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contrato de arras

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Si estás pensando en comprar o vender una vivienda, debes saber todos los gastos a los que tendrás que hacer frente en el proceso. Algunos de los costes tendrán que ver con impuestos y gastos de notario. Pero hay más. Una pregunta que suele surgir en este momento, tiene que ver con quién paga los honorarios inmobiliarios en una compraventa.

Debemos tener presente que realizar la transacción por nosotros mismos, nos llevará mucho más tiempo e incluso dinero. Por ello, muchas personas prefieren recurrir a una agencia para poder maximizar el beneficio y realizar la transacción de manera ágil y profesional.

En este post nos encargaremos de contarte quién paga los honorarios inmobiliarios en una compraventa y por qué puede ser ventajoso el contar con una agencia. ¿Nos acompañas?

Antes de definir quien paga los honorarios inmobiliarios en una compraventa, expliquemos que trabajos contiene

Lo primero que debes saber es que al contratar una inmobiliaria para una compraventa, estarás cubriendo la totalidad de los trámites que deberán llevarse adelante para la operación. Esto implica por ejemplo: la valoración y preparación del inmueble en cuestión, la gestión de las visitas, la parte contractual y el proceso de firma del contrato de compraventa.

También, deberán asesorarte durante todo el proceso para que puedas defender tus intereses y no tengas dudas respecto a las posibilidades que tienes de actuar.

Veamos un poco más con detalle estos trabajos:

  • La tasación del inmueble y la fijación del precio para la transacción: también te informarán del margen de negociación correspondiente a tu piso.
  • Preparar la vivienda para que pueda salir al mercado: ten presente que muchas agencias, cuentan con el servicio de home staging. Este tipo de metodologías posibilitan sacar el mayor provecho posible de tu piso. Además suelen ocuparse de tomar las fotografías, videos y tours virtuales para poder poner tu inmueble en el mercado, con imágenes de calidad y profesionalismo.
  • Visitas al inmueble: la inmobiliaria se encargara de pautar con los interesados y agendar las visitas al inmueble. También le informaran respecto a las características del piso y los datos que puedan requerir sobre la transacción.
  • Documentación y gestión legal: otra de las labores que realizará la inmobiliaria será la preparación y firma del contrato de arras, en el caso de que se decida hacer. Además redactará el contrato de compraventa. No deberás preocuparte tampoco por los trámites burocráticos y la solicitud de los documentos para poder gestionar la transacción. Ellos se encargarán de este aspecto; obtención de certificados, documentos y presentación de los impuestos correspondientes.

Quién paga los horarios inmobiliarios en una compraventa

Ahora sí hemos llegado al tema cental de este artículo: ¿Quién paga los honorarios inmobiliarios en una compraventa? Lo primero que debemos tener presente es que no existe una norma establecida que conteste esta pregunta. Pese a ello, normalmente el comprador, que es el más interesado en que se realice la transacción, es quien paga los honorarios inmobiliarios en una compraventa.

Si bien esto es lo normal, existen ocasiones en las que el gasto puede compartirse entre el comprador y el vendedor, pero tampoco es la única fórmula. También puede suceder que existan dos honorarios independientes, y esto dependerá de la forma de trabajo habitual que realice la agencia utilizada.

Otra opción, aunque no tan frecuente es que el comprador haya contratado a la inmobiliaria. Es que de esta forma, le solicita a la agencia que busque una vivienda con las características particulares que necesita. También puede ser con el fin de obtener la financiación hipotecaria para ello. En estos casos, será el comprador quien paga los honorarios inmobiliarios en la compraventa.

Claves en el pago de honorarios inmobiliarios

A continuación, responderemos algunas preguntas que suelen surgir sobre quién paga los honorarios inmobiliarios en una compraventa:

  • La primera tiene que ver con la legalidad de que la inmobiliaria le cobre los honorarios al comprador. Nuevamente debemos dejar en claro que no existe una normativa que lo impida. Por ello, una inmobiliaria podría solicitar le pago al comprador. Pese a ello, lo cierto es que es más frecuente que el importe se reparta entre las partes, debido a que son ambos los que salen beneficiados de la transacción.
  • Otra pregunta que suele ser muy común, tiene que ver con que si hay inmobiliarias que no cobren honorarios al comprador. Y aquí la respuesta es afirmativa. Si exiten, pero dependerá de cada caso en particular. Por ejemplo, si decides contratar como comprador a una agencia con el fin de conseguir la vivienda que se ajuste a tus necesidades, lo lógico es que pagues por el servicio. Ahora, si en cambio, solo has sido un interesado en el inmueble en venta, puede que la agencia solicite que el vendedor sea quien paga los honorarios inmobiliarios en la compraventa.
  • En que momento deben pagarse los honorarios a  la inmobiliaria: esta es también una pregunta habitual a la hora de comprar o vender una vivienda. Lo normal es que se abonen en el momento de la firma de la transacción. Pese a ello es posible, que se solicite un anticipo, y éste deba entregarse cuando se firme el contrato de arras o al inicio del trabajo por parte de la agencia.
  • Pero ¿Qué sucedería si la operación no llega a formalizarse? en  este caso los honorarios de la inmobiliaria sin venta, estarán sujetos al contrato firmado de intermediación inmobiliaria y la hoja de encargo. Es que allí es donde se fijan este tipo de detalles. Generalmente, en estos casos la agencia cobraría menos de lo pautado por los servicios que ha brindado, y no los honorarios íntegros, ya que no se ha brindado el servicio completo.
  • La última cuestión que debemos zanjar tiene que ver con la posibilidad de desgravar los honorarios inmobiliarios. Es que el coste que debemos afrontar por los honorarios inmobiliarios se tienen en cuenta para el cálculo de la ganancia patrimonial para la declaración de Renta como vendedores. Por ello, este gasto podrá tenerse encuenta para reducir la ganancia obtenida por la transacción.

Para el comprador, por otro lado, los honorarios de la agencia se consideran parte del precio de venta. Por ello, en caso de que la vivienda sea transferida nuevamente, el gasto aminorará la ganancia.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Si estás pensando en comprar una vivienda, debes estar familiarizado con algunos conceptos y documentos que formarán parte del proceso. Uno de ellos es el Contrato de arras penitenciales. Es muy común que se realice un contrato de arras durante el proceso de venta. Por medio de este documento se asegura que se realizará la transacción. De esta manera, se le da al proceso mayores garantías tanto para quien esta comprando como para el que vende.

Dentro de las opciones de documentos, existe el contrato de arras penitenciales. Cabe aclarar que se encuentra enmarcado en la ley se establecen allí las consecuencias que deberán afrontarse en caso de que haya un incumplimiento por parte de alguno de los participantes del proceso.

En este post te contaremos todo lo que debes saber sobre el contrato de arras penitenciales, las consecuencias de firmarlo y las diferencias con otros documentos. ¿Nos acompañas?

De qué se trata el contrato de arras penitenciales

El contrato de arras penitenciales se encuentra enmarcado dentro del Código Civil. Dentro del artículo 1.454, se especifica que si se ha firmado este tipo de documentos o una seña para realizar la transferencia, tanto el comprador como el vendedor pueden cambiar de opinión y no realizar la transacción. Pero, te preguntarás que sucede con el dinero entregado. Si fuera el comprador de la vivienda, éste perderá todas las cantidades que se hayan entregado por las arras penitenciales. Por otro lado, en el caso de que quien no quiera realizar la transacción sea el vendedor, deberá devolver el doble del dinero acordado por las arras penitenciales.

Este tipo de acuerdo se celebra debido a que muchas veces es necesario que se lleven adelante una serie de gestiones y documentos antes de terminar la operación. De esta manera, se pueden evitar problemas en este sentido y asegurar la intención de ambos de proceder a la transacción.

Por medio del contrato de arras penitenciales es posible realizar la reserva de la vivienda que el comprador desea. Así no perderá la vivienda mientras se prepara toda la documentación y todo se alista.

Así es posible que ambas partes tengan un margen de tiempo para poder llevar a cabo los preparativos de la operación. El comprador no podrá ofertar a otro propietario y el vendedor se compromete a efectuar la transacción solo con quien firme el contrato de arras penitenciales.

Esto será un acuerdo privado entre el comprador y el vendedor en el que se detallarán todos los datos de la operación. Se pondrán en papel cada una de las condiciones del compromiso que han pactado.

Cuáles son los datos que debe tener un contrato de arras penitenciales

El contrato de arras penitenciales debe contener la totalidad de los siguientes datos:

  • Deben identificarse tanto el comprador como el vendedor con la totalidad de sus datos personales, nombre completo, domicilio, DNI, etc.
  • Los datos correspondientes a la vivienda que se busca transferir. Es necesario constatar tanto las cargas como gravámenes que se deban afrontar sobre el bien.
  • Se detallará además el valor por el cuál se transferirá la vivienda y la manera en la que el pago se efectuará. Es importante aclarar los gastos de la venta y quien se hará cargo de cada uno.
  • De cuanto es la señal que el comprador entregará como anticipo con el fin de asegurar la transacción. Esta luego se descontará del valor total de la propiedad una vez que se formalice. Lo normal es que esta cifra sea del 10 por ciento del precio fijado, aunque puede variar entre el 5 y el 15 por ciento.
  • Otro punto que se estipula en este tipo de contratos, es que se delimite un plazo máximo para que las partes formalicen la transacción. Si es que el tiempo se cumple sin que se haya realizado la operación, será posible desistir del contrato y abonar las penalidades correspondientes.
  • Por último debe constar la firma de todos los participantes.

No debes olvidar de especificar específicamente que este contrato es de arras penitenciales. Es que si no figura esto, puede interpretarse que no se posibilita el derecho a desistir la compraventa.

Cuáles son las consecuencias de incumplir el contrato de arras penitenciales

Si por alguna razón se incumple un contrato de arras penitenciales debes saber que habrá consecuencias. Si el plazo ha pasado y la venta no se ha realizado, dependerá de quien es la responsabilidad respecto a que no se efectúe. En el caso de que la responsabilidad sea del comprador, éste perderá el importe de la señal que se ha entregado. Por el contrario, si la responsabilidad fue del vendedor, el comprador deberá entregar el doble del dinero que recibió para formalizar el contrato de arras.

Cabe aclarar que este documento faculta a ambas partes a desistir del contrato de compraventa. Esto puede ser una vez que haya finalizado el tiempo establecido en él o antes. Pero deberá afrontar las consecuencias económicas de ello.

Para poder obtener el dinero pactado, es necesario solicitar el cumplimiento del contrato. Lo más común es que se efectúe el envío de un burofax a quien haya desistido del cumplimiento del contrato. Allí se solicitará el pago del dinero acordado para la penalización en el caso del vendedor. Si fuera el comprador, deberá informarse las consecuencias que deberá afrontar por su incumplimiento.

¿Tributa el importe de arras?

Es importante que tengas presente la forma en la que el dinero que abones por el contrato de arras tributará. En el caso de que no trascurra el tipo que se ha fijado en el contrato para realizar la transferencia de la propiedad, el monto que se ha abonado en arras, no se considerará ni una ganancia ni una pérdida para ninguna de las dos partes.

Por otra parte, si se ha determinado el desestimar la operación, una de las partes recibirá el dinero en concepto de las arras y el otro perderá. En este caso debe ser incluido luego tributando como pérdida o ganancia, dependiendo de la responsabilidad de cada uno en el incumplimiento. Este importe deberá luego ser incorporado en la base imponible del IRPF

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Para recuperar el arras en caso de no obtener la financiación, deberás aclararlo en el contrato. Aquí te contaremos cómo hacerlo.

El contrato de arras es una herramienta de gran utilidad en el proceso de compra de una vivienda. Sin embargo, una duda que aparece con frecuencia es si es posible recuperar el arras cuando el banco decide no conceder la hipoteca. En este artículo te contaremos cómo recuperar tu dinero.

¿Qué es el contrato de arras?

Las arras es el dinero que se entrega al vendedor cuando se terminan las negociaciones y se llega a un acuerdo. Esa cuantía económica se da en concepto de señal con el fin de garantizar que, una vez realizadas las negociaciones previas, se va a realizar la compraventa.

Por otro lado, el contrato de arras es un documento que conlleva el pago adelantado de una cantidad de dinero por parte del comprador a modo de señal. Este contrato tiene validez legal y ambas partes deben cumplirlo al pie de la letra, por lo que es recomendado estudiar bien el contenido antes de firmarlo.

En este contrato se especifica tanto la entrega del dinero, como el hecho de que el comprador y vendedor han llegado a un acuerdo y, por ende, han terminado la fase de negociaciones.

Esto quiere decir que el comprador deberá adquirir la propiedad en los términos estipulados en el contrato de arras, de la misma manera, el vendedor se compromete a no vender la propiedad a otro posible comprador, así este ofrezca más dinero.

Este documento es un contrato previo al contrato de compraventa. El contrato de arras se puede realizar ante un notario o a través de una inmobiliaria, sin embargo, en cualquiera de los dos casos, el documento tendrá plena validez legal, y por ello obliga a las partes firmantes a su cumplimiento.

Contenido del contrato de arras

El contenido de este documento puede variar dependiendo de las negociaciones entre ambas partes, sin embargo, la información general que no puede faltar en cualquier contrato de arras es la siguiente:

  • Datos personales de ambas partes.
  • Descripción e información importante del inmueble.
  • Precio final de venta y forma de pago.
  • Cantidad de arras entregadas, que después se descontarán del precio final y las condiciones en las que se ejecuta la entrega de este dinero.
  • Compromiso de realizar la firma del contrato de compraventa mediante escritura pública.
  • Distribución de gastos en caso de haberlos.
  • Firma de ambas partes.

¿A qué compromete el contrato de arras?

En resumen, el contrato de arras compromete al vendedor a reservar el derecho de compra de la vivienda a la parte compradora firmante. El vendedor también se compromete a entregar la vivienda al comprador en las condiciones que fueron estipuladas en el contrato.

Por otro lado, el comprador se compromete a entregar la cantidad del dinero acordada a cambio de la vivienda.

¿Cómo se realiza el pago de un contrato de arras?

En la mayoría de los casos, los pagos en el contrato de arras se efectúan en dos etapas:

  • Primer pago: al momento de la firma el contrato de arras.

  • Segundo pago: al momento de la firma ante notario. Por lo general, se realiza en un plazo de dos meses, ya que es el tiempo que se estima que se necesita para solicitar y formalizar un préstamo hipotecario, y los gastos asociados.

La ley no establece una cantidad mínima o máxima para cada pago, las partes deben acordar el importe. También, el comprador y el vendedor deberán acordar una penalización, si alguno de ellos no cumple con el contrato.

La cantidad abonada en el primer pago será descontada del precio final del contrato de compraventa.

¿Puedo recuperar el arras si el banco no autoriza la hipoteca?

La concesión del préstamo hipotecario es un trámite que se desarrolla independiente al contrato de arras. Por este motivo, debemos ocuparnos de comparar hipotecas y cumplir con todos los requisitos necesarios. De este modo, el banco nos concederá el financiamiento para la compra de la vivienda.

Sin embargo, es posible que firmemos un contrato de arras y no nos conceden la hipoteca. En este caso, puedes perder el dinero del primer pago que se efectúa en el momento en el que se firma el contrato de arras.

Esto se debe a que estarás incumpliendo dicho contrato y, por ende, el vendedor se quedará con el dinero. Se trata de una situación complicada. Sin embargo, si tenemos en cuenta que las arras se entregan para garantizar el cumplimiento de un contrato, suena lógico que se pierda el dinero si este no se cumple, por el motivo que sea.

No obstante, si nos anticipamos y leemos con atención el contrato de arras podemos recuperar el dinero.

Recuperar el arras

La clave está en adelantarse. Para asegurarte de que el vendedor esté en la obligación de devolverte el dinero si no se lleva a cabo la compra deberás estipularlo en el contrato de arras.

Si en el contrato de arras no se especifica nada al respecto y no se completa la compraventa, el vendedor tiene derecho a quedarse con las arras. No obstante, si en el contrato de arras se especifica que, en caso de que el banco no conceda la hipoteca, las arras deben ser devueltas, el vendedor tiene la obligación de devolver el dinero adelantado.

Es por esto que antes de firmar, es fundamental tomarte el tiempo de leer con atención el contrato y asegurarte que las condiciones sean favorables para las dos partes. Recuerda que ese documento será el único medio que podrás usar para recuperar tus arras.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre si es posible recuperar el arras si el banco no concede la hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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El contrato de arras es un acuerdo por el cual dos partes pactan un derecho de reserva para la compraventa de bienes muebles o inmuebles. Es decir, es un acuerdo previo al contrato. A cambio de la reserva en la compraventa, se entregará una cantidad de dinero como señal, que también se conoce simplemente como arras.

¿Qué es un contrato de arras?

Las arras son un precontrato, ya que se asume la obligación de firmar un contrato de compraventa en el futuro. Los contratos de arras son ampliamente utilizados en la compraventa de viviendas. Suponen un acuerdo que se pactará cuando se firme el contrato.

Por ejemplo, en la compraventa de una vivienda se puede hacer un contrato de arras antes de firmar el traspaso. Esto es para que el vendedor deje de enseñar la vivienda a otros interesados. Se suele entregar una cantidad de dinero en forma de seña. En esas arras se puede incluir cualquier detalle como, por ejemplo, que la vivienda esté disponible antes de una fecha concreta.

Por medio de un contrato de arras es posible:

  • Que el comprador se reserve el derecho sobre la compra de un bien a cambio de una cantidad de dinero determinada a cuenta del precio total.
  • Que el vendedor se compromete a entregar el bien al comprador en las condiciones pactadas.

De este modo, ambas partes adquieren un compromiso previo a la compraventa de una propiedad. El vendedor se obliga a entregar el bien y el comprador a pagar el precio en las condiciones acordadas.

El contrato de arras, al contrario de lo que mucha gente piensa, es un documento de gran importancia puesto que, en realidad, viene a ser una transcripción de lo que, posteriormente, será el contenido de la escritura pública de compraventa. Quedan establecidas en ese momento, tanto las condiciones por las cuales las partes se comprometen a comprar y/o vender el inmueble, como las posibles consecuencias o penalizaciones en caso de que la compraventa no prospere por causa imputable a una de ellas.

¿Es obligación realizar este tipo de contrato?

No es obligación realizar un contrato de arras. No obstante, y de cara a evitar posibles inconvenientes que puedan surgir en el proceso de compra de una vivienda, los expertos lo recomiendan.

¿Se debe firmar ante notario?

Nuevamente, la firma del contrato de arras ante notario no es obligatoria. Legalmente, el contrato de arras tendrá la misma validez si prescinde de su presencia. Sin embargo, lo más aconsejable es recurrir a uno, ya que brinda mayor seguridad y garantías.

¿Quién realiza el contrato de arras?

Un contrato de arras puede ser redactado por:

  • Uno mismo: si la vivienda se vende entre dos particulares, la redacción del contrato de arras, por lo general, la realiza el vendedor. Para hacerlo, deberá tomar de base un modelo de contrato de arras. Por otro lado, si bien es poco común, también es posible que lo realice el comprador.
  • Inmobiliaria: en caso de contratar los servicios de una inmobiliaria, para vender una vivienda, deberá realizar del contrato de arras. Habitualmente, el coste se encuentra incluido en la comisión que te cobrarán.
  • Agente: hay profesionales especializados que se pueden ocupar de la redacción del contrato de arras. Su coste puede variar dependiendo del profesional y la ciudad en la que se encuentre la vivienda.

¿Qué información debe contener un contrato de arras?

A pesar de que el contrato de arras es un precontrato y se pueda llegar a pensar que no es un contrato definitivo, es de suma importancia porque refleja las condiciones de la futura transmisión.

Por esta razón, el contrato de arras deberá recoger la información que posteriormente contendrá el contrato de compraventa.

Esta es la información mínima que debe incluirse en un contrato de arras:

  • Datos personales de la parte vendedora y compradora.
  • Descripción e identificación del inmueble.
  • Precio final de la compraventa y forma de pago.
  • Cantidad de dinero de la señal o anticipo (que se descontará del precio final).
  • Tiempo máximo para formalizar el contrato de compraventa.
  • Compromiso de firmar el contrato mediante escritura pública.
  • Distribución de los posibles gastos de la compraventa.
  • Firma de comprador y vendedor.

Cuando el comprador y/o vendedor es un matrimonio en régimen de gananciales basta con la firma de uno de ellos. Sin embargo, si se trata de un matrimonio en Régimen de separación de bienes o una pareja no casada, deben firmar ambos.

Diferentes tipos de arras

Una cláusula de capital importancia es regular el tratamiento legal de las cantidades a cuenta, para determinar si se tratará de arras penitenciales (que se devuelven por duplicado si el vendedor resuelve el contrato, o las pierde el comprador si lo resuelve éste). O de arras confirmatorias (que solamente confirman el contrato, de manera que las partes pueden obligarse recíprocamente al cumplimiento del mismo). U otro tipo, como las arras penales, para determinar otra regulación de las mismas por las partes contratantes.

El Tribunal Supremo admite tres tipos de arras según cuál sea el objetivo del acuerdo:

  • Arras confirmatorias
  • Arras penales
  • Arras penitenciales

Elegiremos una clase u otra en función de la finalidad del contrato ya que cada tipo de arras tendrá diferentes consecuencias jurídicas.

Es importante que en el contrato se especifique expresamente la clase de arras en que se entrega dicha suma. De no manifestarse claramente se considerarán como arras confirmatorias.

Arras confirmatorias

Como su propio nombre indica, su objetivo es confirmar el compromiso de las partes con la compraventa.

Las arras confirmatorias suponen un anticipo del precio total. Lo que quiere decir que esa primera entrega constituye el primer plazo del precio al que deben de seguir los demás.

En caso de incumplimiento, las partes no podrán rescindir unilateralmente el contrato, sino que serán de aplicación las reglas generales de incumplimiento de obligaciones.

Es decir, el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. Además, si el perjudicado opta por exigir el cumplimiento, podrá pedir la resolución más tarde si el cumplimiento resulta imposible. (Artículo 1.124 del Código Civil).

Arras penales

Las arras penales se establecen como garantía del cumplimiento del contrato.

El incumplimiento supondrá para el comprador la pérdida de las arras (total o parcial) y para el vendedor, su devolución más la cantidad que se acuerde en el contrato. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de exigir el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales. (Artículos 1.1521.153 1.154 del Código Civil).

Arras penitenciales o de desistimiento

Este tipo de arras permite a las partes resolver unilateralmente el contrato mediante la pérdida para el comprador o la restitución doblada para el vendedor.

Como particularidad, sólo serán aplicables cuando expresamente se manifieste sus consecuencias y se haga referencia literal del artículo 1.454 del Código Civil.

Arras o pago aplazado del precio

Es habitual confundir arras con el pago aplazado del precio. Aquí te explicaremos porqué las arras o señal son un concepto distinto al de simple anticipo.

Cuando hablamos de pago de parte del precio de la compra estamos ante un contrato de compraventa con precio aplazado en el que ni comprador ni vendedor pueden rescindir unilateralmente el contrato.

Por su parte, el contrato de arras requiere que se haga constar de forma expresa que la entrega de la cantidad a cuenta del precio total se hace precisamente en concepto de arras. Como una garantía para ambas partes antes de la firma del contrato de compraventa.

Además, el contrato de arras puede ser rescindido unilateralmente por las partes, siempre bajo unas condiciones o penalización. De este modo, ambas partes adquieren un compromiso previo a la compra y venta de una propiedad. El vendedor a entregar el bien y el comprador de pagar el precio acordado.

¿Cuál es el coste de un contrato de arras?

La realidad es que el coste del contrato de arras no es fijo, varía mayormente, de la complejidad de la operación de compraventa y sus implicaciones.

¿Quién debe abonar el contrato de arras?

El pago del importe que se indica en el contrato de arras corre a cargo del comprador. Incluso, la cantidad que este va a abonar como señal se considera, generalmente, como una muestra de su interés por la vivienda. 

El porcentaje que debe pagar el comprador, y que figura en el contrato de arras, ronda de media entre el 5% y el 15% del precio de la casa, el 10% es lo más común. Eso sí, una vez se accede a la compra de la vivienda, el importe que se ha abonado como señal y por medio del contrato de arras se descuenta del precio final.

¿Qué ocurre si firmado el contrato cualquiera de las partes se echa para atrás?

Precisamente, la naturaleza del contrato de arras permite que tanto comprador como vendedor puedan rescindir el contrato unilateralmente.

Ahora bien, el incumplimiento por alguna de las partes conlleva una penalización (según artículo 1.454 del Código Civil) para la parte incumplidora:

  • Si es el comprador quien incumple su compromiso de adquirir el bien, perderá la cantidad aportada en concepto de arras o señal.
  • Si es el vendedor quién incumple su compromiso de transmitir el bien, devolverá al comprador el importe de las arras por duplicado.

Si el objetivo es que el pacto de arras tenga un carácter penal o penitencial, es fundamental hacer constar dicho carácter. Ya que, si no consta mención expresa al mismo, la cantidad entregada se considerará, simplemente, un anticipo del precio (arras confirmatorias), no estando las partes facultadas para resolver directamente la obligación contraída.

No obstante, el Código Civil excluye la posibilidad de reclamar las penalizaciones pactadas en los supuestos considerados “caso fortuito” o “fuerza mayor” como, por ejemplo, el fallecimiento sobrevenido de uno de los firmantes.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el contrato de arras. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos cuáles son los diferentes tipos de arras que existen. Continúa leyendo el artículo para saber más.

Sin lugar a dudas, el contrato de arras es fundamental antes de comprar una vivienda. Se trata de la mejor manera de confirmar la compra de la vivienda y de concretar los términos en los que se llevará a cabo el contrato hipotecario.

Sin embargo, la realidad es que existen varios tipos de arras y no todos funcionan de la misma manera. Saber cuáles son las diferencias será de gran ayuda al momento de seleccionar el que mejor se adapte a ti.

Contrato de arras: ¿De qué se trata?

Cuando hablamos de un contrato de arras nos referimos a un documento legal que confirma el compromiso de comprar o vender una propiedad. Las arras son el dinero que se debe entregar al momento de la firma del contrato como garantía de ese compromiso.

Es muy común que las personas confundan las arras con el contrato de reserva, sin embargo, la realidad es que son diferentes. El contrato de reserva se realiza antes que el de arras y, de hecho, su nombre lo indica, se utiliza para que el comprador pueda guardar la vivienda.

Por su parte, el contrato de arras es un poco más complejo. Entre sus cláusulas podrás encontrar tanto el precio como la forma de pago y el plazo para cerrar la operación. En otras palabras, se trata de un esquema de lo que más tarde será el contrato de compraventa.

Estas arras además, nos muestran las penalizaciones si una de las partes no cumple con lo pactado. En este punto es donde entran en juego los distintos tipos de arras:

Arras penitenciales

Las arras penitenciales o de desistimiento, le brindan la posibilidad al comprador y al vendedor de echarse atrás, sin embargo, esto tiene un coste. Dicho de otra forma, el comprador tendrá la posibilidad de comprar otra vivienda, o el vendedor, de vender la vivienda pero a cambio deberá pagar una suma que se acuerda previamente. Ese coste que implican las arras penitenciales es la “penitencia” que tendrá pagar cada una de las partes si desiste de la compra.

El artículo 1454 del Código Civil establece la indemnización a pagar. De este modo, el comprador perderá la señal que entregó, que por lo general, es un 10% del precio de la vivienda.

Por otro lado, en caso de que sea el vendedor quien da marcha atrás, deberá abonar el doble de la cantidad que adelantó el comprador.

De esta manera, se compensa tanto al comprador como al vendedor, se trata de incentivos para que ambas partes cumplan el acuerdo de compraventa.

Este es el tipo de arras más común. Al comprador, le dará la posibilidad de no comprar la vivienda si, por ejemplo, tienes problemas para acceder a un préstamo hipotecario que se ajuste a su perfil.

Arras confirmatorias

Este tipo de arras no son tan comunes, a pesar de que son las que se aplican por defecto si en el contrato de arras no se especifica el uso de otras diferentes.

Como el nombre nos deja ver, las arras confirmatorias confirman el compromiso de comprar o vender la propiedad. Para ello, se debe entregar una suma de dinero como anticipo del precio final de la vivienda. En otras palabras, ese dinero se restará del precio de la vivienda, ya que se trataría de un primer pago por la propiedad.

Las arras confirmatorias no establecen de forma clara cuál es la indemnización en caso de que una de las partes decida echarse atrás. Si esto ocurre, es posible aplicar el artículo 1124 del Código Civil, según el cual la parte perjudicada tendrá la posibilidad de elegir entre el cumplimiento del contrato o bien, una indemnización por daños y perjuicios.

Dicho de otra forma, es posible exigir a la otra parte que compre o venda la vivienda, aunque no quiera o, en su defecto, una indemnización. Eso sí, como en el contrato no se estipula la indemnización, es muy común que sea necesario poner una demanda para establecerla.

Arras penales

En último lugar tenemos las arras penales, este tipo de arras no implican un anticipo del precio de compra de la vivienda. En este caso se trata de un dinero que se entrega como garantía de la compraventa y será la indemnización en caso de que no se cumpla con el contrato.

Este tipo de arras se equipara a las obligaciones con cláusula penal reguladas en el artículo 1152 del Código Civil, de allí viene su nombre.

Con este tipo de arras, el comprador perderá la cantidad que entrega en la firma del contrato, por otro lado, el vendedor debe devolverla y sumar, por lo general, una cantidad extra.

Por otro lado, cabe destacar que las arras penales no prevén desistir del contrato, por ende, ambas partes tienen la posibilidad de exigir su cumplimiento. Para comprenderlo mejor, si por cualquier motivo cambias de idea y no quieres comprar la vivienda, perderás sí o sí el dinero que hayas entregado y el comprador, además, puede solicitar igualmente que compres la vivienda por vía judicial.

 Debemos tener en claro que, el contrato de arras es una garantía, es por esto que resulta fundamental seleccionar con cuidado el tipo de arras que mejor se ajuste a tu situación personal. Con respecto a esto, las arras penitenciales son las más comunes, esto se debe a que son las más claras en cuanto a la indemnización y las más sencillas de resolver.

Al comprador, las arras penitenciales le dan la posibilidad de no cerrar la adquisición de la vivienda si, por ejemplo, no encuentras un préstamo hipotecario adecuado o si encuentras una vivienda más adecuada o a un precio más conveniente. Sin embargo, perderá el dinero que adelantó como señal.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los diferentes tipos de arras que puedes encontrar. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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El proceso de compraventa de una vivienda, un local o cualquier tipo de bien inmueble es una decisión que implica tiempo, dinero y energía. Por lo tanto, conocer cada uno de sus momentos y los documentos que implican es una forma de asegurarnos un buen desenlace. En la gran mayoría de las ocasiones, previo a la firma de la transmisión de la vivienda, se realiza el procedimiento en el cual las partes se aseguran de sus derechos y obligaciones futuras. Hablamos del contrato de reserva de un inmueble.

En el siguiente artpiculo, de manera ordenada, detallaremos que es, que implica para ambas partes y en qué se diferencia del contrato de arras. Sigue leyendo.

¿Qué es un contrato de reserva de un inmueble?

Se trata del documento a través del cual una persona interesada en comprar un inmueble realiza la reserva del mismo a cambio de una cantidad determinada de dinero. Este monto será restado posteriormente cuando se lleve adelante la firma del contrato de compraventa. Llegado el momento, el vendedor del inmueble se compromete a la entrega del mismo.

Al firmar el contrato de reserva de un inmueble, ambas partes asumen derechos y obligaciones. Por parte del comprador, se ve en la obligación de completar el pago y adquirir la propiedad. En tanto que el vendedor toma el compromiso de entregar la vivienda una vez liquidado el pago.

Una de las circunstancias en las cuales pueden utilizarse este tipo de contratos es con inmuebles que aún no han sido construidos, o en viviendas en proceso de construcción. Lo particular de estos casos, es que el vendedor se encontrará en la obligación de concluir con la edificación. Asimismo, la finalización de la obra deberá cumplimentar todas las condiciones técnicas y de habitabilidad.

¿Qué diferencias existen entre el contrato de reserva y el contrato de arras?

El contrato de reserva de un inmueble es muy similar a la figura de lo que se denomina contrato de arras. Ambos documentos certifican un acuerdo entre dos partes, con derechos y obligaciones para ambas. Al igual que en el contrato de reserva de un inmueble, en el de arras también se realiza la entrega de una cantidad determinada de dinero correspondiente a una parte del pago de la vivienda.

Sin embargo, no son exactamente lo mismo. Sus principales diferencias son:

Regulación legal

En el caso de contrato de arras el mismo se encuentra regulado por el Código Civil español. Mientras tanto, el código de reserva de un inmueble no cuenta con una normativa determinada. Por lo tanto, el marco legal del contrato de arras le otorga mayor seguridad jurídica.

Recisión del acuerdo

Este punto es de crucial importancia. Un contrato de reserva de un inmueble no puede ser rescindido, a menos que existan cláusulas que contemplen esta acción. Por el contrario, en el contrato de arras si es posible rescindir el acuerdo. En este caso, se deberá abonar un monto de dinero a modo de indemnización, no importa cuál sea la parte que decida terminar el contrato.

¿Cuál de los dos contratos es preferible realizar en el proceso de compraventa?

Para poder afirmar cuál de los dos tipos de contratos es preferible realizar es necesario evaluar cada situación en particular. Por ejemplo, si el comprador tiene plena confianza de que comprará la vivienda le convendrá realizar un contrato de reserva de un inmueble para que el vendedor lo quite del mercado.

Por el contrario, si el interesado en comprar la propiedad no tiene la seguridad de hacerlo, por el motivo que sea, convendrá firmar un contrato de arras. Esto se debe a la posibilidad de poder rescindir el acuerdo en el caso, por ejemplo, que no se le otorgue el crédito hipotecario al potencial comprador.

¿Cuáles son las ventajas de un contrato de reserva de un inmueble?

La primera y principal ventaja de realizar un contrato de reserva de un inmueble es la seguridad de ambas partes de que la compraventa se llevará a cabo. Sin embargo, no es la única ya que existen otra como:

  • La parte compradora tiene disponibilidad de tiempo para lograr conseguir la totalidad del valor de la propiedad para liquidar la venta.
  • La parte vendedora tiene la posibilidad de gestionar todo lo necesario teniendo la información de la fecha exacta en la que entregará la vivienda. A su vez, sabrá cuando podrá disponer de todo el dinero del valor del bien.

¿Qué debe incluir un contrato de reserva?

El contrato de reserva de un inmueble deberá incluir todos los consensos que se han determinado entre las partes. Asimismo, en él se asientan todas las condiciones que se incluirán en el contrato de compraventa.

A continuación, te detallamos la información que deberá incluir un contrato de reserva de un inmueble:

  • Datos personales de las partes: Nombre completo, número de DNI, fecha y lugar de nacimiento.

  • Descripción de la vivienda: en este punto se incluye la dirección del inmueble y la superficie total. Si dispone de trasteros o garajes sus características también deberán ser incluidas en el informe.  

  • El número correspondiente al Registro de la Propiedad de la vivienda. Este dato es solicitado para llevar acabo la corroboración de la titularidad de la vivienda y que la misma coincida con los datos del vendedor.

  • Certificado de cargas de la propiedad: con este documento se corrobora que la vivienda se encuentre libre de deudas. Ya sean por hipotecas, alquileres, impuestos, cuitada de la comunidad de propietarios, etc.

  • Cuantía de la señal, es decir, de la reserva. Este monto es un acuerdo entre el comprador y el vendedor. Sin embargo, los montos suelen ir entre el 1 y el 15% del valor total de la propiedad.

  • Formas y procedimientos de pago, es decir, se determina el modo en que será pagado el monto que resta para saldar la totalidad del valor del bien. A su vez, este punto incluye la manera en que serán divididos los gastos entre ambas partes.

  • Cláusulas de rescisión, es decir, ante qué situaciones se podrá llevar adelante la rescisión del acuerdo.

Hasta aquí todo lo relacionado al contrato de reserva de un inmueble. Si te has quedado con alguna duda puedes dejarnos tu comentario al finalizar la nota. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Si estas pensando en vender o comprar una vivienda pueden ponerte en contacto con nosotros. Podremos asesorarte de principio a fin en todo el proceso.

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El contrato de arras es un documento que se firma durante las operaciones inmobiliarias cuando se tiene por objetivo reservar el inmueble que se quiere alquilar o comprar. De esta manera, se habilita a hacer pagos parciales en tiempos pautados, estableciendo unas condiciones económicas y penales para su obligado cumplimiento. En la nota de hoy te contamos qué ocurre y cuáles son los pasos a seguir cuando se vence este contrato.

¿Qué es conveniente hacer cuándo se produce el vencimiento del contrato de arras?

Cuando se quiere reservar el inmueble elegido para alquilar o comprar, el cliente tiene la posibilidad de firmar lo que se conoce como “contrato de arras”, que permite pautar pagos previos parciales del mismo. Dicho esto, puede ocurrir que las partes firmantes deban actuar frente al vencimiento de este documento, así como puede haber retrasos en el pago o, directamente, presentarse la imposibilidad de ser ejecutado.

Si por algún motivo el contrato de arras se vence, pero ambas partes tienen la voluntad de continuar con la operación, podemos realizar una prórroga del documento. No es obligatorio, pero es lo más recomendable. Para ello, sólo basta firmar un anexo de ampliación al contrato ya existente. No es necesario hacer un documento nuevo, pero este debe estar firmado por ambas partes e incluir una nueva fecha de vencimiento. Y, además, es aconsejable que indique cuál ha sido el motivo de la extensión.

Otra recomendación es que al confeccionar este anexo de ampliación al contrato se establezcan las consecuencias negativas ante un posible nuevo incumplimiento. De la misma manera, se sugiere documentar todas las actuaciones que evidencien la animosidad positiva del acuerdo.

¿Puedo reclamar el incumplimiento de contrato de arras?

La respuesta es sí. Esta acción se puede realizar a través de dos tipos de acciones judiciales:

  • Demanda por reclamación de cantidad;
  • Resolución de contrato por incumplimiento de contrato de arras y conjuntamente la indemnización de daños y perjuicios ocasionadas.

Es necesario aclarar que cualquier reclamo judicial que supere 2.000 euros requerirá de forma obligatoria la contratación de abogado y procurador. De hecho, aunque no sea así, es muy recomendable. Ya que la interpretación de las arras penitenciales es muy discutida en los tribunales.

 contrato de arras

Los diferentes tipos de cláusulas penales en el contrato de arras

En la redacción de los términos del contrato de arras suelen aparecer determinadas cláusulas que penalizan los supuestos de incumplimiento de las partes. Estas cláusulas son las siguientes:

Arras Confirmatorias

Son las dirigidas a reforzar la existencia del contrato, constituyendo una señal o prueba de su celebración, o bien representando un principio de ejecución. En general, todas las arras son confirmatorias.

Arras Penales

Su finalidad es la de establecer una garantía del cumplimiento del contrato mediante su pérdida o devolución doblada, por ser liquidadora de daños en caso de incumplimiento.

Arras Penitenciales

Son un medio lícito de desistir las partes del contrato mediante la pérdida o restitución doblada. Esta última es la finalidad reconocida por el artículo 1454 del Código Civil.

Se exige una interpretación restrictiva de las cláusulas contractuales de las que resulte la voluntad sin ningún género de duda entre las partes en aquel sentido. Debiendo entenderse en caso contrario, que se trate de un simple anticipo a cuenta del precio que sirve, precisamente, para confirmar el contrato celebrado.

¿Qué pasa si el vendedor desiste de la operación?

El Código Civil establece que “el vendedor está obligado a la entrega y saneamiento de la cosa objeto de contrato”.

El caso más frecuente al que nos encontramos es cuando el comprador encuentra una mejor oferta. Y, por ende, proceda a resolver la operación. En ese caso, hay que ver cómo actúa el vendedor. Pero el artículo 1454 del Código Civil establece que estará obligado a pagar el doble de la señal aportada en el contrato.

Si el comprador se echa atrás, ¿qué sucede?

Esto puede ocurrir cuando, por ejemplo, no se aprueba la hipoteca con la tasación realizada. Otra causa posible -que se presentó con cierta frecuencia durante la pandemia-, es que cambie la situación económica del comprador debido a un contexto general de incertidumbre económica.

En cualquier caso, lo que indica el mismo artículo citado anteriormente, es que en esta situación se perdería la señal aportada.

Consecuencias de anular por incumplimiento el contrato de arras

El Código Civil establece una serie de penalizaciones que se deben tener en cuenta tanto por el comprador como por el vendedor.

Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato en donde el comprador se resigna a perder dicha señal o el vendedor, a devolverlas duplicadas.

El incumplimiento del vendedor puede quedar expuesto cuando no ponga a disposición del comprador, en el tiempo estipulado, el bien objeto de contrato.

Finalmente, el incumplimiento del comprador quedará en evidencia cuando no realice la entrega del precio de la compraventa o alquiler en el plazo o prórroga determinados.

Esperamos que este artículo te haya resultado de utilidad. Si lo deseas, puedes dejar tu opinión en el apartado “Comentarios” de esta nota. Recuerda que si tienes que realizar cualquier operación inmobiliaria, Oi Real Estate es el mejor lugar al que puedes acudir. Nuestra empresa tiene a los profesionales más capacitados y 100% confiables para acompañarte en el proceso. ¡Te esperamos!

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Realizar la venta de una propiedad es bastante trabajoso. Es un proceso que requiere de tiempo y de paciencia. Si además debes transferir una propiedad donde ha sucedido una tragedia, el panorama es más complicado. Es que mucha gente suele huirle a este tipo de viviendas, por más que la propiedad se adapte a todas nuestras necesidades.

En este post te contaremos algunos consejos que pueden ser de utilidad si te encuentras en esta situación, bastante común en todas partes del mundo. ¿Nos acompañas?

¿Es obligatorio dar a conocer la información de que allí ha sucedido una tragedia?

En nuestro país, a la hora de poner tu vivienda en venta, no existe ningún tipo de ley o normativa en la que, expresamente, se obligue a comunicar, si allí ha sucedido una tragedia. Tampoco que se refieran a las comunicaciones de fenómenos paranormales, suicidios, cuerpos descubiertos después de varios días o semanas de sus muertes, o muertes traumáticas. Por todo ello, no será una obligación, por lo menos desde lo legal compartir esta información con los interesados por la vivienda.

Pese a todo ello, es necesario tener presente que, si el comprador lo llega a descubrir de alguna manera es muy posible que se replantee efectuar la transacción. Ha pasado incluso que prefieran perder la señal que hayan entregado, mediante el contrato de arras, antes de que efectuar la compra.

Debemos tener presente que nuestra historia esta repleta de ejemplos, es muy difícil lograr deshacerse de viviendas, en la que alguna tragedia ha acontecido, incluso más si, han sido muy mediáticas. 

No es fácil que alguien se interese en viviendas con este pasado. Algunas de ellas, suelen tener que ver con maldiciones, espíritu, o incluso encantamientos. Puede ser que el miedo a lo paranormal y a lo que no comprendemos, haga cambiar de opinión a los interesados, y desistan de la transferencia.

Los precios en viviendas donde ha sucedido una tragedia

Una de las formas que tienes de llamar la atención de los posibles compradores tendrá que ver con el valor de la propiedad. Debemos aclarar que generalmente en las viviendas donde una tragedia ha acontecido, se suelen tener que realizar rebajas sustanciales en el valor de los inmuebles. Esto sucederá principalmente cuando ha sido una situación muy mediatizada o conocida por la sociedad.

Para este tipo de viviendas, se suele tener que depreciar el valor de la propiedad, en una cifra de entre 20 y  50 por ciento, aunque en algunos casos, por la magnitud de la tragedia, no es suficiente para lograr obtener potenciales compradores o interesados.

En el caso particular de Estados Unidos, por ejemplo, esto puede ser contrario a nuestro país. Es que allí, varias viviendas, en las que se producido algún tipo de tragedia, suelen llamar a los curiosos, aumentando la cantidad de interesados en ellas.

Un cambio para dejar el pasado atrás

Ten presente que es difícil lograr dejar atrás una tragedia en una vivienda. Pero será aun peor si mantienes todo tal cual estaba en el momento del hecho. Puede que la situación haya pasado hace tiempo, o recientemente, pero si ha sido un hecho que fue noticia, las imágenes de la vivienda pueden permanecer en los medios.

Como dijimos anteriormente, en nuestro país, los compradores suelen rehurir a viviendas que cuentan con un pasado oscuro. Por ello, tratar de realizar un cambio profundo en la misma antes, de vender, será algo muy positivo. Aquí no solo nos referimos a un cambio de pintura en la propiedad, sino a reformas en todos los ángulos posibles. Ten presente que será necesario dejar atrás un hecho del pasado que ha marcado la historia de ese inmueble.

Por ello, poder modificar o modernizar el baño, la cocina, o incluso el mobiliario puede además atraer más a los interesados. También de esta forma, podrás evitar que se recuerde el escenario original y los hechos que han sucedido allí.

Muchas personas prefieren optar por medidas más espirituales. Algunas de estas pueden ser herramientas como la limpieza energética, o recurrir a un párroco que pueda hacer una bendición allí.

Ten presente que este tipo de medidas tiene que abarcar a todo tipo de personas. Por un lado los escépticos y por otro los que creen en las cuestiones más espirituales. De esta forma tendrás más posibilidades de aceptación de la vivienda para poder generar la transferencia.

¿Es posible que el comprador desista de la operación si se entera de que alguna tragedia sucedió en la vivienda?

Lamentablemente una tragedia ocurrida en una vivienda, por más que cumpla con la totalidad de nuestras expectativas en cuanto a comodidades, cercanía a entidades educativas, de salud, comercios etc, puede hacer cambiar la opinión en cuanto a la transacción.

Pero hay cuestiones legales que debemos tener presente. Por un lado es posible retractarse de la operación fácilmente siempre y cuando no exista un contrato de arras. Será un poco más complicado si se hubiera firmado este acuerdo aunque no sería imposible tampoco.

Dentro del Código Civil, se encuentran regulados los contratos de compraventa civiles. Alli, se considera ajustado a la legalidad, la opción de desistir de la compra, si es que aparecieran vicios ocultos en la vivienda que pudieran afectar la seguridad o habitabilidad de la misma.

Debido a ello, será necesario que puedas analizar, si tu vivienda se podría encontrar con un problema como éste, ya que estarías en la obligación de informarlo.

Por otro lado, el artículo 1.486, explica que en caso de que puedan existir estos vicios ocultos, el interesado en comprar la vivienda, podrá elegir, entre desistir o no el contrato. En este caso deberemos abonar los gastos a los que ha tenido que hacer frente. La segunda opción será la de realizar una rebaja proporcional en el calor de la vivienda a juicio de peritos.

En el caso de que el comprador haya tenido la información respecto a estos defectos, por llamarlo de alguna manera, el comprador podrá desistir del contrato. Para ello, tendrá que indemnizar por daños y perjuicios en caso de rescisión de contrato.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Aquí te contaremos qué son las arras penitenciales y cuando es conveniente firmarlas. Continúa leyendo el artículo.

Contratos de arras

Al momento de solicitar hipoteca, hay pasos fundamentales que debes dar para llevar a cabo la compra de un piso. Sin embargo, también debes poner atención en algunas etapas previas, ya que la compra comienza desde el momento en el que viste la vivienda que te interesa, no cuando ya cierras la compraventa.

Aquí entran los contratos de arras, ya que sirven para asegurarte de que la vivienda será tuya. Entre ellos, uno de los más útiles es el de arras penitenciales que, vale aclarar, no tiene ninguna relación con ir a la cárcel si no cumples con tus obligaciones.

Contrato de arras penitenciales: ¿De qué se trata?

Antes de llevar a cabo la firma de la compraventa ante notario es muy común y aconsejable firmar un contrato de arras. Se trata de un documento que sella el compromiso del dueño de la vivienda para venderla y del comprador para adquirirla, además, contiene las condiciones del acuerdo.

Por otro lado, el contrato de arras implica el pago de una cantidad de dinero que sirve como reserva y un adelanto que luego se descuenta del precio de compra. Ten en cuenta que no debes confundir el contrato de arras con el contrato de reserva.

Es importante aclarar que existen distintos tipos de contratos de arras que varían dependiendo del acuerdo y las consecuencias por incumplirlo. En otras palabras, lo que sucederá si una de las partes decide echarse atrás.

Las arras penitenciales: también se les llama arras de desistimiento, ya que permite al vendedor y al comprador retirarse de la operación. Dicho de otra forma, es posible no cumplir con el compromiso a cambio de una indemnización que recoge el artículo 1454 del Código Civil.

El artículo establece que, en caso de haber mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas.

Diferentes tipos de arras

Las arras penitenciales son las únicas recogidas en el Código Civil. Sin embargo, también podemos encontrar otros dos tipos de arras.

  • Las arras confirmatorias: que como su nombre lo indica, confirman la compraventa con la entrada de un dinero que entrega el comprador. A diferencia de las penitenciales, este tipo de arras no permite que ninguna de las dos partes decida echarse atrás. En caso de hacerlo, la parte perjudicada tendrá la posibilidad de pedir que se cumpla el contrato o solicitar una indemnización.

  • Las arras penales: tampoco están reguladas expresamente en el Código Penal, sin embargo, se rigen por las cláusulas penales del mismo. Este contrato no permite desistir libremente a ninguna de las partes, lo que sí establece es la pena que habrá que pasar y que, por lo general, se trata de una cantidad de dinero a modo de indemnización.

Las arras incluyen la siguiente información

El contrato de arras no es solo la reserva de la vivienda y, por eso, no es aconsejable firmarlo a la ligera. Al final, el contrato de arras reúne los puntos básicos de la compraventa. Se trata de la siguiente información:

  • Precio de la compraventa.
  • Cuál será la forma de pago.
  • Cuánto dinero se entrega como señal y si luego se restará al precio de compra.
  • Con cuánto tiempo cuentas para firmar el contrato de compraventa y encontrar el préstamo hipotecario.
  • Quién deberá abonar cada uno de los gastos de la compraventa.
  • Los datos del comprador, vendedor y de la propiedad.
  • El compromiso de firmar el contrato de manera pública.

Se trata de un resumen de la compraventa con información fundamental, principalmente porque fija el tiempo con el que cuentas para conseguir financiación para comprar la vivienda.

¿Quién debe abonar el contrato de arras?

No existe ninguna norma al respecto, dependerá del acuerdo al que lleguen dos partes. Lo más común es que se pague a medias, o bien, si el comprador o el vendedor han contratado una agencia, este contrato se incluya en los servicios.

De lo que no cabe ninguna duda es de quien entrega el dinero del contrato de arras. Este es siempre será el comprador, esto se debe a que es quien busca asegurarse la compra de la vivienda.

¿Cuál es el porcentaje del precio que se abona en las arras?

Nuevamente, el porcentaje a pagar será el que las dos partes crean oportuno. Lo más habitual es abonar entre un 5% y un 10% del precio de compraventa de la vivienda.

La duración de un contrato de arras

En este caso también se acuerda entre las partes. Se trata de una parte de gran importancia del contrato. Esto se debe a que, si se pasa el plazo del contrato de arras sin firmar la compraventa, cualquiera de las partes podrá solicitar una indemnización. Esta indemnización variará según el tipo de contrato de arras.

Es por esto que, ante la duda, lo ideal es ser precavido y firmar unas arras largas para que tengas tiempo de encontrar una buena hipoteca.

¿Es posible anular un contrato de arras penitenciales?

Como ya hemos mencionado sí, se trata de la característica principal del contrato de arras penitenciales. Es posible anularlo en cualquier momento y con total libertad.

Sin embargo, al hacerlo será necesario abonar la indemnización que indique. En el caso del comprador, perderá el dinero que adelantó en las arras y para el vendedor, el doble de esa suma.

¿Qué sucede si no encuentras una hipoteca?

Una de las preguntas más habituales es qué sucede con las arras si no se consigue la hipoteca para comprar el piso.

A menos que en el contrato se especifique algo al respecto, lo mismo da el motivo por el que decidas echarte atrás. En resumen, perderás el dinero de las arras.

Lo bueno es que cuentas con la posibilidad de incluir cláusulas de ese tipo en el contrato de arras, que será de utilidad para liberarte si no te concede el préstamo hipotecario.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre las arras penitenciales. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Si has llegado hasta aquí puede que te encuentres en medio de una operación de compraventa, pero el contrato de arras está vencido, ¿verdad? De ser así, continúa leyendo este artículo. Te especificaremos cuáles son las consecuencias de este contratao tanto para el comprador como para el vendedor.

El contrato de arras, o simplemente arras, es un documento privado que se firma entre las partes para pactar la reserva de la compraventa de una propiedad. Al hacerlo, se entrega una cantidad determinada de dinero en concepto de seña.

Ahora bien, como el tema que nos compete en esta ocasión está relacionado con el vencimiento o incumplimiento de las arras, primero deberemos conocer los diferentes tipos de contratos que existen.

  • Arras penitenciales: en este tipo de contrato, el comprador entrega una seña en concepto de reserva. Esta funcionará como indemnización en el caso de que se venzan o incumplan las arras. Además, el contrato podrá desistirse.
  • Arras confirmatorias: en este caso también se entrega una seña, pero no funciona como indemnización si se incumplen las arras. No se establecen de forma clara las penalizaciones, por lo que, en caso de incumplimiento, la parte afectada puede exigir la venta o solicitar una indemnización por daños y perjuicios.
  • Arras penales: es una suerte de combinación entre los dos anteriores. También se realiza la entrega de una seña en concepto de reserva y esta funciona como indemnización si se incumple el contrato. Pero, además, en caso de incumplimiento, se puede exigir la venta. Es decir que el contrato no puede desistirse.

Partiendo, entonces, de estas definiciones, podemos asumir que las consecuencias por el incumplimiento de las arras dependerán del tipo de contrato que hayas firmado. Pero iremos un poco más allá para poder ser más exactos.

Contrato de arras vencido: consecuencias para el comprador y el vendedor

Cuando se firma un contrato de arras, se realiza una suerte de reserva de la propiedad. Es por ello que se establece un tiempo límite para culminar la operación. Lo normal es que el plazo sea de dos o tres meses, pero puede llegar incluso hasta los cinco meses. Cumplido ese plazo, el comprador deberá pagar la totalidad del bien y el vendedor tendrá que poner el inmueble a disposición del interesado.

Ahora bien, en casi todos los contratos se detallan las consecuencias de su incumplimiento tanto para el comprador como para el vendedor. En un contrato de arras penitenciales, por ejemplo, se especificará que: si el comprador incumple con el contrato, perderá la suma de dinero que entregó en concepto de seña (esta será retenida por el vendedor). Si, en cambio, es el vendedor quien incumple el contrato, este habrá de devolverle al comprador el doble de la suma de dinero que se entregó como señal.

No obstante, esta no es una regla general. Es decir que, dichas penalizaciones solo tendrán lugar en aquellos contratos donde se especifiquen. ¿Y si el contrato no dice nada al respecto? Según los especialistas, en estos casos, los tribunales consideran que las arras se corresponden con una promesa de compraventa y se entiende que la suma de dinero es una entrega a cuenta o adelanto. Es decir que se ha formalizado la compraventa, pero solo se ha entregado una suma de dinero por adelantado.

La consecuencia del incumplimiento en estos casos será resuelta por la justicia, pero tanto el comprador como el vendedor podrían exigir que se realice la operación en las condiciones exactas que se especificaron en las arras.

¿Cómo reclamar un contrato de arras vencido?

Se puede reclamar un contrato de arras vencido por varias vías. Pero debes saber que se trata de un contrato privado, por lo que, si el documento no refleja el tipo de penalización o si la otra parte se niega a asumir las consecuencias, puedes reclamar de la siguiente manera:

Por vía extrajudicial

En este caso, puedes contactar con tu inmobiliaria y solicitarle la reclamación por incumplimiento. También puedes enviar un burofax a la otra parte para exigirle el cumplimiento de las arras, opción que resulta conveniente porque servirá de prueba en caso de ir a juicio. Por último, puedes interponer un recurso en los juzgados para exigir el cumplimiento del contrato. Este procedimiento se conoce como un “acto de conciliación” y también servirá de prueba en una posible instancia judicial.

Por vía judicial

Idealmente, será mejor agotar las instancias mencionadas anteriormente antes de acudir a la justicia. Pero si lo consideras oportuno, podrás poner una demanda en el juzgado correspondiente para exigir el cumplimiento de las arras.

Conclusiones

Si recapitulamos, entonces, podemos afirmar que:

  • Las consecuencias de un contrato de arras vencido tanto para el comprador como para el vendedor, dependerán del tipo de contrato que se haya firmado.
  • A grandes rasgos, las consecuencias para el comprador pueden ser: verse obligado a comprar la propiedad o perder la cuantía que entregó como señal.
  • También de manera general, las consecuencias de un contrato de arras vencido para el vendedor pueden resumirse en: verse obligado a devolverle al comprador el doble del dinero que este último entregó en concepto de seña, o vender obligatoriamente la propiedad en los términos pactados.
  • Considerando la situación actual, existe cierta flexibilidad en los plazos establecidos. No obstante, todas ellas deben estar detalladas en el contrato de arras, si no, no tendrán efecto.

¿Hemos podido ayudarte a resolver tus dudas respecto de las consecuencias para el comprador y el vendedor de un contrato de arras vencido? ¡Cuéntanoslo en comentarios!

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