se deben pagar por heredar una vivienda?

Al margen de los problemas que puedan llegar a surgir entre herederos, también es conveniente saber cuáles son los impuestos y gastos a los que está sujeta la herencia de una vivienda. También, otras cuestiones que ayudarán a no malvender una propiedad heredada.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

El principal tributo que grava la herencia de un bien inmueble es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este se aplica sobre toda transmisión de bienes y derechos a título gratuito entre personas físicas. Los herederos cuentan con un margen de seis meses desde el día del fallecimiento del causante para abonarlo, que puede prorrogarse al doble por un coste adicional.

Se trata de un tributo que no posee una cuantía fija, ya que todo depende del monto heredado y de las reducciones y bonificaciones que aplique cada comunidad autónoma. De esta manera, el gravamen puede ir del 7,6% al 34%. En este artículo te contamos cómo se aplica el tributo en cada región.

También es importante tener en cuenta que, desde el 1° de enero de 2022, la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es el valor de referencia determinado por la Dirección General del Catastro. Este es un monto que se fija de acuerdo al valor de mercado que se presume que posee la vivienda. De todas formas, si el valor de escritura es superior al valor de referencia, será este primero el que actúe como base imponible.

Plusvalía municipal

El otro tributo que se debe abonar al heredar una vivienda es la plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Se trata de un tributo municipal que se paga en casi todas las transmisiones de bienes inmuebles ya que grava el incremento de valor que sufrió desde que fue adquirido. 

La plusvalía municipal debe abonarse en el ayuntamiento del municipio en donde se encuentra la vivienda heredada. El plazo con el que cuentan los herederos para hacerlo es de seis meses. Existen sanciones por su impago que van desde el 50% hasta el 150% del valor a abonar, dependiendo de la gravedad de la infracción. 

Gastos adicionales

Además de estos impuestos también hay que tener en cuenta algunos gastos adicionales que se deben asumir en toda herencia de bienes inmuebles. Dentro de estos se encuentran los gastos de notaría y los del Registro de la Propiedad. 

impuestos y gastos heredar vivienda

En caso de haya más de un heredero, el porcentaje de los gastos que deberá asumir cada uno dependerá de la participación sobre la vivienda que haya recibido y del acuerdo al que llegue junto a los demás beneficiarios. También influirá el grado de parentesco con el fallecido y de las posibles reducciones en estos costes que se puedan llegar a aplicar según las disposiciones de la comunidad autónoma.

Cómo evitar conflictos con los impuestos y gastos que conlleva heredar una vivienda

Algunos de los consejos a tener en cuenta para evitar conflictos entre herederos y respecto a los impuestos y gastos que se deben pagar son los siguientes:

  • Son muchas las ocasiones en las que los herederos de un inmueble deciden ponerlo a la venta para conseguir liquidez y evitar los gastos que conlleva su mantenimiento. En estos casos, hay que tener en cuenta que la ganancia patrimonial obtenida estará determinada por la diferencia entre el valor que se adjudicó a la vivienda en la herencia y su valor de venta. Por esta razón, si se pone la propiedad en venta en el corto o mediano plazo, es aconsejable tomar su valor de mercado real, que suele estar por encima del valor de referencia del Catastro y por el que se debe tributar lo mínimo. De esta manera, se evitará tributar en el IRPF e incluso en la plusvalía municipal, o bien, se amortiguará su efecto en gran medida.
  • Muchas veces, las viviendas heredadas permanecen a disposición de los herederos en vez de salir al mercado para su venta o alquiler. Esto puede deberse a una falta de acuerdo entre los mismos. Para evitar cualquier tipo de conflictos, es recomendable mejorar la redacción de los testamentos e incluir en ellos hasta el último detalle.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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La llegada del Covid-19 impacto en la vida de todas las personas de diferentes formas. A su vez, trajo consigo una serie de cambios vinculado al mercado inmobiliario. En el sector se disparó, durante la pandemia, el porcentaje de las viviendas heredadas a causa de la cantidad de fallecimiento provocados por el virus.

En la siguiente nota te contamos todo acerca de cómo se han incrementado las herencias de viviendas y el modo en que la Ley de Fraude Fiscal afecta el Impuesto de sucesiones y donaciones.

¿Qué sucedió con las viviendas heredadas en pandemia?

A principio del año 2020, el mundo se vio inmerso en un virus global que se cobró la vida de millones y millones de personas alrededor del globo. En consecuencia, se incrementó de manera impactante el número de viviendas heredadas en pandemia.

Desde el Registro de la Propiedad afirman que el ingreso de acatas notariales registrados en esta época es récord. El INE afirma que durante enero y mayo se han asentado 85.166 sucesiones en carácter de viviendas heredadas. Es decir, unas 564 transiciones por día.

Esta cifra supera el registro histórico de inscripciones comenzado en el año 2007. En mayo de 2021, en España, 17810 viviendas han sido heredadas. Esta cifra es la segunda más alta de la historia, ya que en marzo del mismo año se registraron 19.400 inmuebles heredados.

Lo impactante de los números, es que estas cifras solo contemplan aquellas viviendas heredadas en pandemia que han sido aceptadas. Por lo tanto, dejan por fuera a todos aquellas que han sido rechazadas. Es decir, aquellas en las que la deuda que demanda la herencia es mayor al monto total de todos lo bienes y derechos de la persona fallecida.

¿Dónde se registraron las mayores cifras de viviendas heredadas en pandemia?

Según los datos publicados por el INE, Cataluña se sitúa como la comunidad en la cual se han registrados mayor cantidad de viviendas heredadas en pandemia. Aproximadamente unas 15.000 operaciones.

Sin embargo, en las demás localidades la diferencia es muy poca. En Andalucía se registraron alrededor de 14.000, en Madrid y en la Comunidad Valenciana aproximadamente 11.200.

Luego, le siguen, a lo lejos, Castilla y León con 5.324 registros y País Vasco con 4.223. De manera singular, en La Rioja se heredado, en los primeros cinco meses del 2021, menos de 1000 viviendas. Y, en Melilla y Ceuta menos de 100 cierran transmisiones de este tipo entre enero y mayo.

¿Cómo tramitar una herencia?

El trámite de una herencia, en primer lugar, depende de la existencia o no de un testamento. En el caso de que el causante haya realizado la declaración de sus última voluntades lo que sigue es realizar la repartición de los bienes y obligaciones. En caso contrario, se debe llevar adelante una declaración de herederos para determinar cuáles son los herederos forzosos.

Para más información te recomendamos ingresar a los siguientes artículos

¿Cómo tramitar una herencia con testamento? Certificados y pasos a seguir

¿Cómo tramitar una herencia sin testamento? Declaración de herederos abintestato y pasos a seguir

En ambos casos, el proceso de sucesión hereditaria se lleva a cabo en una notaría, en la cual se elevará el acta de notoriedad.

En muchos casos, las personas deciden acudir a una agencia inmobiliaria para que lleven adelante todo el proceso de la herencia. Además, una vez concretada la operación, dejan en manos del agente la administración de la propiedad, en los casos en que se quiera vender el inmueble heredado. Una forma para ahorrar tiempo un dinero. Se trata de una fórmula que permite ahorrar tiempo y dinero.

El tiempo del trámite depende de las circunstancias en las cuales se hereda la vivienda. Como dijimos, dependerá si existe o no, y el tiempo en que tarden en consensuar los herederos

Se considera que uno de los conflictos principales de consenso entre herederos es la voluntad o no de la totalidad de ellos en vender la propiedad. Esto sucede en tanto es necesario el acuerdo del 100% de los herederos. En caso contrario, en necesario acudir a una alternativa por vía judicial. La negoción es fundamental, ya que a partir de ella se puede evitar o no la instancia de una subasta pública de la propiedad.

¿Qué impuestos tributan sobre una herencia?

El impuesto principal que grava una herencia es el de sucesiones. Segú la Ley, este impuesto grava la trasmisión de bienes y/o derechos entre personas físicas. Los hechos imponibles sobre los cuales se aplica son las transmisiones mortis causa, las trasmisiones intervivos y los cargos por cobros de seguros de vida.

El impuesto no tiene un monto fijo de gravamen, ya que este depende del total heredado. Depende de cuánto se hereda, con un tributo que va del 7,5% al 34%. Al estar cedido a las comunidades, se le deben incluir las bonificaciones que cada una realiza sobre este tipo de operaciones.  

Los gravámenes más altos se encuentran en Castilla y León, Austrias y en la Comunidad Valenciana. En el caso madrileño, existe una bonificación del 99% cónyuges, hijos, nietos, etc.. Es decir, para familiares directos.

Las personas herederas tienen un lapso de 6 meses para abonar el ISyD, con la posibilidad de pedir una prórroga por 6 meses más, en caso de ser necesario. En este último caso, se le incorporarán los intereses correspondientes.  

Debido a la situación sanitaría y la crisis económica y laboral que ha llegado con la misma, muchas comunidades flexibilizaron el pago del impuesto por más tiempo.

Otro de los impuestos que se deben abonar al momento de recibir una herencia es la plusvalía municipal. Este tributo se paga siempre que exista cambio de titularidad de un inmueble.

La plusvalía es un impuesto, como bien dice su nombre, de carácter municipal que se encarga de gravar el valor de las viviendas de naturaleza urbana y su incremento. El mismo, se tributa cuando se realiza una transacción y el valor que se tiene en cuenta en el que ha sido reconocido en el catastro.

Se abona en el ayuntamiento que regula la zona en la que se encuentra ubicado en un plazo de 6 meses. No puede ser prorrogado y existen sanciones en el caso de no abonarlo. Las mismas pueden ser entre el 50 y 150% más de la cantidad que queda por pagar. Estos valores son fijados dependiendo de la gravedad de la infracción.

Y, ¿Cuáles son sus gastos?

Además de los impuestos, las operaciones de viviendas heredadas en pandemia, y en cualquier contexto, hay que sumarle unos gastos extras que deben ser asumidos por todos los herederos. Algunos de ellos son los gastos notariales, fiscales y para el Registro a La Propiedad.

Si son varios los herederos, los gastos van a ser divididos acorde a lo que cada uno reciba como bien heredado que se encuentra en el testamento o en la declaración de herederos. En el caso de llegar a existir acuerdos, cada uno abonará lo que hayan consensuado

Otro modo de celular el gasto que cada heredero debe pagar tiene que ver con el grado de parentesco con el causante y con las bonificaciones de cada comunidad.

Por último, al tratarse de una propiedad como cualquier otra, las viviendas heredadas en pandemia deben tributar otros impuestos y asumir otros gastos. Como por ejemplo, e IBI, el IRPF, gastos de seguro, etc.

La Ley Anti fraude y el cambio impositivo para 2022

EL Boletín oficial del Estado, publico hace días, la nueva Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal.  Dicha normativa provoca un cambio radical en el modo de calcular el ISyD. Lo que modificará es la base imponible el valor que se tomará de la vivienda. Es decir, en la nueva ley figura que se considerará al valor referencial aprobado por la Dirección General de Catastro.

Este punto de la ley entrará en vigor en enero de 2022 y se aprobará todos los primeros días de diciembre. Por lo tanto, se verán afectadas por las normas las operaciones de viviendas heredadas en pandemia que se produzcan a partir de dicha fecha.

¿Cómo afecta el cambio fiscal a las viviendas heredadas en pandemia?

El cambio que introduce la nueva ley de fraude fiscal sobre la modificación en el cálculo del valor del inmueble afecta al heredero  en tanto, el ISyD se calcula en base al valor de la propiedad. Es decir, mayor es el valor de la vivienda heredad mayor es el monto a tributar por el impuesto. Así, la base imponible será el valor de mercado del inmueble.

Con la nueva ley, dicho valor será el de referencia de Catastro. En muchos casos, Hacienda decide comprobar el valor de las viviendas heredadas en tanto considera que se han pagado impuestos por debajo de lo correspondiente. Esta acción se llama acción de valores, y es don entra en vigencia el valor de referencia.

El reclamo de Hacienda se realiza cuando la autoridad determina que el valor de un inmueble heredado es superior al precio con el cual fue escriturado. Siempre en correspondencia con los valores que cada administración de hacienda maneja. Estos recamos, pone en evidencia que en varias ocasiones que entre el precio de mercado y el valor establecido por la gerencia hay una gran diferencia.

Si te has quedado con alguna duda, déjanos tu comentario y desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Para más información sobre el modo en que se realizará el cálculo del valor neto de un inmueble te recomendamos leer:

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La herencia de un inmueble al momento de heredar una vivienda, es muy habitual que surjan problemas entre los involucrados, porque es un bien indivisible, y para poder venderlo, todos tienen que estar de acuerdo. En esta nota, te contaremos cuáles son los problemas más comunes y cómo sobrellevarlos.

Pero, ¿qué es una herencia? Es “un acto jurídico con el que una persona transfiere todos sus bienes, derechos y obligaciones (patrimonio) a otras personas en el momento de su fallecimiento”.

Por esto, decimos que la herencia es el reflejo de las voluntades de una persona con sus bienes.

Es habitual recibir la herencia de una propiedad, porque en España la mayoría de los ciudadanos son propietarios, es decir un 83% de los españoles es dueño de su propia vivienda o más de una.

Pero debemos tener en cuenta que una propiedad es un bien indivisible, y no es como el dinero que se puede dividir entre los herederos. La vivienda que heredan varias personas pasa a una situación llamada proindiviso o copropiedad, en la que cada heredero tiene una parte de ella como suya.

La herencia de un inmueble ¿Qué sucede cuando un propietario quiere vender la vivienda?

Una situación muy común en la herencia de un inmueble es que uno de los herederos la quiere vender, y es uno de los problemas principales que otro de los herederos de un mismo bien se oponga a su venta.

Para poder vender un inmueble en la que hay varios herederos, lo que se debe hacer es tener el consentimiento de todos, ya que no es válido con la mayoría, porque no se puede obligar a alguien a vender, pero tampoco se lo puede obligar a quedarse como copropietario.

Hay dos situaciones a la hora de la herencia de un inmueble y su venta a tener en cuenta, una es la aceptación de la herencia y la otra es la partición hereditaria, pero son dos actos diferentes.

Cuando se trata de la aceptación de la herencia, los herederos deben mostrar libremente su voluntad de aceptar la herencia que les corresponda, en cambio, en la partición hereditaria, los herederos que han aceptado, se reparten el caudal hereditario.

En el momento del reparto, es posible realizar algunas modificaciones para evitar futuros problemas. Por ejemplo, si además de inmuebles, hay dinero en efectivo, se puede llegar aa un acuerdo y entregar la propiedad del inmueble al heredero que quiere la vivienda, pero dejando de recibir el dinero en efectivo por el valor de la parte de la vivienda que le correspondía. Esto logra que la propiedad completa del bien quede a nombre de un solo heredero, evitando el condominio.

Cuando un heredero quiere vender la propiedad y otro no

Si el condominio no se puede evitar, y uno de los herederos quiere vender el inmueble, se puede hacer lo siguiente:

  • Vender su parte de la propiedad a los otros herederos o a un tercero,
  • Ponerse de acuerdo con todos los herederos.
  • Si no logran un acuerdo, ir por vía judicial. En este caso, uno de los herederos, el que quiera vender, puede solicitar una partición judicial de la herencia, y la subasta pública del inmueble.

Para que la propiedad pase por la subasta pública, se debe solicitar la extinción de la relación de copropiedad.

Subasta pública de un inmueble heredado

Lo primero que se debe hacer en estos casos es solicitar la tasación del inmueble, puede ser con un tasador privado o con un perito tasador designado por el juez de la causa.

Si los herederos no están de acuerdo con el valor de la tasación de un inmueble, se puede impugnar para una nueva revisación y después se subastará el inmueble.

Pueden asistir a la subasta el resto de los copropietarios para pelear por ella, sin necesidad de un depósito de dinero previo. Los que se resistían a vender no podrán estar presentes.

Y si por ejemplo, existe un interesado ajeno a los herederos, deberá dejar un depósito del 30% del valor de tasación, para poder pujar por la vivienda.

Conceptos básicos que se deben conocer cuando se hereda un inmueble

  • La base imponible
  • Impuesto de sucesiones y donaciones
  • IRPF-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Plusvalía Municipal
  • Herederos legales
  • Deducciones según la edad de los herederos

Ten en cuenta que a la hora de la herencia de un inmueble, lo mejor es llegar a un acuerdo entre todos los herederos, y así evitar el desgaste, malos tratos, gastos judiciales como tasación, abogado y procurador. También, al ser vendido el inmueble por subasta pública, suele ser por un precio inferior al que se vendería en el mercado.

Una opción muy valiosa a la hora de heredar un bien, con por ejemplo, tus hermanos o familiares, es vender la propiedad, ponerla a la venta en el mercado inmobiliario, y luego de esa venta repartir el total del dinero en partes iguales entre todos los beneficiarios. Así nos evitamos todo lo que dijimos anteriormente, y por sobre todas las cosas, la vía judicial que es la más lenta y complicada por todos los pasos previos que hay que realizar antes de la subasta pública.

Si recibiste una herencia con tus hermanos, y están todos de acuerdo con vender la propiedad, o en tal caso, ponerla en alquiler y percibir una renta, no dudes en contactarte con Oi Real Estate, una de las mejores inmobiliarias de España.

Si te gustó esta nota, no dejes de leer también lo que debes saber de tu vivienda en caso de divorcio

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Se prevé que en 2021 muchos españoles decidirán renunciar a la herencia por no disponer de los fondos suficientes para enfrentar los gastos asociados. Pero, por fortuna, existen otras soluciones y nosotros podemos ayudarte. Sigue leyendo para conocer los beneficios de vender tu piso heredado.

El año 2020 ha sido particularmente difícil, sobre todo en materia de salud. En efecto, según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la pandemia del coronavirus causó un exceso de mortalidad entre los meses de marzo y diciembre pasados, cuando se registraron un total de 391 400 fallecimientos. Frente a ello, los notarios temen que en 2021 se desate una oleada de renuncias a herencias. ¿Renuncias? Sí, renuncias, porque como ya sabrás, al heredar los bienes de una persona fallecida se heredan también sus deudas. Eso sin mencionar que la operación tributa para el impuesto de sucesiones y donaciones y para la plusvalía municipal. En muchos casos, la falta de liquidez para hacer frente a estos costes deriva en la renuncia por parte de los herederos.

Ahora bien, si la herencia incluye un bien inmueble, existen algunas alternativas que te permitirán solventar todos los gastos y, siempre que sea posible, conservar otros bienes en propiedad. Pero antes de hablar al respecto, queremos recordarte algunos aspectos que creemos importantes.

Tres puntos importantes sobre las herencias

En otro artículo te contamos en detalle todo lo que debes saber sobre las herencias. Si todavía no lo has leído, ahora es un buen momento para hacerlo. Te dejamos el enlace a continuación.

Sin embargo, en esta oportunidad solo repasaremos los aspectos fundamentales para determinar cómo podemos ayudarte nosotros en la tramitación. Veamos cuáles son.

La herencia se puede aceptar o rechazar. La aceptación puede ser expresa o tácita, aunque lo más habitual es realizarla frente a un notario. Recuerda que si la aceptas, heredarás todo el patrimonio, incluyendo las deudas. La decisión de renunciar a la herencia habrá de ser expresa, obligatoriamente.

Si se acepta una herencia, puede hacerse de dos maneras: pura y simplemente o a beneficio de inventario. En el primer caso, el heredero se compromete a pagar todas las deudas de la persona fallecida, respondiendo tanto con los bienes heredados como con los propios. En el segundo, se compromete a pagar las deudas únicamente con los bienes heredados, sin comprometer su propio patrimonio.

Cuando se recibe una herencia, debe tributarse por ella. Los impuestos que deben pagarse al heredar un piso son dos: el de sucesiones y donaciones y la plusvalía municipal.

Respecto del impuesto de sucesiones y donaciones, debes saber que el plazo de pago es de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento de la persona. Sin embargo, durante los cinco primeros meses de dicho plazo, se puede solicitar una prórroga por otros seis meses adicionales.

En lo que respecta a la plusvalía municipal, habrá de liquidarse en el ayuntamiento del lugar donde se ubique la propiedad en cuestión. El importe a pagar dependerá de los años transcurridos desde la anterior transmisión de la propiedad y de las bonificaciones aplicables a cada municipio. A continuación, te dejamos dos enlaces en donde puedes ampliar la información sobre los tributos.

El problema de la falta de liquidez

Tal y como has podido ver en los aspectos esenciales sobre las herencias, los gastos de la operación son considerables, más aún si en existen deudas. Es por ello que los notarios temen una avalancha de renuncias durante este año. La crisis que atraviesa nuestro país en estos momentos ha reducido considerablemente el poder adquisitivo de los ciudadanos y en este contexto es mucho más difícil disponer de los fondos necesarios para enfrentarse a una herencia.

Si bien durante 2020 el número de herencias realizadas descendió, los notarios lo atribuyen a la suspensión parcial de sus servicios durante el confinamiento, cuando solo se atendieron cuestiones urgentes. El aumento en la tasa de mortalidad sumado a la falta de citas en las notarías y a las prórrogas que ha facilitado el gobierno en cuanto al pago de los impuestos correspondientes indican que todas las herencias se resolverán a lo largo de este 2021.

No obstante, antes de decidir renunciar a una herencia, te proponemos que evalúes otras alternativas. Ahora sí, te contaremos cómo podemos ayudarte para hacerte más amena la operación.

Antes de renunciar a la herencia, plantéate vender tu piso

Esta es la primera alternativa que te permitirá hacer frente a todos los gastos asociados a la operación. Será válida siempre que hayas heredado un bien inmueble. Pero, al venderlo, obtendrás solvencia suficiente para cancelar las deudas y pagar los impuestos. El beneficio radica en que, si has heredado otros bienes, podrás conservarlos.  

En este punto haremos una aclaración. El impuesto de sucesiones y donaciones debe pagarse dentro de los seis primeros meses luego del fallecimiento del titular. En ocasiones, la falta de dinero para pagar este tributo obliga a renunciar a la herencia. Aquí es donde nosotros podemos ayudarte. El tiempo medio que tardamos en vender una propiedad es de treinta y siete días, por lo cual, tendrías el dinero disponible a tiempo para no adquirir deudas con el fisco.

Como puedes ver, vender la propiedad es una solución viable y su resultado será más beneficioso que renunciar a la herencia, ¿no crees? Aun así, existe otra alternativa que también es importante que la conozcas: la venta express.

Si te urge resolver la herencia, ¡nosotros te compramos la propiedad!

Si la necesidad de resolver la herencia es urgente, entonces nosotros podemos comprarte tu piso. El procedimiento es sencillo: basta con entrar a nuestra web (aquí te dejamos el link) y dejarnos tus datos de contacto. En menos de 24 horas hábiles, un agente se comunicará contigo para pactar una visita a tu piso. Posteriormente, te haremos una oferta, pero tú decides sin compromiso si la aceptas. Ahora bien, si la respuesta es positiva, ¡te compramos tu casa! En menos de cuarenta y ocho horas desde la firma del contrato tendrás el dinero en tu cuenta bancaria y, además, nos haremos cargo de la mudanza.

Renunciar a la herencia sigue siendo una alternativa viable frente a las dificultades financieras que puede generar este procedimiento. Pero, si esta incluye un bien inmueble, venderlo puede ser la solución que estabas buscando. ¡Contáctanos!

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Recibir una herencia suelen ser agobiante y un poco cansador. Pero no te preocupes porque, si dispones de la información necesaria, los procedimientos se volverán mucho más sencillos. En este artículo te contamos todo lo que debes saber al respecto.

Una herencia es el acto jurídico mediante el cual una persona que fallece transmite sus bienes, derechos y obligaciones a los herederos. Aunque, en primera instancia, la definición parece sencilla, todo el procedimiento derivado de las herencias es un tanto complejo y engorroso. Por eso, será mejor conocer los aspectos esenciales que rigen a esta operación, dado que, llegado el momento, hará que los trámites sean más sencillos.

A grandes rasgos, existen dos tipos de herencias: con y sin testamento.

Herencia sin testamento

Cuando no existe un testamento que defina cómo habrán de repartirse los bienes, derechos y obligaciones, los interesados deberán realizar una declaración de herederos. Este procedimiento está estipulado en el código civil y consiste en informar quiénes son los herederos legales. Para lograrlo, los interesados deberán mostrar los grados de parentesco con el fallecido.

Quiénes son los herederos legales

En el caso de que no existiera un testamento, la ley establece que los bienes se repartirán entre los familiares directos o indirectos, dependiendo de las circunstancias.

En primera instancia, serán los hijos quienes se repartirán la herencia en partes iguales. Si alguno de ellos hubiera fallecido, serían los nietos los receptores de esa parte de la herencia.

En el supuesto caso de que la persona fallecida no tuviera hijos, entonces serían sus padres los herederos según el código civil. Y si los padres hubieran fallecido, serían sus abuelos.

El cónyuge, por su parte, también heredará los bienes, derechos y obligaciones de la persona fallecida.

En último lugar, cuando fuera imposible heredarles los bienes a todas las personas mencionadas anteriormente, serán los herederos colaterales quienes los reciban. Estos son: hermanos y sobrinos.

Herencia con testamento

Redactar un testamento es siempre una buena opción porque permite repartir los bienes de la herencia a criterio del titular, aunque existen ciertos límites legales.

El Código Civil establece que la herencia se debe dividir en tres partes: el tercio de legítima, el tercio de mejora y el tercio de libre disposición. Veamos en qué consiste cada una de ellas.

¿Qué es la legítima de una herencia?

El Código Civil, en su artículo 806, lo define de la siguiente manera: “Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos”.

En otras palabras, la persona que decide redactar su testamento no podrá elegir libremente sobre la herencia de un tercio de sus bienes, ya que estos están destinados a los herederos forzosos. Pero ¿quiénes son los herederos forzosos? Los mismos que mencionábamos anteriormente, es decir:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • En último lugar, el heredero forzoso sería el cónyuge.

Cabe destacar que el tercio correspondiente a la legítima de una herencia habrá de repartirse en partes iguales entre todos los herederos.

¿Qué es el tercio de mejora de una herencia?

El tercio de mejora es una porción que solo puede heredarse a los hijos y descendientes. Nunca podrá destinarse a terceros que estén fuera del vínculo familiar. Pero, a diferencia del tercio de legítima, el testador puede elegir si incluirá en este apartado a todos los herederos o solo a algunos, y podrá decidir libremente qué porcentaje de este tercio de la herencia le dejará a cada descendiente.

Recordemos que, en la legítima el tercio se divide en partes iguales entre los herederos forzosos. Pero, en el tercio de mejora, se puede distribuir en cualquier proporción entre los herederos legítimos.

¿Qué es el tercio de libre disposición de una herencia?

Como su nombre lo indica, se trata del tercio del que el testador puede disponer libremente. Es decir, puede dejárselo a cualquier persona, independientemente de que esta sea o no heredera legítima. Pero, además, el testador podrá entregársela a uno o a varios herederos o instituciones y en los porcentajes que considere pertinente.

En ocasiones, las personas dejan una parte de su herencia a instituciones sociales o a ONG. Esto proviene, entonces, del tercio de libre disposición, ya que los dos tercios restantes deben destinarse sí o sí a los herederos legítimos.

repartición de herencia

Renunciar a una herencia o aceptarla

Aunque siempre asociamos las herencias con un incremento de los bienes personales, en ocasiones se heredan más deudas que beneficios. Es por ello que existe la posibilidad de renunciar, pero también puede ser aceptada parcialmente.

Cuando una persona fallece, sus herederos deben decidir si aceptan la herencia o la rechazan (a este último término suelen referirse como la repudiación).

En lo que respecta a la aceptación, esta podrá ser expresa o tácita. La primera es la más habitual y consiste en aceptarla frente a un notario. La segunda se refiere a aquellos casos en donde el heredero realiza actos que no podría realizar en el caso de no haber aceptado la herencia.

La renuncia, por su parte, nunca podrá ser tácita. Siempre tendrá que expresarse la voluntad del heredero de rechazarla, a través de un documento público firmado frente a un notario.

¿Se pueden aceptar los bienes y rechazar las deudas?

No se pueden aceptar los bienes y rechazar las deudas, pero sí que se podrá aceptar la herencia de dos maneras distintas: pura y simplemente, o a beneficio de inventario.

Cuando se acepta una herencia pura y simplemente, el heredero se compromete a pagar todas las deudas de la persona fallecida, respondiendo tanto con los bienes heredados como con los propios.

En cambio, cuando se acepta a beneficio del inventario el heredero se compromete a pagar las deudas únicamente con los bienes heredados, sin comprometer su propio patrimonio.

Es importante destacar que tanto la aceptación como el rechazo de la herencia son irrevocables. Es decir que una vez que el heredero toma una decisión al respecto, ya no podrá cambiar de opinión.

¿Puede una persona recibir una herencia sin tener constancia de ello?

Tal y como te decíamos antes, el heredero debe aceptar la herencia tácita o expresamente. Para ello, deberá demostrar su grado de parentesco con la persona fallecida y certificar que no haya otros familiares más cercanos a quienes les corresponda recibir esta herencia. Esto será así siempre y cuando no exista un testamento. Pero la obligación de aceptar la herencia exige que el heredero tenga conocimiento de su existencia.

Otros aspectos importantes sobre las herencias

Reparto de bienes gananciales frente a la muerte de uno de los cónyuges

Si los cónyuges no estuvieran casados en régimen económico de separación de bienes, todo lo que se hubiera comprado durante el matrimonio es propiedad de los dos. Entonces, al fallecer uno de ellos, se determinará qué parte es propiedad del cónyuge y cuál se repartirá como herencia.

La colación: qué pasa cuando un padre donó bienes a sus hijos en vida

En el caso de que los padres hayan hecho donaciones a sus hijos en vida, la ley entiende que han sido una especie de anticipo de la herencia. Por lo tanto, aquellos bienes que se le hubieran donado a uno de los hijos en vida, se descontarán del porcentaje que le corresponde de la herencia.

No obstante, la colación no se produce si el padre o la madre han dispuesto lo contrario en el momento en que se realizó la donación.

La desheredación

La desheredación consiste en privar del tercio de legítima a un heredero forzoso. Esto podrá hacerse a través del testamento únicamente cuando existiera una causa legal que lo justifique.

Las causas generales que justifican la desheredación son las siguientes:

  • Los padres no pueden heredar a sus hijos si estos últimos los han abandonado o corrompido.
  • Si alguno de los herederos (sea cónyuge, ascendiente o descendiente) ha sido condenado en juicio por atentar contra la vida del tentador, también podrá justificarse la desheredación.
  • Si el heredero mayor de edad sabe que el testador ha muerto de forma violenta y no lo informa a la justicia, quedará desheredado. Con la salvedad de que las fuerzas policiales ya estuvieran investigando el caso.
  • Quedará también desheredado el que con amenaza, fraude o violencia obligue o impida al testador redactar libremente el testamento.

Desde Oi Realtor sabemos que las herencias suelen ser complejas y llevan mucho tiempo. Pero tener información al respecto siempre ayuda a que los trámites sean más sencillos. Si tienes más dudas, puedes contactarnos.

Y recuera que somos una inmobiliaria de lujo con más de diez años de experiencia en el mercado español. Si quieres vender o alquiler tu piso heredado, contáctanos.

CONTACTO OI REALTOR

La posibilidad de celebrar diversas convocatorias electorales en las próximas semanas se ha llevado por delante algunas de las reformas más urgentes del gobierno español. Entre ellas una profunda reforma fiscal de la vivienda. Tanto en materia de herencias, como de plusvalías y de valoración de inmuebles.

En España está a punto de arrancar un largo periodo electoral de dos meses. Que comenzará con las elecciones generales del 28 de abril y culminará con la convocatoria del 26 de mayo. Día en que se celebrarán elecciones municipales y europeas. Además de las autonómicas para 12 comunidades españolas.

Una cuádruple convocatoria que amenaza con bloquear el calendario de reformas. Y que afecta, como no, al mercado de la vivienda. La preparación de la campaña electoral ha provocado que los partidos aplacen asuntos importantes para el sector inmobiliario.

Entre ellos, la legalidad del cobro la plusvalía municipal o el cambio en los métodos de valoración de inmuebles. Demorar la tramitación parlamentaria de ambos asuntos perpetúa problemas de seguridad jurídica y aumenta la litigiosidad en torno a la compraventa de vivienda, la sucesión patrimonial y las inversiones inmobiliarias.

Temas que el final de la legislatura ha dejado sin resolver. Y que afectan tributariamente, tanto a los hogares como las empresas. Porque en ambos casos existen herencias, compras y ventas de inmuebles. Ya sean viviendas, edificios, terrenos, locales o naves.

Parte del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal) ha sido declarado inconstitucional. Por el método utilizado en la valoración de los inmuebles. Fórmula beneficiosa para las diferentes comunidades autónomas que aún no cuenta una alternativa legal. Y que quedará aplazada hasta después de las elecciones

¿El resultado? Un aplazamiento en la rebaja de la factura fiscal de los contribuyentes“, señala Luis Gualtieri. “Además de un freno a la transmisión de inmuebles“, sentencia el CEO de la agencia inmobiliaria Oi RealEstate

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La nueva fórmula de la plusvalía se queda atascada

En mayo de 2017, una sentencia del Tribunal Constitucional declaró contradictorio el impuesto de plusvalía municipal. Además de contrario a la Carta Magna, ya que obliga a tributar incluso cuando el suelo ha perdido valor.

Se trata de un tributo que deben pagar aquellos propietarios que venden o reciben en herencia inmuebles por el valor correspondiente al suelo. A partir de una fórmula establecida por la Ley de Haciendas Locales.

Norma que calcula la base imponible del gravamen y consiste en aplicar sobre el valor catastral un coeficiente que cambia en función de los años transcurridos entre la compra y la transmisión (venta o legado) del inmueble.

Este método de cálculo permite a los ayuntamientos considerar que existe aumento de valor en cualquier situación. Incluso en el caso de que la vivienda se haya vendido por un precio inferior al de la compra. Circunstancia bastante común en los años de la crisis, por el estallido de la burbuja inmobiliaria.

“España necesita una reforma fiscal de la vivienda”

Este despropósito llevó a que el Tribunal Constitucional reclamará una reforma urgente de la plusvalía“, recuerda Luis Gualtieri. “Aunque, de hecho, España necesita una reforma fiscal de la vivienda mucho más compleja“.

Tras años de gran litigiosidad, en mayo de 2017 llegó la sentencia definitiva“, añade. “Aunque el Gobierno conocía desde febrero la declaración de inconstitucionalidad en artículos de ley foral vasca; similares a los de la ley estatal“.

Con todo esto, el proyecto de reforma no se presentó hasta marzo de 2018“, matiza el responsable de Oi Real Estate. “A través de una propuesta para suprimir la tributación en casos de pérdida de valor demostrable (escrituras,..)“.

Esta situación hizo temer a muchos ayuntamientos por la desaparición de una de sus mayores fuentes de ingresos. Algo que provocó el primer retraso de la reforma. Seguido por una larga tramitación parlamentaria durante todo un año. A pesar de tratarse de un asunto calificado como “urgente“.

Finalmente, la tramitación acabó por desencallarse en enero de 2019. Y su firma llegó justo antes de la disolución de las Cortes para la convocatoria electoral.

Con todo esto acumulamos una larga espera de dos años, durante los cuales se ha seguido pagando la plusvalía a muchos ayuntamiento a pesar de su ilegalidad“, añade Gualtieri. “Algo que no ha dejado más alternativa a los contribuyentes que pagar para no incurrir en más costes antes de reclamar judicialmente“.

Controversia en torno a la valoración de inmuebles

Aunque la polémica no solo está en la tramitación parlamentaria de la reforma fiscal de la vivienda. Sino también en los métodos de valoración de los inmuebles.

La administración autonómica utiliza el cálculo que más le conviene“, añade el CEO de Oi Real Estate. “Defendiendo que su cálculo parte de valores “reales” que los contribuyentes declaran al heredar o comprar un inmueble“.

Cantidad que determinará, respectivamente, a cuanto se eleva el impuesto de sucesiones o el impuesto de transmisiones patrimoniales. “La inexactitud de dicho mecanismo de control fiscal quedó en evidencia tras el estallido de la burbuja inmobiliaria“, sentencia Luis Gualtieri.

De hecho, los contribuyentes se han visto obligados a tributar por precios muy por encima de los de mercado“, añade. “Algunas regiones apostaron por sistemas de comprobación simples, mediante los cuales el funcionario multiplica el valor catastral de la vivienda por un índice que cambia según el municipio“, explica Gualtieri. “Comparando el resultado con el valor declarado y, si este es menor (sea no real), se le pide un pago extra“.

Situación a la que dio un vuelco la sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2018. Afirmando que dicho método no era “el idóneo”. Meses después, diversas comunidades dejaron de un lado los coeficientes y recurrieron a otros métodos de cálculo acordes a la Ley General Tributaria. “Desde las de tasaciones hipotecarias a los informes periciales sin visitar el inmuebles“, afirma Gualtieri.

Finalmente, y aunque un comité de expertos estudió en 2017 la reforma de la financiación local, esta no se llevó a cabo. “Porque hacía falta cambiar la norma y crear un nuevo “valor de mercado” de referencia a través del Catastro”.

Valor que tuviera en cuenta factores como la variación anual de los precios“, finaliza el CEO de Oi RealEstate. “Una idea que hasta hace cinco meses no se incorporó a el anteproyecto de ley de medidas fiscales. Y que espera a la llegada de un nuevo Ejecutivo“. Algo a lo que Oi RealEstate se adelanta con su servicio profesional de tasación de vivienda.