Probablemente estés preparando los papeles para presentar de la renta 2020 y te surja la duda sobre la devolución de gastos hipotecarios. En esta nota te contamos cómo se considera esta situación, no dejes de leer!

Durante el año pasado, muchos clientes de hipotecas consiguieron que las entidades financieras les pagaran los gastos hipotecarios que fueron devengados indebidamente. Gracias a una sentencia del Tribunal Supremo, las personas que tenían créditos hipotecarios y habían pagado de más llegaron a un acuerdo con los bancos o lo lograron por la vía legal.

Desde el 7 de abril se inició la declaración de la renta de 2020 por la cual los contribuyentes pueden presentar un borrador o confeccionar su declaración. La fecha límite para la entrega es el próximo 30 de junio. En este contexto muchos se preguntan, cómo se declara este dinero?

Si recibiste una devolución de gastos hipotecarios y no sabes cómo declarar este dinero ante la Renta, sigue leyendo este post! Tendrás toda la información necesaria y el paso a paso para poder continuar con los trámites.

Devolución de gastos de hipotecas: hay que declararlas?

La respuesta a esta consulta es no, ya que la misma agencia tributaria lo aclara en su resolución 140833. Según este documento se establece que las cantidades recibidas de dinero que nos hayan devuelto por pagos indebidos a los bancos no deben ser plasmados en la declaración de renta. Es por esto que este dinero no debe integrar la declaración de la renta 2020.

Sin embargo, en los casos en los que además de la devolución de los gastos correspondió una indemnización por haber realizado el reclamo por la vía legal, deberemos hacer una inclusión de este aumento del patrimonio como una ganancia patrimonial.

Cuál es la situación si ya se desgravó la devolución de los gastos hipotecarios?

Es muy probable que si firmaste una hipoteca antes del 2013, hayas aplicado para la deducción por adquisición de vivienda habitual sobre esos gastos hipotecarios que pagaste de más. En este caso tendrías una situación irregular pero según el propio reglamento de la Agencia Tributaria, las deudas con Hacienda tienen un plazo de prescripción de cuatro años. Y como la deducción sobre los gastos hipotecarios se practicaba en los ejercicios de 2012 o en los anteriores, ese plazo ya venció. Es por esto que no deberás regularizar esa cantidad, ya que la deuda prescribió.

Cómo puedo reclamar los gastos de hipotecas si aún no lo hice?

Es posible que aún no hayas podido hacer el reclamo legal para que te devuelvan los gastos hipotecarios que te corresponden. Es importante aclarar que el banco está obligado a pagar la mayor parte de los gastos asociados a constitución de hipotecas firmadas antes del 16 de junio de 2019. Hasta esa fecha, las entidades financieras, aunque estaba estipulado, se lo cargaba al cliente.
Esta práctica, se ha considerado abusiva por parte del Tribunal supremo, que indicó que podemos reclamar por:

  • La cantidad total de lo abonado por aranceles registrales
  • La mitad de lo que se pagó por aranceles notariales
  • Aranceles registrales
  • Honorarios de la gestoría
  • Costes de la tasadora

Cada afectado puede recuperar alrededor de unos 1.500 euros, monto que dependerá de la hipoteca que haya firmado.

Declaración de la renta 2020: cuáles son los plazos?

Este 7 de abril comienzó a campaña de la declaración de la renta de 2020. Este período que acaba de concluir corresponde al ejercicio que se presenta en 2021. Los contribuyentes pueden presentar un borrador o confeccionar su declaración hasta el próximo 30 de junio. Este trámite se realiza tanto por teléfono como en las oficinas de la Agencia Tributaria, para lo cual hay que solicitar cita por internet, así como por Internet o por la app.

El ingreso mínimo vital y los ERTE presentan declaración de la renta

Este año la novedad tiene que ver con los ingresos mínimo vital ( IMV) y los ERTE

IMV

Los beneficiarios del IMV están obligados a presentar la declaración de la renta, cualquiera sea cual sea el importe de la prestación. Es una renta exenta del pago del IRPF para los primeros 11.279 euros.

ERTE


Quienes recibieron un ERTE en 2020 tendrán que seguir las reglas generales para saber si deben presentar la declaración de la renta. Sus prestaciones derivadas no estarán exentas de tributación y el SEPE cuenta como un pagador independiente de la empresa. El importe máximo para no declarar se reduce de 22.000 euros a 14.000 euros en el caso de que sea más de un pagador y las rentas del segundo y los siguientes son mayores a 1.500 euros.

Cómo descargo el borrador?

Este borrador de declaración de renta se puede consultar vía web y a través de la app de la Agencia Tributaria.
Los métodos para hacerlo son:

  • Certificado electrónico o DNIe
  • Sistema Cl@ve PIN
  • Número de referencia

Cómo se tramita la Casilla 505?

En el caso de no tener DNI electrónico ni estar registrados en el sistema Cl@ve PIN deberán hacer un trámite extra para obtener el número de referencia que permita descargar el borrador o acceder al servicio Renta Web de la Agencia Tributaria. Aquí deberán informar del valor de la casilla 505 de la renta de 2019 que se presentó el año pasado. Esta es la que hace referencia a la base liquidable general sometida a gravamen. Vale recordar que no debemos confundirla con el resultado de la declaración.

Quienes no presentaron la declaración el año pasado pero quieren el número de referencia, deberán solicitar el código informando de los últimos cinco dígitos del IBAN de una cuenta corriente a su nombre. Si la casilla 505 de la renta de 2019 fue igual a cero, se deberá informar el código IBAN.

Esperamos que te haya sido útil esta información. Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

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