La nueva ley de vivienda estipula cuáles son las cláusulas que se deben incluir en un contrato de alquiler y qué es lo que se encuentra prohibido. Si quieres ingresar al mundo del mercado inmobiliario, conocer sobre esta cuestión puede ser muy importante. Es por ese motivo que, te invitamos a leer el siguiente artículo.

En el momento que un inquilino se decide por una vivienda y el propietario lo acepta como huésped de su propiedad, es necesario que se firme un contrato de arrendamiento para sellar un acuerdo que establecerá, cuáles son las obligaciones de cada uno. Si bien algunos contratos se realizan de manera verbal, lo más aconsejable es que se deje todo por escrito.

Los inconvenientes, malos entendidos y problemas, son aspectos que pueden hacerse visibles a lo largo de los años, en el mundo inmobiliario. Por eso, es muy importante contar con las cláusulas que especifiquen cuáles son los derechos y obligaciones que les corresponden a los inquilinos y propietarios, a fin de evitar sucesos no deseados.

La aprobación de la nueva ley de vivienda, modificó algunas de las consignas que deben estar presentes en un acuerdo escrito. Teniendo en cuenta esta nueva configuración en el mundo inmobiliario y los errores que pueden llegar a cometerse, te indicaremos cuáles son las cláusulas que se deben incluir en un contrato de alquiler para este último mes o comienzo del 2024.

¿Cuáles son las cláusulas que se deben incluir en un contrato de alquiler?

Cuando se desarrolla un contrato de arrendamiento, es imposible dejar de mencionar a una de las cuestiones centrales del mismo: su duración. Aunque los propietarios tienen la libertad para pactar acuerdos por el término que lo deseen, lo más seguro es establecerlos con duración de un año.

Hoy en día, se indica una duración de cinco años para el inquilino promedio y de siete, cuando no se habla de una persona jurídica. Lo más habitual es realizar prórrogas anuales hasta llegar a esa duración, porque puede suceder que un casero requiera la vivienda por una situación de índole personal y el inquilino tendría que abandonar la vivienda.

Por eso es elemental que entre las cláusulas que se deben incluir en un contrato de alquiler, figure la de finalizar el acuerdo, si el propietario lo requiriera. Claro que para que esto suceda, se necesitará avisar con un mínimo de cuatro meses de anticipación al inquilino y se debe dejar constancia por escrito, si no se encuentra en el contrato el inquilino no está obligado a abandonar el lugar.

¿Las actualizaciones de renta deben informarse en los contratos de arrendamiento?

Este es un punto interesante, porque de acuerdo a la nueva ley que entró en vigencia en el mes de mayo, las actualizaciones de renta deben regirse por un límite de aumento. En el caso del 2023, se trataba de un tope del 2%, pero esta situación se verá modificada a partir de enero con un 3%, como limitación a la subida de la renta.

Sin embargo, si existiera acuerdo entre las partes sobre determinada subida de los alquileres se debería mantener esa postura. Solo se implementaría un aumento del 3%, cuando no existiera un acuerdo entre el inquilino y el propietario. También, puede ocurrir que no existiera una cláusula sobre actualización, por lo que se mantendría el precio acordado al firmar el contrato.

Así como, hay cláusulas que se deben incluir en un contrato de alquiler, no deben agregarse aspectos abusivos para con el arrendatario. Si existiera alguna cláusula que propusiera al IPC como referencia para las actualizaciones de renta, se estaría incurriendo en una situación ilegal y contraria a lo que se indica en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

¿Los seguros de impago del alquiler pueden incluirse en este acuerdo?

En los últimos tiempos, la oferta de alquileres disponibles para el arrendamiento bajó hasta el punto de hacerse prácticamente nulos, para los arrendatarios interesados en pisos. Una de las cuestiones por las que se ha precipitado esta situación, es porque muchos inquilinos no pueden pagar las rentas y se atrasan con los pagos.

Pero los impagos de alquiler no son el único problema, también la okupación que todos los días experimenta una subida. Como estos acontecimientos han dejado estragos en las relaciones que pueden darse entre inquilinos y arrendadores, la contratación de seguros de impago de alquiler, han aumentado su alcance.

Entre las cláusulas que se deben incluir en un contrato de alquiler, podría incorporarse la de los seguros de impago del arrendamiento a ser pagados por el inquilino. Lo más habitual es hacerlo por el término de un año, para contar con un aval en el caso de que se produjera algún tipo de atraso en la renta.

Cláusulas que se deben incluir en un contrato de alquiler con la nueva ley de vivienda

El propietario, puede establecer qué es lo que desea que se encuentre en el acuerdo con su inquilino, pero no debe bajo ningún motivo incluir cláusulas abusivas. Además, la nueva ley de vivienda prohíbe que los arrendatarios deban pagar los costes de la gestión inmobiliaria y tampoco, deberán hacerse cargo económicamente de los honorarios de la confección del contrato de alquiler.

Sin embargo, hay algunas cláusulas que se deben incluir en un contrato de alquiler y que pueden beneficiar al arrendador. Si se indica en el contrato que se encuentra prohibido el subarrendamiento, el inquilino no podrá realizar esta práctica, pero todo lo que no se encuentre especificado está permitido y el inquilino podría realizarlo, si no se encuentra en el acuerdo escrito.

Por otra parte, otra de las cláusulas que se le podría colocar al inquilino es la renuncia al derecho preferente sobre la compra de la vivienda. En el caso de que no se incluyera esta propuesta y el propietario tomara la decisión de vender la propiedad, debería informarle al inquilino con un mes de anticipación, dándole la posibilidad a él primero si deseara comprarla.

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