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El contrato de arras es un acuerdo por el cual dos partes pactan un derecho de reserva para la compraventa de bienes muebles o inmuebles. Es decir, es un acuerdo previo al contrato. A cambio de la reserva en la compraventa, se entregará una cantidad de dinero como señal, que también se conoce simplemente como arras.

¿Qué es un contrato de arras?

Las arras son un precontrato, ya que se asume la obligación de firmar un contrato de compraventa en el futuro. Los contratos de arras son ampliamente utilizados en la compraventa de viviendas. Suponen un acuerdo que se pactará cuando se firme el contrato.

Por ejemplo, en la compraventa de una vivienda se puede hacer un contrato de arras antes de firmar el traspaso. Esto es para que el vendedor deje de enseñar la vivienda a otros interesados. Se suele entregar una cantidad de dinero en forma de seña. En esas arras se puede incluir cualquier detalle como, por ejemplo, que la vivienda esté disponible antes de una fecha concreta.

Por medio de un contrato de arras es posible:

  • Que el comprador se reserve el derecho sobre la compra de un bien a cambio de una cantidad de dinero determinada a cuenta del precio total.
  • Que el vendedor se compromete a entregar el bien al comprador en las condiciones pactadas.

De este modo, ambas partes adquieren un compromiso previo a la compraventa de una propiedad. El vendedor se obliga a entregar el bien y el comprador a pagar el precio en las condiciones acordadas.

El contrato de arras, al contrario de lo que mucha gente piensa, es un documento de gran importancia puesto que, en realidad, viene a ser una transcripción de lo que, posteriormente, será el contenido de la escritura pública de compraventa. Quedan establecidas en ese momento, tanto las condiciones por las cuales las partes se comprometen a comprar y/o vender el inmueble, como las posibles consecuencias o penalizaciones en caso de que la compraventa no prospere por causa imputable a una de ellas.

¿Es obligación realizar este tipo de contrato?

No es obligación realizar un contrato de arras. No obstante, y de cara a evitar posibles inconvenientes que puedan surgir en el proceso de compra de una vivienda, los expertos lo recomiendan.

¿Se debe firmar ante notario?

Nuevamente, la firma del contrato de arras ante notario no es obligatoria. Legalmente, el contrato de arras tendrá la misma validez si prescinde de su presencia. Sin embargo, lo más aconsejable es recurrir a uno, ya que brinda mayor seguridad y garantías.

¿Quién realiza el contrato de arras?

Un contrato de arras puede ser redactado por:

  • Uno mismo: si la vivienda se vende entre dos particulares, la redacción del contrato de arras, por lo general, la realiza el vendedor. Para hacerlo, deberá tomar de base un modelo de contrato de arras. Por otro lado, si bien es poco común, también es posible que lo realice el comprador.
  • Inmobiliaria: en caso de contratar los servicios de una inmobiliaria, para vender una vivienda, deberá realizar del contrato de arras. Habitualmente, el coste se encuentra incluido en la comisión que te cobrarán.
  • Agente: hay profesionales especializados que se pueden ocupar de la redacción del contrato de arras. Su coste puede variar dependiendo del profesional y la ciudad en la que se encuentre la vivienda.

¿Qué información debe contener un contrato de arras?

A pesar de que el contrato de arras es un precontrato y se pueda llegar a pensar que no es un contrato definitivo, es de suma importancia porque refleja las condiciones de la futura transmisión.

Por esta razón, el contrato de arras deberá recoger la información que posteriormente contendrá el contrato de compraventa.

Esta es la información mínima que debe incluirse en un contrato de arras:

  • Datos personales de la parte vendedora y compradora.
  • Descripción e identificación del inmueble.
  • Precio final de la compraventa y forma de pago.
  • Cantidad de dinero de la señal o anticipo (que se descontará del precio final).
  • Tiempo máximo para formalizar el contrato de compraventa.
  • Compromiso de firmar el contrato mediante escritura pública.
  • Distribución de los posibles gastos de la compraventa.
  • Firma de comprador y vendedor.

Cuando el comprador y/o vendedor es un matrimonio en régimen de gananciales basta con la firma de uno de ellos. Sin embargo, si se trata de un matrimonio en Régimen de separación de bienes o una pareja no casada, deben firmar ambos.

Diferentes tipos de arras

Una cláusula de capital importancia es regular el tratamiento legal de las cantidades a cuenta, para determinar si se tratará de arras penitenciales (que se devuelven por duplicado si el vendedor resuelve el contrato, o las pierde el comprador si lo resuelve éste). O de arras confirmatorias (que solamente confirman el contrato, de manera que las partes pueden obligarse recíprocamente al cumplimiento del mismo). U otro tipo, como las arras penales, para determinar otra regulación de las mismas por las partes contratantes.

El Tribunal Supremo admite tres tipos de arras según cuál sea el objetivo del acuerdo:

  • Arras confirmatorias
  • Arras penales
  • Arras penitenciales

Elegiremos una clase u otra en función de la finalidad del contrato ya que cada tipo de arras tendrá diferentes consecuencias jurídicas.

Es importante que en el contrato se especifique expresamente la clase de arras en que se entrega dicha suma. De no manifestarse claramente se considerarán como arras confirmatorias.

Arras confirmatorias

Como su propio nombre indica, su objetivo es confirmar el compromiso de las partes con la compraventa.

Las arras confirmatorias suponen un anticipo del precio total. Lo que quiere decir que esa primera entrega constituye el primer plazo del precio al que deben de seguir los demás.

En caso de incumplimiento, las partes no podrán rescindir unilateralmente el contrato, sino que serán de aplicación las reglas generales de incumplimiento de obligaciones.

Es decir, el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. Además, si el perjudicado opta por exigir el cumplimiento, podrá pedir la resolución más tarde si el cumplimiento resulta imposible. (Artículo 1.124 del Código Civil).

Arras penales

Las arras penales se establecen como garantía del cumplimiento del contrato.

El incumplimiento supondrá para el comprador la pérdida de las arras (total o parcial) y para el vendedor, su devolución más la cantidad que se acuerde en el contrato. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de exigir el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales. (Artículos 1.1521.153 1.154 del Código Civil).

Arras penitenciales o de desistimiento

Este tipo de arras permite a las partes resolver unilateralmente el contrato mediante la pérdida para el comprador o la restitución doblada para el vendedor.

Como particularidad, sólo serán aplicables cuando expresamente se manifieste sus consecuencias y se haga referencia literal del artículo 1.454 del Código Civil.

Arras o pago aplazado del precio

Es habitual confundir arras con el pago aplazado del precio. Aquí te explicaremos porqué las arras o señal son un concepto distinto al de simple anticipo.

Cuando hablamos de pago de parte del precio de la compra estamos ante un contrato de compraventa con precio aplazado en el que ni comprador ni vendedor pueden rescindir unilateralmente el contrato.

Por su parte, el contrato de arras requiere que se haga constar de forma expresa que la entrega de la cantidad a cuenta del precio total se hace precisamente en concepto de arras. Como una garantía para ambas partes antes de la firma del contrato de compraventa.

Además, el contrato de arras puede ser rescindido unilateralmente por las partes, siempre bajo unas condiciones o penalización. De este modo, ambas partes adquieren un compromiso previo a la compra y venta de una propiedad. El vendedor a entregar el bien y el comprador de pagar el precio acordado.

¿Cuál es el coste de un contrato de arras?

La realidad es que el coste del contrato de arras no es fijo, varía mayormente, de la complejidad de la operación de compraventa y sus implicaciones.

¿Quién debe abonar el contrato de arras?

El pago del importe que se indica en el contrato de arras corre a cargo del comprador. Incluso, la cantidad que este va a abonar como señal se considera, generalmente, como una muestra de su interés por la vivienda. 

El porcentaje que debe pagar el comprador, y que figura en el contrato de arras, ronda de media entre el 5% y el 15% del precio de la casa, el 10% es lo más común. Eso sí, una vez se accede a la compra de la vivienda, el importe que se ha abonado como señal y por medio del contrato de arras se descuenta del precio final.

¿Qué ocurre si firmado el contrato cualquiera de las partes se echa para atrás?

Precisamente, la naturaleza del contrato de arras permite que tanto comprador como vendedor puedan rescindir el contrato unilateralmente.

Ahora bien, el incumplimiento por alguna de las partes conlleva una penalización (según artículo 1.454 del Código Civil) para la parte incumplidora:

  • Si es el comprador quien incumple su compromiso de adquirir el bien, perderá la cantidad aportada en concepto de arras o señal.
  • Si es el vendedor quién incumple su compromiso de transmitir el bien, devolverá al comprador el importe de las arras por duplicado.

Si el objetivo es que el pacto de arras tenga un carácter penal o penitencial, es fundamental hacer constar dicho carácter. Ya que, si no consta mención expresa al mismo, la cantidad entregada se considerará, simplemente, un anticipo del precio (arras confirmatorias), no estando las partes facultadas para resolver directamente la obligación contraída.

No obstante, el Código Civil excluye la posibilidad de reclamar las penalizaciones pactadas en los supuestos considerados “caso fortuito” o “fuerza mayor” como, por ejemplo, el fallecimiento sobrevenido de uno de los firmantes.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el contrato de arras. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Los iBuyer van ganando terreno en el mercado inmobiliario, gracias a las ventajas que brindan y la posibilidad de realizar la venta directa de tu propiedad de forma rápida y sin las preocupaciones e incertidumbre que genera habitualmente este procedimiento. Desde OI REAL ESTATE te contamos todo lo que necesitas saber sobre esta nueva metodología que permitirá realizar la venta en tiempo récord y al contado. ¿Nos acompañas?

La venta directa, una opción fácil y rápida

Desde hace varios años, los iBuyers, se presentan como la mayor solución inmobiliaria del mercado. Mediante estas empresas se posibilita la venta en un muy corto tiempo de las viviendas. Cuenta además con muchas ventajas a la hora de realizar la transacción.

Por un lado, es importante destacar los plazos estipulados para hacer la transacción. Aunque no es la única ventaja. Si no tienes tiempo, o no puedes ocuparte de los trámites y diligencias necesarias, no deberías preocuparte. Para  realizar la venta directa de tu casa, no será necesario que te ocupes de nada, la empresa gestionará todo lo necesario.

Los iBuyers son empresas que se encargan de comprar propiedades de manera directa, al contado, en pocos días, ocupándose de realizar todo el papeleo necesario de forma rápida y eficáz.

Es importante destacar que en esta venta directa de tu propiedad, los iBuyers arreglarán los desperfectos que pueda poseer la propiedad. De esta forma, no deberás gastar dinero en esta tarea. Pondrán a su vez resaltar aquellos atributos que puedan estar faltos de mantenimiento y agregarles valor para luego volver a venderlas.

Cómo es el proceso de venta directa de una propiedad

Desde el 2017 comenzó a cobrar fuerza en España este nuevo modelo de negocio. Los iBuyers compran viviendas con el fin de remodelarlas o reacomodarlas y poder nuevamente insertarlas en el mercado.

Para realizar la venta directa de tu casa primero que nada debes ponerte en contacto con el iBuyer. Puedes hacerlo utilizando la página web, completar un formulario que detallara la información de tu vivienda.  Luego, un profesional se comunicará de forma telefónica. Si la vivienda cumple con los requisitos, recibirá una oferta por ella en menos de 48 horas.

En caso de estar de acuerdo con el monto ofrecido, un experto se presentará en el lugar para realizar una inspección y confirmar el estado en el que se encuentra el inmueble. En última instancia, si las partes están de acuerdo, se procederá a la firma del contrato de arras. Luego se realizará la escritura de compraventa, y se abonará el pago acordado.

Las tres ventajas fundamentales de realizar la venta directa de la vivienda son:

  • La rapidez: con la que puede realizarse la transacción
  • La comodidad: no debe el propietario recibir visitas en el inmueble, perdiendo un tiempo valioso. Tampoco será necesario contactar portales inmobiliarios, con el fin de generar estrategias que te permitan captar compradores o tácticas ideales de venta. Por otro lado, no debe realizar trámites ya que la empresa se encargará de todo el procedimiento.
  • Se reducen los riesgos: muchas veces, este tipo de operaciones está sujeta a la necesidad de un crédito hipotecario, para quien adquiere el bien. Esto puede ser un escollo y aparecer imprevistos. Estas empresas no necesitan de financiación para realizar la operación, con lo que todo fluye de manera más firme.

Qué sucede con los precios de cotización en la venta directa

Para la venta directa, el valor que ofrecerán, será ligeramente más bajo que la valoración del mercado. Esta situación se debe a que estas empresas deben rentabilizar la inversión que realizan en la vivienda. El modelo de negocio apunta a quienes necesitan vender urgentemente y sin ocuparse de trámites que generan molestias y pérdidas de tiempo innecesarias.

Es aconsejable solicitar primero una oferta a un iBuyer, quizás sea lo suficientemente atractiva, logres evitarte muchas molestias y recibirás el total de la propiedad al contado en solo unos pocos días. 

Existen muchas razones o situaciones por las cuáles puedas necesitar con urgencia realizar la venta de tu casa. Quizás un cambio laboral y debas mudarte de ciudad, dificultades económicas, o por un divorcio. Para ello la mejor solución es realizar la venta directa de tu propiedad.

OI REAL ESTATE es tu mejor opción a la hora de vender tu piso

Si necesitas realizar la venta directa de tu vivienda, tenemos lo que necesitas. Compraremos tu casa al instante. Primero debes ponerte en contacto con nosotros a través de este formulario

En unas pocas horas, estaremos en contacto, acordaremos una visita a tu casa y realizaremos una valoración  para hacer la tasación. Luego te presentaremos nuestra oferta que en caso de que el monto ofrecido sea válido para ti, la venta de la propiedad estará casi terminada. A partir de ese momento ya no tendrás que preocuparte por ningún otro trámite.

Pasados dos días del acuerdo, se realizará el pago de tu vivienda, una vez que el contrato de compraventa se haya firmado. En OI REAL ESTATE nos ocupamos de realizar todas las gestiones necesarias que deben llevarse adelante para la compra de tu inmueble.

Cuáles son las superioridades que tiene OI REAL ESTATE

Compramos tu propiedad, no importa en qué lugar de España te encuentres. Además estamos interesados en todo tipo de propiedades, no hacemos diferencias en el estilo que posea la vivienda.

No es necesario que tu vivienda este en perfectas condiciones. No debes perder tu capital en refacciones para realizar la venta. Luego de hacer la compra nos ocuparemos de todas las remodelaciones que sean necesarias para poder poner la vivienda en el mercado nuevamente.

Elegir proceder a la venta directa de tu vivienda con nosotros te permite ahorrar dinero en comisiones que siempre deben costearse gestionando la operación por medio de una inmobiliaria.

Por último, queremos contarte que no te sentirás abrumado ni estresado. Contarás con un profesional de OI REAL ESTATE que te acompañará en el proceso. Se ocuparán de asesorarte y resolverán las dudas que puedan surgir, y sentirte seguro en todo momento. Tenemos una experiencia que nos respalda en el mercado inmobiliario español y una cartera de inversores que nos permite realizar la compra con garantía, seguridad y pago al contado.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés

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En los últimos tiempos se ha registrado una caída en las ventas de viviendas. Según el Colegio de Registradores la compra de inmuebles por parte de los extranjeros en las distintas provincias ha alcanzado un 14,94 por ciento de las transacciones. Las Provincias en las que más se han realizado este tipo de operaciones ha sido en Alicante, Santa Cruz de Tenerife, Málaga y Baleares.

En este post te contaremos todo lo que necesitas saber si estás pensando en vender tu vivienda. Así será posible que adaptes tu estrategia de venta para alcanzar a este público que crece día a día.

Compra de inmuebles por extranjeros

Dos trimestres atrás, el protagonismo de los extranjeros a la hora de comprar inmuebles había decaído. En este segundo trimestre de lo que va del año estos valores comienzan a recuperarse. De esta forma, ganan cuota de mercado en un momento en el que se registra una caída en las transacciones.  Por ello, el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España consideran a este público, un factor relevante para mantener la cantidad de operaciones.

Según el informe presentado por los registradores la cantidad de transacciones ha llegado al 14.94 por ciento del total efectuada durante los meses de abril, mayo y junio. Así, se ha alcanzado el segundo mayor resultado de la serie histórica.

Cuáles son los lugares donde los extranjeros buscan comprar viviendas

Algunos de los lugares más solicitados para comprar viviendas por extranjeros son los que se encuentran en la costa mediterránea y las islas. Incluso, cuatro provincias han logrado abarcar más de un 30 por ciento de todas las operaciones registradas durante el segundo trimestre del corriente año. De esta forma, alcanza casi a duplicar la media nacional.

Detallaremos a continuación las provincias donde los extranjeros han comprado inmuebles:

  • Costa Blanca, por ejemplo, registró un total del 45 por ciento de operaciones a personas de otras nacionalidades
  • Alicante, en segundo lugar, se ha informado un 40 por ciento de ventas a extranjeros
  • Santa Cruz de Tenerife, registró el 38,01 por ciento
  • Málaga, un 32,02 por ciento
  • Baleares, el 30,38 por ciento.

Otras provincias que han logrado un promedio de entre un 29,2 y 15,8 por ciento han sido Murcia, Girona, Las Palmas, Almería y Tarragona.

Ventas de propiedades por debajo de la media

Si bien hay lugares en los que las compraventa de viviendas son bastante más significativas te detallaremos a continuación, lugares donde  los extranjeros han comprado viviendas y registraron cifras por debajo de la media nacional. Es importante que tengamos en cuenta que, pese a ello, son porcentajes altos.

Granada y Zaragoza informaron el 7 por ciento de las transacciones a extranjeros. Madrid, Teruel y Guadalajara, por su parte, han informado un punto menos.

Otro de los datos que debemos tener analizar es lo que sucede en las distintas Comunidades Autónomas.

  • En Canarias y Baleares, los extranjeros han comprado propiedades por el 30 por ciento del total.
  • En la Comunidad Valenciana, se ha informado un porcentaje del 29,91 por ciento
  • Murcia: por su parte, alcanzó un 23,56 por ciento
  • Cataluña, un 15,35 por ciento

Incremento de compras de inmuebles por extranjeros durante la primavera

Al analizar las compras de inmuebles que realizan los extranjeros uno de los parámetros que podemos indagar, tiene que ver con la evolución. Según el Colegio de Registradores, este tipo de operaciones ha llegado crecer en un 0,42 puntos porcentuales en el segundo trimestre. Durante los primeros tres meses del año la cantidad de firmas de foráneos alcanzó un 14,52 por ciento.

Pero, veamos lo que sucedió un poco más atrás. Para el tercer trimestre del año anterior el porcentaje de ventas a extranjeros había alcanzado un récord con un 15,92 por ciento.

Todos estos datos, corresponden al total de compraventas que se registran en nuestro país. Pero si hilamos un poco más fino, debemos decir, que en un total de 31 provincias, las firmas llevadas adelante por foráneos, han ganado cuota en el mercado. En la vereda opuesta, se han informado 19.

Detallaremos primero cuáles son las provincias en las que que han efectuado la compra de inmuebles por extranjeros:

  • Santa Cruz de Tenerife
  • Murcia
  • Teruel
  • Alicante
  • Valencia
  • La Rioja
  • Soria
  • León
  • Baleares
  • Ourense
  • Guipúzcoa

Subidas más leves se ha informado en:

  • Almería
  • Badajoz
  • Toledo
  • Cádiz
  • Barcelona
  • Las Palmas
  • Madrid
  • Coruña
  • Segovia

¿Donde se han registrado caídas en la compra de inmuebles por extranjeros por provincias?

  • Granada
  • Vizcaya
  • Sevilla
  • Asturias
  • Castellón
  • Tarragona
  • Cáceres
  • Málaga
  • Girona
  • Navarra
  • Zamora

Cantabria, por su parte, ha logrado mantenerse estable al realizar una comparación con el primer trimestre.

Qué nacionalidades han realizado la compra de los inmuebles por extranjeros en las distintas provincias

Los británicos son quienes más han adquirido propiedades en nuestro país. Ellos han firmado un total de 2.000 operaciones durante el segundo trimestre del año. Pese a estas cifras registradas, al realizar la comparación con períodos anteriores, el peso relativo ha disminuido significando un 8,8 por ciento del total de operaciones.

A continuación detallaremos cuáles son las nacionalidades que más ha efectuado la compra de inmuebles por extranjeros por provincias:

  • Británicos: un 8,8 por ciento
  • Alemanes: 7,25 por ciento
  • Franceses: 6,56 por ciento
  • Marroquíes: 5,37 por ciento
  • Italianos: 5,22 por ciento
  • Rumanos: 5,15 por ciento
  • Belgas: 5,09 por ciento
  • Neerlandeses: 4,61 por ciento.
  • Polacos: 3,92 por ciento
  • Rusos: 3,43 por ciento
  • Chinos: 3,09 por ciento
  • Suecos: 2,94 por ciento
  • Ucranianos: 2,72 por ciento
  • Irlandeses: 1,66 por ciento

Un último consejo

Si estás pensando en vender tu vivienda y buscas ampliar tus posibilidades, conocer las nacionalidades de los extranjeros que compran viviendas en las distintas provincias de nuestro país, puede ser muy útil. De esta forma, podrás incorporar la descripción de tu propiedad en distintos idiomas con el fin de llegar a este público.

Si te has decidido por acudir a una inmobiliaria ten presente, además, que cuentan con una red de comunicación que permitirá que la información de tu propiedad llegue a una mayor cantidad de personas. También te ahorrará tiempo que deberías dedicarle a poner en marcha esta transacción. Por otro lado, se ocuparán de todos los documentos necesarios para llevar la venta adelante.

En Oi Real Estate buscamos constantemente la forma de ayudar a todos nuestros clientes a cumplir sus objetivos y sueños. Contamos con un equipo de profesionales idóneos y capacitados para brindarte una asesoría personalizada. Por ello, si estás pensando en vender tu vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Tenemos más de diez años de experiencia en el mercado inmobiliario y estaremos encantados de trabajar para ti.

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En el caso de que estés pensando en cambiar de vivienda, este post puede ser de mucha utilidad. Aquí queremos contarte sobre la nueva estrategia para vender tu inmueble de forma rápida. Esta nueva forma, es utilizada en la actualidad por muchas inmobiliarias de nuestro país, y no requiere ni siquiera publicar un anuncio. Se le llama “por susurro”, y utiliza el boca en boca para poder transmitir el bien.

Sabemos que tomar la decisión de vender no es simple, más si piensas realizarlo sin una inmobiliaria. Ésta puede ser una tarea desgastante Para llevarla adelante necesitarás de tiempo y esfuerzo. Por otro lado, debes tener presente que será importante que puedas revisar si realizando alguna reforma o modificación, puedes aumentar el valor de tu vivienda. También será necesario que cuentes con el tiempo para recibir las visitas de los interesados, obtener los documentos y mucho más.

En este artículo, te contaremos cómo funciona y de qué se trata la nueva estrategia para vender tu vivienda. ¿Nos acompañas?

Una nueva estrategia para vender que va ganando lugares en el sector inmobiliario

La nueva estrategia para vender tu vivienda por susurro, se va utilizando cada vez más. Mediante este sistema, se logra transferir una vivienda, sin necesidad de realizar su publicación en los distintos medios habituales. Es que por medio del boca en boca, se pueden dar a conocer la posibilidad de realizar estas operaciones, Además se cierran los acuerdos con los interesados.

En el momento en el que decides vender tu vivienda, lo más habitual es que uno comience a pensar en que forma va a realizar un anuncio que pueda potenciar las distintas características o aquellos puntos que pueden posicionarte por encima de otras viviendas de cualidades similares.

Es posible que quieras intentar contactarte con alguna inmobiliaria, si es que no cuentas con el tiempo y dedicación necesaria para realizarlo por ti mismo. Ten presente que es posible que muchas personas se acerquen a ver tu vivienda. Con lo que debes armarte de paciencia para este momento. Muchas veces al ver la vivienda por medio de fotos, se hacen una idea equivocada de la propiedad, y al verla en persona, se echan para atrás en su decisión.

Estas entrevistas con los interesados pueden ser de ayuda para conocer si es que puedes realizar acciones que mejoren o amplíen tus oportunidades para conseguir un comprador.

Ten presente que existe una gran cantidad de demanda, y la oferta en este momento no es suficiente para cubrirla. Para ello, es posible que la nueva estrategia para vender tu vivienda llamada por susurro, pueda ser útil.

De que se trata la nueva estrategia para vender por susurro

Esta estrategia para vender consiste en que los agentes inmobiliarios, se pongan en contacto con las distintas personas que saben que se encuentran buscando una propiedad con características similares a la tuya. Esto se realizará antes de efectuar la publicación del anuncio, en cualquier portal inmobiliario. De esta forma llegarían interesados, sin necesidad de cumplimentar antes este trabajo.

Para que esta estrategia para vender llegue a buen puerto, es necesario que el potencial comprador sea contactado por la inmobiliaria. Allí se informarán las características de la vivienda que se intenta vender. Algunos de estos datos serán:

  • La ubicación en la que se encuentra
  • El tamaño de la misma
  • Con que complementos cuenta: esto podría ser una piscina, plaza de estacionamiento o trastero
  • Cuál será el valor que se pide por ella.

Cuando se haya brindado esta información y si existen interesados, la inmobiliaria contactará al cliente para poder efectuar la visita.

Si no piensas utilizar una inmobiliaria para vender tu vivienda, ten presente que puede ser posible que comentarles a tus allegados. Incluso puedes pedirles que te informen si es que conocen alguna persona que puede estar buscando adquirir una vivienda. Será quizás más difícil que puedas realizar esta estrategia para vender, ya que tus contactos pueden no estar buscando un inmueble. Las agencias en el sector inmobiliario, poseen una lista con los datos particulares y necesidades de los potenciales interesados. Por medio de ella, pueden efectuar más rápidamente la labor.

El susurro como forma de vender

Al analizar esta estrategia para vender, explican que es muy útil para evitar una cantidad grande de nuevos clientes que buscan adquirir una vivienda, y para ello solicite una cita. Es que así, la inmobiliaria podrá contactarse primero con aquellos clientes que ya formaban parte de su cartera, ofreciéndoles este nuevo inmueble, dándoles la prioridad. Por otro lado, debemos tener presente, que los agentes, se encontrarán ya familiarizados con el tipo de viviendas que buscan estos clientes, acotando así la lista de interesados. Además, esto podría ayudar a agilizar bastante la transacción y los tiempos de espera.

Esta estrategia para vender, no solo será beneficiosa para el vendedor, sino también para el comprador. Esto se debe a que se ahorra la necesidad de realizar una búsqueda. Además tendrá un trato preferencial ya que la verá primero que otros interesados. Tendrá más opciones para elegirla y comprarla ya que la competencia será menor.

Según los últimos registros, esta nueva estrategia para vender, ya ha logrado ya la realización de un 20 por ciento de las transacciones. Esto implica un aumento importante al comparar con las efectuadas en el año anterior, en el que alcanzaron un 10 por ciento.

Otro punto importante a tener en cuenta, se refiere a los clientes insatisfechos. Por medio de esta estrategia para vender, se ha reducido esta tasa entre el 13 y el 15 por ciento.

En Oi Real Estate buscamos constantemente la forma de ayudar a todos nuestros clientes a cumplir sus objetivos y sueños. Contamos con un equipo de profesionales idóneos y capacitados para brindarte una asesoría personalizada. Por ello, si estás pensando en vender tu vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Tenemos más de diez años de experiencia en el mercado inmobiliario y estaremos encantados de trabajar para ti.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Muchas personas, al recibir un bien inmueble en herencia, optan por venderlo. Para ello es necesario conocer todos los trámites y procedimientos que deben realizarse previamente. Por otra parte, se deben tener en cuenta todos los inconvenientes que pueden surgir, que pueden acrecentarse cuando hay más de un heredero en escena. En este artículo te contamos el paso a paso vender una vivienda heredada y cada uno de los factores que se deben tener en cuenta para tomar la decisión correcta.

¡Sigue leyendo para enterarte todo lo que necesitas saber antes de vender un piso heredado!

¿Cómo está regulada la venta de derechos hereditarios?

Para vender un piso obtenido por herencia es necesario tener en cuenta una serie de factores que intervendrán antes y durante el proceso de venta.

La venta de derechos hereditarios, como puede ser la de un bien inmueble obtenido por una herencia, está regulada por el Código Civil español. Este la define como “la venta de los bienes integrantes de la herencia.” Es decir, que estos sujetos pueden disponer de la herencia como una universalidad o pueden optar por vender todos o algunos de los bienes que la componen.

De esta manera, los pasos previos a vender un bien inmueble heredado son la aceptación y luego, la partición de herencia. 

¿Quiénes tienen derecho a vender una vivienda heredada?

Quienes tienen derecho a vender un piso obtenido por herencia son, en principio, los familiares más cercanos de la persona fallecida. En caso de que no los haya, hay otras alternativas. Veamos de qué se tratan:

Herederos forzosos o legítimos

Son los primeros en la línea sucesoria al momento de adjudicar una herencia, es decir, los primeros en tener derecho a heredar. El artículo 807 del Código Civil considera herederos forzosos o legítimos a:

  • Los hijos y descendientes del fallecido: es indistinto si nacieron dentro de un matrimonio o si son extramatrimoniales, también si son adoptivos. En el caso de que los hijos hayan fallecido, los nietos o los bisnietos tendrán derecho a heredar.
  • Los padres y ascendientes del fallecido: cuando la persona no tuvo hijos, los siguientes con derecho a heredar son estos familiares. En el caso de que hayan fallecido, los abuelos o bisabuelos tendrán derecho a hacerlo.
  • El cónyuge del fallecido: la normativa prevé que la pareja formal de la persona también herede, tuviera esta o no descendientes o ascendientes.

Bajo ninguna circunstancia los herederos forzosos o legítimos pueden ser excluidos en el reparto, aún así el difunto haya confeccionado un testamento. La única manera de que uno de ellos no quede incluido es que haya sido desheredado por la persona.

¿Qué ocurre cuando no hay herederos forzosos?

Cuando no existen herederos forzosos, es posible que la persona haya redactado un testamento en donde explicite a quién le corresponden sus bienes. Pero ¿qué ocurre cuando un fallecido no dejó su voluntad por escrito?

En este caso, son los herederos colaterales quienes tienen derecho a heredar. Se trata de los otros parientes del fallecido hasta el cuarto grado de consanguinidad. El orden sucesorio es el siguiente:

  • Hermanos.
  • Sobrinos.
  • Tíos.
  • Primos u otros parientes que no superen el cuarto grado de consanguinidad.

Es importante aclarar que en estas situaciones, cuando no hay testamento, es necesario demostrar el parentesco ante las autoridades. Será un notario quien se encargue de determinar, de acuerdo a la ley, a quién se le debe adjudicar la herencia y en qué proporción. Luego, será necesario realizar un acta de declaración de herederos y una escritura de la herencia o cuaderno particional.

¿Es posible vender una vivienda heredada sin aceptar la herencia?

Como mencionamos anteriormente, hay dos procesos que intervienen cuando se produce una herencia. Por un lado, la aceptación de herencia, que es el acto libre y voluntario a través del cual una persona manifiesta su voluntad de aceptar los bienes que se le adjudicaron. Por el otro, la partición de herencia, que es el acto por el cual los herederos, en caso de que hubiera más de uno, se reparten entre sí estos bienes luego de realizar la aceptación de los mismos.

Por o tanto, no es es posible vender un piso obtenido por herencia antes de realizar la aceptación de la misma. Esto se debe a que sin este paso previo, el titular del mismo continuará siendo el difunto. Será necesario entonces, una vez aceptada la herencia, realizar el traspaso de la titularidad.

¿Cuánto tiempo es necesario esperar para vender una vivienda heredada?

Una vez realizada la aceptación de herencia y su consecuente partición, en caso de que hubiera más de un heredero, los pasos para vender una vivienda heredada son varios.

Cuando los herederos son forzosos o legítimos, es decir, hijos, padres, u otro tipo de descendientes y ascendientes, no es necesario esperar para vender el inmueble heredado. o mismo sucede con los heredederos colaterales luego de la eliminación del árticulo 28 de la ley hipotecaria. Por lo tanto, ya no existran límites para vender una vivienda heredada.

¿Qué ocurre cuando uno de los herederos no quiere vender el piso heredado?

Cuando hay varios herederos que realizan la aceptación de herencia pero no la partición o adjudicación de bienes y titularidades, suelen aparecer los conflictos. En estos casos, no importa si la herencia consta de un bien o de varios, los herederos serán dueños del todo y en partes indivisas.

Por lo tanto, si uno de los herederos se niega a afrontar los gastos de mantenimiento de un bien, si no quiere mantener esta condición de proindiviso, o bien, si se niega a vender su parte de la titularidad, aparecerán los problemas.

Sin dudas, lo mejor en esta situación sería adjudicar a cada uno de los herederos la propiedad de bienes en concreto y no la participación sobre todos ellos. Sin embargo, no siempre es posible realizar este tipo de partición, ya que hay ocasiones en las cuales la herencia consta de una única vivienda y los herederos son varios.

¿Cómo proceder en estos casos para vender una vivienda heredada?

Como no es posible vender la totalidad de un piso obtenido por herencia cuando uno de los herederos está en desacuerdo, ya que debe haber pleno consentimiento de todos ellos para hacerlo, será necesario recurrir a otras vías. Son tres las que, de alguna manera, obligan a las partes a vender a pesar de la negativa de uno de los herederos:

  • El heredero que no desea vender la vivienda puede comprar las partes que le corresponden a cada uno de los copropietarios, entregándoles a cambio una compensación económica. A esto se le llama extinción de condominio. 
  • De no ser posible la extinción de condominio, aquellos herederos que estén dispuestos a vender su parte de la vivienda pueden hacerlo a una empresa que compre proindivisos. Estas compañías se dedican exclusivamente a esto y el procedimiento es totalmente legal, ya que está amparado por el Código Civil. No obstante, implica vender muy por debajo del valor de mercado que poseen los bienes inmuebles.
  • También es posible iniciar acciones legales para que un juez resuelva la división de la cosa común y la venta se produzca en una subasta pública. Sin embargo, se trata de una opción bastante costosa que también puede implicar que la vivienda se venda a un precio que esté muy por debajo del de mercado.

¿Qué ocurre cuando el piso heredado está sujeto a una hipoteca?

Otro de los obstáculos que pueden presentarse al querer vender un piso obtenido por herencia es que el mismo esté sujeto a una hipoteca. En estos casos, existen tres posibilidades:

  • Hacerse cargo de la hipoteca para quedarse con la vivienda: los herederos pueden pagar la totalidad del crédito y cancelarlo o asumir la titularidad del mismo y hacerse cargo de las cuotas. A este mecanismo se lo conoce como subrogación hipotecaria y siempre está sujeto a la aprobación del banco.
  • Aceptar la herencia a beneficio de inventario: los herederos también tienen la posibilidad de separar su patrimonio del que heredaron. Es decir, pueden aceptar la herencia sin responder a las deudas del difunto con su patrimonio, sino que estas deberán cancelarse a partir de lo heredado. Para acceder a este mecanismo será necesario comunicarlo al notario al inicio del proceso.
  • Verificar si hay un seguro de vida vinculado a la hipoteca: muchas hipotecas están sujetas a un seguro de vida que cubre la deuda en caso de que el titular fallezca. De esta manera, si el causante de la herencia había contratado uno, será la aseguradora quien se encargue de cancelar la deuda. Los herederos, por su parte, obtendrán la vivienda libre de cargas.

Paso a paso para vender una vivienda heredada

Ahora que enumeramos y explicamos cómo solucionar todos los inconvenientes que pueden surgir al momento de recibir un bien inmueble en herencia y querer venderlo, veamos qué pasos deben seguirse para efectuar la transacción: 

Tramitar y reunir los documentos necesarios para la aceptación de herencia

Como ya mencionamos, el primer paso es aceptar formalmente la herencia. Para ello, será necesario contar con los siguientes documentos: 

  • Certificado de defunción del causante de la herencia.
  • Certificado de últimas voluntades del fallecido.
  • Copia autorizada del testamento, en caso de que haya uno.

Aceptar formalmente la herencia

Una vez reunidos los documentos correspondiente, se puede proceder a aceptar la herencia ante un notario. El proceso variará dependiendo de si hay testamento o no. Veamos cómo:

Si existe testamento

En este caso será necesario:

  • Inventariar los bienes y deudas del fallecido.
  • Firmar una escritura de partición o cuaderno particional, en caso de que haya más de un heredero. De lo contrario, este paso no será necesario.

Si no existe testamento

En estas ocasiones, el notario debe determinar quiénes son los herederos según el orden en la línea sucesoria que determina la ley. Para ello, será necesario: 

  • Demostrar el parentesco con el difunto presentando documentos que lo acrediten, como el libro de familia, los certificados de nacimiento y el certificado de matrimonio.
  • Firmar en notaría el acta de declaración de herederos y la escritura de partición de la herencia o cuaderno particional, en caso de que haya más de un heredero.

Tributar en los impuestos correspondientes a la recepción de una herencia

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

  • ¿De qué se trata?: Grava la transmisión de bienes o derechos a título gratuito, ya sea por una sucesión derivada del fallecimiento de una persona o una donación en vida.
  • ¿Dónde se paga?: En la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde el causante poseía su residencia habitual.
  • ¿Cuándo se paga?: Dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento, aunque es posible solicitar una prórroga de seis meses más.
  • ¿Cuánto se paga?: El monto a pagar dependerá del valor del patrimonio heredado, el grado de parentesco entre el fallecido y sus herederos, el coeficiente multiplicador y las determinaciones de cada Comunidad. La mayoría de ellas aplican importantes bonificaciones a los herederos de primer y segundo grado.

Inscribir el piso en el Registro Público de la Propiedad

No se trata de un paso obligatorio, pero sí es recomendable cuando existe el deseo de vender la vivienda heredada. Para ello, será necesario presentar los siguientes documentos:

  • El certificado de defunción del causante y una copia de su DNI.
  • El certificado de últimas voluntades del fallecido.
  • La escritura de aceptación de herencia y el acta de declaración de herederos ab intestato, en caso de que no haya testamento.
  • El recibo de pago correspondiente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD).

Iniciar el proceso de venta de una vivienda heredada

Una vez que la vivienda quedó inscrita en el Registro de la Propiedad, es posible venderla como en cualquier otra circunstancia. Los pasos a seguir para vender un piso obtenido por herencia pueden variar según las preferencias de cada vendedor pero, en general, serán los siguientes:

  • Tasar la vivienda a precio de venta.
  • Tramitar los documentos necesarios para la venta.
  • Promocionar la vivienda a través de una inmobiliaria o de manera particular.
  • Programar y recibir visitas.
  • Negociar las condiciones de la venta una vez que aparezca un interesado.
  • Celebrar un contrato de arras o de reserva.
  • Firmar la escritura pública de compraventa ante un notario.

Tributar en los impuestos correspondientes a la venta de un piso

Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

  • ¿De qué se trata?: Grava el aumento de valor que una vivienda experimentó entre el momento de su adquisición y el momento de su transmisión.
  • ¿Dónde se paga?: En el ayuntamiento correspondiente al municipio en donde se encuentra el piso heredado.
  • ¿Cuándo se paga?: Dentro de los seis meses posteriores a la venta.
  • ¿Cuánto se paga?: El monto a pagar dependerá del valor real de la vivienda.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • ¿De qué se trata?: Grava el incremento que el patrimonio de una persona física experimentó en el lapso de un año.
  • ¿Dónde se paga?: En las oficinas del Ministerio de Hacienda correspondientes al domicilio del contribuyente, a través de la web del organismo o de manera telefónica.
  • ¿Cuándo se paga?: En el período determinado por Hacienda para presentar la declaración de la renta.
  • ¿Cuánto se paga?: El monto a pagar dependerá de si la venta del piso heredado significó un incremento patrimonial para los herederos. En este artículo te mostramos cómo calcular el IRPF por la venta de un inmueble.

Hasta aquí te hemos contado el paso a paso para vender una vivienda heredada y cuáles son los factores que ontervienen. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo.

Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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En España existen diversas formas de transmisión de un inmueble de una persona a otra. Mediante contrato de compraventa, por herencia o permuta son las formas más conocidas de llevarla adelante. En esta oportunidad, detallamos de manera sencilla a que nos referimos cuando hablamos de un contrato de donación. Una opción más para conceder a una persona una propiedad.

En este sentido, en la siguiente nota encontrarás cuáles son las características de este tipo de operaciones, los diferentes tipos que existen y la diferencia con un contrato de compraventa y con una herencia, ¡Sigue leyendo!

¿Qué es una donación?

En España, se entiende por donación a la cesión de un bien de una persona a otra. Y, al mismo tiempo, a la aceptación libre de quién la recibe. Ya sea en vida o a causa de su muerte. En el primer caso, este tipo de acción es irrevocable, salvo contadas excepciones. No así las que se producen pos fallecimiento. Las donaciones en el territorio español se encuentran integradas para su regulación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

La donación está regulada en el Título II del Libro Tercero del Código Civil. Allí se explicita que, para que una donación sea efectiva, el donatario tiene que aceptarla. Además, se debe producir una disminución en el patrimonio del donante y un aumento del patrimonio del donatario. Si esto no fuera así, estaríamos ante una simulación de contrato de donación.

¿Qué es el contrato de donación?

El contrato de donación entre vivos es un tipo de contrato mediante el cual una persona, donante, transfiere la propiedad o dominio de un bien a otra persona, el donatario, que lo recibe de manera completamente gratuita (aunque no exenta de impuestos).

Por otra parte, si el objeto de la donación es un bien inmueble, se debe entregar la escritura pública y registrarse en el Registro de la Propiedad.

¿Cuáles son las características generales de un contrato de donación?

Si bien existen diferentes tipos de donaciones, dependiendo del bien que se este cediendo, los contratos de donación comparten ciertas características generales:

  • Es un contrato principal (no depende de otros).

  • La donación debe ser completamente gratuita, es decir, el donatario no tiene ninguna obligación de dar nada a cambio del bien donado.

  • Es consensual, ya que el donatario debe aceptar la donación para que esta sea efectiva. La aceptación es una condición indispensable, debido a que la ley dice que nadie puede enriquecerse en contra de su voluntad. Así que, si el donatario no acepta la donación, esta quedará invalidada.

  • Es unilateral, porque la obligación principal es para el donante, que es quien debe entregar el bien dado en donación.

  • El donante no puede donar todo su patrimonio, sino que debe conservar una parte mínima que le permita seguir viviendo de manera cómoda. En caso contrario, la donación sería nula.

  • No se podrán donar bienes futuros. Es decir, que el donante tiene que ser el propietario real del bien que pretende donar cuando se produce la donación.

  • Solo se pueden donar objetos con los que esté permitido comerciar. Esto es, que la propiedad pueda transferirse a un tercero, como por ejemplo un vehículo, una vivienda, una obra de arte, dinero, etc.

Características específicas de los contratos de donación según el bien donado

Como cualquier acción que signifique un actor de carácter jurídico dispondrá de características especiales para hacer posible su realización. Por lo tanto, algunos contratos de donación cuentan con características específicas según el tipo de bien que se esta cediendo. A continuación, te presentamos las más reconocidas:

Donación de dinero

El contrato de donación de dinero es una operación que queda sujeta al impuesto de donaciones y sucesiones por donación, cuyo sujeto pasivo será el donatario. Hay que tener en cuenta que la donación de dinero de padres a hijos también tributa, aunque al realizarla mediante escritura pública, pueden existir bonificaciones.

Donación de vehículo

En el contrato de donación de un vehículo se produce un cambio de la titularidad del vehículo por donación y está sujeto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el cual debe presentarse ante Hacienda.

Es importante que el donatario se asegure de que el vehículo que va a recibir no tiene pendiente el pago de sanciones, no soporta ninguna multa y está al corriente del pago del Impuesto de Circulación. Además, el cambio de titularidad también conlleva una tasa propia, que debe abonarse en Tráfico.

Donación de un bien inmueble

El contrato de donación de un bien inmueble debe inscribirse en el Registro de la Propiedad y, además, se debe hacer mediante escritura pública. Por otra parte, se deben detallar los bienes donados y el valor de las cargas que deba satisfacer el donatario.

Donación con carga

El contrato de donación con carga es aquel en el que se impone al donatario una carga o gravamen que disminuye la cuantía de la donación. Este tipo de donaciones también son denominadas modales.

Donación con usufructo vitalicio

El contrato de donación con usufructo vitalicio es aquel en el que se transmite la nuda propiedad de un bien al donatario. Es el caso, por ejemplo, de una vivienda, en la que el donante se reserva el usufructo para sí o para un tercero (es decir el uso y disfrute del bien). La condición es que el donante será el usufructuario hasta su fallecimiento.

¿Qué impuestos se deben abonar al realizar un contrato de donación?

La persona que recibe una donación, es decir, el donatario, deberá abonar una serie de tributos. A excepción de que, quién reciba la sucesión, sea una ONG, ya que las mismas se encuentran exentas de abonar impuestos al recibir donaciones. En estas circunstancias, la persona donante obtendrá reducciones fiscales en lo que respecta a la declaración del IRPF. En este sentido, el beneficio fiscal podrá ser de hasta un 25% en relación al valor total de lo que se transfiere.

Los impuestos que deberá abonar el donatario son el de Donación, la plusvalía municipal y el IRPF.

Impuesto de Donaciones

Aunque el contrato de donación y la donación en sí son actos gratuitos, el donatario, ya que verá acrecentado su patrimonio, tendrá que pagar los impuestos correspondientes a ese aumento.

Se trata de un tributo que deberá abonarse por única vez en la administración de Hacienda que corresponda. El monto a liquidar dependerá del valor de referencia inmobiliario. Un valor que se encuentra determinado por Catastro según lo previsto por la nueva Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal.

Según la comunidad autónoma en la que se ubique el inmueble, existen bonificaciones del impuesto en el caso de donaciones entre familiares directos (entre cónyuges o ascendientes y descendientes).

Plusvalía municipal

Se trata de un impuesto que es grava sobre el valor del suelo del inmueble. En la actualidad, este tributo se encuentra regulado por la reciente modificación de la normativa a causa de un fallo del Tribunal Constituyente, el cual lo declaraba inconstitucional. En este sentido, a partir del Real Decreto-Ley 26/2021 el tributo prevé las dos formas de calcular la base imponible: el primero se basa en el valor real de la plusvalía y el segundo en el incremento “objetivo” del valor del terreno.

Cuando se trata de la donación de una vivienda el plazo de pago será de 30 días a partir del momento del traspaso del inmueble. En la compraventa paga el vendedor y en la donación la cancelación de la plusvalía correrá por cuenta del donatario. Es decir, de la persona que recibe la donación.

Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas

Ante una donación que se realiza en vida el donante debe dejar constancia de la misma en la declaración de la renta. A menos que la donación se realice para transferir una vivienda habitual y la persona fuese de 65 años.

Si se trata de la donación de un inmueble, al impuesto hay que calcularlo a partir de la diferencia existente entre el valor de adquisición de la propiedad y el valor al momento de ser transmitido. En los casos en los cuales la diferencia es positiva, se le grava a la misma un impuesto por partes que puede rondar el 21%.

Se trata de un impuesto que debe ser pagado, a diferencia de los dos anteriores, por el donante. En este sentido, la persona que dona deberá declarar la donación del inmueble en el IRPF durante el año siguiente a su realización. 

Modelo de contrato de donación general

A continuación ponemos a disposición el modelo de contrato de donación generalizado. Podrás encontrar una versión en formato PDF y otra en Word. Este modelo general que compartiremos a continuación, podrás utilizarlo y editarlo de acuerdo a tus necesidades:

Hasta aquí hemos detallado todo lo relacionado al contrato de donación, cuales son sus tipos y como se redacta. Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. En Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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Una persona, entre muchos objetivos propios a lo largo de su vida planifica tener la casa propia. Un techo asegurado para toda la familia. Así como también, a cierta edad muchos quieren y deciden vender la vivienda. En estas circunstancias, son muchas las preguntas que pueden llegar a surgir. Una de las más recurrentes está vinculada a los impuestos que se deben pagar y cuáles no en el caso de las personas mayores de 65 años.

En este artículo contaremos los tributos que se deben abonar ante la venta de una propiedad las personas de la tercera edad durante todo el 2023. Asimismo, puntualizaremos los impuestos de los que están exentos y demás aspectos vinculados al proceso de compraventa. Sigue leyendo!!

¿Cómo se regula la venta de una vivienda habitual en los mayores de 65 años en España?

La venta de viviendas que realizan mayores de 65 años es una operación que se encuentra sujeta a una normativa fiscal diferente a la que se aplica al resto de transacciones de la misma índole. Las particularidades de la normativa afectan, especialmente, a la vivienda de tipo habitual. Es decir, en la que se reside de forma efectiva.

De manera concreta, una de las particularidades de la reglamentación está destinada a un sector de la población en concreto. Hablamos de los mayores de 65 años y su liberación en el pago de algunos tributos vinculados al proceso de compraventa. Es decir, recibirán por parte de la Agencia Tributaria una serie de beneficios fiscales.

Las deducciones del tributo dependerán del tipo de propiedad que esté a la venta y del porcentaje que le corresponda al titular. Según estos criterios, el beneficio en relación al pago del IRPF será menor.

Recordemos, que vender una vivienda siempre implica el pago del IRPF si la operación ha generado algún tipo de ganancia. En este sentido, si la vivienda vendida es en la cual se residía habitualmente, no debe abonarse dicho impuesto, siempre y cuando el dinero haya sido reinvertido en su totalidad en la compra de una nueva propiedad para habitar.

La única excepción a esta regla está dirigida para la población de la tercera edad. Según lo establece la normativa, los mayores de 65 años no deberán pagar el IRPF, cuando la casa que venda sea la habitual sin ninguna condición extra. Esto significa que una vez vendida la vivienda, se podrá reinvertir el dinero obtenido en lo que se desee. Esto incluye el caso en que se quiera invertir el beneficio de la venta en el pago de una residencia.

En el caso de que el elemento patrimonial vendido no sea un inmueble, tampoco se deberá tributar por la ganancia obtenida. Siempre y cuando lo obtenido se destine a constituir una renta vitalicia asegurada, con un máximo de 240.000 euros, en un periodo menor a los seis meses desde la enajenación.

Venta de una vivienda no habitual por mayores de 65 años

La exención de la que estuvimos hablando hasta el momento solo se aplica a la vivienda que es considera habitual. Si se tratase de la venta de cualquier otro inmueble, implicará el pago de impuesto que se incluyen en la declaración de la renta. Salvo en algunas ocasiones particulares.

Un ejemplo claro de ese tipo de exención sería la venta de la casa de la playa. La normativa determina que, en estos casos, habrá que pagar impuestos por el beneficio obtenido. Este se entenderá como la diferencia entre el precio de compra y de venta con algunos correctores. 

¿Qué sucede en estos casos?

A pesar de lo mencionado anteriormente, existe un supuesto para poder aplicar la exención por venta de vivienda a la casa no habitual. En este sentido, no se deberá pagar impuestos en la declaración de la renta si se destinan los beneficios de la venta a constituir una renta vitalicia.

Para esos casos, el artículo 42 del Real Decreto 349/2007 sobre exención por reinversión en rentas vitalicias indica las condiciones en las que se otorga dicho beneficio. Los puntos más importantes en términos del procedimiento a seguir son:

– Que la renta vitalicia deberá constituirse en el plazo de seis meses desde la fecha de transmisión del elemento patrimonial.

– Que el contrato de renta vitalicia deberá suscribirse entre el contribuyente beneficiario y una entidad aseguradora, y comenzar a percibirse en el plazo de un año desde su constitución. Además, el contribuyente deberá comunicar a la entidad aseguradora que la renta vitalicia que se contrata constituye la reinversión del importe obtenido por la transmisión de elementos patrimoniales.

– Si la reinversión no se realiza en el mismo año de la venta, el contribuyente estará obligado a hacer constar en la declaración del Impuesto del ejercicio en el que se obtenga la ganancia de patrimonio su intención de reinvertir en las condiciones y plazos señalados. En consecuencia, el contribuyente hará una autoliquidación complementaria, con inclusión de los intereses de demora, en el plazo que medie entre la fecha en que se produzca el incumplimiento y la finalización del plazo reglamentario al período impositivo vigente.

Asimismo, en estos casos, la plusvalía también quedará exenta del pago del IRPF, sea o no la vivienda habitual. No obstante, al igual que en el transmisión de una vivienda habitual, la plusvalía municipal sí hay que abonarla.

¿Qué sucede con la plusvalía municipal?

Aunque el excedente patrimonial generado por la venta de la vivienda habitual esté exento de tributar el IRPF, la operación generará, en la mayoría de los casos, un incremento patrimonial. Por tal motivo, dicha ganancia deberá ser incluida en la declaración de la renta correspondiente.

Es decir, el hecho de que la venta esté exenta a efectos de IRPF no quiere decir que el vendedor no deba pagar otros impuestos. Hablamos de la plusvalía municipal.

Este tributo grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. La plusvalía municipal está cedido a las comunidades autónomas, Por ello, el porcentaje que se deberá tributar por este impuesto dependerá de cada ayuntamiento. No obstante, como regla general, todo ciudadano español está obligado a pagarlo. No importa en que localidad española habite ni cual sea la edad al momento de llevar adelante la venta de la propiedad.

En conclusión, el IRPF presenta importantes particularidades para los mayores de 65 años. En principio, muchos jubilados quedan libres de pagar impuestos ya que quedan exentos del impuesto quienes ingresan menos de 14.000 euros al año.

Sin embargo, no existe ningún tipo de beneficio fiscal vinculado al pago de la plusvalía municipal. Ni a los gastos que demanda poner a la venta una propiedad.

¿Cuáles son las ventas que no tienen exención?

Salvo los casos mencionados anteriormente, el resto no tendrá exención. Es decir, si una persona mayor de 65 años vende una segunda residencia o una casa que no es la habitual y no constituye una renta vitalicia, tendrá que pagar impuestos en la declaración de la renta.

En concreto, pagará por la diferencia entre el precio de compra más las mejoras que hubiese hecho en la casa (por ejemplo, un aire acondicionado) y el precio de venta. Además, podrá aplicar una serie de reductores en función de los años de la vivienda. 

El alquiler de las viviendas: otra opción para los mayores de 65 años

No vender la casa y ponerla en alquiler, siempre es una posibilidad y es rentable. El alquiler también tributa en la declaración de la renta. Sin embargo, en el sector tributario español es posible aplicar una reducción general del 60% a las rentas obtenidas.

El criterio principal que se deberá considerar para poder hacer uso de este beneficio fiscal es que el alquiler debe suponer, como mínimo, el 1,1% del valor catastral del piso.

Hasta aquí te hemos presentado toda la información vinculada a los beneficios fiscales para mayores de 65 años en caso de vender una vivienda.

Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

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Los modelos de negocios y promociones inmobiliarias han cambiado radicalmente sus posturas, metodologías y enfoques. Aunque el objetivo sigue siendo el mismo de siempre (compraventa y alquiler), los tiempos y exigencias de los clientes son otros. Consecuentemente, también los de las agencias. En este artículo de Oi Real Estate veremos las preferencias más utilizadas por los particulares en compraventa y alquileres. Acelerar promociones inmobiliarias al máximo es hoy, más que nunca, una de las claves del éxito. Te invitamos a continuar leyendo la nota hasta el final para conocer mucho más. ¿Nos acompañas?

Vender, comprar, alquilar

La meta del sector inmobiliario (sin importar la envergadura del proyecto) es la misma, incluso desde su situación inicial a comienzos del siglo XX: vender, comprar o alquilar propiedades. Los métodos de ventas fueron modernizándose; esto es un hecho. Sin embargo y mirando en retrospectiva, muchos podrán afirmar que nunca sufrió un cambio tan drástico en su historia como el de las últimas tres décadas.

El ingreso de la era digital, hizo parecer al modelo tradicional inmobiliario como vetusto y casi obsoleto. Pero no deberíamos confundirnos en este punto; es la forma en que se consiguen clientes o interesados la que ha cambiado y no el negocio inmobiliario en sí mismo. A pesar de la irrupción de nuevas tecnologías, las negociaciones siguen elaborándose, construyéndose y finalizando de manera offline o presencial.

Mismo objetivo, distintos hábitos

¿Tienes una idea de cómo cambiaron los hábitos de búsqueda de las personas, a niveles generales? Cómo comprar, vender o alquilar rápido se ha transformado en una obsesión para los clientes o interesados; y por extensión, lograr ese objetivo se ha trasladado a las franquicias, agencias y agentes inmobiliarios autónomos de todo el mundo.

Una tarea desdoblada

El agente inmobiliario tiene que desarrollar una doble tarea: conseguir propiedades para vender o alquilar y personas que quieran comprarlas o hacerse de un contrato de arrendamiento. Aunque puedan parecer similares, este desdoblamiento conlleva diferentes características, responsabilidades y manejos de gestión.

Lo cierto es que el cliente confía más que nunca antes en su agente inmobiliario. En su mayoría, quienes quieren vender, comprar o alquilar se lanzan a esta acción inmobiliaria con un conocimiento mayor del sector que hace unos años. Pero, siendo que esa información la han “levantado” en casi todos los casos directamente desde internet, a menudo suele tener puntos grises que solo un agente especializado puede resolver.

El cliente de hoy siente estar capacitado para llevar adelante esta difícil empresa, y sin embargo suele terminar poniéndola en manos de las agencias o de los asesores en bienes raíces. Y hacen bien.

Un poco de historia

Las preferencias de los nuevos clientes han cambiado. Durante décadas enteras la gente buscó en anuncios de periódicos su futura vivienda, o recurría a ellos a la hora de vender su piso. Luego, aparecieron las publicaciones y guías inmobiliarias. Estos productos, financiados generalmente por las principales agencias del sector, ejercían una recortada selección de la oferta y exhibían en su “escaparate gráfico” un perfil un tanto tendencioso del mercado.

Las franquicias y empresas dueñas del mercado global, anunciaban en radio y televisión; y a las pequeñas agencias zonales les bastaba con lograr el reconocimiento regional que podía proporcionarle una publicación de distribución cercana. Pero todo cambió a comienzos de los años ´90, con la posibilidad de que esos anuncios tuvieran (a costos insólitamente bajos) un alcance incluso intercontinental. La era digital había llegado para quedarse.

Acelerar promociones inmobiliarias al máximo

La rapidez para comprar, vender o alquilar, hoy es sinónimo de eficiencia. Las preferencias en búsqueda por parte de clientes e interesados relegó al último lugar a los anuncios en periódicos. Si alguien hubiera afirmado esto a mediados de la década de los ´80 hubiera sido motivo de burla. Veamos juntos cuáles son las preferencias actuales, de menor a mayor en su grado de importancia.

1 La gráfica

Como dijimos, los anuncios clasificados han sido casi desterrados al último nivel entre las preferencias de quienes buscan vender, comprar o alquilar una propiedad. Solo unas pocas guías o publicaciones especializadas permanecen con vida o en su defecto se han pasado al formato digital.

2 Redes sociales y apps

Las redes sociales ocupan un lugar de trascendencia en las vidas de los más jóvenes y también de los adultos. Sin embargo, quienes las utilizan para iniciar sus búsquedas o impulsar acciones inmobiliarias no logran posicionarlas entre las herramientas preferidas, destinándolas más al esparcimiento.

3 Conocer la zona

Avanzando en las preferencias más elegidas por aquellos que buscan cómo comprar, vender o alquilar rápido se encuentran las recorridas regionales. En este sentido, los míticos carteles de “Se vende” o “Se alquila” no han desaparecido y siguen siendo empleados de forma efectiva. Como herramienta primitiva de venta, pues no le ha ido tan mal.

4 La inmobiliaria como la aliada de siempre

Por sobre quienes buscan a pie o recurren a las redes sociales para comprar, vender o alquilar, las agencias se mantienen en el promedio de la lista, en preferencias de búsqueda. En casi todos los casos, los interesados llegan a las inmobiliarias habiendo pasado antes por varios filtros. Como contrapunto, se estima que quienes se presentan en una agencia para vender o alquiler su piso, ya han tomado la decisión de trabajar con ella; previo estudio de campo a través de internet.

5 La era digital

Las plataformas de compraventa y alquiler inmobiliario se mantienen como desde hace una década entre las herramientas preferidas. La comodidad de poder casi recorrer las propiedades desde el living de casa o desde la mesa de un bar, las eligen como segunda modalidad de importancia en nuestro listado.

6 Landing page

Blogs, portales y sitios web especializados, están de moda y compiten duramente por posicionarse y lograr la mayor captación de leads inmobiliarios. La posibilidad de combinar información fidedigna en bienes raíces con anuncios insertados, funciona como una excelente metodología de tracción de clientes; y logra que al día de hoy sea el mecanismo más utilizado en el mundo para iniciar una búsqueda inmobiliaria.

Y tú… ¿Qué modalidad utilizaste alguna vez para vender, comprar o alquilar una propiedad? ¿Es la misma que utilizarías hoy? Nos encantaría conocer tus mecanismo sobre cómo acelerar promociones inmobiliarias al máximo en la bandeja de comentarios al pie del artículo.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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Para poder establecer el plazo medio para vender, los factores que debemos tener en cuenta son varios. Esto será distinto, por ejemplo, dependiendo de la zona en la que se encuentra emplazada la propiedad. En las grandes urbes, puede lograr venderse en menos de una semana.

Pero esta situación no será igual en todo el territorio. Por ello a continuación te contaremos lo que sucede en las diferentes localidades, y los aspectos más importantes a la hora de vender. ¿Nos acompañas?

Plazo medio en nuestro país: ¿de qué depende?

Lo primero que debemos saber para estimar esto, tiene que ver con los factores que entrarán en juego. Algunos de ellos son: el precio que solicites por la vivienda, la localidad en la que se encuentra, el estado del bien, la publicidad que realices, entre otras tantas.

Encontraremos al analizar la forma en que el mercado inmobiliario se desenvuelve, con unos primeros estimados.

  • Un 29 por ciento de las viviendas en nuestro país, demoró entre 3 meses y un año en venderse
  • El 21 por ciento, entre uno y tres meses
  • Por otro lado, un 20 por ciento de las propiedades se mantuvo en el mercado unos 30 días
  • Mientras que un 15 por ciento entre una semana y un mes
  • Y por último un 14 por ciento tarda más de un año en encontrar un nuevo dueño.

Como hemos comentado, uno de los aspectos  a tener en cuenta a la hora de establecer el plazo medio para la transacción tendrá que ver con la ubicación del inmueble. Esto se debe a que por ejemplo, en las capitales de provincia, las transacciones tardan sensiblemente menos que en otro lugares. Detallaremos a continuación algunas de las localidades donde un mayor porcentaje de viviendas logran transferirse en un plazo menor a los 7 días:

  • En Granada, por ejemplo, un 34 por ciento de las viviendas
  • Pontevedra, por su parte, le sigue con un 31 por ciento
  • Salamanca, un 30 por ciento
  • Tarragona, con un 29 por ciento
  • Santa Cruz de Tenerife, 28 por ciento
  • Lleida y Albacete, 27 por ciento
  • Barcelona, por otro lado, cuenta con un 26 por ciento
  • Almería y Madrid, 25 por ciento
  • Girona y San Sebastián, 24 por ciento
  • Guadalajara y Málaga, cierran la lista con un 23 por ciento

¿Cómo reducir el plazo medio para vender tu casa?

Como te contamos al inicio de este post, son muchos los factores que serán determinantes a la hora de poder vender tu vivienda de manera más rápida. Aquí trataremos de brindarte algunos trucos que puedes poner en práctica si es que has decidido vender.

Ser estratégico ayudará a que el plazo medio para vender sea más corto

En todos los aspectos de tu vida, poder establecer una estrategia a seguir puede ser muy útil. En este caso podrá también ayudarte a reducir el plazo para vender tu casa.  Para ello, es importante que puedas hacerte cargo tu mismo de estar al pendiente de todo o si no cuentas con el tiempo necesario, contactar a una inmobiliaria que pueda hacerlo.

En el caso de que decidas ponerte al hombro esta tarea, será necesario que dediques todo tu tiempo y recursos, ya que serán muchos los aspectos que deberás resolver. Toda la documentación debe estar al día, contar con los papeles para poder realizarla, publicar en diferentes medios la publicidad para llegar a la mayor cantidad de personas posibles, concertar las citas para los recorridos de los interesados, y la lista continúa.

En el caso de que decidas recurrir a una inmobiliaria, todos los pasos mencionados anteriormente serán realizados por ellos, por lo que contarás con tiempo libre, por ejemplo, para poder buscar otra vivienda, si es esa tu idea.

La tasación es un punto importante para reducir el plazo de venta

Es que lo primero que van a ver los interesados respecto a tu vivienda, es el precio. Si logras establecer un valor atractivo, será mucho más fácil de vender. Debes fijarlo teniendo en cuenta las características del inmueble, como por ejemplo, su ubicación, el estado en el que se encuentra, como se comporta el mercado, los servicios con los que cuenta, entre otros.

plazo medio

Lectura recomendada: El precio justo de tu vivienda

Anuncios para vender más rápido

Tomar fotografías de buena calidad y con buena iluminación. Incluso puedes agregar  videos que permitan a los interesados tener un primer acercamiento con la vivienda, es muy útil. Crear un anuncio que sea llamativo, con algún toque personal, puede atraer interesados.  Recuerda que este será el primer contacto que tendrán con ella, y la primera impresión suma, y mucho.

Deberás destacar todas las cualidades con las que cuenta tu casa, una descripción amplia de ella, y los datos relevantes. Intenta que se vea ordenado y armónico.

Plazo medio en grandes ciudades

Una de las grandes ciudades en las que te contaremos el plazo medio para realizar la venta de una propiedad es Madrid. Es que en esta localidad, el volumen de transacciones es uno de los mayores. Allí, un 25 por ciento de las propiedades suele venderse en menos de una semana. Por otro lado, un 22 por ciento, tarda entre una semana y un mes; en unos tres meses se vende el 25 por ciento de las propiedades y entre tres meses y un año un 22 por ciento. Por último, solo un 5 por ciento demora más de un año en realizarse.

En Barcelona, por otro lado, el 6 por ciento de las viviendas, tarda más de un año en venderse. El  23 por ciento, entre tres meses y un año, un 21 por ciento unos tres meses y el 25 por ciento unos 7 días.

Conclusiones acerca del plazo medio para vender y consejos

Si has decidido poner tu vivienda en venta por ti mismo, recuerda que son muchos los recursos que puedes utilizar para hacer más llamativo tu anuncio y llamar la atención de los compradores. La utilización de las redes sociales puede ser también muy beneficiosa a la hora de llevar esta tarea adelante.

Si sientes que es una tarea muy complicada, no dudes en contactarnos, somos una inmobiliaria con más de diez años de experiencia en el mercado y contamos con un grupo de profesionales que podrán realizar la tarea de forma rápida y ágil.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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La compraventa de un bien inmueble implica, tanto para el vendedor como para el comprador, realizar una serie de gastos y abonar ciertos impuestos. ¿De qué se tratan? En este artículo nos centraremos específicamente en los pagos que corresponden a un propietario que vende su inmueble. ¿Cuáles son los gastos e impuestos que debe abonar el vendedor antes de la compraventa de una vivienda y al cerrarla? ¿Existe la posibilidad de ahorrar en alguno de ellos? A continuación te lo contamos. 

En este sentido, conocer de antemano los gastos por la compraventa de una vivienda que corresponden al vendedor puede significar, para aquellos que estén pensando en vender un inmueble, una mejor organización de sus finanzas y una optimización de su ganancia. ¿Cuáles son estos gastos e impuestos a los que está sujeta la venta de una propiedad?

¿Qué gastos e impuestos corresponden al vendedor en la compraventa de una vivienda?

En primer lugar, es de suma importancia mencionar que los gastos que un propietario debe afrontar por vender un bien inmueble suponen entre un 10% y un 15% sobre el precio de venta. No obstante, estos porcentajes pueden llegar a variar según cada situación en particular. Esto dependerá, por ejemplo, de la Comunidad Autónoma en la cual se lleva a cabo la compraventa o de si el inmueble está sujeto a una hipoteca, etc.

A continuación, veremos cuáles son estos gastos en términos generales y de qué se trata cada uno de ellos. Más adelante, también te mostraremos cómo se puede ahorrar en algunos de ellos.

Gastos que el vendedor debe afrontar antes de la compraventa de una vivienda

Antes de iniciar el proceso de venta de un bien inmueble, es necesario para el propietario ocuparse de ciertas cuestiones. Por un lado, debe tramitar una serie de documentos que le serán solicitados más tarde. Por el otro, si su vivienda está sujeta a una hipoteca, debe cancelarla. Veamos de qué se tratan estos documentos y en qué consiste la cancelación de un crédito hipotecario:

Nota simple

Se trata de un documento sencillo, como su nombre lo expresa, donde se ven reflejados los datos más importantes de un bien inmueble. Si bien no es de carácter obligatorio, en la práctica termina siéndolo, ya que si el comprador la solicita, el vendedor debe facilitársela. Por lo tanto, su tramitación es recomendada. 

  • ¿Qué es?: un documento informativo que le permite al comprador saber si la vivienda está libre de cargas o si cuenta con algún problema de tipo registral. También le permite corroborar que quien dice ser el titular del inmueble realmente lo es. 
  • ¿Cómo obtenerla?: el Registro Público de la Propiedad es quien emite este documento y puede solicitarse en la oficina registral correspondiente, en la web del Colegio de Registradores, o bien, en la app del Registro Público de la Propiedad.
  • ¿Cuánto cuesta?: al realizar el trámite de manera online, su costo es de apenas 9 euros.

En este artículo te contamos más acerca de la nota simple de una vivienda y cómo obtenerla.

Certificado de Eficiencia Energética (CEE)

Se trata de un documento de carácter indudablemente obligatorio, ya que así lo prevé el Real Decreto 235/2013 y por eso el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo lo exige desde el año 2013. Cabe aclarar que este certificado posee una vigencia de diez años desde el momento de su emisión. Sin embargo, puede ser renovado antes de cumplirse este plazo, más que nada, en caso de que se realicen reformas que puedan afectar la calificación obtenida.

  • ¿Qué es?: se trata de un documento que refleja todos los aspectos energéticos de una vivienda, en especial, su consumo de energía y sus niveles de emisión de CO2. Tiene como principal objetivo lograr una mejora energética en todos los países de la Unión Europea. Su contenido se traduce en una etiqueta energética que será necesario incluir en todos los anuncios de venta.
  • ¿Cómo obtenerlo?: al tratarse de un documento oficial, este certificado debe ser emitido por un técnico competente, que debe contar con un título habilitante para redactarlo. Puede tratarse de un ingeniero, un arquitecto o un técnico especializado. Esta persona debe medir el nivel de gasto energético del inmueble y puede sugerir mejoras para ayudar a disminuirlo. Una vez hecha la revisión, el técnico debe registrar el documento en el organismo público correspondiente. 
  • ¿Cuánto cuesta?: su precio puede rondar los 100 euros, sin incluir el IVA. A este valor es posible tener que sumar las tasas de registro. Sin embargo, el coste final varía según el certificador contratado, como también de la demanda en la zona.

En este artículo te contamos en detalle todo lo que debes saber sobre la obtención del Certificado de Eficiencia Energética (CEE) para vender una vivienda.

Cédula de habitabilidad

Tramitar este documento para vender un inmueble es obligatorio únicamente en algunas Comunidades. Debido a ello, te recomendamos que puedas averiguar si es solicitada en el lugar en el que realizarás la venta. 

  • ¿Qué es?: se trata de un documento que certifica que una vivienda es apta para vivir en ella, es decir, que puede ser considerada como habitable, ya que cumple con los requisitos mínimos de salubridad, higiene y seguridad previstos por el Código Técnico de la Edificación.
  • ¿Cómo obtenerla?: es expedido por la Oficina de la Vivienda de cada municipio. Al igual que en el caso anterior, también será necesario contratar a un técnico especializado o a un profesional para tramitarlo, como por ejemplo, un arquitecto. Este deberá analizar todas las características de la vivienda y enviar el informe correspondiente al organismo mencionado. Allí decidirán si finalmente emiten o no la cédula.
  • ¿Cuánto cuesta?: su precio varía en función de cada inmueble, del técnico o profesional que realiza la inspección y de las tasas que aplica cada Ayuntamiento. Por ejemplo, por un piso de entre 50 y 80 m² ubicado en Barcelona, se puede llegar a pagar entre 80 y 150 euros, incluyendo las tasas del Ayuntamiento de Barcelona.

En este artículo te contamos en detalle con qué condiciones de habitabilidad debe cumplir una vivienda para obtener esta cédula y poder ser vendida.

Gastos de cancelación de la hipoteca

En caso de que el inmueble esté sujeto a una hipoteca, aún cuando esta se haya pagado, será necesario cancelarla en el Registro Público de la Propiedad ante un notario. Asimismo, si el crédito hipotecario todavía está pendiente de pago, será posible cubrirlo con el dinero de la venta.

  • ¿Cuánto cuesta?: el precio final de este trámite dependerá de cómo y quién lo haga. Elegir realizarlo mediante la gestoría de nuestro banco o el banco del comprador es la más cara de las opciones. El coste puede ser de alrededor de 1.100 euros, ya que puede ocurrir que se solicite una provisión de fondos más elevada. Cancelar a través de una gestoría independiente puede ser más barato, ya que los costes de gestión son mucho menores. El ahorro puede ser de hasta 600 euros. Por último, existe la posibilidad de realizar el trámite por cuenta propia, que es la opción más barata. Sin embargo, esta implica invertir una gran cantidad de tiempo. El precio final puede ser de alrededor de 400 euros. Sin embargo, en todos los casos, es importante tener en cuenta que el coste final dependerá del valor que cobren el notario y el Registro.

En este artículo te contamos en detalle todo lo que debes saber para cancelar una hipoteca antes de vender un piso.

Gastos que el vendedor debe afrontar al cerrar la compraventa de una vivienda

Aparte de los gastos que implica reunir todos los documentos necesarios para iniciar el proceso de venta y cancelar la hipoteca, en caso de haber una, al momento de concretar la transacción son otros los que aparecen. Al cerrar la compraventa, el vendedor también deberá hacerse cargo de los costes que implica la firma de un contrato de arras o de reserva, los gastos notariales y los honorarios de la inmobiliaria. Ninguno de estos pasos es obligatorio, pero es recomendable recurrir a todos ellos.

Contrato de arras o reserva

La firma de este tipo de acuerdos permite al vendedor y al comprador asegurarse de que la compraventa llegará a buen puerto. ¿De qué manera? Mediante la entrega de una seña que, de alguna manera, quita la vivienda del mercado y la reserva para esa persona interesada.

  • ¿Qué es?: se trata de un documento en donde el vendedor y el futuro comprador expresan su compromiso para concretar la operación de compraventa. Incluye todas las condiciones pactadas por ambas partes al momento de la negociación y las penalizaciones que deberá asumir cada uno en caso de incumplimiento.
  • ¿Cómo obtenerlo?: existe la posibilidad de redactarlo por cuenta propia. Sin embargo, es altamente recomendable contar con la ayuda de un abogado o una inmobiliaria para ello, a fines de evitar futuros inconvenientes.
  • ¿Cuánto cuesta?: el precio varía según la forma de obtenerlo que se elija. En caso de hacerlo por cuenta propia, el coste será nulo, a menos que se utilice una plantilla, que algunas plataformas ofrecen por 25 euros. De realizarlo mediante una inmobiliaria, el precio vendrá incluido en su comisión. Esta oscila entre el 3% y el 7% sobre el precio de venta, cuando se trata de una agencia tradicional, y entre 1.000 y 7.000 euros, cuando es una online. Por último, si el contrato lo redacta un abogado, puede cobrar por él alrededor de 100 euros.

En este artículo te contamos qué diferencias hay entre el contrato de reserva y el contrato de arras. Por otro lado, en este artículo te contamos por qué es conveniente firmar un contrato de arras.

Gastos de notaría

Firmar una escritura pública de compraventa ante un notario es altamente aconsejable al momento de cerrar la transacción de un bien inmueble. En estos casos, será necesario abonar cierto monto por dicho documento y por el servicio ofrecido por el profesional que participe de la firma.

  • ¿Qué son?: cubren la confección de la escritura pública, los honorarios del notario y los servicios correspondientes a la fe pública extrajudicial, es decir, oficinas, sueldo de equipo profesional, seguro de responsabilidad civil, informatización, encuadernación y conservación de escrituras, etc.
  • ¿Cuánto cuestan?: los honorarios del notario están regulados por la ley. Esto significa que hay importes establecidos que varían en función del precio del inmueble, la extensión de la escritura, el número de copias solicitadas y la existencia de extras en la vivienda, como por ejemplo, un garaje. Por ejemplo, para una vivienda con un valor de 200.000 euros, sin garaje anexo y cuya escritura tiene una extensión de diez folios, los gastos notariales serán de alrededor de 350 euros.

En este artículo te contamos en detalle todo lo que debes saber sobre los gastos notariales que implica cerrar una compraventa.

Honorarios de la inmobiliaria

Si bien existe para un propietario la posibilidad de vender su piso por cuenta propia, siempre es recomendable recurrir a una inmobiliaria para que realice las gestiones necesarias. En este casos, los servicios de dicha agencia estarán sujetos al pago de honorarios, que variarán según el tipo de agencia escogida.

  • Comisión de una inmobiliaria tradicional: oscila entre un 3% y un 7% sobre el precio de venta de la vivienda. No existe regulación al respecto, por lo cual cada agencia fija el importe de sus honorarios a partir de la dinámica del mercado.
  • Tarifa fija de una inmobiliaria online: este tipo de agencias cobran una cuota fija por toda la gestión que implica vender un inmueble. Los precios, en general, oscilan entre los 1.000 y los 7.000 euros, según el plan de servicios y la forma de pago elegidos.

Impuestos en los que el vendedor debe tributar por la compraventa de una vivienda

Vender un bien inmueble implica, sin duda, la obligación de tributar en determinados impuestos. Veamos cuáles son y cómo se calculan:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • ¿De qué se trata?: grava los incrementos patrimoniales de las personas físicas dentro de un ejercicio determinado. Por lo tanto, será necesario abonarlo si la venta de la vivienda significó un aumento en el patrimonio del vendedor.
  • ¿Cuándo se paga?: durante el año siguiente a la venta , específicamente dentro del período determinado por el Ministerio de Hacienda para presentar la declaración de la renta. 
  • ¿Cómo se calcula?: tomando como base imponible el valor del patrimonio de las personas físicas en un año determinado respecto del anterior.

En este artículo te contamos cómo calcular el IRPF al vender una vivienda.

Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

  • ¿De qué se trata?: grava el aumento de valor que ha tenido el suelo, desde que el momento en el que el propietario adquirió la vivienda hasta el día en el que la vendió.
  • ¿Cuándo se paga?: dentro de los treinta días posteriores a la venta.
  • ¿Cómo se calcula?: a partir del valor real del inmueble y, por supuesto, de los años que transcurrieron entre su compra y su venta.

En este artículo te brindamos más información acerca de la plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

  • ¿De qué se trata?: a diferencia de los tributos anteriores, este grava el solo hecho de ser propietario de una vivienda.
  • ¿Cuándo se paga?:  la fecha de pago varía según cada municipio. Aunque la ley indica que debe ser abonado por la persona titular de la vivienda al primer día de enero, lo más habitual es que el vendedor sólo pague por aquellos días del año en que la vivienda estuvo en su poder. Esto siempre debe ser pactado con el comprador.
  • ¿Cómo se calcula?: a partir del valor catastral de la vivienda.

En este artículo te ofrecemos una guía completa acerca del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

¿Cómo puede el vendedor ahorrarse gastos por la compraventa de una vivienda?

Ahora que conoces a qué gastos e impuestos está sujeta la compraventa de una vivienda, y que son responsabilidad del vendedor, es probable que te preguntes ¿es posible ahorrar en algunos de ellos? La respuesta es sí. Estas son algunas de las opciones posibles:

Cancelando la hipoteca con un gestor independiente

Como mencionamos previamente, de las opciones que existen para cancelar una hipoteca, realizarlo a través del banco propio o el del comprador es la más cara. Por esta razón, optar por cancelar la hipoteca por cuenta propia o contratando a un gestor independiente puede ser la mejor opción. En este último caso, será un experto quien se encargará de realizar todas las tareas necesarias y será posible ahorrar un promedio de 300 euros en gastos de cancelación de hipoteca.

Consultando los honorarios de una agencia online

Los honorarios de una inmobiliaria online pueden ser hasta un 80% más baratos que los de las agencias tradicionales. Sin embargo, estas exigen a los propietarios un involucramiento activo en la venta, con el cual no siempre pueden comprometerse.

Para ejemplificar esta diferencia podemos recurrir al siguiente caso: un propietario quiere vender su vivienda de 250.000 euros. Una agencia tradicional le cobrará entre 7.500 y 12.500 euros por sus servicios. Por su parte, una agencia online le cobrará entre 1.200 y 5.000 euros, dependiendo de que inmobiliaria sea y de la tarifa que la persona elija.

Negociando el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) con el comprador

Previamente mencionamos que la ley determina que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) debe ser abonado por quien es titular de la propiedad el primer día de enero. Por lo tanto, sería siempre el vendedor quien debería hacerse cargo de este pago, incluyendo aquellos días del año en que la vivienda no estuvo en su poder. Sin embargo, ante lo injusto que puede resultar esto, existe la posibilidad de negociar con el comprador para que cada uno abone la parte del tributo correspondiente al tiempo del año durante el cual cada uno fue titular del inmueble.

Vendé tu inmueble con nosotros

Nuestra agencia se especializa en cada uno de los pasos que se requieren realizar para la compraventa de un inmueble o el alquiler de un piso.

Para todo ello, cuenta con asesores especializados y con vocación en el mercado inmobiliario nacional e internacional . Por lo tanto, cuanta con la mejor de las experiencias para poder brindar la mayor seguridad y confianza al momento de elegir vender una vivienda en España.

La sede principal de la agencia se encuentra ubicada en Barcelona. Sin embargo, contamos con una red de franquicias que se expanden por todo el territorio español.  

Para garantizar un asesoramiento seguro, confidencial y exitoso los profesionales de la agencia llevan adelante una planificación exhaustiva del paso a paso de la operación de compra venta. En ella organizamos todo el procedimiento, en el cual nos ocupamos de:

  • Realizar un exhaustivo estudio de mercado
  • Comparar viviendas similares
  • Valorar tu inmueble
  • Gestionar la comunicación con el futuro comprador
  • Consultar cada dato en el Registro de la Propiedad
  • Redactar de los respectivos contratos

Hasta aquí te hemos contado todos los gastos que que corren por cuenta de vendedor en el proceso de compraventa de una vivienda. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Ademas ¿Estás pensando en vender tu propiedad? ¡En Oi Real Estate podemos ayudarte a lograrlo en menos de treinta y siete días! ¡También compramos tu piso al contado! Sólo debes seguir el siguientes enlace:

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