La compra de una vivienda es una operación sujeta al pago de tributos. Estos varían según se trate de un inmueble de obra nueva o uno de segunda mano. También, de la comunidad autónoma en donde se encuentre la propiedad. En este artículo te contamos cuáles son los impuestos que se pagan al comprar un piso en este 2022.

¿Qué impuestos se pagan al comprar un piso? La respuesta dependerá del tipo de inmueble que se quiera adquirir:

  • Si se trata de una vivienda nueva, pagaremos el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD).
  • Si es una vivienda de segunda mano, pagaremos el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

Por otro lado, el monto a pagar dependerá de la región de España en donde se encuentre la propiedad. A continuación te contamos todo lo que debes saber sobre los impuestos que se pagan al comprar un piso. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué impuestos se pagan al comprar un piso de obra nueva?

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El IVA corresponde al 10% del valor de compraventa de la vivienda. El pago debe realizarse en el mismo momento en que se efectúa la compra del inmueble. En otras palabras, junto al precio de la propiedad, como compradores deberemos pagarle a la compañía promotora el importe correspondiente al IVA. Es su obligación ingresar el dinero en el Ministerio de Hacienda. Una vez que hayamos realizado el pago, no deberemos preocuparnos por nada más.

Es importante agregar que la cuantía que entreguemos en concepto de reserva también tributa para el IVA. Por lo tanto, al momento de calcular el 10%, debemos contemplar también el dinero entregado para la firma de las arras.

Por último, queremos destacar dos cuestiones importantes:

  1. En Canarias, el IVA se sustituye por el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que es del 6,5% del precio de compraventa.
  2. Algunas comunidades autónomas reducen el gravamen para familias numerosas, pudiendo alcanzar el 4%.

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

El IAJD grava los documentos jurídicos necesarios para transmitir la propiedad, por lo que se aplica un porcentaje sobre el valor de escrituración de la vivienda. Este último oscila entre el 0,5% y el 1,5%, puesto que varía en cada comunidad autónoma. Veamos cómo se aplica en cada región:

¿Cuánto se paga por el IAJD en cada comunidad autónoma?

IAJD en Andalucía 

El IAJD se grava con un el 1,5% del importe de la venta, pero existen dos casos de tipos reducidos:

  • Inversión en vivienda habitual por un importe menor a los 130 mil euros; 1,2%.
  • Personas menores de 35 años que adquieran una vivienda habitual por un importe menor a los 130 mil euros; 0,3%.
  • 0,3% para personas con discapacidad igual o superior al 33%.
IAJD en Aragón

En Aragón, el AJD supone el 1,5% del precio de compra de la vivienda, aunque también existen dos casos particulares de reducción:

  • Actuaciones protegidas de rehabilitación, 0,5%.
  • Vivienda que requiera una adaptación funcional para personas con discapacidad, 0,5%.
IAJD en Asturias

El tipo general de IAJD es del 1,2%. En el caso de que el comprador sea beneficiario de ayudas económicas de la administración, se reducirá al 0,3%.

IAJD en Baleares

En Baleares, el gravamen del IAJD es del 1,2%. Varía cuando se adquieren inmuebles que constituyen el domicilio fiscal o el centro de trabajo de una empresa de nueva creación, donde el porcentaje se reduce al 0,5%.

IAJD en Canarias

Canarias es la comunidad donde los impuestos por comprar una vivienda son más bajos. El tipo de gravamen general del IAJD es del 0,75%. Pero se reduce al 0,4% cuando se adquiere una vivienda habitual para familias numerosas, jóvenes menores de 35 años o personas con minusvalía.

IAJD en Cantabria

El gravamen del IAJD en Cantabria es del 1,5%. No disponemos de información sobre las posibles reducciones de este porcentaje.

IAJD en Castilla- La Mancha

El tipo general es del 1,5%; pero podrá reducirse a 0,75% cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • Adquisición de primera vivienda habitual financiada en más del 50% por un préstamo hipotecario.
  • Compradores menores de 36 años.
  • Adquisición de viviendas calificadas dentro de la protección pública.
IAJD en Castilla y León

El gravamen del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados es del 1,5%; salvo que se adquiera una vivienda habitual situada en un municipio rural y que el comprador sea menor de 36 años. En estos casos, se aplica el 0,01%.

IAJD en Cataluña

En la Comunidad Autónoma de Cataluña, el tipo general también es del 1,5%. Este porcentaje se reduce al 0,5% para compradores menores de 33 años o con una discapacidad igual o superior al 33%.

IAJD en Comunidad Valenciana

El tipo general es del 1,5% y se reduce al 0,10% para la financiación de vivienda habitual por parte de familias numerosas y personas con discapacidad.

IAJD en Extremadura

El gravamen en la comunidad de Extremadura es del 1,5% (tipo general). Para la adquisición de vivienda habitual, se reduce al 0,75%; mientras que, si se trata de viviendas con protección pública, el tipo de gravamen es del 0,1%.

IAJD en Galicia

Tipo general del 1,5% para el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Se reduce en las siguientes circunstancias:

  • 1% para la primera compra de vivienda habitual.
  • 0,5% cuando los compradores sean familias numerosas, menores de 36 años o personas con discapacidad.
IAJD en Madrid

En la Comunidad de Madrid, el porcentaje de IAJD que se aplica sobre el valor de la vivienda es del 0,75%. Se reduce al 0,4% o 0,5%; según el valor del préstamo que solicitemos para adquirir la vivienda. Puedes saber más en la web del ayuntamiento.

IAJD en Murcia

Tipo general del 1,5%; que se reduce al 0,1% cuando se financia la compra de una vivienda acogida al Plan de vivienda joven de la Región de Murcia.

IAJD en Navarra y País Vasco

El tipo de gravamen general es del 0,5%. Constituye el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados más económico de todo el país. No hemos encontrado información sobre reducciones.

IAJD en La Rioja

El tipo de gravamen general para La Rioja es de 1,2%. No hemos podido encontrar información respecto de las reducciones de este gravamen.

En resumen

Al comprar un piso de obra nueva deberemos pagar:

  • El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que corresponde al 10% del valor de adquisición de la vivienda, salvo en Canarias donde este impuesto es reemplazado por el IGIC y se aplica un porcentaje del 6,5%.
  • El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), cuyo porcentaje varía en cada comunidad autónoma y se aplica sobre el valor escriturado.

¿Qué impuestos se pagan al comprar un piso de segunda mano?

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Por la compra de una vivienda de segunda mano deberemos pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo porcentaje oscila entre el 6% y el 10% y se aplica sobre el valor que hemos escriturado.

Al igual que el IAJD, es un tributo que está cedido a las comunidades autónomas, por lo que deberemos averiguar cuál es el monto que corresponde pagar en nuestra región. En este artículo te contamos en detalle qué porcentaje de ITP se aplica en cada comunidad autónoma:

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

Al igual que en el caso de las viviendas de obra nueva, al adquirir una de segunda mano también se debe pagar el IAJD. Como mencionamos, el monto a pagar por él oscila entre el 0,5% y el 1,5%, puesto que varía en cada comunidad autónoma.

¿Se deben pagar impuestos adicionales por solicitar una hipoteca?

A la solicitud de un préstamo hipotecario también le corresponde el pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Sin embargo, desde la sanción de la nueva Ley Hipotecaria, este pago corre por cuenta del banco. De esta manera, el comprador no debe afrontar el pago de impuestos adicionales por la solicitud de una hipoteca.

A su vez, la entidad bancaria elegida también se encarga de los costes de tasación de la vivienda y de los gastos notariales y los correspondientes al Registro de la Propiedad.

Otros gastos derivados de una compraventa

Ahora que ya sabemos qué impuestos se pagan al comprar un piso, ¡deberemos considerar también los gastos asociados a la operación!

  • Gastos de notaría. El coste oscila entre los seiscientos y los mil euros, dependiendo del inmueble y del profesional que se contrate.
  • Gastos del Registro de la Propiedad. Si bien el precio depende del valor del inmueble, suele variar entre los 400 y los 650 euros.
  • Comisión de apertura y costes de la tasación, que solo aplicarán si solicitamos una hipoteca.

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2 Comentarios

  1. Hola, he leído en otras webs que el IAJD tiene dos cuotas, una fija y una variable. Y que en el caso de una vivienda de segunda mano no se paga completo, pagando solo la parte fija, me lo podrían aclarar? Gracias

    • María Redacción Responder

      Estimado Juan:
      Es verdad, el IAJD tiene dos cuotas. Si se va a escriturar una vivienda por primera vez, se debe abonar la cuota fija y la variable. En cambio, si lo que se va a escriturar es una vivienda que ya ha tenido otros propietarios se tendrá que pagar sólo la parte fija del impuesto.
      Esperamos haber aclarado tu consulta
      Muchas gracias por leernos, saludos!

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