Si estas por vender tu piso, te dejo unos tips sobre el IRPF, que te van a ayudar muchísimo.

Primero, veamos bien en qué consiste este impuesto, y luego, qué sucede con él cuando vendemos un piso.

¿Qué es el IRPF?

La Ley 35/2006 del IRPF nos dice:

Primero: que es un tributo personal y directo, y que grava la renta de las personas físicas.

Segundo: que debe ser pagado por todas aquellas personas que tengan su residencia habitual en España. Y que se aplica sobre los rendimientos relacionados con actividades económicas obtenidos durante un año.

Tercero: que es un impuesto progresivo, o sea, cuanto más se gana más se paga.

¿Si vendo mi vivienda tengo que pagar el IRPF?

Sí, este tipo de transacción está sujeta a gravamen y tienes que pagar el IRPF.

LA BUENA NOTICIA: no en todos los casos debemos asumir esta erogación.

¿Cómo sabemos si nos corresponde pagar o no?

Aquí van los tips que te comentaba:

Si con lo obtenido por vender tu vivienda decides comprar otra, puedes acogerte a la exención por “reinversión en vivienda habitual”.

Para ello debes cumplir con una serie de requisitos:

– La casa que hayas vendido tiene que cumplir con el concepto de vivienda habitual.

– La compra de la nueva vivienda debe realizarse en un plazo no superior a los dos años y también debe ser para vivienda habitual.

– Para que la exención sea total debemos reinvertir toda la ganancia.

¿Cuándo una vivienda es considerada como “habitual”?

¿Qué sucede si el monto reinvertido en otra vivienda es inferior? Si el importe reinvertido es inferior, la exención no será total. El sobrante estará sujeto al pago del tributo.

Además, es bueno que recuerdes, que los anexos y plazas de garaje, también se asimilan a la vivienda habitual.

Último punto muy importante: En la exención, también se incluyen los gastos derivados de las reformas que realices en tu nueva vivienda.

Otros casos: en lo que la venta de tu piso está libre del IRPF

Estos son:

  • Dación en pago: las personas que hayan tenido una ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de su vivienda para satisfacer el pago de la hipoteca.
  • Y los mayores de 65 años y dependientes por la venta de su vivienda habitual.

Además, ten en cuenta que si decides vender tu nuda propiedad y obtener más ingresos, también estas exento de tributar IRPF.

Aquí, en la página de OI REAL ESTATE te presentamos algunas viviendas donde podrás evaluar el monto a reinvertir y podrás contactarnos sin problemas.

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Oi Real Estate

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