La mayoría de las familias españolas tiene su patrimonio invertido en vivienda habitual. Cuáles son las ventajas y las desventajas de la misma. Cómo deducir la vivienda habitual de la declaración de la renta del año anterior.

Qué se considera como vivienda habitual

Para la Agencia Tributaria, las viviendas habituales son aquellas en las que llevamos viviendo más de tres años. Se tienen en cuenta excepciones como abandonar el inmueble por fallecimiento, cambio de empleo o matrimonio, en donde pasará a ser vivienda habitual antes de los tres años. Además, se incluyen las que son ocupadas en un plazo de 12 meses desde su construcción. Quedan exceptuadas las segundas viviendas.

Sin lugar a dudas, invertir en este tipo de vivienda tiene como beneficio la desgravación por parte de la Agencia Tributaria. Pero hay que tener en cuenta que cada Comunidad Autónoma lo aplica de una manera diferente. A continuación, te brindamos todos los detalles.

La desgravación en cada Comunidad Autónoma

Esta es una ventaja clave, lo primero que debemos realizar es tildarlo en la declaración, caso contrario no aparece. Luego se debe colocar la fecha de compra. Recordemos que este beneficio es solamente para viviendas adquiridas hasta el 1 de enero de 2013.

Cada titular de una hipoteca podrá desgravar hasta 10,05 % del alquiler, siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros, tanto en la tributación individual como en la conjunta. Pero hay que tener en cuenta que esto depende según cada Comunidad Autónoma. Pasamos a continuación a detallar cada una.

Andalucía

-Deducción de 30 euros a quienes hayan recibido ayudas para adquirir o rehabilitar una vivienda protegida.

-Deducción del 2% de lo invertido en adquisición o rehabilitación de vivienda protegida, si es que la operación fue anterior a 2003.

-A menores de 35 años, deducción del 3% por compra o rehabilitación a operaciones anteriores a 2003.

Aragón

-Deducción del 3% para víctimas del terrorismo al adquirir una vivienda

-Deducción del 5% por compra o rehabilitación de vivienda en zonas rurales, a menores de 36 años y municipios de menos de 3.000 habitantes.

Asturias

-Se deduce el 3% a personas discapacitadas para adquisición o adecuación de la vivienda, discapacidad de al menos el 65% y base máxima de deducción de 13.664 euros.

-Deducción del 3% para a personas que convivan con personas con una discapacidad superior al 65%, base máxima de 13.664 euros, debiendo contribuir al menos la mitad del año con el contribuyente y no tener renta superior a 7.519 euros.

-Se deducen 113 euros por invertir en vivienda habitual protegida.

Baleares

-Deducción del 50% de las inversiones que mejoren las viviendas, con tope máximo de 10.000 euros al año.

Canarias

Deducción de 300 euros durante dos períodos impositivos por trasladar la vivienda habitual a otra isla del archipiélago por motivos laborales. Se debe vivir en la misma al menos cuatro años

-Deducción del 3,5% por inversión en vivienda habitual, límite del 15% de la cuota íntegra autonómica.

-Se deduce el 10% por obras de remodelación de la vivienda habitual.

-Deducción del 10% por obras de adecuación por persona con discapacidad en la vivienda habitual.

Cantabria

-Deducción del 15% por obras de mejora en cualquier vivienda, límite de 1.000 euros por persona, se suman 500 euros más por cada persona con una discapacidad superior al 65%.

-Deducción de 500 euros anuales por gastos de traslado a alguna zona de Cantabria que tenga menos de 2.000 habitantes y una tasa de envejecimiento del 30%. El traslado debe ser por motivos laborales.

Castilla y León

-Deducción del 15% a menores de 36 años para adquirir o reformar una vivienda en núcleos rurales. Debe ser su primera vivienda y el municipio tener menos de 10.000 habitantes, tope máximo de 9.040 euros.

-Deducción del 15% al invertir en instalaciones medioambientales (paneles solares, modos de ahorrar agua, mejora en sistemas térmicos) o de adaptación de vivienda habitual a personas discapacitadas.

-Se deduce el 15% para rehabilitar viviendas para alquilar en poblaciones de menos de 10.000 habitantes.

-Deducción del 7,5% para adquirir vivienda habitual de nueva construcción. Límite de 9.040 euros y posibilidad de cobrarlo los cuatro años posteriores.

Cataluña

-Deducción del 1,5% para rehabilitar la vivienda habitual con un límite de 9.040 euros.

-Deducción del 7,5% para invertir en vivienda habitual en el tramo autonómico, con posibilidad de aumentarlo al 15% para las personas con discapacidad. Límite de 30.000 euros.

Extremadura

-Deducción del 3% por adquirir o refaccionar una vivienda habitual a personas menores de 36 años o a víctimas del terrorismo. Con una base máxima de 9.040 euros.

Galicia

-Deducción del 15% para obras de mejora de eficiencia energética, con un tope máximo de 9.000 euros.

Guipúzcoa

-Deducción del 18% por adquirir una vivienda habitual, llegando al 23% si se es menor de 35 años o familia numerosa.

Murcia

-Deducción del 5% de los gastos invertidos en vivienda habitual a personas de hasta 35 años.

Navarra

Deducción del 15% en la inversión de vivienda habitual, 30% para familias numerosas con un límite de 7.000 euros anuales.

La Rioja

-Se deduce el 5% por adquirir, refaccionar o construir vivienda nueva en pequeños municipios, tope de 452 euros y que la operación haya sido posterior a 2017.

-Deducción del 8% por comprar (antes de 2013) o rehabilitar (antes de 2017) una segunda vivienda en una zona rural con un límite de 450 euros.

-Se deduce el 3% en la inversión para adquirir o construir una vivienda habitual para personas menores de 36 años.

Comunidad Valenciana

-Se deduce el 5% de lo invertido en primera comprar de vivienda habitual a personas de hasta 35 años.

-Deducción del 5% de lo invertido en vivienda habitual a personas con discapacidad física del 65% o psíquica del 33%.

-Se deducen 102 euros para adquirir o rehabilitar vivienda habitual.

Vizcaya

-Deducción del 18% por adquirir una vivienda habitual, llegando al 23% si se es menor de 30 años o familia numerosa. Límite de 1.530 euros.

-Deducción del 10% en obras de remodelación de vivienda habitual, límite de 15.000 euros.

Las desventajas de la vivienda habitual

Dentro de las desventajas de invertir en vivienda podemos encontrar los costes de la transacción (más elevados que el resto), el problema de que la liquidez no es inmediata y también que debemos partir de una inversión inicial alta. Por otro lado, también hay que tener en cuenta los gastos de mantenimiento que una vivienda tiene y que se suele recurrir a hipotecas para esta gran inversión. Puedes consultar este post en el que hablamos sobre el tema de las hipotecas para este tipo de viviendas.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conoce tu opinión sobre la vivienda habitual y cómo invertir en ella. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en la situación de querer invertir en estos momentos, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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