Etiqueta

garantías

Explorar

Cada vez es más común que los compradores elijan utilizar la forma de compra sobre plano a la hora de adquirir una vivienda. Es que lo cierto es que si bien es una modalidad que posee ventajas, a su vez, puede conllevar ciertos riesgos.

Cuando hablamos de aspectos positivos de la compra sobre plano, debemos mencionar, por ejemplo, que la vivienda se encuentra actualizada a los requerimientos del mercado, también nos permite personalizar algunos aspectos de los acabados, que cuente con zonas comunes y además que son edificaciones eficientes, al realizar la comparación con viviendas más antiguas.

Si ahora hablamos de los problemas que podemos tener, podemos nombrar a los posibles retrasos en la construcción y contratiempos que generen que el promotor decida hacer cambios respecto al proyecto inicial.

Pero ante este tipo de dificultades, la pregunta que surge es si es posible que uno pueda realizar reclamos sobre ello, o si algunos detalles de la vivienda no coincidan con el proyecto original. En este post te contaremos todo lo que necesitas saber sobre la compra sobre el plano y las posibilidades que tienes de reclamar en caso de diferencias. ¿Nos acompañas?

Qué es la compra sobre el plano de una vivienda

Antes de empezar a analizar la posibilidad de reclamar en caso de discrepancias en lo acordado, es importante que podamos aclarar que es la compra sobre el plano de una vivienda. Este tipo de modalidad es cada vez más buscada por los compradores. Es que mediante esta metodología es posible tener una vivienda a estrenar a pagar con ciertas facilidades. Se estima que eligiendo esta forma, es posible ahorrar entre un 10 y un 15 por ciento del coste de la vivienda. Esto se debe a que el precio se fijará al realizar la compra, evitando la revalorización al momento en que se terminará su construcción. Generalmente este plazo es aproximadamente de dos años.

Otro punto importante, tener que ver con la facilidad de pago. Es que en este caso, no deberá abonarse la totalidad de la vivienda y los gastos en el momento de la compra. De esta manera, será posible solicitar una hipoteca inferior, y ahorrar durante esos plazos el dinero necesario para afrontar la compra.

Pero, lo que harás al realizar la compra sobre el plano, es poder adquirir una vivienda que todavía no se ha comenzado a construir. De esta forma, será posible que personalices algunos aspectos de ella, como sus acabados, por citar un ejemplo.

Sin embargo, que sucede si el promotor decide hacer cambios en la construcción que no han sido consultados y a la hora de llegar a tu nueva casa, ¿no se han realizado las cosas como habían acordado?

¿Es posible realizar un reclamo si la compra sobre el plano que solicité tiene modificaciones?

Lo primero que debemos aclarar sobre este tema es que según el Código Civil en su articulo 1124, el comprador tiene derecho a realizar una presentación por el incumplimiento de contrato.

Ahí se aclara que la persona que ha sido perjudicada por este hecho, puede escoger entre dos opciones. Exigir que el contrato se cumpla de la manera correcta, con lo que la empresa deberá resolver las modificaciones establecidas. La segunda posibilidad es el resarcimiento por daños y abonote intereses en ambos casos. Cabe aclarar que en el caso de que se haya solicitado el cumplimiento, y no fuera posible, podrá luego solicitar la resolución.

Debemos tener presente que hay una diferencia entre el contrato de reserva y el de arras. Si bien el primero no tiene una regulación específica, se entiende que es un acuerdo para la adquisición de un inmueble, y es vinculante.

La realidad es que sucede muchas veces que los contratos de compra sobre el plano, cuenta con una cláusula de obtención a precio cierto. Esta modalidad significa que el comprador obtiene la propiedad a un valor fijo, sin tener en cuenta las características finales, e incluso aceptando que puedan haber discrepancias entre lo que le han ofertado y lo que recibe.

Por esta razón, será importante que tengas en cuenta que estas cláusulas suelen ser frecuentes en las transacciones de lotes de vivienda entre bancos, inversores inmobiliarios y fondos de inversión. Pese a ello, la utilización de este tipo de modalidades entre promotores y compradores particulares, podía considerarse abusivo. Esto se debe a que puede llegar a entregarse una vivienda completamente distinto al acordado.

Algunas consideraciones y recomendaciones antes de realizar la compra

A continuación, queremos brindar algunas recomendaciones y consejos que pueden ayudarte a evitar conflictos a la hora de realizar la compra sobre el plano.

Consejos para los compradores:

  • La primera recomendación tiene que ver con que será importante conservar la totalidad de la información publicitaria y la documentación que hayas recibido sobre la vivienda en cuestión.
  • En segundo término, debes revisar el contrato en su totalidad y con tranquilidad en busca de cláusulas respecto a la modificación que se hayan podido agregar.
  • Debes también consultar al promotor respecto a las garantías ante la posibilidad de que se efectúen cambios en el proyecto.
  • Realizar la comparación respecto a las características pautadas en un inicio con las recibidas.
  • Efectuar una reclamación formal debido a las discrepancias para intentar resolver la situación sin penalización.

Consejos para los promotores

  • Si eres promotor de las viviendas de compra sobre plano, sería importante que aclares dentro de la publicidad que será posible realizar cambios menores debido a exigencias técnicas.
  • También sería necesario incorporar una cláusula dentro del contrato de modificación.
  • Deberás informar cuáles son los requisitos urbanísticos por los cuáles podrían efectuarse modificaciones
  • Presentar una justificación para todas las modificaciones que se hayan efectuado en la vivienda
  • Posibilitar la resolución del contrato y luego reembolsar la reserva en el caso de que el comprador no acepte los cambios se han realizado.

¿Es posible hacer cambios en el proyecto para esta modalidad de compra?

Para poder realizar cambios en el proyecto original que ha sido adquirida mediante la compra sobre el plano, el promotor se encuentra obligado a informar al cliente antes de efectuarla. Ten presente que cualquier modificación significativa, como pueden ser cambios de materiales, o diseño, deberá ser tanto comunicada como acordada con el propietario. Sería importante que esto sea realizado por escrito para evitar problemas en el futuro.

Si necesitas saber si puedes realizar un reclamo, será necesario revisar la publicidad y el contrato que ha sido firmado. Es que son ellos los que te darán la información jurídica y establecerán tus posibilidades.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2024 3

agente inmobiliario Alquilar Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir IRPF Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

¿A qué mecanismos jurídicos pueden recurrir los propietarios para asegurarse de que el contrato de arrendamiento se cumpla en tiempo y forma? ¿Cuáles son las garantías que pueden exigir al inquilino antes de alquilar su piso? A continuación te lo contamos.

A la hora de alquilar su bien inmueble los propietarios pueden recurrir a ciertos mecanismos jurídicos con el fin de protegerse. Principalmente, de no percibir las cuotas correspondientes mes a mes. ¿De qué se tratan las diferentes garantías que los arrendadores pueden exigir para alquilar su piso y cubrirse de montos impagos?

En este artículo te contamos cuáles son, para que como propietario puedas tomar las precauciones correspondientes. También para que, como inquilino, puedas estar preparado para cumplir con estas exigencias. ¡Sigue leyendo!

¿Cuáles son los diferentes tipos de garantías que pueden exigir los propietarios para alquilar su piso?

Todos los acuerdos de alquiler que se celebran dentro de territorio español están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Esta normativa, específicamente en su artículo 36.5, prevé una serie de mecanismos jurídicos que permiten al propietario resguardarse de futuros incumplimientos del inquilino. 

¿De qué se tratan? Estas garantías que el arrendador puede exigir para alquilar su piso tienen como principal objetivo verificar el nivel de solvencia del arrendatario. A continuación, te contamos en detalle de qué se trata cada una de ellas:

Nóminas o declaraciones de la renta más recientes como garantía para alquilar un piso

El propietario tiene derecho a solicitar al futuro inquilino sus nóminas o declaraciones de la renta más recientes. ¿Con qué objetivo? Para poder comprobar que se trata de una persona que recibe ingresos de manera periódica. También, que estos son suficientes para abonar las cuotas de alquiler mes a mes.

En este sentido, también existen otros mecanismos para verificar la solvencia del arrendatario. Por ejemplo, la comprobación de los datos de la persona en diferentes registros morosos.

Seguro de impago de alquiler

Este recurso tiene como objetivo asegurar al propietario frente a futuras cuotas impagas de alquiler. También, a posibles roturas y/o destrozos que pudieran llegar a ocasionarse en la vivienda. Sin embargo, cabe aclarar que la exigencia de esta garantía implica para el propietario la pérdida de una mensualidad entera de la renta.

¿Qué garantías existen para alquilar un piso?

Aval bancario

El inquilino tiene como obligación depositar una fianza equivalente a una mensualidad de alquiler. Debe hacerlo en la Agencia de la Vivienda correspondiente o en un organismo análogo que haya en la Comunidad donde se está llevando a cabo el acuerdo. 

Pero además de esta aportación obligatoria, el propietario también tiene derecho a exigir al arrendador el pago de un aval bancario. En estos casos, se recomienda que sea a primer requerimiento y sin beneficio de excusión.

Depósito

A diferencia de la fianza obligatoria que mencionamos, esta garantía no consta de una mensualidad de renta. Su monto es libremente pactado entre arrendador y arrendatario. Vale aclarar al respecto que no debe sobrepasar el valor equivalente a dos cuotas de alquiler. Dicha exigencia debe ser especificada en una cláusula del contrato de arrendamiento junto con la cantidad exacta que se acordó entre ambas partes.

También cabe mencionar que el depósito no debe entregarse a un organismo de la Comunidad Autónoma, como ocurre con la fianza obligatoria. En este caso debe ser entregado personalmente al propietario. La garantía deberá ser devuelta al inquilino al finalizar el contrato de alquiler, siempre y cuando no le hayan quedado deudas pendientes, no se haya producido un incumplimiento del contrato, ni haya habido roturas y destrozos en la vivienda.

Fiador solidario

Esta garantía implica que una tercera persona, ajena al acuerdo de arrendamiento, pueda convertirse en responsable solidario si se produce un incumplimiento del contrato. De esta manera, el propietario tiene más posibilidades de resguardarse ante un eventual monto impago. 

¿Cómo debe estar configurado el contrato de arrendamiento para brindar garantías al propietario al alquilar su piso?

El contrato de alquiler es aquí una pieza fundamental. En él deben incluirse todas las cláusulas penales en caso de que el inquilino no cumpla con sus exigencias. Estos punitorios pueden ser intereses de demora o cargas por gastos extrajudiciales, en caso de que adeude cuotas de alquiler. Por otro lado, puede incluirse en este documento un anexo con fotografías de la vivienda para que conste el estado de la vivienda al momento de iniciar el acuerdo. También un inventario del mobiliario incluido, para cubrirse ante futuras roturas y destrozos.

Es necesario también incluir en el contrato a todas las partes involucradas y sus obligaciones para poder establecer un régimen de responsabilidad solidaria. Es más que conveniente, en este sentido, redactar el documento con mucho cuidado. En lo posible, también acudir a un profesional para que lo revise y garantice que se ajusta a las necesidades de ambas partes.

En el caso de los propietarios, es probable que deseen rechazar a aquellos inquilinos que no estén dispuestos a presentar las garantías opcionales que mencionamos. Esto debido a que la negación podría demostrar poca solvencia por parte de la persona o falta de seguridad para suscribir el contrato. Por otro lado, para los inquilinos, puede ser difícil acogerse a la presentación de todas estas garantías. Se trata, simplemente, de llegar a un acuerdo que sea conveniente para ambos. También de redactar un contrato de arrendamiento que pueda brindarle suficiente seguridad jurídica a cada uno.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo, nos interesaría conocer si tienes alguna inquietud al respecto o cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” que se encuentra debajo de la publicación.

¿Estás pensando en alquilar tu propiedad? ¿Buscas una vivienda para arrendar? En Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

¿No sabes qué tipo de garantía puede exigirse en un contrato de alquiler? ¿Es obligatorio establecer garantías además de la fianza? ¿Qué dice la ley? ¿Cuáles son los riesgos de no establecer garantías? Lee este post y despejarás tus dudas.

La demanda de pisos de alquiler no deja de crecer, mientras la oferta se vuelve cada vez más escasa y miles de caseros deciden salir del mercado inmobiliario, debido a los inquilinos morosos. Es por ello que los propietarios están extremando los recaudos al momento de dar su vivienda en arriendo. Y una de los mecanismos que la ley establece en este sentido es, justamente, la garantía en el contrato de alquiler. A continuación te explicamos de qué se trata.

Ley de Arrendamientos Urbanos

Lo primero que debes saber es que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior.

La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se extendió la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad. Esta es la ley que establece la base normativa respecto de la garantía en los contratos de alquiler.

Fianza

La LAU establece en su artículo 36 las condiciones de la fianza de alquiler que debe entregar el inquilino. La fianza actúa, justamente, como depósito en garantía para el propietario. Esto es así, porque el propietario podrá usar ese dinero para reparar los desperfectos y deudas que pudiera haber ocasionado el inquilino una vez terminado el contrato de alquiler.

La ley determina el monto de fianza en el equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.

Garantía adicional en la LAU

En el mismo artículo 36, la LAU establece que “las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico”. Ello se condice con lo indicado en el artículo 4 respecto de que “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes”. En definitiva, por acuerdo de arrendador y arrendatario, pueden incluirse garantías adicionales a la fianza. Claro está que cuando se incluyen este tipo de cláusulas, son impuestas por el propietario como requisito para dar la vivienda de su propiedad en alquiler.

Límite a las garantías adicionales

Si bien la LAU establece la posibilidad de exigir garantías adicionales, también pone un límite al monto. El mismo artículo de la ley indica que “el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de dos mensualidades de renta”. Ello rige para el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta cinco años de duración, o de hasta siete años si el arrendador fuese persona jurídica, 

Tipos de garantías adicionales

Aquí te listamos brevemente los tipos de garantías adicionales que suelen incluirse en los contratos de arrendamiento. Siempre hablamos de garantías adicionales a la fianza.

Depósito en garantía

A diferencia de la fianza obligatoria, este depósito se entrega al propietario, quien deberá guardarlo en custodia para reintegrarlo una vez que finalice el contrato. En caso de haber roturas, desperfectos o deudas en la vivienda, el propietario lo usará, junto con la fianza, para saldar esos costes.

Este depósito debe constar por escrito en el contrato. Por lo general se entrega o se transfiere el dinero en el acto de firma y es el mismo contrato el que sirve como recibo de entrega de ese dinero para el inquilino. El monto, de acuerdo a lo establecido en la LAU, no puede superar dos mensualidades de renta.

Fiador solidario o garante

El fiador solidario es un tercero ajeno al contrato de alquiler, por lo general una persona de confianza o familiar del inquilino. Esa persona (ese tercero) se obliga como responsable solidario a saldar cualquier deuda que pueda generar el inquilino. De esta forma el propietario tiene otra vía de reclamo ante una deuda. El fiador solidario, también llamado garante, debe firmar también el contrato de arrendamiento

Aval bancario como garantía

Muchos propietarios optan por exigir adicionalmente al inquilino un aval de un banco. Preferentemente este aval se contrata con condición de acción a primer requerimiento y sin beneficio de excusión.

Seguro de impago de alquiler

El seguro de impago de alquiler es una herramienta que dejará tranquilo al propietario ante los impagos por parte del inquilino así como por posibles destrozos que puedan causarse en la vivienda. Hay que tener en cuenta que todos estos mecanismos de reaseguro brindan mayor seguridad y tranquilidad al propietario, pero elevan los costes iniciales de arriendo al inquilino. Por lo tanto, si quieres conseguir inquilino para tu propiedad, te costará más a medida que exijas más seguros.  

Cláusulas penales en el contrato de alquiler

Otra manera de asegurar el cumplimiento de pagos y costes por parte del inquilino, es incluir cláusulas penales en caso de impago de alquiler. Esto es moneda corriente en los contratos de alquiler.  Se incluyen cláusulas que establecen intereses por mora o carga de gastos extrajudiciales.

Garantía en el contrato de alquiler. ¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

Si necesitas asesoramiento las garantías en tu contrato de alquiler, contáctate con Oi Real Estate. Te ofrecemos un servicio premium en gestión de alquileres.

Si estás buscando piso, te ayudamos a encontrarlo rápidamente. Si eres propietario y quieres poner tu piso o casa en alquiler, hacemos el inventario, nos encargamos integralmente de la publicación, seleccionamos a los candidatos con base en un estudio de solvencia, estudiamos la documentación y redactamos el contrato conforme la ley actualizada.

Además contamos con firma digital en todo tipo de documentos, nos encargamos de la entrega de llaves y de los cobros y pagos de alquiler. Incluimos un seguro de impago y pintamos de manera gratuita el piso luego de que se marche un inquilino. 

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

A la hora de firmar un contrato por el alquiler de una vivienda el propietario tiene derecho a exigir garantías extra, además de la fianza, para cubrirse ante un eventual impago de la renta. El inquilino, por su parte, debe encargarse de aportarlas si el inmueble es de su interés. Una de estas garantías es el aval bancario, que puede exigirse en otras circunstancias, aunque la más usual sea el alquiler. ¿De qué se trata? ¿Qué pasos debe seguir el inquilino para obtenerlo? ¿Cómo actúa cuando se produce un incumplimiento en el pago de la renta? En este artículo te lo contamos.

El aval bancario, es una de las garantías más utilizadas en el alquiler de vivienda, puede ser muy útil para un propietario a fines de asegurarse que percibirá el pago de la renta correspondiente hasta que finalice el contrato. Por otro lado, puede ser de ayuda para el mismo inquilino en caso de que a lo largo del arrendamiento le surja algún imprevisto que le impida cumplir con dicha obligación. Sin embargo, el acceso a esta garantía se establece de acuerdo a una serie de condiciones a las cuales el arrendatario debe prestar mucha atención.

A continuación te contamos en qué consiste el aval bancario en un alquiler de bienes inmuebles y cómo obtenerlo. Luego, veremos de qué manera actúa en caso de que finalmente se produzca un incumplimiento en el pago de la renta. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿De qué se trata el aval bancario en el alquiler de una vivienda?

El aval bancario es un contrato de afianzamiento o compromiso a través del cual una entidad bancaria garantiza a un tercero que su cliente cumplirá con la obligación de un pago. En el caso del alquiler de bienes inmuebles este pago en cuestión es, la renta que el inquilino debe abonar mensualmente.

Teniendo en cuenta lo anterior, son tres los actores que intervienen en el proceso de apertura de un aval bancario. En primer lugar, el banco que ejerce de avalista, luego, el inquilino avalado por esta entidad y, por último, el arrendador, que será el beneficiario de esta garantía en caso de que se produzca un incumplimiento por parte del arrendatario.

¿Qué tipos existen?

Existen dos tipos de aval y un preaval que los bancos ofrecen como garantía en los alquileres de vivienda:

Aval financiero

Se trata de un aval bancario a través del cual la entidad se compromete a cumplir con el pago de un determinado monto de dinero que el avalado no hizo. Es aquel que describimos anteriormente y del cual seguiremos hablando a lo largo de este artículo, ya que es el más común.

Aval técnico

En este caso, el banco responde ante otro tipo de incumplimientos, que no hacen referencia a un pago. Por lo general este tipo de compromisos están ligados a obligaciones ante la Administración Pública u otras entidades, concursos o licitaciones.

Preaval

Por último, existe para los inquilinos la opción de solicitar un preaval. Este consiste en que el banco se comprometa a pagar el aval definitivo en favor del beneficiario únicamente cuando se cumplan una serie de condiciones ya establecidas.

¿Cómo obtenerlo?

Para tramitar un aval bancario el inquilino debe acudir a la entidad financiera de la cual ya es cliente. Antes de otorgárselo, el banco se ocupará de estudiar su capacidad para cumplir con su obligación principal, que en este caso es la del pago del alquiler. Por otro lado, tendrá en cuenta las garantías que ya le concedió y su disponibilidad financiera en caso de que deba reintegrar el dinero del aval por un incumplimiento en el pago de la renta. El nivel de vinculación que el cliente tenga con el banco también es importante y de carácter decisivo en esta instancia. Si es baja, es decir, si se trata de la primera operación que realiza con esta entidad, es muy probable que no le brinde grandes garantías accesorias.

También es necesario en este momento que el inquilino formalice una Póliza de Cobertura de Garantía Bancaria ante un notario. En caso de que desee solicitar más de un aval, deberá ser una Póliza de Cobertura para Límite de Garantías Bancarias. Estas pólizas se encargan de regular las relaciones entre el banco y el cliente en relación con el pago de comisiones, intereses y gastos estipulados. También con el reembolso de cantidades que el banco haya pagado en caso de que se ejecute el aval.

¿Qué información básica debe figurar en él?

En el contrato de aval debe estar incluida la siguiente información básica:

  • Importe total del aval.
  • Plazo de duración y renovación.
  • Condición de poder ser cobrado por el arrendador en el primer requerimiento, siempre y cuando acredite el incumplimiento del pago por parte del arrendatario.

Es importante mencionar que el inquilino siempre debe asegurarse de que la existencia del aval bancario figure en el contrato de alquiler de la vivienda. También es importante que guarde el documento original del aval para poder cancelarlo cuando llegue el momento.

¿Cómo actúa el aval bancario en caso de que el inquilino deje de pagar la renta?

En caso de que el inquilino no cumpla con su obligación de abonar la renta mensualmente será el banco quien realizará el pago correspondiente al arrendador. No obstante, luego le solicitará al cliente que le reintegre la cantidad de dinero entregada. 

Para evitar riesgos y contar con garantías suficientes, la entidad podrá cubrirse mediante la pignoración de dinero. ¿De qué se trata? Consiste en solicitar al inquilino que deje la cantidad acordada en una cuenta, de cuyos fondos no puede disponer hasta el vencimiento del aval. Usualmente, en el caso de un alquiler de vivienda, el cliente debe pignorar entre tres y seis mensualidades de renta.

También es importante mencionar que un aval bancario conlleva el pago de comisiones que se calculan sobre el total de su importe. Estas son cobradas por el banco en función del plazo, el tipo y el riesgo de la operación, sobre lo cual es importante informarse previamente.

¿Estás pensando en alquilar tu propiedad? ¿Buscas una vivienda para arrendar? En Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Seguramente has oído acerca del administrador de fincas. Pero… ¿sabes quién es y cuál es su trabajo? Si quieres saber más sobre este tema sigue leyendo el post.

¿Qué es un administrador de fincas?

El administrador de fincas es un profesional encargado de gestionar asuntos financieros, legales y técnicos para el mantenimiento de una propiedad horizontal. Prácticamente, todas las comunidades de propietarios tienen contratados administradores de fincas. Esto es para solventar cualquier problema de manera profesional y evitar incomodidades entre los vecinos.

Entre las funciones de un administrador de finca destacamos la gestión correcta de cualquier tipo de inmueble para su buena utilización, conservación y mantenimiento. Para realizar esta labor de forma idónea, el administrador deberá seguir las instrucciones del edificio en cuestión. También debe tener en cuenta que cada inmueble puede tener normas diferentes. Además, deberá mediar entre los propietarios e inquilinos, así como entre copropietarios de una comunidad de vecinos en caso de conflicto. Ellos tienen el trabajo de encontrar la solución al problema.

Esta figura es por tanto la representación formal y legal de una propiedad y de la comunidad de propietarios siempre que sea necesario.
Por otra parte, los administradores tienen el papel de gestionar el alquiler de las viviendas que componen las fincas que estos administran.

¿De qué se encarga el administrador de fincas?

Primero que nada debemos establecer que esta labor, se encuentra explicitada dentro de la Ley de Propiedad Horizontal, en el artículo 20 de la Ley 49/1960 del 21 de julio. Allí se estipula que debe:

  • Cuidar el buen régimen de la propiedad, las instalaciones y servicios y en caso de que detecte algún inconveniente en alguno de ellos avisar o apercibir a los propietarios que no tomen en cuenta dichos desperfectos
  • Debe preparar el listado de gastos que deben ser llevados a cabo durante el mes, con antelación y someter dicha información a la Junta para contar con los medios necesarios para llevarlos a delante.
  • Estar pendiente de cualquier trabajo de conservación y mantenimiento que sea necesaria en las viviendas, poniendo principal atención a aquellas que resulten mas urgentes e informando de ellas al Presidente de la Junta o a los propietarios involucrados.
  • Ejecutar los acuerdos referidos a obras, pagos y cobros que sean necesarios para mantenimiento y conservación de las unidades.
  • Deberá actuar como Secretario de la Junta y custodiar la documentación referida a la comunidad.
  • Otras atribuciones que la Junta le confiera.

  • Mediar (en caso de ser necesario debido a un conflicto entre propietarios e inquilinos y entre copropietarios de una comunidad).
  • Administrar comunidades de propietarios.
  • Administrar y gestionar el alquiler de los inmuebles de las fincas que administran.

Administradores de fincas: profesionales con garantías

Después de analizar las tareas que debe llevar a cabo un administrador de fincas podemos apreciar que la comunidad de propietarios debe confiar en un profesional. Este debe ser capaz de afrontar estas funciones con garantías. También debe ser una persona de total confianza, ya que sus actuaciones tienen importantes repercusiones legales, administrativas, económicas y de convivencia.

Por ello, la principal recomendación es que el administrador de fincas esté inscrito en el Colegio Profesional. Con esto nos aseguramos que el profesional elegido dispone de la cualificación adecuada para ejercer las funciones encomendadas. Además, debe estar al tanto de cualquier cambio legislativo o cualquiera que pueda afectar a su trabajo. También tiene que comprometerse a cumplir las normas deontológicas del Colegio al que pertenece.

Principales garantías que ofrece contar con un profesional colegiado:

  • Formación: los administradores de fincas deben acreditar su formación si quieren ser colegiados. Un colegio de administradores de fincas de Madrid ofrece formación continua a sus colegiados para garantizar la formación más actualizada.
  • Información periódica: los colegios de administradores informan continuamente a los colegiados de los cambios legislativos que han entrado en vigor recientemente. Ya que pueden afectar a su labor profesional. Por ejemplo, los precios de venta o alquiler del mercado inmobiliario, tanto privado como de protección oficial, las nuevas ayudas y subvenciones publicadas a nivel estatal o autonómico, etc.
  • Disciplina de los colegiados: todos los colegios tienen la tarea de defender a sus colegiados en cualquier situación de desprotección. También la de exigir el cumplimiento de sus funciones.
  • Garantía económica: el colegio de administradores de fincas garantiza la actuación de sus colegiados mediante dos clases de seguros. Por un lado, Fianza Colegial y por otro, Responsabilidad Civil.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte qué es la CIRBE: Central de Información de Riesgos del Banco de España. Entérate de qué tan importante es su papel al momento de solicitar una hipoteca. Continúa leyendo el artículo para saber más.

¿Qué es la CIRBE?

En primer lugar, debemos dejar en claro qué es la CIRBE. Nos referimos a la Central de Información de Riesgos del Banco de España, más conocida por sus siglas. Se trata de una base de datos en la que es posible encontrar cada uno de los préstamos, créditos, avales y garantías que las entidades financieras mantienen con sus clientes.

Qué es la CIRBE

¿Se puede saber cuál es mi CIRBE?

Cuando solicitas un préstamo hipotecario, la entidad bancaria se encargará de realizar una serie de comprobaciones antes de aceptar la operación. Esto significa que, es muy probable que el banco consulte en la Central de Información de Riesgos del Banco de España. De este modo, estará al tanto de cuál es tu situación de endeudamiento. Además, sabrá cuáles son los riesgos que implica prestarte el dinero que le has solicitado. Aquí te contaremos cuáles son los puntos clave para entender qué es y cuál es la función que cumple la CIRBE en la concesión de un préstamo para la compra de vivienda.

¿Quién aparece en la CIRBE?

Es normal que surja la siguiente pregunta, ¿Todos nos encontramos en ese registro? La respuesta es no. Para aparecer en la CIRBE el cliente tendrá que alcanzar un límite mínimo en créditos, préstamos personales, garantías o avales que hayan sido contratados con una entidad financiera. Hasta el año 2020, el límite era de 9000 euros, sin embargo, hoy en día ese límite mínimo es de 1000 euros.

¿Qué significa esto? Quiere decir que, si tienes un préstamo de 800 euros con una entidad financiera, no aparecerás en la CIRBE. No obstante, hay algo más a tener en cuenta. Podrías tener créditos, préstamos, avales y garantías con distintas entidades y, si cada una de ellos es menor a los 1000 euros, tampoco figurarías en este registro. En otras palabras, si tienes un préstamo de 2000 euros con una entidad bancaria, aparecerás en la CIRBE, sin embargo, si tienes 3 préstamos de 700 euros en entidades distintas, a pesar de que sumen 2100 euros, esta información no aparecerá.

¿Qué deudas figuran en la CIRBE?

La CIRBE alberga información detallada sobre cada una de estas operaciones: préstamos, créditos, avales y garantías. Además, las mantiene actualizadas de forma mensual a medida que se van llevando a cabo los pagos. A partir de que el Banco de España publica la Circular 1/2021, se modifican las cuantías que se consideran al momento de que las deudas figuren en esta base de datos.

  • Deudas de 1000 euros o más: de enero de 2021 en adelante

Luego de la actualización de la Circular 1/2021, cada uno de los préstamos, créditos, avales y garantías por valor que supere a los 1000 euros que se suscriban con una misma entidad tendrás que aparecer en la CIRBE. De esta manera, cada una de las deudas que cumplan con estos dos requisitos, es decir, valor mayor a 1000 euros y ser concedido a partir de enero de 2021, figurarán en la CIRBE.

  • Deudas de 9000 euros o más: previas a enero de 2021

Previo a la actualización de la Circular 1/2021, las deudas suscritas tendrán que llegar a la cantidad de 9000 euros y encontrarse suscritas con una misma entidad para figurar en la CIRBE. Entonces, si una deuda fue contraída con estas condiciones previo a enero de 2021, y aún se está amortizando, también aparece en el CIRBE, ya que la nueva circular únicamente afecta a las nuevas deudas que se incorporan a partir de la fecha de su publicación.

De esta forma, es posible que se dé la siguiente situación: haber pedido un préstamo por valor de más de 1000 euros (pero menor a los 9000 euros) con una misma entidad y que este no se pueda encontrar en la CIRBE. Sin embargo, esta situación solo podrá tener lugar en el caso de que dicho préstamo haya sido concedido antes de enero de 2021.

¿Cuál es la función de la CIRBE?

La función principal de la CIRBE es brindar información detallada sobre los riesgos que implican ciertas operaciones financieras. Puntualmente, debido a esta información, las entidades bancarias pueden establecer cuál es el nivel de riesgo que implica realizar un préstamo de dinero a un posible cliente. Esto se debe a que, gracias a la información de la CIRBE, consiguen estar al tanto del nivel de endeudamiento que el cliente en cuestión ya ha asumido. De esta manera, es posible saber qué tan seguro es concederle un préstamo o un crédito a ese cliente en particular.

¿Cómo se relaciona la CIRBE con los préstamos hipotecarios?

Por lo general, las entidades bancarias consultan la información de un cliente en la CIRBE cuando este va a pedir un préstamo hipotecario. De este modo, el banco accede a la información que requiere sobre el nivel de endeudamiento de este posible cliente, y así, podrá valorar si la operación es segura o no. O bien, en otras palabras, si le concede o no el préstamo hipotecario.

Con respecto a este punto, es fundamental tener en cuenta que, según afirman los expertos en el tema, lo más aconsejable es que la parte que destinamos a pagar la hipoteca no sea mayor al 35% de nuestros ingresos.

¿Cuál es la diferencia que existe entre la CIRBE y un registro de morosos?

Es necesario considerar que la CIRBE no se trata de un registro de morosos. La CIRBE es una base de datos en la que figurará cualquier persona que se encuentre vinculada a una operación de préstamos, créditos, avales y garantías. De este modo, tanto si los pagos se han llevado a cabo en tiempo y forma en el contrato como si no es así, la persona figurará en la CIRBE. Por este motivo, la CIRBE no es utilizada propiamente para saber si un posible cliente es un moroso o no. Sencillamente, se utiliza la CIRBE para saber el nivel de endeudamiento que la persona en cuestión ha asumido ya.

¿Cualquier persona tiene acceso a la información que brinda la CIRBE?

La información que se encuentra en la CIRBE es pública y al mismo tiempo, confidencial. Es pública para los bancos y otras entidades de financiación, que tienen acceso a ella para comprobar cuál es el riesgo de prestar dinero a una determinada persona. Sin embargo, es confidencial para otras personas (físicas o jurídicas). En otras palabras, únicamente los bancos y las entidades de financiación pueden acceder a la información personal que alberga la CIRBE. Eso sí, cualquier persona física tiene la posibilidad de acceder a su propia CIRBE si así lo desea.

¿Cómo puedo acceder a mi CIRBE?

Para tener acceso a tu CIRBE solo deberás pedir un informe a la propia entidad. Esta solicitud es totalmente gratuita, y se puede realizar de diferentes maneras. Puedes hacerlo de forma presencial en cualquier sucursal del Banco de España, por medio de solicitud por carta, o bien, de forma virtual (para esto será necesario disponer del DNI electrónico).

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre qué es la CIRBE. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Los requisitos para una hipoteca son las exigencias que los bancos piden a cambio de conceder el préstamo para comprar una vivienda

Para poder poder conseguir una hipoteca hay que tener paciencia y tiempo. Primeramente es necesario tener tiempo suficiente para poder analizar cada una de las ofertas del mercado. Este es un momento de mucha competencia por parte de los bancos, los cuales aportan nuevos beneficios en pos de aumentar su clientela. Es por esto que es preciso chequear cada una de las propuestas, ya que muchas veces un interés muy bajo puede tener como contraprestación adquirir costosos paquetes de productos.

¿Cuáles son los requisitos para una hipoteca más comunes?

Cada entidad financiera tendrá sus diferencias, pero en general los requisitos básicos que no podrán faltar a la hora de contratar una hipoteca son:

Contar con ahorros suficientes 

Este es el primer requisito que tenemos que tener en cuenta si queremos comprar una vivienda. Para acceder a un préstamo hipotecario, el banco requiere que contemos con un capital disponible del 30% del valor total de la vivienda que queremos comprar. Esto sucede porque en muy pocos casos el banco se hace cargo de toda la deuda. En general, las hipotecas cubren hasta el 80% del coste del inmueble.

Decimos un 30% porque el 20% estará destinado a completar el precio total, pero se necesitan entre un 10 y un 12%del valor de la vivienda para gastos extras. Estos se deducen de los impuestos, gastos de escritura, etc.

Para dar un ejemplo concreto, si el coste del piso es de 200.000 euros, deberemos tener en ahorro de 60.000 euros, el 30% del total.

Existen algunas hipotecas que cubren una mayor parte del valor de la vivienda, pero hay que analizar muy bien qué condiciones ponen.

Tener un trabajo estable 

La estabilidad económica es clave para cualquier concesión de una hipoteca. El banco nos pedirá nóminas y nuestra vida laboral a fin de conocer mejor nuestro flujo de ingresos. De esta forma le daremos confianza de que no nos quedaremos sin empleo. Contar con un sueldo suficiente para afrontar las cuotas de la hipoteca sin riesgo para nuestra economía es uno de los requisitos básicos para la hipoteca.

Un trabajo con pocos años de antigüedad no será un impedimento pero no será un punto a favor del postulante a la hipoteca. En cambio, un empleo en industrias confiables como lo es la tecnología por ejemplo asegura un sueldo suficiente y consistente.

Ingresos mínimos

Otra de las exigencias de los bancos antes de entregar una hipoteca es que el postulante cobre un buen sueldo. Si la nómina no fuera suficiente existe la posibilidad de solicitar la hipoteca con otro titular. De esta manera, se llegará al valor total de la cuota mensual que el banco requiere.

Es aconsejable no dedicar más del 35% de nuestros ingresos al pago de deudas financieras, según recomendaciones del Banco de España. Este porcentaje debe incluir la cuota de la hipoteca, ya que de otro modo se pondría en riesgo la economía del usuario. 

Calcular las mensualidades de las hipotecas puede ser un buen punto de análisis para poder llegar a ver cuál nos conviene más, según nuestros límites presupuestarios.

En caso de que la hipoteca sea para una segunda vivienda, los requisitos suelen ser mayores. El banco pedirá garantías extras, un ahorro mayor o ingresos más altos. Esto sucede porque es frecuente dejar de pagar la hipoteca de una vivienda de vacaciones cuando se tienen problemas financieros. De esta manera, el banco se cubre por posibles dificultades económicas del cliente.

Buen perfil crediticio

Las entidades financieras estudian el perfil del cliente a través de la información brindada por otros bancos. Así si el postulante cuenta con deudas impagas, está incluído en listas de morosos o lo estuvo en el algún momento, es bastante más difícil que se le conceda la hipoteca.

En el caso de no tener impagos pero muchos préstamos en la actualidad, las opciones no se cierran pero si se limitan bastante. El cliente deberá avalar las deudas con unos ingresos lo suficientemente altos como para ser solvente a la hora de pagar.

Garantías extras

Algunos bancos pueden pedir garantías o avales extras. Esto sucede generalmente cuando se considera que el perfil no cumple al 100% todos los requisitos. Es por esto que un aval sirve como cobertura para que el banco pueda conceder la hipoteca.

El garante o avalista se constituye en el responsable solidario de la deuda contraída al firmar el contrato. Esto supone ciertos riesgos, ya que en caso de la imposibilidad de pagar del cliente, deberá hacerse cargo de la deuda contraída. De esta manera asume las siguientes obligaciones:

  • Se hace cargo de la deuda con su patrimonio y sus bienes presentes y futuros. En caso de impago se podrán ejecutar para salvar la deuda, según consta en el contrato.
  • Si el titular de la hipoteca fallece, los herederos asumen la hipoteca y el garante sigue cumpliendo su rol de aval.
  • Si el avalista fallece, sus herederos quedarán con el compromiso que firmó el difunto y seguirán siendo garantes de la hipoteca.

Es por esto que considerar ser garante o pedir el aval de alguien es muy importante valorarlo bien. Si el titular no hace frente a su cuota y el avalista tampoco, el banco puede embargar los bienes de ambos.

Otro requisito para una hipoteca: presentar documentación pertinente

Para poder conseguir una hipoteca deberemos cumplimentar los documentos solicitados por el banco. La mayoría de las entidades piden:

  • DNI o NIE vigentes
  • Vida laboral que esté actualizada
  • Si es propietario, escrituras de todas las propiedades 
  • Si es arrendatario, contrato de alquiler y recibos de últimos pagos.
  • IRPF más reciente
  • Extracto bancario del último período
  • Recibos de otros ingresos
  • Últimos recibos pagados de los préstamos vigentes

Esta es la documentación básica que se pide en los bancos, aunque cada entidad tiene sus propios criterios. En el caso de que sea una hipoteca online, los documentos se pueden enviar por correo electrónico.

Te ha servido esta información? Tienes algún comentario para hacernos? Nos encantaría leerte, puedes escribirnos en la casilla debajo del post.

Y si tienes alguna duda sobre estos temas, no dudes en contactarnos. En Oi Real Estate tenemos las mejores respuestas inmobiliarias.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir IRPF Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

¿Quieres alquilar tu piso?, ¿tienes miedo de elegir al inquilino incorrecto?, ¿no sabes cómo garantizar el pago del alquiler? No te preocupes, en OI REAL ESTATE te contamos los secretos para que puedas alquilar tu vivienda sin contratiempos.

España es un país de propietarios, pues casi el 25% de su población vive del alquiler de sus viviendas. Actualmente, a diferencia de lo que ocurre con el precio de venta, los precios de los alquileres están subiendo. En julio su valor alcanzó los 11,3 euros por metro cuadrado, aunque en algunas ciudades como Madrid o Barcelona el importe es más alto.

Si has llegado hasta aquí es porque quieres alquilar tu piso y en OI REAL ESTATE sabemos que no es una tarea fácil. Por eso, si quieres evitar los contratiempos, ¡te aconsejamos seguir leyendo el artículo! Te contaremos qué aspectos deberás tener presentes para ahorrarte disgustos.

¿Cómo puedes alquilar tu piso de forma segura?

El temor de los propietarios suele ser el incumplimiento del pago por parte de los inquilinos. No obstante, podrás atenuar este riesgo siempre que:

  • Realices un análisis de la solvencia del futuro arrendatario. Para ello, podrás solicitarle el contrato de trabajo y sus tres últimas nóminas, así conocerás su situación laboral y su nivel de ingresos.
  • Verifiques su cumplimiento para con otros propietarios. Siempre puedes revisar el registro de morosos o pedir referencias al dueño de otra vivienda que el inquilino haya alquilado con anterioridad.

Fianza y garantías extras para estar más tranquilo

Lo habitual es solicitar una fianza para hacer frente a los posibles desperfectos que deje el inquilino cuando se marche. Cada Comunidad Autónoma cuenta con un organismo encargado de custodiar y devolver dichas fianzas. Por eso, es obligatorio para el propietario depositar el importe en el organismo correspondiente. De no hacerlo, podría sufrir sanciones económicas.

Ahora bien, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el importe de la fianza será igual a un mes de alquiler, una cantidad que en ocasiones resulta insuficiente. Por eso, la ley también contempla una garantía adicional que puede ser:

  • La contratación de un seguro de alquiler.
  • Solicitar otro mes de renta como aval.
  • Solicitarle a un tercero que aporte su nómina y su contrato de trabajo para ejercer de garantía en el caso de impago.

Asegúrate de que se cambie la domiciliación de todos los servicios

En algunas ocasiones el propietario, que es el titular de los contratos de agua, luz y gas, abona los servicios y posteriormente le traslada el importe al inquilino.

Sin embargo, lo mejor es que, una vez iniciado el contrato de alquiler, el inquilino cambie la titularidad de todos los servicios. De esta manera evitarás que deje de pagarlos.

Estos consejos, por más simple que parezcan, te ahorrarán muchos disgustos a la hora de alquilar tu piso. Pero no olvides que son solo un escalón en el proceso de búsqueda del inquilino ideal, preparación de la documentación y posterior firma del contrato de alquiler.

Si lo que realmente quieres es alquilar tu piso sin contratiempos, puedes dejarlo en nuestras manos. En OI REAL ESTATE sabemos cómo llevar adelante los arrendamientos evitándote toda preocupación. ¡Contacta con nosotros!

Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas