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Cuando el amor llega a su fin y hay uno o más bienes inmuebles en común es probable que surjan varios conflictos y dudas al respecto. Vender un piso tras un divorcio será más o menos difícil según el grado de acuerdo que haya entre ambas partes. También dependerá del régimen dentro del cual se enmarca el matrimonio en cuestión. En este artículo te ofrecemos una guía completa para que cuentes con toda la información necesaria a la hora de vender una propiedad en ocasión de divorcio.

Vender uno o más bienes inmuebles en común cuando se produce un divorcio o una separación de hecho puede traer varios dolores de cabeza. Hay dos ejes que debemos tener en cuenta para saber cómo proceder ante esta situación. Por un lado, es necesario pensar en cómo está regulada la unión: si la pareja está casada puede tratarse de un matrimonio con separación de bienes o de un matrimonio enmarcado en el régimen de gananciales. Si se trata de dos personas que nunca se casaron, se tratará simplemente de una unión de hecho. Otro factor muy importante es el grado de acuerdo que existe entre ambos cónyuges. Si ambos desean vender la vivienda familiar luego del divorcio o la separación, no habrá mayores problemas. Los conflictos surgen cuando uno de ellos quiere vender y el otro no.

A continuación te contamos cómo proceder en todos estos casos. Es decir, cuando hay acuerdo entre ambas partes y cuando esto no ocurre. Siempre teniendo en cuenta si se trata de un matrimonio con separación de bienes, de un matrimonio de gananciales o de una unión de hecho. También te mostramos qué tributos corresponden a este tipo de operaciones y cuánto le corresponde pagar a cada parte. ¡Sigue leyendo para enterarte de todo lo que necesitas saber para vender un piso en común tras un divorcio o separación!

¿Qué opciones existen a la hora de pensar en qué hacer con un piso en común tras un divorcio?

En primer lugar, es importante mencionar que existen dos posibilidades a la hora de pensar en qué hacer con un bien inmueble en común al producirse un divorcio:

  • Que uno de los cónyuges se quede con la vivienda.
  • Que ambos vendan la vivienda a un tercero o a una empresa de iBuyers.

El procedimiento será diferente dependiendo del régimen en el cual se enmarca el matrimonio y del grado de acuerdo que exista entre ambas partes. En esta ocasión nos centraremos en la segunda opción: la de vender el piso en común tras un divorcio.

¿Cómo vender un piso en común tras un divorcio?

Como mencionamos, vender el bien inmueble en común dependerá del régimen matrimonial y del grado de acuerdo que haya entre los cónyuges. Veamos qué ocurre cuando se trata de un matrimonio con separación de bienes y lo que pasa en un matrimonio de gananciales:

¿Qué ocurre cuando se trata de un matrimonio con separación de bienes?

Si hay acuerdo entre las partes

  • En estos casos es posible vender la vivienda sin realizar ningún tipo de procedimiento legal más que la demanda de divorcio. Esto se debe a que, al inicio de este tipo de matrimonios, ya queda especificado en un contrato cómo se dividirán los bienes en caso de producirse un divorcio.
  • En cambio, si uno de los cónyuges decide quedarse con la vivienda y el otro está de acuerdo, será necesario realizar una extinción de condominio ante un notario para dar por finalizada la copropiedad. Esto implica que aquella parte que se queda con el piso debe compensar económicamente a la otra.

Si no hay acuerdo

  • En estos casos es posible iniciar acciones legales para solicitar la división de la cosa común. El procedimiento debe ser realizado ante un juez y es muy probable que termine con la ejecución de la vivienda en una subasta pública.
  • También existe la posibilidad de que aquel cónyuge interesado venda su parte de la vivienda a una empresa que se dedique a comprar proindivisos. Es importante mencionar que, para realizar esta operación, el inmueble no debe estar sujeto a ninguna hipoteca.

¿Qué ocurre cuando se trata de un matrimonio enmarcado en el régimen de gananciales?

Si hay acuerdo

  • En este caso, al tratarse de un tipo de matrimonio en el cual los bienes se reparten en partes iguales, será necesario realizar un documento ante un notario para disolver el régimen económico y proceder a la repartición. Recién a partir de ese momento será posible para ambas partes vender la vivienda a un tercero. También existe la posibilidad previamente mencionada de que uno de los cónyuges se quede con el inmueble, siempre y cuando compense económicamente al otro.

Si no hay acuerdo

  • Cuando esto ocurre, también deberá recurrirse a la vía judicial. Será un juez quien deberá designar a un perito para que realice la correspondiente disolución del régimen económico y la repartición de bienes. Una vez hecho esto, cualquiera de los cónyuges puede solicitar que la venta se realice a través de una subasta pública.

A continuación veremos en detalle cómo vender un piso en común tras un divorcio cuando existe acuerdo entre los cónyuges, tanto en un matrimonio con separación de bienes como en uno de gananciales. También, qué ocurre cuando la pareja nunca se casó, sino que se trata de una unión de hecho.

El paso a paso para vender un piso en común cuando hay acuerdo entre las partes

Cómo vender cuando se trata de un matrimonio con separación de bienes

En estos casos el procedimiento es bastante sencillo. Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Realizar la demanda de divorcio.
  2. Vender la vivienda de manera convencional.

Como señalamos antes, los acuerdos de separación de bienes implican que, al producirse un divorcio, las partes puedan vender el inmueble sin tener que realizar ningún otro trámite además de presentar la demanda de divorcio. Es decir, a diferencia del régimen de gananciales, que veremos luego, no se requiere realizar ningún tipo de escritura ante un notario. Tampoco es necesario que se le asigne un porcentaje a cada uno porque esto ya fue especificado en el acuerdo prenupcial.

Cómo vender cuando se trata de un matrimonio de gananciales

Los pasos a seguir son estos:

  1. Disolver el régimen económico matrimonial ante un notario.
  2. Repartir los bienes en partes iguales entre ambos cónyuges.
  3. Vender la vivienda a un tercero.

La disolución del régimen es imprescindible para que pueda concretarse el divorcio. Es posible realizar una petición a las partes antes de iniciar el proceso, pero también se puede incluir en el documento de divorcio para formalizar legalmente la separación.

En el acto de liquidación del régimen matrimonial es donde las propiedades se reparten en partes iguales. Es decir que, si existe más de un inmueble en común, una de las partes puede quedarse con la titularidad de la segunda residencia y la otra, con la de la vivienda habitual. En cambio, si los cónyuges sólo poseen una propiedad en común, a cada uno le corresponderá una mitad. 

Una vez finalizado este procedimiento, hay dos opciones posibles: por un lado, que uno de los cónyuges se quede con el 100% de la titularidad de mutuo acuerdo, compensando económicamente al otro respecto al 50% que le corresponde. Por el otro, que ambos vendan la vivienda a un tercero en lo que se conoce como extinción de condominio. En este último caso, puede realizarse un proceso de venta de tipo convencional.

¿Qué ocurre cuando se trata de una unión de hecho?

Cuando la pareja nunca se casó y, por lo tanto, no hay matrimonio de gananciales ni con separación de bienes, el procedimiento es bastante similar. Si ambos adquirieron la vivienda en conjunto, existe una situación de copropiedad en los términos que se establecieron en la escritura de compraventa. Al producirse una separación, las partes cuentan con dos opciones posibles:

  • Vender la vivienda a un tercero de mutuo acuerdo y repartir el dinero obtenido por la venta.
  • Realizar una extinción de condominio y que una de las partes se quede con la vivienda.

A continuación veremos qué pasos se deben seguir cuando no existe un acuerdo entre los cónyuges para vender el piso en común tras un divorcio.

El paso a paso para vender un piso en común cuando NO hay acuerdo entre las partes

En estos casos, cuando uno de los cónyuges desea vender el inmueble en común pero el otro no, también se debe proceder de manera diferente de acuerdo a si se trata de un matrimonio de gananciales, con separación de bienes o de una unión de hecho. Veamos qué hacer en cada ocasión:

Cómo vender cuando se trata de un matrimonio con separación de bienes

Hay dos opciones posibles en estos casos, cuando no existe acuerdo entre los cónyuges para vender la vivienda en común:

  • Que la parte interesada venda su parte a una empresa que se dedique a comprar proindivisos: no es necesario para ello contar con la autorización del otro cónyuge. Sin embargo, hay que tener en cuenta que: la otra parte puede igualar la oferta de la empresa, mediante lo que se conoce como tanteo, o puede anular la operación, a lo cual se lo denomina como retracto, en caso de que la venta se produzca sin su conocimiento. Por otro lado, también hay que mencionar que esta opción implica vender la parte de la vivienda por un monto mucho menor al de su valor de mercado.
  • Que sea necesario iniciar acciones legales: si la opción anterior no parece ser la más conveniente, existe la posibilidad de solicitar la división de la cosa común ante un juez. Será él quien dictaminará la ejecución del inmueble en una subasta pública. Esto también significa vender la vivienda a un precio inferior al de mercado.

Cómo vender cuando se trata de un matrimonio de gananciales

Cuando se trata de este tipo de matrimonio, en donde a ambos cónyuges les corresponde el mismo porcentaje de los bienes en común, los pasos para vender un inmueble cuando no hay acuerdo son los siguientes:

  1. Iniciar un proceso judicial de disolución del régimen económico matrimonial.
  2. Esperar que un juez designe a un perito que se encargue de llevar a cabo este procedimiento. Para ello, deberá elaborar un inventario de bienes y deudas que ambas partes tengan en común y luego adjudicará cada mitad a cada cónyuge.
  3. Solicitar al juez la división de la cosa común, lo que también derivará en la ejecución de la vivienda en una subasta pública. Esto implica, reiteramos, vender el bien a un precio inferior al de su valor de mercado. 

¿Es necesario realizar la liquidación del régimen matrimonial y luego solicitar la acción de división? No siempre. Cuando existe una única vivienda en común, la justicia admite la posibilidad de saltearse los dos primeros pasos para concretar la venta.

¿Qué ocurre cuando se trata de una pareja de hecho?

En estos casos, cuando lo que se produce es una separación y no un divorcio, ya que la pareja nunca se casó, es posible para la parte interesada en vender acudir a una empresa que compre proindivisos. También puede iniciar acciones legales para que un juez realice la división de la cosa común y dictamine la ejecución del bien en una subasta pública. Ambas opciones, como mencionamos previamente, implican vender el inmueble por un precio muy inferior al de su valor de mercado.

Si el matrimonio tiene hijos

Existe una situación más que puede generar dudas. Que sucede si el matrimonio tiene hijos y necesita realizar la venta de la propiedad. Primero que nada, debes saber que esto es posible, pero será necesaria la intervención de un juez. Él será el encargado de indicar de qué manera deberá procederse, si el tutor debe quedarse con la propiedad o será mejor realizar la venta.

Recuerda, que será el juez el encargado de establecer y verificar cual será el mejor destino para los niños. Por otra parte, la contraparte podrá solicitar la venta de la propiedad con el fin de poder solventar la situación económica y también en este caso, el juez evaluará el pedido, aceptando o no dicha solicitud.

Muchas veces, la venta de la vivienda es la mejor opción, ya que de esta manera podrían existir ciertos inconvenientes para quien debe dejar el inmueble. Si existiera una hipoteca sobre la casa, ambas partes deberán continuar afrontándola.

Como vender tú piso rápidamente

Puedes recurrir a un iBuyer

Si lo más importante para ti, en este momento que estás pasando, es el de vender tu casa rápidamente, esta podría ser una solución. Debes saber que las ganancias no serán las mejores, ya que el precio de venta será más bajo que recurriendo a una inmobiliaria. Pero por otro lado, podrás efectuar la venta en un plazo menor a una semana.

Como aclaramos anteriormente, esta opción no es la ideal en caso de que desees tener los mejores beneficios al realizar esta transacción. El precio de la venta, suele ser muy por debajo del habitual y por ello su rápida acción. Como para que puedas hacerte una idea, en una venta tradicional se tarda en promedio un plazo de seis meses.

Este tipo de empresas se dedican a adquirir viviendas a precios más bajos que los habituales del mercado. Luego se encargan de reformarlas y volver a venderlas por un precio más alto, obteniendo así sus ganancias.

Recurre a una inmobiliaria

Las inmobiliarias cuentan con personal capacitado que podrá asesorarte de la mejor manera a la hora de vender tu propiedad. Por este motivo, te recomendamos que puedas acudir a ellos. Los agentes inmobiliarios sabrán realizar el proceso de manera rápida y ayudándote a resolver los inconvenientes que puedan presentarse.

Además, se ocuparán de la parte más importante, gestionar toda la documentación necesaria y obligatoria. También realizarán todos los pasos referidos a la venta de tu propiedad, por ejemplo el de conseguir interesados en comprarla, gestionando visitas, y promocionándola en portales inmobiliarios.

¿Qué impuestos se deben abonar por vender un piso en común tras un divorcio?

En ambas ocasiones, tanto cuando hay acuerdo entre los cónyuges como cuando no lo hay, la venta de una vivienda en común implica el pago de ciertos impuestos. Ellos son:

Para ambos tributos los cónyuges deberán abonar lo que corresponde en proporción al porcentaje de la propiedad que poseen. Es decir, en un matrimonio enmarcado en el régimen de gananciales, el monto a pagar se dividirá en dos partes iguales. En el caso de un matrimonio con separación de bienes los porcentajes a tributar pueden ser desiguales.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? En Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros! Somos una inmobiliaria de lujo, que cuenta con profesionales idóneos y capacitados para llevar este proceso de forma fácil y brindándote la tranquilidad que mereces.

Esperamos que este post haya sido de tu interés y te haya resultado útil. No olvides dejarnos tus comentarios e inquietudes, y de seguirnos en las redes sociales, para mantenerte siempre informado. Te dejamos a continuación otro link que puede resultar de tu interés.

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El contrato de arras es uno de los acuerdos que suelen celebrarse como paso previo a la concreción de una compraventa. Sin embargo, puede ocurrir que tanto vendedor como comprador, por la razón que fuere, no cumplan finalmente con lo que se pactó en dicho acuerdo. ¿Qué sucede cuando se produce el incumplimiento de un contrato de arras? ¿Cómo se puede reclamar cuando la falta proviene del comprador?

En este artículo te contamos cuales son los tipos de contratos de esta índole que pueden celebrarse, cuales son las penalizaciones por no cumplirlo y los modos posible para su reclamo. Sigue leyendo.

¿Para qué sirve la firma de un contrato de arras?

Cuando un propietario pone su vivienda en venta y aparece una persona interesada en ella, es probable que ambas partes, vendedor y comprador, quieran asegurarse de que la compraventa llegará a buen puerto. Con este objetivo suelen firmarse acuerdos previos. ¿Cuáles son? Por un lado está el contrato de reserva y por el otro, el contrato de arras.

Existen dos diferencias sustanciales entre ambos. En primer lugar, el contrato de arras está amparado por el Código Civil, mientras que el de reserva no. E este sentido, el primero de los casos adquiere una mayor seguridad jurídica. En segundo lugar, el contrato de arras puede ser rescindido solo con el pago de una indemnización, mientras que el contrato de reserva sólo puede cancelarse si se especificó en alguna de sus cláusulas. Para conocer más sobre las diferencias entre ambos recomendamos la letra de este artículo ampliamos estas diferencias con más información.

En adelante, haremos referencia únicamente al primero de estos acuerdos y a lo que ocurre cuando una de las partes implicadas no cumple con el pacto. Es decir, detallaremos qué penalizaciones se aplican cuando hay incumplimiento del contrato de arras, cómo se puede reclamar esta situación y de qué manera se puede demostrar que el comprador no cumplió con el trato. A continuación, te lo contamos.

Tipos de contratos de arras

En primer lugar, antes de hablar de penalizaciones y de cómo actuar ante un incumplimiento, es necesario dejar en claro qué tipos de contratos de arras existen. Algunos de ellos implican mayor facilidad para ser rescindidos, mientras que otros no tanto. Por esta razón, antes de firmar uno, es importante tener en cuenta esta información para poder elegir el tipo de contrato más conveniente.

Arras penitenciales

Se trata del contrato que admite mayores posibilidades de desistir de él. En ese caso, la señal de reserva entregada por el comprador funciona como indemnización. Es decir que, en caso de incumplimiento, este monto no le será regresado al comprador, o bien, será el vendedor quien deberá devolverla por duplicado. Esto depende de quién sea la parte incumplidora. Se recomienda firmar este tipo de contrato de arras cuando no hay plena seguridad de querer concretar la compraventa.

  • Los datos de las partes.
  • Los datos de la vivienda.
  • Régimen de arras penitenciales derecho inmobiliario.
  • El precio del inmueble.
  • La fecha de la firma.
  • El monto de la señal.
  • El reparto de gastos.
  • Plazo de cumplimiento del contrato.
  • Penalizaciones por el incumplimiento de algunas de las partes.

Arras confirmatorias

Esta clase de contrato, a diferencia del anterior, no admite la posibilidad de desistir de él afrontando una penalización económica. Si bien prevé también la entrega de una señal, esta no sirve para compensar el incumplimiento del pacto. En caso de arrepentimiento, la parte afectada puede exigir la concreción de la compraventa o una indemnización por daños y perjuicios. De todas formas, será necesario presentar una demanda y esperar a que un juez decida cuál debe ser la penalización. Se recomienda firmar este tipo de contrato de arras cuando sí hay seguridad de querer concretar la compraventa.

¿Qué información debe incluir?

  • Los datos de las partes.
  • Los datos de la vivienda.
  • El precio del inmueble.
  • La fecha de la firma.
  • El monto de la señal.
  • El reparto de gastos.
  • La cláusula que indique que si una de las partes desiste del pacto, habrá consecuencias legales.

Arras penales

Este tipo de contrato se encuentra a medio camino entre el de arras confirmatorias y el de arras penitenciales. Si bien no expresa en su contenido que se pueda desistir de él, la entrega de la señal de reserva sí funciona como indemnización cuando se produce un arrepentimiento. Sin embargo, establece penalizaciones, pero no en relación a la señal únicamente. También implica que pueda exigirse la concreción de la compraventa. Se recomienda firmar este tipo de contrato de arras cuando sí hay seguridad de querer concretar la transacción.

¿Qué información debe incluir?

  • Los datos de las partes.
  • Los datos de la vivienda.
  • El precio del inmueble.
  • La fecha de la firma.
  • El monto de la señal.
  • El reparto de los gastos.
  • La cláusula de penalización: pérdida de la señal o devolución del dinero por duplicado. Además, la posibilidad de exigir el cumplimiento de la compraventa.

¿Qué penalizaciones se aplican por incumplir un contrato de arras?

A partir de la descripción de los tres tipos de contratos de arras que existen, podemos concluir en que la única penalización que está definida de forma clara es la que se encuentra en el de arras penitenciales. Este tipo de contrato es, también, el que más suele firmarse de los anteriores. Como mencionamos, la penalización frente a su incumplimiento es no devolver el dinero de la señal, cuando el arrepentido es el comprador, o entregar el doble de ese monto, si quien desiste es el vendedor.

En cuanto al contrato de arras penales, vimos que, si el comprador incumple el pacto, el vendedor puede mantener el dinero de la señal, pero también puede exigir la concreción de la compraventa. Sin embargo, para poder ejecutar esta última cláusula, siempre será necesario acudir a la vía legal.

Con respecto al contrato de arras confirmatorias, reiteramos que no contempla la posibilidad de ser rescindido. Por esta razón, su incumplimiento siempre implicará la necesidad de presentar una demanda y esperar la resolución de un juez.

¿Cómo se puede reclamar ante el incumplimiento de un contrato de arras?

En caso de producirse el incumplimiento del contrato de arras firmado, existen dos maneras de reclamar. Una es por por la vía extrajudicial y, la otra, por vía judicial. Para saber a cuál acudir se debe tener en cuenta todo lo que mencionamos antes, es decir, si el documento refleja o no la penalización a asumir. También será determinante que la otra parte acepte o se niegue a cumplir con las consecuencias. Estas son las diferentes formas de realizar el reclamo:

Por vía extrajudicial

  • Acudiendo a la inmobiliaria, en caso de haber contratado una para llevar a cabo la venta.
  • Enviando un burofax al comprador para solicitar el cumplimiento de la penalización. Este servirá como prueba en caso de arribar a un juicio.
  • Interponiendo un “acto de conciliación” en los juzgados. Se trata de un recurso que permite exigir el cumplimiento del contrato. Al igual que la opción anterior, también sirve como prueba en un juicio.

Por vía judicial

  • Presentando una demanda en el juzgado correspondiente y esperando la resolución del juez.

¿Cómo demostrar que el comprador incumplió con el contrato de arras?

En caso de tener que acudir a la vía judicial o extrajudicial para reclamar por el incumplimiento de un contrato de arras, existen varias formas de demostrar la falta del comprador. En primer lugar, la prueba más irrefutable de todas es que la compraventa no se ha llevado a cabo.

Ahora bien, esto depende del tipo de contrato de arras que se ha firmado: 

  • Penitenciales: este documento estipula de forma clara cuál es la penalización que el comprador debe asumir, que se trata de perder el dinero de la señal. Por esta razón, no es necesario demostrar nada, sólo se retiene ese monto.
  • Confirmatorias y penales: estos dos tipos de contratos no dejan en claro cómo deben asumirse las penalizaciones, por lo tanto, al retener el dinero de la señal, la otra parte puede acudir a la vía judicial para recuperar el dinero. Si esto sucede, será necesario demostrar que ha sido el comprador quien ha incumplido el trato.

¿Cómo se puede probar esta falta del comprador? Aportando elementos como mensajes, emails o notificaciones de burofax que se hayan enviado a la otra parte. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que será el juez quien tenga la última palabra. Dependiendo del tipo de contrato de arras firmado y las circunstancias del caso, este determinará cómo se llevará a cabo la penalización y si el sentenciado estará obligado a cumplirla. 

Hasta aquí hemos detallado que sucede cuando una de las partes provoca el incumplimiento del contrato de arras. A su vez, especificamos cuales son las penalizaciones y cuales son las vías para reclamarlas. Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. En OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Contamos con la mejor información y la mayor confidencialidad para realizar la venta o compra de un inmueble de manera exitosa.

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Por la reciente caída de un 10% de oferta de viviendas, muchas personas quieren saber cuál es el precio de vender un piso en Madrid. La disminución de propiedades en venta ocurrió durante el primer trimestre del 2022 y a su vez aumentó la demanda de compra en un 17,4%.

Estos índices demuestran que el mercado está acelerando las ventas, pero aun no cumple las características de la burbuja inmobiliaria que ocurrió en el 2007. Sin embargo, la demanda es cada vez más alta, mientras que la oferta es baja y sigue disminuyendo en ciudades grandes, como la capital española.

¿Por qué conocer cuál es el precio de vender un piso en Madrid?

Vender una vivienda a veces no es muy fácil, porque tenemos que hacer pública la venta y no solo basta con tomar la decisión abiertamente. Hay que hacerle publicidad, dar a conocer las condiciones del piso y conocer cuál es el estado del mercado para evaluar las contraofertas y negociaciones.

Y como en Madrid la demanda es cada vez más alta, muchas personas están evaluando las opciones de publicidad que tienen para vender su propiedad. Las mismas van desde venderlo de forma personal hasta solicitar la ayuda de gestores de inmobiliarias para que hagan todo el proceso de la venta.

El mayor factor que se evalúa en estos casos es el precio de vender un piso, ya que hay que pagar a pesar de vender. Por ejemplo, dependiendo de la gestión de una agencia inmobiliaria, el valor del proceso de venta puede llegar al 6% del coste total del inmueble.

También hay otras opciones, como las plataformas digitales que buscan mejorar la experiencia de compra y venta de inmuebles, utilizando formatos novedosos de la actualidad. Y de igual forma, está la opción de vender la propiedad por cuenta propia, lo que puede ser difícil cuando no se tiene gran experiencia.

Por eso es importante conocer las ventajas y desventajas de cada opción para vender pisos.

Publicar un piso en Madrid de forma particular

En años anteriores se utilizaba la opción de los clasificados en los periódicos para hacer pública una venta particular de los inmuebles y otras propiedades. Sin embargo, gracias a la digitalización, ahora existen portales web que ofrecen a las personas la posibilidad de hacer una publicación gratis para su venta.

Sin embargo, pueden cobrar por solicitudes de posicionamiento, mejora de la publicidad y servicios premium para que la venta pueda hacerse con una mayor rapidez. Por otro lado, también se pueden publicar ofertas de alquileres de garajes, ventas de parcelas y otros tipos de propiedades dentro del mercado de inmuebles.

Es importante aprender sobre las cuotas que cobran las plataformas cuando se tiene más de una publicación, ya que solo es gratis la primera vez. Para algunos casos, se da la posibilidad de tener varias publicidades gratis mientras cada una sea de una propiedad distinta, sin que estas se repitan.

Dependiendo de la cantidad de publicaciones que se tengan y los servicios premium, se pueden tener distintos presupuestos cuando se quiera vender de forma particular. Sin embargo, se estima que este tipo de servicios de solo publicación puede alcanzar los 1.600 euros, aunque varía según el portal que se utilice.

Por ello es importante buscar información y saber qué opciones se tienen a la mano.

Precio de vender un piso a través de una proptech

Esta opción se basa en buscar una plataforma web que ayudan a los particulares a vender, a partir de una cuota base de 1.000 euros. Además de la publicación, se dan servicios de fotografía a la propiedad, asesoramiento y gestión del proceso de venta, tomando en cuenta los documentos legales.

También, además de hacer la publicación en el portal principal, se hace la publicación en portales inmobiliarios comunes donde las personas venden por su cuenta. Y cuando un propietario no pueda hacer las visitas correspondientes, se puede pagar extra para que expertos hagan el proceso según las necesidades del cliente.

En este caso también es necesario conocer cuáles son los precios de cada servicio, porque se pueden sumar a la cuota base de la publicación. Se puede alcanzar un pago de 10.000 euros por publicar un piso que tenga un valor de 500.000 euros en Madrid, por los servicios adicionales.

Al igual que las otras plataformas de publicación particular, las tarifas varían en cada una de ellas, porque pueden tener un mayor o menor alcance. Entonces se requiere saber cuál es la que conviene mejor según lo que se quiere alcanzar y según el público al que se quiere llegar.

Esta opción es una de las mejores dentro del mercado inmobiliario en los últimos años.

Las ofertas de ventas con una agencia inmobiliaria tradicional

Las agencias inmobiliarias son la opción que más popularidad tiene desde hace muchos años, porque tiene una cartera propia de inversores y una mejor gestión. Sin embargo, debido a todos los servicios especializados, se debe pagar más dinero, entre un 2,5% y un 6% del valor total de la propiedad.

Por lo tanto, una persona que quiera vende runa propiedad de 500.000 euros en Madrid debe pagar entre 10.000 y 30.000 euros para este servicio. Los servicios que incluyen son los de tasación de la propiedad, publicación y mejor posicionamiento de la venta, además de gestión y asesoría de documentos.

También hay casos donde la mayoría de este tipo de agencias solicitan al cliente tener la exclusividad de la publicación de la venta del inmueble. Sin embargo, dependiendo de la agencia y el tiempo de la publicación, se puede llegar a un acuerdo para usar otras consultoras y plataformas inmobiliarias.

Aun así, es importante conocer cuáles son las condiciones de las agencias para ello, ya que es común que elijan plataformas con quienes comparten operaciones. El acompañamiento de las agencias inmobiliarias es hasta el cierre de la venta en notaría.

Te invitamos a que dejes tus comentarios y visites nuestro blog OI REAL ESTATE. Igualmente dejamos la siguiente nota sobre el comportamiento del mercado inmobiliario en Madrid:

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En España, el cálculo del valor catastral de un inmueble en cada municipio incluye como referencia una serie de criterios. Estos son, principalmente, el valor del suelo y el valor de construcción en cada uno de los casos. Con la aprobación de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal, el Catastro comenzaría a tener en cuenta otros elementos para fijar sus valores de referencia.

En este sentido, ¿Cuáles son las modificaciones que se introducen con la nueva normativa? ¿De qué se ocupa el Catastro y cómo determina el valor catastral de una vivienda? A continuación despejamos todas estas dudas.

La Cámara de Diputados del Congreso aprobó el 9 de julio de 2021 el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. El anteproyecto de la normativa había sido presentado por el Ministerio de Hacienda en octubre del 2020.

El principal objetivo de la nueva reglamentación es disminuir los niveles de elusión fiscal a través de la modificación de algunas normas tributarias y otro tipo de regulaciones. El proyecto de ley ingresó el 17 de junio al Senado para luego ser aprobado a mitad del año pasado.

¿Cómo afecta la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal al sector inmobiliario?

Las nuevas normas que se establecen con la nueva ley contra la evasión fiscal en España comenzaron a regir a partir de 1 de enero del año 2022. Con influencia en la norma europea aprobada en 2016, el Gobierno español aprobó esta reglamentación como una manera de combatir y prevenir el fraude al fisco; y reformar todas las herramientas de control en el sistema tributario.  

La ley trae con ella diversas consecuencias en el cálculo de varios impuestos y un nuevo valor de referencia catastral para el sector inmobiliario.

En primer lugar, la normativa implicó una modificación en la base imponible de varios impuestos. Entre los que gravan en el ámbito inmobiliario se encuentran el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto a los Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD) y el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Como medidas más relevantes, cabe destacar que la ley eliminaría beneficios en relación al IRPF en casos de pactos sucesorios y alquileres.

Además, afecta al sistema tributario para no residentes, Haciendas locales, a la Ley General Tributaria y otras normativas como la Ley del Catastro o Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

¿Por qué estos tributos sufrirían un incremento?

En la nueva ley, el Catastro Inmobiliario fija sus valores de referencia inmobiliaria utilizando datos individualizados sobre antigüedad, conservación o precio de compraventa de los inmuebles. Esto es lo que determinará los límites de los montos a pagar por el ISyD, el ITP y el IP. Lo que no ha sufrido modificaciones es la forma de calcular el valor catastral de cada inmueble.

A continuación, detallaremos todos los datos sobre el papel papel que cumple el Catastro en la nueva normativa, qué información se puede consultar en él y cómo calcula el valor catastral de los bienes inmuebles.

También profundizaremos en las modificaciones que conlleva la aplicación de la nueva normativa contra la evasión fiscal .

¿De qué se ocupa el Catastro?

El Catastro es un registro de bienes inmuebles que depende de la Dirección General del Catastro, el cual forma parte del Ministerio de Hacienda. En él deben inscribirse todas las viviendas, locales comerciales, garajes y parcelas de campo que se encuentren dentro del territorio español (excepto en Navarra y el País Vasco, que tienen sus propios registros). Cabe aclarar que esta inscripción es gratuita y obligatoria.

¿Qué información se puede consultar en el Catastro?

El Catastro es un organismo que posee información sobre todos los bienes inmuebles en España. Parte de estos datos son de carácter público, es decir, que cualquier ciudadano puede acceder a ellos. Otros son restringidos, o sea que sólo pueden acceder a ellos el propietario de cada vivienda o un tercero que este autorice.

Información de carácter público

La información sobre bienes inmuebles que se encuentran dentro de España y puede ser consultada por cualquier ciudadano en el sitio web del Catastro se clasifica en tres secciones:

Datos descriptivos de cada inmueble 

  • Referencia catastral. 
  • Dirección donde se encuentra.
  • Clase de inmueble (urbano o rústico).
  • Uso principal que se le brinda (residencial, de almacenamiento o estacionamiento, comercial, cultural, agrario, etc).
  • Superficie construida sobre la parcela.
  • Año de construcción.

Parcela catastral 

En esta sección se muestran, precisamente, los datos de la parcela a la cual pertenece el inmueble. Es decir: 

  • Superficie total. 
  • Porcentaje que representa la construcción respecto del total de la superficie de la parcela. 

Existen casos en los cuales más de un inmueble se encuentra construido dentro de la misma parcela. Puede ocurrir en un edificio de viviendas o uno que combina viviendas, garajes, oficinas, locales comerciales, etc. Por esta razón, es aquí donde también se especifican:

  • Las parcelas que contienen varios inmuebles, es decir, con división horizontal.
  • Las parcelas construidas sin división horizontal.

En el primer caso, cada propiedad posee su propia referencia catastral. En el segundo, cuando se detallan las características de la construcción, se incluyen también los inmuebles que componen la parcela, qué uso se les da, su superficie y las reformas que se les han hecho.

Construcción o tipo de actividad 

La información en esta sección depende de la clase de inmueble que sea y el uso que se les esté dando. Estos podrían ser algunos ejemplos:

  • Vivienda: superficie y elementos comunes. 
  • Parcela agraria: superficie, tipo de cultivo e intensidad de producción.
  • Local comercial: superficie y tipo de actividad comercial

Información restringida a cada propietario

Como mencionamos anteriormente, cualquier ciudadano puede ingresar al sitio web del Catastro y acceder a la información pública sobre cada bien inmueble. ¿Qué ocurre con la información restringida? En estos casos, cada propietario deberá identificarse mediante un certificado digital o la clave correspondiente. Luego, podrá acceder a la sección “Búsqueda de inmuebles por NIF/NIE”, en donde encontrará toda la información necesaria

  • Listado de bienes inmuebles de los cuales es titular.
  • Referencia catastral de cada uno. 
  • Localización geográfica de los inmuebles.
  • Porcentaje de propiedad que posee (lo cual incluye casos de usufructo y nuda propiedad).
  • Valor catastral de los inmuebles.
  • Año de la última actualización del valor catastral.

¿Qué es y cómo se calcula el valor catastral de un inmueble?

Centrémonos en nuestro tema principal: el valor catastral de un inmueble.

Se trata de un valor administrativo que el Catastro asigna a cada inmueble que se encuentra dentro de sus registros. La formula para calcularlo tiene en cuenta una serie de criterios de valoración que dependen del municipio en donde esta propiedad está ubicada.

En este sentido, la relevancia de este valor radica en el papel tributario que el valor catastral cumple, ya que, en función de él se establece el valor a pagar de tributos municipales como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y la Plusvalía Municipal.

Con la aprobación de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal, el monto a pagar por dichos impuestos también tendrá en cuenta algunos criterios del Catastro Inmobiliario. Por lo tanto, la inclusión die las nuevas variables de cálculo provocarán un incremento en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD) y el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Sin embargo, es importante aclarar que no sería la forma de calcular el valor de referencia catastral lo que sea ha modificado, sino los valores de referencia inmobiliaria.

Elementos que se tienen en cuenta al momento de calcular el valor catastral de un inmueble

Para calcular el valor catastral de un inmueble el Catastro tiene en cuenta, principalmente, el valor del suelo y el valor de la construcción. También considera los siguientes elementos:

  • La localización del inmueble.
  • Su costo de construcción.
  • Su valor de mercado.
  • El valor de su suelo.
  • Su calidad y su antigüedad.
  • Sus características histórico-artísticas.
  • Sus gastos de producción.

¿Cómo puede consultarse el valor catastral de un inmueble?

Existen dos maneras para los propietarios de averiguar cuál es el valor catastral de su inmueble:

En primer lugar, a través del recibo del IBI, en donde se encuentra reflejado explícitamente. En caso de no poseer el recibo a mano, también puede calcularse dividiendo la cantidad abonada de IBI por el porcentaje de este tributo que el ayuntamiento correspondiente aplica en la zona. Esta última información puede ser consultada en el Registro de la Propiedad.

Otra manera es recurrir a la referencia catastral, un código compuesto por veinte dígitos que el Catastro adjudica a cada inmueble al momento de su registro. Esta información también puede encontrarse en el recibo del IBI o en el sitio web del Catastro, ingresando la dirección del inmueble. A partir de esta referencia puede conocerse el valor catastral en el mismo sitio.

Modificaciones del valor catastral de un inmueble a partir de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal

Con la aprobación de la normativa, el Catastro incluirá en el calculo de valor datos individualizados de cada inmueble en relación a su antigüedad, su conservación, su calidad constructiva o su precio de compraventa. De manera tal que se logre definir un nuevo valor de referencia inmobiliaria a partir de valoraciones individualizadas de cada propiedad, lo cual también significará un incremento en el ISyD, el ITP y el IP.

De esta manera, la base imponible de estos tributos pasará de ser el “valor real” de un inmueble a ser su “valor de mercado”, el cual se asimila al valor de referencia que el Catastro tiene en cuenta. Es de suma importancia tener en claro que este valor de referencia es diferente del valor catastral, el cual no ha sido modificado por la ley.

La nueva normativa, entonces, acarrearía un incremento del valor de referencia, ya que hasta ahora, la base imponible de los impuestos mencionados era igual al valor real de un inmueble, el cual, por su parte, era equivalente a su precio de compraventa o a un valor objetivo asignado por cada Comunidad Autónoma.

Hasta aquí hemos detallado todo lo relacionado al valor catastral de un inmueble y las modificaciones introducidas por el Ley Antifraude en su cálculo. Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la venta o compra de tu inmueble de manera exitosa.

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Para poder vender una vivienda es importante saber cuál es la mejor temporada del año posible, además si los factores económicos crean el escenario perfecto. La inflación es uno de esos factores, ya que es capaz de colocar precios bases para una casa o piso y subir o bajar límites.

Durante los últimos meses, España ha tenido grandes cambios económicos que han modificado el mercado inmobiliario y los precios de las propiedades de todo tipo. Esto ha hecho que este momento del año sea el mejor para comenzar a hacer las ventas de viviendas que queríamos gestionar para tiempo después.

¿Cómo la inflación afecta el mercado inmobiliario?

El índice de la inflación alcanzó el 8,7% en el último mes de mayo, lo que hizo que subieran los precios de todas las viviendas. Por otro lado, se espera una subida de los tipos de interés para julio, por lo que las hipotecas y préstamos bancarios aumentarán sus costos.

Otro factor que ha afectado la venta de viviendas es la guerra de Ucrania, que aumentó la demanda, pero disminuyó, a su vez, la oferta. Todos estos hechos que se están desarrollando dentro del mercado inmobiliario han ocasionado que estos meses sean el mejor momento para decidir vender una vivienda.

El valor de la vivienda aumentó un 6,8% interanual en el pasado mes de marzo, un fenómeno que se viene presentando desde el año pasado. Debido a esto, el Banco de España advirtió sobre una posible burbuja inmobiliaria a futuro por desequilibrios inmobiliarios de otros países de la Unión Europea.

Sin embargo, se estima que, para los próximos meses, la subida de los precios de las viviendas se estabilice y encuentre un equilibrio al vender. Con respecto a tipos de intereses, el Banco Central de España advirtió que en julio alcanzarán los 25 puntos básicos, lo que ayudará al proceso.

Un informe económico reflejó que en marzo la subida del precio de la vivienda fue de 0,3%, menor a los índices de los meses anteriores. En febrero alcanzó el 0,4% y en enero un 0,7% lo que evidencia que con el transcurso del tiempo suben menos los precios de viviendas.

Por otra parte, ahora el euríbor se encuentra en números positivos luego de pasar años en negativo por la crisis económica que trajo la pandemia. De hecho, se espera que durante los días del mes de junio pueda duplicar el incremento que logró conseguir en todo el mes de mayo.

Impacto de los cambios económicos en el mercado inmobiliario

Una razón importante por la que el euríbor se ha logrado fortalecer es que el Banco Central de España ha subido los tipos de interés. Las medidas que han tomado las instituciones bancarias de los países del euro se han hecho para hacer frente a la inflación de la región.

Se estima que la alta demanda de vivienda, diferente a la oferta, vaya disminuyendo por los factores que hemos mencionado y que disminuyen los ahorros. Pero para los mercados inmobiliarios que tienen muy alta rentabilidad, el fenómeno es diferente, ya que la demanda sigue subiendo como en los últimos años.

Como hay una incertidumbre que se repite desde la pandemia, la mayoría de los inversores están retirando dinero de la bolsa para invertir en propiedades. Es para tener algo con un valor que servirá a futuro o podrán dejar a familiares, además de tener un refugio en casos de crisis.

Por ello es que hay muchos casos donde ha disminuido el tiempo de compra y venta, especialmente para las viviendas que son de segunda mano. Es más común que se venda rápido una vivienda que esté dentro de los requerimientos y solicitudes básicas del mercado, que una que las supere.

Aunque es importante recordar que el factor tiempo depende mucho de la ubicación de la vivienda y sus características, como el número de ambientes internos. Un consejo es siempre conocer cómo se comporta el mercado inmobiliario en la zona donde esté ubicada la vivienda y por cuánto se puede valorar.

Con toda la situación económica explicada, ahora falta saber si de verdad es mejor vender ya o esperar a un mejor tiempo para los precios. Debido a que muchas instituciones financieras toman medidas para estabilizar los mercados, es posible que los costos de la vivienda se mantengan en límites alcanzables.

El mejor momento para vender una vivienda

A pesar de que las expectativas apuntan a que la inflación baje o llegue a un nivel estable, la actualidad refleja cosas diferentes para vender. El euríbor apenas está entrando en una buena zona, además de que la demanda es demasiado alta, por lo que lo mejor es vender ahora.

Y la venta se debe hacer más rápido si lo que se quiere es vender para comprar una casa nueva o en caso de herencia. Los divorcios también entran en esta prioridad, ya que son casos de copropiedad y lo mejor es salir de la vivienda lo más rápido posible.

Sin embargo, no es algo que pueda aplicarse para todo el mundo, ya que las necesidades personales pueden obligar a vender el inmueble más tarde. Aún así, para casos generales, lo mejor es aprovechar los altos precios y las grandes demandas que se están presentando desde hace muchos meses atrás.

Por ejemplo, en caso de que se trate de una venta que sirva para invertir en un negocio, lo mejor es esperar para evaluar riesgos. Esto debido a que las características de alza dentro de la economía del país pueden afectar también a los nuevos empresarios y pequeños negocios nacientes.

En cada caso siempre es importante recibir la asesoría de expertos en el mercado inmobiliario, para saber qué opciones se pueden tener a la mano. Con este tipo de ayuda, se tiene una visión profesional de la venta, además de contar con estimaciones objetivas sobre cualquier riesgo que se tenga.

Puedes dejar tus comentarios y visitar nuestro blog principal OI REAL ESTATE para más información. De igual forma, te invitamos a leer la siguiente nota sobre el mercado inmobiliario:

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A la hora de vender una propiedad es necesario reunir una serie de documentos que luego deberán ser presentados a lo largo de todo el proceso de compraventa. Para obtener algunos de ellos será indispensable que el inmueble cumpla con ciertos requisitos y condiciones. ¿Qué ocurre con la cédula de habitabilidad? ¿Con qué condiciones de habitabilidad, salubridad y seguridad debe cumplir la vivienda para obtenerla? ¿Es obligatorio obtener este documento? En este artículo te lo contamos.

Para que una vivienda pueda ser considerada como habitable por las autoridades de cada comunidad autónoma, deberá cumplir con una serie de condiciones y requisitos en cuanto a sus dependencias, sus dimensiones y sus instalaciones.

¿De qué se tratan estas exigencias? ¿Qué es la cédula de habitabilidad y en qué regiones es obligatorio tramitarla? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuáles son las condiciones mínimas de habitabilidad, salubridad y seguridad con las que debe cumplir una vivienda en España?

En primer lugar, es importante aclarar que las condiciones mínimas de habitabilidad y salubridad con las cuales una vivienda debe cumplir para obtener la cédula correspondiente y poder ser vendida, varían según cada Comunidad Autónoma, que son quienes las regulan.

Estas normas o decretos municipales que las Comunidades emiten, si bien varían en sus valores de referencia, no afectan en ninguno de los casos a las garantías mínimas de habitabilidad que se exigen en el Código Técnico de la Edificación. 

Pero ¿de qué se tratan estas condiciones de habitabilidad? Son características técnicas y de calidad que cada vivienda debe tener para ser considerada habitable. Ahora veamos cuáles son estos requisitos mínimos a rasgos generales:

Condiciones mínimas de habitabilidad

Dependencias que debe poseer

Para ser habitable, se exige que una propiedad esté formada por varias habitaciones o dependencias. En caso de que se trate de una vivienda reducida o de un único dormitorio, lo mínimo con lo que debe cumplir en materia de habitaciones es lo siguiente:

  • Una cocina, un salón y un comedor: en este caso, salón y comedor pueden integrarse, formando un salón-comedor. También existe la posibilidad de fusionar los tres espacios mencionados, formando un salón-comedor-cocina. A esta última opción se la conoce con el nombre de cocina americana.

  • Un dormitorio principal o único: esta habitación debe contar con espacio suficiente para incluir una cama matrimonial, una cómoda y un armario.

  • Un baño completo: este debe estar compuesto por un inodoro, un lavabo y una ducha o bañera.

Superficies o dimensiones mínimas que debe tener

En el caso de las superficies, las distintas dependencias que componen la vivienda deben poseer unas dimensiones mínimas, según de qué habitación o espacio se trate. Estos son:

  • Recibidor: su anchura debe ser superior a la del pasillo, que es el encargado de distribuir el acceso a las diferentes habitaciones de la vivienda.

  • Salón: su superficie y forma debe posibilitar la inclusión de un sofá y un mueble para televisor.

  • Comedor: sus dimensiones deben posibilitar la inclusión de una mesa para comer.

  • Cocina: este espacio debe poder incluir todos los elementos necesarios para la preparación y conservación de comidas y limpieza, que son los siguientes:

  1. Fregadero.
  2. Encimera.
  3. Horno.
  4. Extractor de humo.
  5. Toma para colocar una lavadora.

Cabe volver a aclarar aquí que existe la posibilidad de integrar salón y comedor, como también de fusionar salón, comedor y cocina. En estos casos, debe ampliarse la superficie de dichos espacios.

  • Dormitorios:

  1. Principal: como mencionamos previamente, en esta dependencia deben poder incluirse una cama matrimonial, un armario y una cómoda.
  2. Dormitorio simple: en caso de que no haya dormitorio principal o que haya más de uno, para un dormitorio simple se exige que cuente con una superficie mínima de 6 metros cuadrados.
  3. Dormitorios dobles: en caso de que haya una habitación en donde se puedan ubicar dos cama, las dimensiones mínimas requeridas son de 8 metros cuadrados.

  • Baño principal: como mencionamos, este espacio debe contar con elementos mínimos como un inodoro, un lavabo y una ducha o bañera.

  • Aseo o segundo baño: este espacio es obligatorio únicamente cuando la vivienda dispone de tres o más dormitorios.

Condiciones mínimas de salubridad e higiene

Ahora veamos cuáles son las condiciones mínimas con las que una vivienda debe cumplir en materia de salubridad e higiene. Estas tienen que ver, principalmente, con una correcta circulación de aire y una apropiada entrada de luz solar:

  • Iluminación: las características de la vivienda deben garantizar una correcta entrada de iluminación natural durante las horas del día en que la luz solar alcanza a la propiedad. Este requisito es obligatorio para todos los espacios de los que hablamos, menos para los pasillos, los recibidores y los baños. Cabe aclarar que la superficie mínima de iluminación en cada habitación debe ser de alrededor de un 10%.

  • Ventilación: en este caso, las características de la vivienda deben permitir que exista una apropiada ventilación natural y circulación de aire con el exterior. Existen dos tipos de ventilación que las disposiciones diferencian:

  1. Ventilación a través de ventanas: la superficie de estas aberturas debe ser, como mínimo, de un 10% en relación con las dimensiones de la habitación en donde se encuentran. Cabe aclarar que pueden ser las mismas aberturas a través de las cuales ingresa la luz natural. En este caso, los baños pueden contar con ventilación por sumideros o ventanillas. Por otro lado, no se exige que los pasillos y recibidores cuenten con ventanas.
  2. Ventilación continuada: aparte de las ventanas, la vivienda debe disponer de un sistema de ventilación continua, de manera que, aunque todas las aberturas se encuentren completamente cerradas, exista una corriente de aire que renueve constantemente el aire.

Condiciones mínimas de seguridad

Las condiciones mínimas de seguridad hacen referencia a diferentes tipos de instalaciones que permiten el uso de servicios, las cuales deben estar correctamente dispuestas para permitir un uso seguro:

Instalaciones

La vivienda, como mencionamos, debe disponer de las instalaciones correspondientes para el uso de energía eléctrica, agua fría y caliente sanitaria, desagües y telecomunicaciones. Estas instalaciones deben ser realizadas según las normativas que corresponden:

  • Eléctrica: debe contar con elementos adecuados como un protector general de la instalación, un limitador, un cuadro eléctrico, cajas de registro y diferenciales de protección. Debe dividirse en circuitos que permitan el alumbrado y la distribución de enchufes en toda la vivienda.

  • Fontanería: debe poder ofrecer agua sanitaria fría y caliente para toda la vivienda, también llaves de corte en todas las zonas con grifos y una llave de corte general.

  • Desagües: debe contar con sifones en todos los desagües para evitar la entrada de olores a la vivienda.

  • Telecomunicaciones: el cableado y las tomas de televisión y teléfono deben poseer, como mínimo, dos tomas cada una.

Materiales de suelos, paredes y techos

En este caso, los materiales que componen a la vivienda deben ser de fácil limpieza y desinfección, como también ignífugos y anti resbalantes. La pintura utilizada también debe ser adecuada.

¿En qué consiste la cédula de habitabilidad de una vivienda?

Ahora que ya conoces cuáles son las condiciones mínimas de habitabilidad con las cuales debe cumplir una vivienda, ¿cómo puede acreditarse que la propiedad se atiene a estos requisitos al momento de venderla? El documento que lo certifica es la cédula de habitabilidad.

Esta cédula de habitabilidad es expedida por la Oficina de la Vivienda o por cada ayuntamiento, teniendo en cuenta que los requisitos de habitabilidad varían según cada Comunidad Autónoma. Sin embargo, es necesario contactar primero a un técnico especializado o a un profesional, como un arquitecto, para que analice la vivienda y envíe un informe a los organismos mencionados.

También es importante tener en cuenta que los requisitos de los que hablamos en este artículo son de carácter general, por lo tanto será necesario que averigües cuáles son específicamente en la Comunidad que te corresponde.

En este artículo te contamos más acerca de este documento.

¿Es obligatorio tramitarla para vender una vivienda?

Como mencionamos, las condiciones de habitabilidad con las que debe cumplir una vivienda para iniciar su venta, dependen de cada Comunidad Autónoma. Esto también determina si es necesario obtener una cédula de habitabilidad o no.

Por el momento, para vender un inmueble, la tramitación de la cédula de habitabilidad es de carácter obligatorio únicamente en las Comunidades de Asturias, Baleares, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, La Rioja, Murcia y Navarra.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a OI REAL ESTATE. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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En las últimas décadas, se ha visto que los españoles, conservan sus inmuebles por más tiempo, en lugar de venderlos, este comportamiento comenzó en el 2009 y con los años ha ido aumentando el tiempo de posesión de manera ininterrumpida.

Periodo promedio en el que los españoles conservan sus inmuebles

Según los Registradores de la Propiedad, el periodo aproximado de posesión de las viviendas en España se situó a cierre de 2021 en 16,44 años.

Esta cifra presenta un aumento del 5% comparándola con los resultados del año de la pandemia, además, también supera en más de dos veces el promedio registrado tras el estallido de la burbuja inmobiliaria.

La cifra del cierre del 2021, ha batido récord de la serie histórica. Desde que tocó suelo en 2009, con 7,29 años de media, el plazo ha ido creciendo de forma ininterrumpida.

En el 2021, las regiones con mayores promedios de posesión fueron:

  • País Vasco (23,5 años)
  • Extremadura (19,3 años)
  • Cataluña (19 años)
  • Aragón (17,7 años)

Tiempo de posesión medio de los inmuebles vendidos

Existen varios elementos que influyen en ese comportamiento de los españoles, entre ellas es que, en los últimos años, el mercado inmobiliario ha entrado en una fase de estabilización, lo que limita el número de transacciones exprés.

Otro factor influyente es la diferencia de las actividades económicas en las distintas regiones, ya que no todas las ciudades poseen el mismo movimiento económico e inmobiliario que Madrid, Barcelona o Málaga, lo que puede alargar el proceso de venta de una vivienda.

Ernesto Ferrer-Bonsoms, director de real estate de Intrum España y director de negocio de Solvia, indica que la tendencia de aumento en el tiempo en el que los españoles conservan sus inmuebles, “demuestra que los propietarios perciben una mayor seguridad, que el mercado se ha estabilizado y que se ha producido un crecimiento sano”.

También añadió que los compradores tienen una visión a largo plazo, “porque predomina el comprador de reposición, y, por otro, porque la inversión está más enfocada a la obtención de rentabilidad a través de la adquisición de inmuebles para alquilar”.

Tabla de tiempo de posesión promedio de las viviendas vendidas en 2021

Transacciones realizadas en el 2021

Según datos obtenidos de las transacciones realizadas en el 2021, un 68,48% fueron sobre viviendas que se habían mantenido en propiedad más de 10 años, mientras que las de posesión de entre cinco y 10 años han tocado mínimos históricos en el 11,86%. Por otro lado, un 7,93% del total fueron inmuebles cuyo tiempo en cartera no pasaba de 2 años.

Otro elemento que puede influir en este nuevo comportamiento es que los compradores que estudiamos, adquirieron sus viviendas a principios de este ciclo, lo cual era un período de precios altos, con subidas continuadas y luego aproximadamente en el 2008, el país se vio en crisis y los precios cayeron.

En la actualidad, los precios de los inmuebles están volviendo a subir, pero en muchos casos no se han recuperado los niveles del boom.

De hecho, se puede observar que el precio medio del m2 de las viviendas en venta en más de la mitad de las capitales de provincia en España se encuentra al menos un 20% por debajo respecto a sus máximos históricos.

Sin embargo, hay localidades, en donde se observa un mayor movimiento del mercado, esto se debe a que, debido a la pandemia, los pobladores buscan otro tipo de vivienda, más cómodas y con espacios disponibles para teletrabajar.

Escasa producción de obras nuevas

En el país, existe una escasa producción de nuevas viviendas, lo que limita a los compradores al momento de cambiar de casa y favorece esta tendencia de que los españoles conservan sus inmuebles por más tiempo.

A pesar de que la obra nueva ha ido mejorando en términos de volumen, todavía se considera que la producción es muy baja.

En los años de la burbuja se vendían más de 300.000 viviendas nuevas, mientras que ahora estamos en una media de unas 70.000 unidades por ejercicio. Esto significa que no hay suficiente oferta y que hay menor rotación de viviendas, lo que también puede influir en este indicador”, indica Emiliano Bermúdez, subdirector general de donpiso.

En las transacciones de los últimos años, solo el 20% pertenece a obras nuevas, lo que quiere decir que el 80% de las operaciones realizadas fueron de viviendas de segunda mano.

Por otro lado, las instituciones bancarias, también han endurecido los requisitos para conceder préstamos destinados a la compra de viviendas, lo que le dificulta al español cambiar de propiedad a diferencia de las décadas anteriores.

¿Qué esperar para el futuro?

Desde Donpiso han llegado a la conclusión que tiene que pasar tiempo para que quede patente el inicio del nuevo ciclo.

Por otro lado, Luis Corral, CEO de Foro Consultores Inmobiliario, sostiene que es muy probable que los datos obtenidos sirvan como base para reflejar pronto los cambios, sobre todo la necesidad de muchas familias de buscar una nueva vivienda, más espaciosa y con jardines o terrazas, luego de haber experimentado el confinamiento.

De igual manera, se debe observar el impacto que puede ocasionar en el mercado las nuevas medidas, como la Ley de Vivienda, que incluye límites a las rentas en las zonas tensionadas y que todavía está en trámite parlamentario.

Esto podría disminuir la tendencia de la compra de propiedades con el fin de destinarlas al arrendamiento a largo plazo. Este tipo de operaciones son elementos influyentes periodo medio en el que los españoles conservan sus inmuebles.

De hecho, los inversores creen que el nuevo el límite establecido por el Gobierno hasta el 30 de junio a la actualización de las rentas para desligarlas del IPC, podría afectar su inversión. Incluso un 12% de los posibles inversores ha decidido abandonar el proceso ante el cambio de circunstancias.

Lo que da como resultado que la oferta de viviendas en alquiler se reduzca grandemente. Esto podría representar un cambio del tiempo en el que los españoles conservan sus inmuebles.

¿Te ha sido de utilidad este artículo? Cuéntanos en la sección de comentarios. ¡Nos encanta leerte!

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El 30 de junio es la fecha de finalización que el Ministerio de Hacienda ha fijado para la Campaña de la Renta 2021-2022. Antes de que ese día llegue, todos los contribuyentes deben haber presentado su declaración en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Si bien el plazo para realizar el trámite es de casi tres meses, están quienes dejan las cosas para último momento o se olvidan del tema. ¿Qué pasará con quienes entreguen su declaración de la Renta 2021-2022 fuera de término? ¿Qué sanciones se les pueden llegar a aplicar? En este artículo te lo contamos.

CONTENIDO ACTUALIZADO

La Campaña de la Renta 2021-2022, en donde se declaran las ganancias patrimoniales generadas durante el año pasado, comenzó el 6 de abril. El plazo para presentar el borrador y realizar cualquier gestión relacionada con el mismo, se extenderá hasta el próximo 30 de junio, día en que finaliza la Campaña.

Sin embargo, a pesar de que el plazo estipulado habrá sido de casi tres meses, es probable que algunos contribuyentes, que dejaron el trámite para último momento, no puedan llegar a declarar a tiempo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). ¿Qué ocurre en casos como estos? ¿Es posible entregar la declaración fuera de término? ¿Cuáles son las consecuencias que se deben afrontar? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

Información importante sobre la Campaña de la Renta 2021-2022

La Campaña de la Renta 2021-2022 ha comenzado a principios de abril y culminará el último día de junio. El borrador completo y chequeado de la declaración puede presentarse ante el Ministerio de Hacienda:

  • A través de internet desde el 6 de abril.
  • Por teléfono a partir del 25 de mayo (debe solicitarse una cita previa a partir del 3 de mayo).
  • De manera presencial a partir del 1° de junio.

La fecha límite para realizar la presentación es el 30 de junio de 2022. En este artículo puedes encontrar más información con respecto a las fechas y las diferentes formas de declaración.

¿Habrá posibilidad de presentar la declaración de la Renta 2021-2022 fuera de término?

En primer lugar, es importante aclarar que sí, la declaración puede ser presentada luego del 30 de junio, día en que finaliza la campaña. Sin embargo, a quienes realicen el trámite fuera de término, es muy probable que Hacienda les aplique alguna sanción. ¿Cuál será el factor determinante para aplicar multas? El tiempo. Mientras más se demoren los contribuyentes en presentar su declaración luego del 30 de junio, más graves serán las sanciones.

Pero el castigo por presentar fuera de plazo la declaración de la renta no depende únicamente de este factor. También se tiene en cuenta si es el mismo contribuyente quien asume la responsabilidad de cumplir, aunque sea de manera tardía, o si es la Agencia Tributaria quien nota la falta y demanda al sujeto cumplir con sus obligaciones fiscales. Por otro lado, también es determinante si el resultado de la declaración es positivo o negativo. A continuación te mostramos cuáles son las sanciones que pueden llegar a aplicarse en cada caso.

¿Qué pasa si el resultado de la declaración es “a pagar” y el contribuyente se da cuenta de su falta?

En caso de que Hacienda determine que lo tributado por el contribuyente no ha sido suficiente en relación a la ganancia patrimonial que ha obtenido, el resultado de su declaración será positivo. Es decir, que tendrá obligación de pagar algún monto por el IRPF.

Como mencionamos, si esta persona no pudo realizar el trámite antes de la finalización de la campaña y es él mismo quien se da cuenta de su falta, se le aplicará un recargo sobre las cantidades de dinero que ingresen en las arcas públicas. El valor de esta multa dependerá de la cantidad de tiempo que haya pasado desde el día límite para presentar la declaración de la renta. Los recargos aplicados son los siguientes:

  • Tres meses después de la fecha límite: el recargo es del 5%.
  • Seis meses después de la fecha límite: el recargo es del 10%.
  • Doce meses después de la fecha límite: el recargo es del 15%.
  • Más de doce meses después de la fecha límite: el recargo es del 20% y también se suman los intereses de demora.

¿Qué pasa si el resultado de la declaración es “a pagar” y es Hacienda quien reclama la falta?

En caso de que el contribuyente no haya notado su falta o decida omitir la declaración de la renta y sea Hacienda quien tenga que reclamarle el pago, las sanciones son más duras. 

Cuando la infracción es considerada como leve, el recargo que se aplica es del 50% sobre la cantidad que el sujeto hubiese abonado originalmente. Esto ocurre cuando la base de la sanción es inferior a 3.000 euros y no hay ocultación por su parte. En cambio, si la infracción es grave o muy grave, el recargo puede llegar a ser del 150%. Estas sanciones se aplican cuando hay ocultación o el contribuyente ha utilizado medios fraudulentos. Estas disposiciones se encuentran especificadas en el artículo 191 de la Ley General Tributaria.

¿Qué pasa si el resultado de la declaración es “a devolver”?

Cuando Hacienda determina que un contribuyente ha tributado en el IRPF más de lo que le correspondía según sus ganancias patrimoniales, el resultado de su declaración de la renta será negativo. Es decir que parte del dinero abonado le será devuelto.

En caso de que esta declaración no haya sido presentada a tiempo, Hacienda pagará al contribuyente la cantidad que corresponda, pero de todas formas, aplicará una multa. El monto de esta sanción se encuentra en un promedio de 200 euros, aunque puede ser bastante inferior si la declaración se hace poco después de finalizada la campaña y sin poner trabas al fisco. Es decir que, por no presentar su declaración de la renta a tiempo, un contribuyente que podría haber sido beneficiado con la devolución de parte del dinero que ha tributado por el IRPF, deberá, en cambio, ingresar más dinero en las arcas públicas.

¿Hasta cuando puede Hacienda revisar y realizar reclamos a los contribuyentes por la Renta 2021-2022?

Hacienda dispone de un plazo de cuatro años para revisar las declaraciones de los contribuyentes y realizar reclamos por ellas, en caso de que sea necesario. Este período comienza a contarse desde el día en que finaliza la campaña. Es decir que, en este caso, comenzará a contarse desde el próximo 30 de junio y se extenderá hasta el 30 de junio de 2026. 

También es importante mencionar que los trámites para presentar la declaración de la renta fuera de plazo son exactamente los mismos que si se presentara a tiempo. Sin embargo, hay que tener en cuenta que, después de varios meses, la información en la web de la Agencia Tributaria podría ser modificada.

Como habrás visto, presentar la declaración de la Renta 2021-2022 fuera de término puede traerte varios dolores de cabeza. Aún quedan algunos días para realizar el trámite así que será mejor que prepares tu borrador cuanto antes. ¿Te ha sido útil esta información? ¡Cuéntanos en los comentarios!

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No es lo mismo ostentar la titularidad sobre un bien inmueble que tener derecho a utilizarlo. Cuando el propietario no es el mismo que goza, usa y disfruta de este bien, hablamos de dos figuras diferentes: la nuda propiedad y el usufructo. Al momento de pensar en impuestos o, específicamente, de preparar la declaración de la renta, son muchas las dudas que surgen. En este caso, nos centraremos en la figura que concierne al uso y goce de los bienes inmuebles: ¿cómo se declara el usufructo en el IRPF? ¿Existen exenciones? En este artículo te lo contamos.

CONTENIDO ACTUALIZADO

El próximo 30 de junio vence el plazo para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021 ante el Ministerio de Hacienda. Muchas dudas suelen surgir año tras año a la hora de preparar el borrador. En este caso, es importante mencionar que será necesario ratificar un domicilio fiscal. ¿Qué opciones tienen los contribuyentes para elegir según lo que más se ajuste a su situación? Son cuatro: pueden registrarse como propietarios, arrendatarios, usufructuarios u otros. 

Sin embargo, aunque estas categorías parecen ser bastante inteligibles, no siempre queda claro qué y cómo debe tributar cada usuario, según la figura que lo identifique. En este caso, nos centraremos en los usufructuarios. ¿De qué se trata la figura del usufructo? ¿Cómo tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)? ¿Existen exenciones? ¿Qué ocurre con otros impuestos? A continuación respondemos todas estas preguntas.

Información importante sobre la Campaña de la Renta 2021-2022

La Campaña de la Renta 2021-2022 ha comenzado a principios de abril y culminará el último día de junio. El borrador completo y chequeado de la declaración puede presentarse ante el Ministerio de Hacienda:

  • A través de internet desde el 6 de abril.
  • Por teléfono a partir del 25 de mayo (debe solicitarse una cita previa a partir del 3 de mayo).
  • De manera presencial a partir del 1° de junio.

La fecha límite para realizar la presentación es el 30 de junio de 2022. En este artículo puedes encontrar más información con respecto a las fechas y las diferentes formas de declaración.

¿En qué consiste la figura de usufructo?

Como mencionamos al principio, no es lo mismo ostentar la propiedad sobre un bien inmueble que contar con el derecho a utilizarlo. A quienes no son propietarios de una vivienda pero tienen derecho sobre su uso, goce y disfrute, se los denomina como usufructuarios. Por su parte, a quienes sí son propietarios pero no tienen derecho a utilizar el bien inmueble, se los llama nudos propietarios.

Si nos remitimos al Código Civil español, en los artículos 467 y 522 se especifica que “el usufructo es un derecho que concede la facultad de uso, el disfrute y el aprovechamiento de bienes ajenos sin que se altere su forma ni su sustancia.” ¿Qué significa esto? Que la persona en cuestión puede gozar del inmueble durante un determinado período de tiempo o de por vida, ya sea para hacer uso de él de manera particular o para obtener un rédito económico. Lo único que el usufructuario no puede hacer es vender o donar el bien, ya que no es propietario. El único que puede tomar ese tipo de decisiones es, precisamente, el nudo propietario.

Casos más comunes de usufructo

Pero ¿cómo podemos graficar las figuras de usufructuario y nudo propietario en la vida real? Estos dos suelen ser los casos más comunes:

  • Una persona fallece y sus hijos se convierten en propietarios de su inmueble. Sin embargo, el cónyuge del fallecido continúa residiendo allí de manera temporal o vitalicia. En este caso, los herederos se convierten en nudos propietarios y el cónyuge, en usufructuario.
  • Una persona, seguramente mayor, vende su propiedad para obtener liquidez. Sin embargo, sigue residiendo en ella de manera vitalicia. En este caso, el comprador, que seguramente adquirió la vivienda como inversión, se convierte en el nudo propietario. La persona mayor, por su parte, se convierte en usufructuaria.

Ahora bien, ¿qué pasa cuando pensamos en tributos? ¿qué ocurre en relación al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas? ¿Deben los usufructuarios de bienes inmuebles tributar por él? ¿En qué casos existen exenciones? A continuación te lo contamos.

Si te interesa conocer, en cambio, cómo tributa la nuda propiedad en diferentes impuestos, en este artículo te lo explicamos en detalle.

¿Cómo tributa el usufructo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)?

A la hora de pensar en qué impuestos corresponde abonar por una vivienda en donde hay una parte que ostenta la propiedad y otra que posee el derecho a utilizarla, es importante saber que, en principio, las obligaciones recaen sobre el usufructuario. Sin embargo, en el caso del IRPF, la situación cambia considerablemente dependiendo de a qué se esté destinando el inmueble. 

Al momento de redactar el borrador para la declaración de la renta no dará lo mismo si el usufructuario destina el inmueble para alquiler o si lo convierte en su vivienda habitual.

¿Qué ocurre con el IRPF cuando el usufructuario obtiene una renta por el bien inmueble?

En caso de que el usufructuario no resida en la vivienda, es decir, que esta se encuentre vacía o alquilada, será su obligación declarar en el IRPF. ¿Por qué esta obligación recae sobre él y no sobre el nudo propietario? Porque, a pesar de que este último posee la titularidad sobre el inmueble, no es quien está obteniendo un beneficio económico por ella. 

Es importante mencionar, también, que si el bien inmueble en cuestión proviene de una herencia, durante el período en que esta aún no se haya repartido, será obligación de todos los herederos declarar la renta obtenida por este bien en partes iguales.

¿Qué ocurre con el IRPF cuando el usufructuario reside habitualmente en la vivienda?

Ahora, ¿qué ocurre cuando el usufructuario no tiene este derecho sobre el inmueble porque quiere obtener una renta a partir de él? ¿Qué pasa cuando su único objetivo es convertirlo en su lugar de residencia habitual? En estos casos, la persona no tendrá obligación de tributar en el IRPF.

¿Cómo tributa el usufructo en otros impuestos, además del IRPF?

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

Este tributo es el encargado de gravar los bienes obtenidos a título gratuito luego de producirse una herencia o donación. En este caso, el valor de la nuda propiedad y el valor del usufructo aún no se conocen, como sí ocurre luego, al momento de tributar en el IRPF. Por esta razón, la normativa correspondiente al Impuesto de Sucesiones y Donaciones diferencia entre dos tipos de usufructos. Ambos serán valorados de manera diferente:

Usufructo vitalicio

Esta clase de usufructo es la más habitual: ocurre cuando el usufructuario tiene derecho a ocupar la vivienda de por vida, es decir, que este derecho finaliza cuando se produce su fallecimiento. El usufructo, en estos casos, no podrá ser menor al 10% del valor de la vivienda, sin embargo, pasará a ser del 70% cuando el usufructuario tenga menos de 20 años.

Usufructo temporal

En otros casos, menos recurrentes, el usufructuario tiene permitido hacer uso de la vivienda por un tiempo determinado. Aquí, se fija un valor del 70% como punto de partida y luego se va reduciendo un 2% por cada año de usufructo.

Impuesto sobre el Patrimonio (IP) 

En el caso de este tributo, sí será necesario que, tanto el nudo propietario como el usufructuario, declaren el bien. El valor del usufructo se calculará de manera diferente a cómo se determina en el IRPF, también dependiendo de si es de carácter temporal o vitalicio:

Usufructo vitalicio

Cuando la persona tenga derecho a hacer uso de la vivienda hasta que se produzca su fallecimiento, el importe a pagar por el Impuesto sobre el Patrimonio se determinará según la edad de este usufructuario. Como mencionamos, el nudo propietario también deberá declarar, según cuál sea el valor que ostenta.

Usufructo temporal

Cuando el usufructo tenga una fecha límite para su finalización, el importe a declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio será del 2% sobre el valor del bien por cada año hasta que se extinga el contrato. 

Si quieres conocer más información respecto a cómo tributa el usufructo en el IRPF, el ISyD y el IP, la Agencia Tributaria ofrece un cuadro explicativo sobre los impuestos que le corresponden a esta figura que podría resultarte útil.

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La venta de una vivienda es una operación sujeta a gravamen. Es por eso que el propietario debe afrontar el pago de una serie de impuestos, algunos al momento de firmar la escritura y otros luego de concretada la operación. Uno de estos tributos a pagar es el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas, sobre el cual suelen surgir muchas dudas. Una de ellas es ¿cómo debe realizarse el cálculo del IRPF en 2022 por haber vendido una propiedad en 2021? En este artículo te ayudamos a hacerlo sin que se convierta en un dolor de cabeza.

El Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es uno de los gravámenes que el propietario de una vivienda debe abonar al concretar la venta del mismo. ¿Cuándo debe hacerlo? En el transcurso del año siguiente a la operación, más específicamente, durante el período que Hacienda determina para realizar la declaración de la renta, en donde se debe reflejar toda la ganancia patrimonial generada en el ejercicio anterior.

Es importante aclarar que el IRPF es un impuesto de carácter estatal que sólo debe ser abonado en caso de haber obtenido un beneficio económico a través de esta venta inmobiliaria. Es decir, si la propiedad ha sido vendida a un precio mayor que el que se pagó originalmente y ha significado una ganancia patrimonial. Por lo tanto, si la operación ha representado una pérdida económica, será necesario presentar la declaración de la renta pero no se deberá afrontar el gravamen.

Ahora, lo cierto es que al momento de calcular cuál será el monto a pagar por el IRPF en la siguiente declaración de la renta, suelen surgir dudas. Toma tu calculadora y lee con atención, en este artículo te contamos cómo realizar este cálculo del IRPF en este 2022.

¿Cómo se debe realizar el cálculo del IRPF 2022 al vender una propiedad?

En primer lugar, hay que mencionar que para realizar el cálculo de IRPF a pagar luego de vender una propiedad se tienen en cuenta otros factores. Se trata de conceptos adicionales al precio de venta del inmueble. Dentro de estos se incluyen, por ejemplo, los gastos generados por la misma operación.

De manera resumida, podemos decir que el cálculo del IRPF se realiza restando el valor de adquisición de la vivienda al valor de transmisión de la misma. Luego, al resultado de esta cuenta se le debe aplicar el porcentaje correspondiente a los diferentes tramos del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas. Estos son los items que se deben tener en cuenta para calcular el valor de transmisión y el valor de adquisición y que, al restarlos, dará como resultado la ganancia patrimonial obtenida:

Valor de transmisión

  • (+) Importe real de la venta
  • (-) Gastos y tributos

Valor de adquisición

  • (+) Importe real de la compra
  • (+) Inversiones y mejoras
  • (+) Gastos y tributos
  • (-) Amortizaciones

Una vez que se han calculado ambos valores y al valor de transmisión de la vivienda se le ha restado el valor de adquisición, se podrá proceder a aplicar el porcentaje correspondiente que figura en las tablas del IRPF, según el valor de la ganancia patrimonial que se haya obtenido. Los tramos del IRPF en esta Renta 2021-2022 son los siguientes:

Tramos del IRPF

Ganancias Tipo impositivo
Hasta 6000 € 19%
Entre 6000 y 50.000€ 21%
Entre 50.000 y 200.000€ 23%
 Superiores a 200.000€ 26%

El resultado de esta cuenta será el valor del IRPF a pagar. De todas formas, a continuación te mostramos en profundidad qué elementos se deben tener en cuenta al calcular los valores que interceden en la cuenta y ejemplos para graficar mejor la operación:

¿Qué hay que tener en cuenta al calcular el valor de transmisión en el cálculo del IRPF 2022?

Como mostramos anteriormente, para realizar este paso, al valor de venta de la vivienda se le deben restar todos los gastos y tributos que se tuvieron que asumir en el proceso de venta. Estos pueden ser:

  • Los honorarios de la inmobiliaria
  • La plusvalía municipal
  • Los gastos por la cancelación de la hipoteca en el Registro Público de la Propiedad

Ejemplo de cálculo del valor de transmisión

  • Precio de venta de la vivienda: 150.000 euros

  • Otros gastos de la venta:

Honorarios de la inmobiliaria: 9.000 euros

Plusvalía municipal: 1.700 euros

Gastos por la cancelación registral de la hipoteca: 750 euros

Valor de transmisión: 150.000 euros – 9.000 euros – 1.700 euros – 750 euros = 138.550 euros

¿Qué hay que tener en cuenta al calcular el valor de adquisición en el cálculo del IRPF 2022?

En este caso, al valor de compra original de la vivienda, se le pueden llegar a sumar:

  • Los gastos inherentes a la adquisición: dentro de ellos pueden entrar los que se debieron asumir para constituir un crédito hipotecario, los gastos de notaría, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Es importante mencionar que las comisiones o los intereses abonados por el préstamo hipotecario no se incluyen. 

  • Los costos por reformas o reparaciones considerables realizadas a la vivienda: se trata de aquellos arreglos pensados para la ampliación o mejora sustancial del inmueble. Dentro de ellos pueden estar el aumento de la superficie de la vivienda o el reemplazo de sectores importantes de la misma, como lo son la cocina y el baño. Estos conceptos significan un aumento en el valor del inmueble, lo que puede incidir en el resultado final del cálculo del IRPF y significar una rebaja en la factura.

A la suma de los valores anteriores, entonces, se le debe restar:

  • El importe de amortizaciones que se hayan deducido fiscalmente: dentro de ellas pueden estar las de los gastos que se hayan deducido del IRPF si la vivienda ha sido alquilada. Es decir, los gastos por reparaciones, el IBI, los gastos de la comunidad, etc.

Ejemplo de cálculo del valor de adquisición

  • Precio de compra de la vivienda: 100.000 euros

  • Otros gastos de compra:

Notaría: 450 euros

Registro de la Propiedad: 250 euros

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): 4.300 euros

  • Costos de reformas: 9.000 euros

Valor de adquisición: 100.000 euros + 450 euros + 250 euros + 4.300 euros + 9.000 euros = 114.000 euros

¿Qué hay que tener en cuenta al calcular la diferencia y aplicar el tipo impositivo en el cálculo del IRPF?

El paso siguiente, como hemos visto antes, es calcular la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición. Si el resultado es positivo, será necesario abonar el IRPF, ya que hubo una ganancia patrimonial. En cambio, si es negativo, significa que la venta no representó una ganancia y no será necesario tributar por este gravamen al realizar la declaración de la renta. 

Cuando el resultado obtenido es positivo, es necesario aplicar el porcentaje de IRPF establecido por Hacienda a cada tramo de la ganancia, para saber finalmente cuál será el valor a pagar de este impuesto por la venta de la vivienda.

Ejemplo de cálculo final de la ganancia patrimonial y del IRPF

Ganancia patrimonial: 138.550 (valor de transmisión) – 114.000 euros (valor de adquisición) = 24.550 euros.

En este caso, al encontrarse la ganancia entre 6.000 y 50.000 euros, se debería pagar un 21% de IRPF por la venta de la vivienda.

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