Cuando un propietario coloca su piso para arrendar, establece en un contrato de alquiler todas las cláusulas que deben cumplir cada una de las partes. Si bien existe la posibilidad de realizar acuerdos verbales, lo aconsejable es que se disponga todo por escrito y se eviten inconvenientes, por eso te indicaremos en este artículo si las subidas de renta sin contrato de alquiler son posibles.

La búsqueda de pisos de alquiler se ha convertido en una odisea, porque es poca la oferta que se encuentra disponible en el mercado y las personas que necesitan con urgencia una vivienda, tienen que hacer muchos esfuerzos económicos para conseguirlo. El deseo de una casa propia es el ideal de cualquier joven, pero eso puede demorar muchos años en concretarse.

Como las opciones de pisos disponibles no abundan, es muy común compartir vivienda o mudarse a sitios que se ubiquen en las afueras de la ciudad. Además, los interesados en pisos compiten con miles de posibles arrendatarios y la decisión de los propietarios recae en aquel que presente todas las condiciones para estar al día con la renta.

La morosidad es el gran temor de los caseros y el motivo por el que muchos abandonan el mercado, para evitar esta situación. Por lo tanto, los inquilinos no desean perder la oportunidad de tener una vivienda y los propietarios no quieren impagos, por lo que los contratos verbales no serían la propuesta ideal. Pero si esta es la forma elegida, se deberá responder la inquietud si las subidas de renta sin contrato de alquiler son posibles. ¡Sigue leyendo!

¿Qué validez tienen los contratos verbales de arrendamiento?

En el mundo inmobiliario existen muchas formas de alquilar, si bien la gran mayoría prefiere dejar todo por escrito para evitar inconvenientes, también están presentes los contratos verbales. Aunque, pareciera que éstos no fueran legales, la realidad es que lo son y brindan un lugar de importancia a la palabra de los caseros e inquilinos.

Sin embargo, los conflictos siempre se encuentran al orden del día y es probable que, con el pasar de los años se desarrolle algún desacuerdo y el contrato comience a temblar. Por otra parte, este tipo de acuerdos tiene un tiempo de duración de seis años y se debe respetar esto, según la Ley de Arrendamientos Urbanos.

El mayor inconveniente en este tipo de contratos es que al no tener cláusulas por escrito, cada una de las partes puede dar su versión sobre un tema y no se podrá determinar quién está incumpliendo con lo acordado. No obstante, existen dos grandes tareas que deben cumplir las partes, el dueño del piso deberá hacer una declaración de renta y los arrendatarios tienen que guardar recibos y comprobantes, ante posibles problemas.

¿Qué sucede con las subidas de renta sin contrato de alquiler?

Las actualizaciones de renta, siempre se han caracterizado por ser generadoras de conflictos y hay un punto muy importante que las permite en un cierto contrato, o las prohíbe. Para ello, se debe colocar una cláusula que indique que la posibilidad de aumentar la renta es posible.

En los contratos de arrendamiento por escrito, se producen muchos conflictos en torno a esta problemática, ya que, si no se lo establece de manera expresa, el inquilino no está obligado a pagar un nuevo importe de alquiler. Por eso los caseros tienen que incorporar esta cláusula, para subir el precio de un arrendamiento en particular.

Teniendo en cuenta este panorama en arrendamientos que tienen contratos con cláusulas bien definidas, qué podría ocurrir con las subidas de renta sin contrato de alquiler y hay una respuesta para ello, que la descubrirás en el siguiente apartado. Te indicaremos si esta acción es posible o está prohibida.

¿Es posible realizar actualizaciones con un acuerdo de este tipo?

Si bien a simple vista, las subidas de renta sin contrato de alquiler parecerían imposibles, la respuesta es que en el mundo del arrendamiento todo se puede lograr, si se tienen en cuenta ciertas condiciones. En los contratos verbales, el propietario e inquilino deciden un precio de renta que los arrendatarios deben pagar de manera mensual.

Las actualizaciones no serán permitidas, a menos que, se establezcan en un recibo donde se justifique este accionar y se realicen a través de una transacción bancaria. Si este aumento se pagara en efectivo, el propietario no tiene comprobantes para justificar esta medida.

Por lo tanto, no se puede subir el monto de la renta ya que, al tratarse de un acuerdo verbal, no se conoce con exactitud el comienzo del contrato y las actualizaciones se hacen presentes en el momento en que el acuerdo celebra un año. Si se realizara una actualización, se deberá respetar el límite del 3%.

¿Qué se recomienda para evitar inconvenientes en subidas de renta sin contrato de alquiler?

Aunque, los alquileres verbales son una práctica válida y muy habitual, si se quieren evitar contratiempos lo mejor es realizar un contrato por escrito, donde se detallen todas las cláusulas. Que todo figure en papel, no quiere decir que no existan conflictos, porque las cláusulas pueden ser ambiguas y la respuesta la deberán acordar entre las partes que conforman esa relación contractual.

Las subidas de renta sin contrato de alquiler o con contrato por escrito, suelen ser un problema latente y es que, si no existe cláusula al respecto, los dueños de las propiedades alquiladas no podrán subir el precio. Es sumamente necesario, que se aplique esta condición en el contrato, ante posibles inconvenientes.

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