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Mediante el Real Decreto-Ley 26/2021 se modificó la forma de calcular el impuesto de la plusvalía municipal. Tal medida afecta impacta en la actividad de cada promotora inmobiliaria así como en las empresas constructoras cuando compran terrenos para levantar viviendas destinadas a la venta. Por esa razón, la Dirección General de Tributos aclarara en qué consiste tal modificación y cómo se debe pagar la plusvalía municipal. En este artículo te contamos todo de este tema.

Cómo calcular el tributo si eres una promotora inmobiliaria

La modificación del impuesto municipal mediante el Real Decreto-Ley 26/2021 presenta algunos puntos favorables si debes tributar como constructora o como promotora inmobiliaria. Los mismos están vinculados, concretamente, a la posibilidad de tributar por la ganancia específica que se ha obtenido. Esto implica igualmente que cuando no se ha obtenido ninguna, se puede evitar el pago. No obstante, en ambos casos es necesario hacer una comparación entre los valores de adquisición y transmisión del terreno. Para calcular este último se toma como referencia el porcentaje del valor catastral que corresponde al terreno, sobre el valor catastral total. Ese porcentaje se traslada luego al valor de transmisión.

Así, el valor X que le de Catastro a un terreno con inmueble construido será el 100% catastral. De allí habrá que saber cuál es el porcentaje que le corresponde sólo al terreno, por ejemplo, el 60%. Será entonces ese porcentaje el que se aplique al valor de venta. Si la vivienda o local se vende por 100.000 euros, 60.000 será el valor correspondiente al terreno.

En el caso del valor de adquisición, este cálculo deja de ser pertinente puesto que no se pueden aplicar valores de compra de inmueble a un terreno que fue adquirido sin construcción por una promotora. Por lo tanto la Dirección General de Tributos afirma que “a los efectos de determinar el valor de adquisición del terreno de la vivienda no hay que aplicar la proporción entre los valores catastrales, ya que lo adquirido en su día sólo fue terreno. Pero no se puede tomar el valor de adquisición de la totalidad de la parcela adquirida, sino el porcentaje de ese valor que corresponda a la vivienda que se transmite, aplicando para ello el porcentaje que corresponda a la vivienda en la escritura de división horizontal del inmueble adquirido”.

Procedimientos especiales

Con lo dicho anteriormente, es evidente que la ley actual contempla los casos en que se transmite una parte del terreno adquirido. Entones el valor de compra se restringe a la porción vendida, no al total. Consideremos ahora dos procedimientos especiales en esta norma.

Cuando no se cuenta con el valor catastral

Una dificultad que puede surgir con los cálculos anteriores es que no se conozca aún los valores de Catastro. Esto sucede en particular con las obras nuevas. En términos generales, la ley indica que las promotoras inmobiliarias deberán esperar a que se asigne un valor catastral al inmueble. Luego, el Ayuntamiento dictará liquidación para exigir el pago del impuesto. Esto se sustenta en la normativa de la plusvalía municipal, que dispone que “cuando el terreno, aun siendo de naturaleza urbana o integrado en un bien inmueble de características especiales, en el momento del devengo del impuesto, no tenga determinado valor catastral, el ayuntamiento podrá practicar la liquidación cuando el referido valor catastral sea determinado, refiriendo dicho valor al momento del devengo.”

Cuando la promotora inmobiliaria no han obtenido ganancia

La Dirección General de Tributos otorga un margen de acción para que los contribuyentes reclamen la correcta adecuación del impuesto, en caso de creerlo necesario. En los casos en los que se considera que no se ha producido un incremento de valor del terreno por comparación entre los valores de transmisión y adquisición, o bien se considera que el incremento obtenido puede ser inferior al importe de la base imponible determinado según las reglas, podrá alegar esta circunstancia en la declaración tributaria que presente en el plazo del artículo 110.2 del TRLRHL (Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobada mediante el Real Decreto Legislativo).

De esta manera, la modificación habilita a la promotora inmobiliaria a solicitar la no sujeción al impuesto, cuando no se incrementó el valor del terreno. Lo mismo si se prueba que la base imponible a tener en cuenta es inferior a la que resulta de aplicar las normas del impuesto. En ambos casos, será entonces materia de la Administración del Ayuntamiento el hacer la correspondiente liquidación cuando se determine el valor catastral del inmueble.

Tal como remarca la Dirección de Tributos, es importante recordar que el recurso o reclamación que puedan interponer las empresas pueden ser previos o posteriores a la liquidación del impuesto que se les notifique por la administración tributaria. En un caso pueden comunicar al Ayuntamiento la transmisión del suelo y las circunstancias que la empresa considere para no estar sujetos al impuesto u obtener una menor tributación. En el otro, sólo comunican la transmisión, y esperan a que se notifique la liquidación; luego plantean en vía de recurso todas las pruebas que acrediten su modificación.

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La normativa lleva ya varios meses en vigencia, pero las discusiones sobre la regulación y la forma en que la realiza continúa generando revuelo. Por ello, queremos contarte en este artículo cuáles son los efectos negativos de la Ley de Vivienda para cada uno de los que participan en el mercado inmobiliario. ¿Nos acompañas?

Efectos negativos de la Ley de Vivienda

José Ramón Zurdo, el director General de la Agencia Negociadora del Alquiler ha realizado un análisis sobre los efectos negativos de la Ley de Vivienda. Debemos tener presente, de igual manera, que no es el primero en advertir los problemas que esta normativa ha generado.

Por un lado, se hace alusión a la inseguridad jurídica que propicia en el sector, ya que lo más probable es que la oferta de viviendas en alquiler, contrariamente a lo que se quiere lograr, se vea reducida. También, consideran que es muy posible que se desplacen las inversiones a las Comunidades Autónomas que no acepten la normativa. 

A continuación detallaremos, como impactará negativamente la Ley de Vivienda en cada uno de los actores que participan en el sector. 

Efectos negativos de la ley de vivienda para los inversores

Dentro del sector inmobiliario, uno de los actores que juega un importante papel es el de los inversores. Al analizar la forma en que la normativa puede afectarlos, uno de los puntos que toman relevancia, tiene que ver con la inseguridad jurídica. Explica que, antes de la entrada en vigencia, eran muchos los inversores que buscaban viviendas de alquiler con el fin de rentabilizar las inversiones.

Ahora, por otro lado, buscan en el sector inmobiliario otro tipo de formas de invertir que tengan menos riesgo o terminen accediendo al mercado de compraventa. De esta forma, lo que sucede es que la oferta de propiedades para rentar es cada vez más escasa, con lo que el precio para ello, también continúa en ascenso. 

Problemas para los arrendadores

Según el director de ANA, uno de los grandes perjudicados debido a la nueva normativa son los arrendadores. Esto se debe a que se les ha trasladado una función social, que realmente le corresponde al gobierno. Con ello nos referimos al acceso a la vivienda para las clases bajas. Tengamos presente que este colectivo, es uno de los que tiene un riesgo más alto respecto a los incumplimientos de pago de la renta.

Por esta razón, muchos de los propietarios que veían a la renta como una forma de obtener dinero, gracias a una propiedad en desuso, están comenzando a mudarse a otro tipo de mercados. Algunos de ellos deciden incluso vender las viviendas, o también cambiar a otro tipo de alquileres donde sea menor la limitación y los riesgos.

Si a estos puntos le sumamos el aumento de las viviendas ocupadas y la inqui-okupación, el miedo y los riesgos de este tipo de operaciones, van a traer como consecuencia el efecto contrario al que intentan llegar. Será menor la oferta y con ello, los precios de la renta continuarán en aumento. 

Los arrendatarios también sentirán los efectos negativos de la Ley de Vivienda

Ya te contamos los problemas de los arrendadores, pero los arrendatarios no quedarán tampoco bien librados. Es que si bien muchas medidas que se presentaban como una solución y una ayuda para quienes necesitan una vivienda en alquiler, la realidad y la puesta en marcha de la normativa, demuestra que no todo es color de rosa.

Primero que nada, debemos mencionar que la inseguridad jurídica y los procedimientos de desahucio, que se han extendido, han traído modificaciones respecto a los requisitos para alquilar una propiedad. De esta forma, muchas personas han quedado imposibilitados de cumplir estos requerimientos. A ello debemos sumar que los riesgos de los propietarios han provocado importantes aumentos en los montos para poder efectuar la operación.

Todas estas situaciones son las causantes de las subidas en las rentas. A continuación detallaremos, según la entidad, los motivos por los que se producen estos aumentos:

  • La poca oferta de viviendas para la renta, que no logra abastecer una altísima demanda
  • Los límites que se han impuesto a los arrendadores en la actualización de las rentas, congelación y la intervención que el estado realiza en los precios de los alquileres
  • También los riesgos que corren los propietarios debido a la inseguridad jurídica
  • Por último, la repercusión en los ingresos de los nuevos gastos que deben afrontar los arrendadores.

Inconvenientes para los abogados

Los abogados tampoco quedan exentos de los problemas que ha generado la normativa. Es que gracias a los cambios que se han efectuado respecto a los desahucios, se han visto ellos también afectados.

La ley de vivienda, establece procedimientos complicados, respecto a los requisitos necesarios para efectuar este tipo de trámites, principalmente en caso de inquilinos vulnerables. Además las normas para ello, son confusas y ambiguas, incluso en algunos casos, difícil de aplicar. 

Los efectos negativos de la ley de Vivienda para las compañías de seguro

Para este actor, el principal efecto negativo de la ley de vivienda, tiene que ver con el aumento considerable de asumir el coste por procedimientos de desahucio de los clientes. Esto puede provocar una importante subida en las primas de seguros que deberán abonar los arrendadores. Lo más probable, es que luego sea trasladada a los inquilinos, generando un aumento de los precios de la renta. 

Las agencias inmobiliarias

Este actor, también deberá afrontar efectos negativos por la ley de la vivienda. Es que al obligar a los propietarios a correr con todos los gastos de honorarios de las gestiones, se están registrando tres consecuencias negativas

  • La primera tiene que ver con que el coste de honorarios: los arrendadores buscan transferirlo a los inquilinos, con lo que los aumentos en las rentas continúan en subida.
  • En segundo lugar, la situación de indefensión de los arrendatarios: que no cuentan con profesionales que los asesoren respecto a la legalidad de las operaciones de alquiler que se realizan por fuera de las agencias, al realizar contratos directamente con los propietarios
  • Por último, muchas agencias inmobiliarias que se dedicaban exclusivamente al alquiler han debido cerrar.

Efectos negativos de la Ley de Vivienda para promotores y constructores

La normativa impone reservas de suelo del 40 por ciento en la vivienda protegida y del 20 por ciento en actuaciones de reforma interior en suelo urbanizado. También se establece una dedicación del 50 por ciento de estas reservas para alquileres protegidos. Estas nuevas medidas, han repercutido negativamente en la actividad promotora y constructora. Esto se debe a la dificultad de rentabilizar las promociones inmobiliarias por las limitaciones establecidas, sin una contraprestación a cambio.

Según José Ramón Zurdo, esto generará una merma importante de estas actividades o un aumento en los precios para compensar estas limitaciones. También, considera que afectará muchos acuerdos y colaboraciones entre el sector público y privado y entre las distintas Administraciones Públicas, promotoras y constructoras para efectuar nuevas viviendas destinadas al alquiler.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Aunque según algunos expertos la modalidad de los apartamentos asistidos para adultos mayores no ha entrado aún en España, ya tienen amplia aceptación y desarrollo en el resto de Europa. En la nota de hoy, te contamos qué son y cuál es la situación de este tipo de hospedaje en nuestro país.

¿Qué son los apartamentos asistidos?

Con la población de adultos mayores en aumento en muchos países del mundo, es lógico que surjan ideas para contener sus demandas habitacionales. En gran medida, los nuevos desarrollos están vinculados a brindar mayor comodidad en la vida diaria o en la asistencia sanitaria. Sin embargo, también se estudia el perfil de los mayores, que varía con el tiempo al punto de que en la comparación intergeneracional suelen notarse importantes diferencias.

Uno de estos desarrollos es el que se conoce como apartamentos o alojamientos asistidos, nombres derivados del concepto “senior living”. Según Andreu Huguet, director general del área en DomusVi, son propuestas con gran aceptación en Europa, pero no así en España.

La empresa que representa Huguet gestiona el mayor número de camas de residencias de ancianos en nuestro país, lo que le facilita un conocimiento profundo de las necesidades de los adultos mayores en cuanto a su crecimiento poblacional.

En el caso de los alojamientos asistidos, sus destinatarios específicos son los ancianos que se valen por sí mismos. Esto se traduce al sector inmobiliario como una necesidad de ofrecer pisos con determinadas comodidades, pero para adultos que pueden desarrollar perfectamente las actividades de su interés y de manera independiente. Sobre este grupo, piensa el empresario, hace falta que se ocupe la administración pública, que según él debe poner en marcha suelos para desarrollar nuevos conceptos de vida destinados a este público.

Durante su intervención en el el reciente Foro 9º IESE Real Estate, Huguet remarcó que “estamos en un momento de crear nuevos conceptos y nuevos productos, como el assisted living. Es un nicho que existe en toda Europa, que es necesario y crece cada año, pero en España no se ha acabado de desarrollar”.

Un posible diagnóstico para revertir la carencia

El panorama relatado respecto de la disponibilidad de alojamientos específicos para adultos mayores independientes tiene su correlación con la estructura urbanística de las grandes ciudades de España. Así lo identifica Huguet, que ve en la planificación del territorio la principal causa de los retrasos en el desarrollo de los nuevos conceptos de las residencias. Específicamente, la falta de regulaciones claras desmotiva a las constructoras el desarrollo de tales proyectos. Se refiere, por ejemplo, a la difícil gestión de la construcción en zonas metropolitanas, esto es, los mejores lugares para un grupo social que requiere estar cerca de ciertos lugares e instituciones fundamentales.

No obstante estas dificultades, el mercado español de residencias de ancianos asistidas es un mercado que mueve cada año 3.500 millones de euros. Además se trata de un mercado diverso, que incluye desde hospitales y clínicas hasta centros de recuperación o centros de día. Y dentro de los espacios privados, la diversidad es aún más amplia. En el caso de DomusVi, por ejemplo, desarrollan otros conceptos como clínicas de salud mental, una área muy puntual y que requiere de trabajadores, formación y productos inmobiliarios especializados.

Un factor imprescindible: la asistencia en salud

En ciertas áreas de la atención médica el debate sigue siendo vigente: cómo contener a las personas que requieren tratamientos de por vida o tienen enfermedades crónicas. Muchas veces se vincula esta demanda con las enfermedades mentales, que, en algunos casos, suelen ser leves y sus pacientes externables. No hay del todo un acuerdo sobre esto último, y por ello es lógico que tal tensión entre las opiniones médicas se traslade al ámbito inmobiliario.

Algunos expertos del sector hospitalario creen que es mejor descomprimir los hospitales y ofrecer por fuera de ellos, alojamientos asistidos para dar mejor tránsito a los pacientes con patologías crónicas. El mismo Huguet estima que existe un porcentaje de camas hospitalarias destinadas a personas mayores que sufren reingresos, lo que le implica al sistema sanitario español un coste diario que va desde los 500 a los 700 euros. Es en este sentido que proponen el desarrollo de pisos en donde los adultos puedan ser asistidos correctamente, dadas, entre otras cuestiones, una buena conexión con los hospitales.

Las soluciones propuestas

La solución entonces es apelar a desarrollos más eficientes. En vez de construir más hospitales, dar lugar a pisos que puedan hacerse cargo de parte de las funciones que actualmente cumplen aquéllos.

En palabras del empresario, “tenemos que pensar que, con el poco dinero que tenemos, cómo vamos a dar servicios eficientes y de calidad. Se habla de gobiernos como Holanda o Suecia, pero aquí no lo podemos pagar. El sistema de Holanda lo quiero, pero es cinco veces más caro que el nuestro (…) Ponemos como ejemplo la coordinación entre los hospitales y centros de larga estancia. Hemos hecho pruebas piloto con call centers, intentando atraer eficiencia, evitando reingresos hospitalarios”, añade el director de DomusVi.

¿Qué opinas de este panorama? ¿Crees que la propuesta ayudaría a descomprimir el sistema sanitario español y ofrecer lo que los adultos mayores necesitan? Escríbenos y déjanos tu opinión en la sección de comentarios. Y no olvides que si quieres conocer más sobre opciones para comprar vivienda en España, tienes mucha información a disposición en el sitio de Oi Real Estate.

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A pesar de la crisis provocada por el Covid-19, la promoción inmobiliaria y las constructoras en Barcelona ha logrado mantenerse a flote en el último año con respecto al año anterior. En este artículo veremos cómo está funcionando el sector. ¡Sigue leyendo!

La actualidad de la promoción inmobiliaria y las constructoras

Un estudio de “Barcelona desde el Cielo”, elaborado por CBRE, concluye que en Cataluña se contabilizan 261 proyectos de promoción inmobiliaria. De los cuales el 71% son de nueva promoción y el otro 29% son de rehabilitación. Este número, aunque no mucho más, es un 1% mayor que hace un año atrás.

De la totalidad de proyectos, el segmento residencial tiene 192 proyectos (74% del total y un 3% menos que en 2019) y 94 grúas. Las cuales aportarán, aproximadamente, 4.141 viviendas en los próximos dos y tres años. Solo el 26% de los proyectos residenciales son rehabilitaciones. Ellas se concentran, principalmente, en los distritos de Eixample, que son 17, Sarrà-Sant Gervasi que son 10 y Ciutat Vella, que son 8.

Constructoras españolas

La edificación mantuvo la conducta más activa al aumentar un 9,2% y superar los 105.000 millones de euros. En esta cifra se incluyó el valor de los trabajos en edificios residenciales y no residenciales, así como la rehabilitación y el mantenimiento.

A pesar de esto, en 2019 aparecieron indicios que mostraban decaimiento en la inversión en edificación residencial. Lo que supone el 40% de la edificación total, con un menor crecimiento del número de viviendas iniciadas y la superficie visada. Además, se experimentó una caída de las transacciones de viviendas

Los trabajos de obra civil mantuvieron un crecimiento del 2,5%, similar al contabilizado anteriormente. De forma tal que la producción alcanzó los 19.925 millones de euros.

Se espera que la actividad de construcción sufra una caída significativa de la producción en este año 2020, debido al impacto de la pandemia por coronavirus. El hecho de que la actividad se suspenda temporalmente y que la circulación de personas se encuentre limitada, provocó un descenso considerable en el primer trimestre del 2020.

Es un contexto realmente negativo, que fue resultado de la crisis sanitaria. Y que, en un futuro cercano, seguirá afectando al sector de forma negativa.

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Gráfico para esclarecer

A continuación, les presentamos un gráfico con números exactos para que se vea más claro lo expresado hasta el momento:

Producción en España (mill. euros)  125.141
Obra Civil 19.925
Edificación residencial  42.132
Edificación no residencial  22.189
Rehabilitación y mantenimiento 40.895
Producción en el extranjero (mill. euros) 42.200
Evolución de la producción en España (% var 2019/18) +8,1%
Obra Civil +2,5%
Edificación residencial +9,3%
Edificación no residencial  +8,8%
Rehabilitación y mantenimiento  +9,3%
Evolución de la producción en el extranjero (% var 2019/18) +5,5%
Concentración (cuota de producción conjunta de los 6 primeros grupos) 27,2
Sobre producción en España (%) 3,6
Sobre producción en el extranjero (%) 97,3

Las empresas con actividad de construcción superó el número de 83.000 en enero de 2019. Por otro lado, el número de empleados se cifró en 1,28 millones de personas en marzo de 2020.

En 2019 los seis primeros grupos constructores reunieron el 27,2% del valor total de la producción, incluyendo España y extranjero. Al considerar exclusivamente la actividad en España la participación fue del 3,6%, mientras que en los mercados internacionales estos seis grupos absorbieron el 97,3% de la facturación.

Distintos distritos; distintas actividades constructoras

Si hablamos del distrito que tiene la mayor cantidad de grúas, tenemos que nombrar a San Martí. Específicamente, cuenta con 57 grúas, 32 más que en 2019. La cifra de proyectos es de 68, de los cuales 32 son residenciales y los restantes son para uso terciario.

En segundo lugar, podemos mencionar a l’Eixample, con 46 proyectos en desarrollo. De los cuales 40 están destinados a viviendas. En cuanto a las grúas, tiene 12, es decir, 9 menos que el año anterior.

En último lugar está Sarriá- Sant Gervasi, quien tiene 27 proyectos y 13 grúas activas.

La responsable de Research en CBRE Barcelona, Marta Tarrío, informa que “observamos que la actividad en Sant Martí es mucho mayor debido a los desarrollos de oficinas en 22@, proyectos que estaban ya en el pipeline y que ahora se están materializando a nivel construcción”.

Por otro lado, los distritos en los que hay menos proyectos activos son los de Les Corts y Nou Barris, con cuatro proyectos cada uno. Además, encontramos a Sant Andreu con 15 y a Ciutat Vella con 15 también. Estas son las zonas en las que se pudo detectar una mayor caída de proyectos, ya que el año pasado ambas tenían 21 proyectos, un poco más que hoy en día.

En síntesis, en Barcelona, se están desarrollan 365.000 m2 de nueva superficie de oficinas, de las cuales el 73% son de obra nueva. Lo que resulta un 60% más que en 2019.

sant marti

Resumen…

Como dijimos anteriormente, el distrito de Sant Martí, donde se encuentra ubicado en la zona del 22@, es el que lleva a cabo el mayor número de proyectos, con un total de 29. Lo que equivale a 17 más que el año 2019.

Por otro lado, no podemos correr a un costado la actividad constructora en el sector hotelero. Ya que esta se ha visto reducida en un 50% respecto al año 2019.

En Barcelona, hoy en día, hay siete hoteles en construcción o rehabilitación. Tres de ellos se sitúan en Sant Martí. Hace un año atrás, solo contaban con un proyecto.

Del otro lado, en el distrito de l’Eixample, los proyectos han descendido respecto al año anterior. Ya que pasaron de tener 5 a tener solo 2 proyectos. En resumen, estos proyectos que se encuentran en pleno desarrollo van a sumar más de 650 habitaciones a la oferta hotelera de la capital catalana.

Y tú, ¿Qué piensas de las constructoras y la promoción inmobiliaria en Barcelona? Puedes dejarnos tu opinión al respecto de este tema en nuestro apartado “Comentarios” del blog.