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IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES

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Hace pocos días, durante la Junta de Extremadura, se ha planteado la posibilidad de la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Según han explicado, mediante esta medida se busca corregir la desigualdad y lograr hacer justicia tributaria.

Si bien desde el gobierno hacen hincapié en que Extremadura no es una región que tenga demasiada presión fiscal, al compararla con otras, consideran que son medidas necesarias.

Esta situación se produce en un momento en el que la inflación, las subidas de los tipos y el contexto en general ha traído muchas dificultades a la población. La economía de las familias ha decaído y cada vez son más las comunidades que buscan reducir los impuestos para aliviar el bolsillo de sus comunidades.

En este post te contaremos todas las novedades sobre la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Extremadura. Además detallaremos que otras Comunidades Autónomas han decidido llevar adelante la misma medida. ¿Nos acompañas?

Extremadura podría solicitar la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Elena Manzano, quien cumple el rol de consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, ha mantenido un encuentro con los representantes de la Asociación Extremeña de la Empresa Familiar. Durante este encuentro, se han planteado distintas medidas tributarias que puedan aliviar a las familias de la Comunidad.

La principal medida que podría incorporarse, tiene que ver con la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Según han explicado, esta modificación alcanzaría a la mayoría de los contribuyentes. Se aplicaría una reducción de la totalidad de tributo para los grupos I y II de parentesco. Esto significa que abarcaría a padres, hijos y ascendientes para los primeros 500.000 euros de la base imponible.

Pero esto no será todo. Además, se está estudiando la posibilidad de realizar una nueva reducción con el fin de lograr mejorar el tratamiento de los grupos III y IV. Esto se refiere a quienes tienen un parentesco de segundo grado, siempre y cuando sean de vinculación especial.

Otras medidas Impositivas para aliviar el bolsillo en Extremadura

Otra de las medidas que ha tomado Extremadura, y que fue informada durante la semana pasada, tiene que ver con la reducción de los dos primeros tramos del IRPF. Según ha explicado Manzano, con estas acciones, será posible corregir la desigualdad y lograr una justicia tributaria. Para ello, se espera desde la Asociación Extremeña de la Empresa Familiar, que se pueda trabajar unidos con el gobierno de la Comunidad Autónoma.

Han explicado, además, que consideran que las rebajas tributarías permitirán que la inversión en la región pueda ser mayor. Es que, si los tributos que las empresas deben afrontar son menores será mayor la posibilidad tanto para el consumo como para la inversión. Debemos tener en cuenta que la mayor parte de los ingresos se obtienen por medio de la fiscalidad indirecta. Esto significa, con los que se establecen en los productos de consumo. Un ejemplo de ello, es el pago del IVA. 

Otras Comunidades Autónomas que han tomado la decisión de efectuar la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Como comentamos anteriormente, son varias las Comunidades Autónomas que han decidido realizar distintas reducciones impositivas para aliviar los bolsillos de las familias. La mayoría de estos cambios se han dado luego de que los diferentes partidos políticos hayan ganado las elecciones en el pasado 28 de mayo. 

Eliminación del impuesto de sucesiones y donaciones en la Comunidad Valenciana

La primera Comunidad que ha establecido la eliminación de este tributo ha sido la Valenciana. Incluso, ha sido la primera medida de la legislatura. Además, ha anunciado que no será la única rebaja que se llevará adelante. Explicaron también, que este tipo de medidas serán el epicentro de su gobierno.

Al explicar la razón por la cual han tomado este tipo de políticas, afirmaron que se deben a temas de dignidad histórica y social. Han prometido además que su población no “pagarán dos veces por el esfuerzo de toda una vida”.

Carlos Mazón, el presidente de la Generalitat valenciana, explicó además que las familias deben hacer frente a demasiados tributos, para recibir servicios que no están a la altura. También adelantó que se efectuarán otras medidas, como la rebaja del IRPF para todos los contribuyentes, haciendo hincapié principalmente en aquellos que tengan rentas bajas y medianas. Por otro lado, informaron también que buscarán eliminar la tasa turística y la reducción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, haciéndolo de forma progresiva.

Baleares

Otra de las Comunidades que ha decidido realizar rebajas fiscales, ha sido Baleares. Desde el gobierno, han anunciado la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, siempre que este sea entre padres e hijos, nietos y abuelos o entre conyugues. Esto podrá ser realizado tanto a causa de una muerte como a herencias en vida al efectuar pactos sucesorios.

Por otro lado, para aquellas herencias a realizarse entre hermanos o entre tíos y sobrinos, debido a que la persona fallecida no cuenta con descendientes, se efectuará una reducción del 50 por ciento. Para el caso de que tenga descendientes, la rebaja a efectuarse será el 25 por ciento.

También se ha anunciado desde el Govern que se llevarán adelante cambios en el impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Este se efectuará sobre la compraventa de propiedades usadas siempre y cuando sean efectuadas por determinados colectivos. Estos serán; jóvenes de hasta 30 años, personas que tengan algún tipo de discapacidad, familias numerosas, monoparentales o que tengan alguna persona con discapacidad a cargo. 

Canarias y la Rioja

El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias, ha aprobado una bonificación del 99.9 por ciento del Impuesto de Sucesiones y donaciones.  Esta medida afectará principalmente al tramo familiar al realizar una sucesión entre hijos, cónyuges, tíos y sobrinos. De esta forma, quedará por fuera de la medida los familiares del tercer o cuarto grado y las personas externas a la familia.

En la Comunidad de La Rioja, el Gobierno ha decidido extender a padres e hijos y cónyuges una bonificación del 99 por ciento del tributo. Debemos recordar que esta tributación hace ya 3 años que se encuentra acotada a bases liquidables  de hasta 400.000 euros.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Para quienes piensan o deciden comprar un piso es importante considerar cuáles son los impuestos que se deberán pagar por la adquisición del bien inmueble. Solo de esa manera será posible prever cuáles serán los gastos asociados a la transacción. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es uno de los tributos que debe pagarse al momento de adquirir una vivienda.

En el territorio español al comprar un piso, los tributos a pagar dependerán del tipo de vivienda adquirida. Si se trata de una vivienda nueva se deberá abonar el IVA, mientras que si se trata de una vivienda de segunda mano, se deberá pagar el ITP.

Por ello, a continuación bridnamos toda la información imprescindible de sabre sobre este tributo nacional. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)?

El ITP es una rama del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD). Existe en España desde 1993 y está regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993 y la Ley 22/2009.

  • En lo que respecta a las transacciones inmobiliarias, este tributo grava la transmisión de bienes entre particulares. Es decir, a quien no es empresario o profesional.
  • El ITP deberá ser abonado solo en la segunda transmisión onerosa, cuando se adquiera un inmueble de segunda mano.

Para llevar adelante el cálculo de dicho tributo es importante explicitar los cambios realizados en la normativa fiscal a partir de la aprobación de la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. En adelante, el valor de referencia de una propiedad pasó a ser el que determina el catastro y no el real, como había sido anteriormente a la sanción de la ley.

¿Quién debe pagar por el ITP, dónde, cuánto y cuando?

  • Quien? El responsable de pagar el ITP será siempre el comprador de la vivienda, mientras que el vendedor se hará cargo del IRPF asociado a su incremento patrimonial.

  • Dónde? El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que habrá de pagarse en la delegación de Hacienda de la comunidad en donde se encuentre el inmueble.
  • Cuándo? El plazo para liquidarlo es de treinta días a partir del momento en el que se produce la compra del bien.
  • Cuánto? Cuánto es lo que se debe pagar y cómo se calcula este tributo son dos de los principales cambios que se han introducido en la normativa luego de la aprobación de la Ley Antifraude.

Con respecto a la modalidad de pago, el comprador del inmueble deberá presentar en la oficina tributaria correspondiente uno de los siguientes modelos:

  • Modelo 600: es de carácter general.
  • Modelo 630: sirve para aquellos casos en donde se realice el pago en metálico del exceso de letras de cambio superiores a 192.323, 87 euros.

A estos documentos deberá anexarse la copia auténtica y una copia simple de la escritura, además del NIE o DNI del comprador.

¿Cuánto se paga de ITP por la compra de un piso?

Si bien la recaudación del ITP es una competencia de cada comunidad autónoma, el Estado establece un marco general respecto del gravamen. El mínimo establecido para el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en el caso de la compra de un piso es del 6%. Este porcentaje se aplicaba sobre el valor real del bien adquirido, aunque podrán deducirse aquellas cargas que disminuyan su porcentaje.

No obstante, la nueva normativa establece un nuevo valor de referencia para los inmuebles. Anteriormente, el cálculo de la base imponible del gravamen se realizaba sobre el valor real. Hablamos del valor que se comparaba al precio de la compraventa o el valor objetivo otorgado por las comunidades en función de diversos factores. Por ejemplo, la zona.

En este sentido, el valor de referencia que se tiene en cuenta para calcular el ITP a partir del 2022 es el valor de mercado. Es decir, aquel que determina la Dirección General Del Catastro. Sin embargo, este valor nuevo no puede superar, en ningún caso, el valor que circula en el mercado.

Por lo tanto, su uso para determinar la base imponible nunca debería suponer un aumento en la tributación. Así lo establece la normativo sancionada.

Modificaciones a partir de la Ley Antifraude en el cálculo del ITP

Según lo que establece la nueva normativa antifraude, el valor de referencia que ha sido fijado por el catastro para cada una de las propiedades dependerá de diversos factores. Uno de ellos es el precio de todas las compraventas que hayan sido realizadas y formalizadas correctamente. Asimismo, se llevarán adelante valoraciones de carácter individual debido a las características de cada activo. Como ser:

  • años de construcción,
  • estado
  • calidad de edificación.

Por lo tanto, es importante saber que el valor de referencia es diferente al valor catastral, aunque estén íntimamente relacionadas.

  • Valor de referencia: es el que se establece de manera anual en cada uno de los municipios españoles. Es el que sirve como base para calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Declarados, y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es un dato de carácter público que puede ser consultado en la Sede Electrónica del Catastro. Nunca podrá superar el valor de mercado.

  • Valor Catastral: es la valoración que se realiza sobre un inmueble determinado en base a la aplicación de ciertos criterios de valores de cada municipio. Se trata de un dato que es protegido, por lo tanto no es de carácter público.  

Por este motivo, la normativa no afecta al resto de tributos que usan el valor catastral como base imponible. Ya sea el IRPF, el IBI o la plusvalía municipal.

¿Qué sucede si no se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

Si el tributo no es abonado en el tiempo correspondiente, se pueden aplicar intereses de demora y otro tipo de sanciones, ya que puede entenderse que existe algún ánimo de defraudar. Sin embargo, hasta el momento, ciertas Comunidades Autónomas no están poniendo multas a los que no lo han pagado porque entienden que ha sido por simple desconocimiento. No obstante, está siendo solicitado en varios lugares. Como otros impuestos, prescribe a los cuatro años.

Hasta aquí te hemos contado todo lo vinculado al Impuesto de Transmiciones Patrimoniales. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo.

Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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Al inicio de la planificación requerida para comprar un piso, se deben conocer los potenciales gastos fijos y variables. Esto es aún más imperioso en un contexto en el que la economía regional y local empujan a los potenciales inversores a rever sus cuentas más asiduamente antes de acercarse siquiera a la inmobiliaria. Por ello, en Oi Real Estate te ayudamos con tu próxima operación inmobiliaria y te contamos en el artículo de hoy, cuáles son las ciudades en las que hay que considerar más impuestos y pagos del ITP para comprar un piso.

¿Qué impuestos y pagos debo tener en cuenta al comprar una propiedad?

Antes de adquirir una propiedad es necesario observar muy bien el presupuesto con el que contamos y los gastos generales que implica la operación. En este sentido, las inmobiliarias suelen recordarle al cliente que distinga entre el presupuesto disponible y, de alguna manera, el que considera “ideal” respecto de sus expectativas. Esto es así por una razón muy simple: es esperable -y más en contextos de cierta imprevisibilidad económica-, que el presupuesto estimado al inicio sea superado a lo largo de la operación de compraventa.

Por ello, para evitar disgustos en el proceso, las cifras de los presupuestos son “redondeadas” hacia arriba. En suma, sabiendo que habrá gastos mayores a los esperados, es importante conocer el propio margen de esfuerzo y no establecer el monto disponible en el límite de lo que se puede pagar, sino en lo que se desea abonar en total (que suele ser, con cierta lógica, un monto menor).

Dicho esto, el potencial inversor debe tener en cuenta que la compra de una vivienda no sólo incluye el precio de la construcción. Además, la gestión de la operación viene asociada al pago de una serie de impuestos tales como pueden ser el IVA (por la compra de obra nueva), el ITP o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (por la compra de vivienda usada), y gastos ineludibles como los honorarios del notario y la expedición de las escrituras de la vivienda.

ITP que me cuestas… ¿cuánto?

De los gastos mencionados, el ITP es uno de los más importantes. Se trata de una carga que paga el comprador de vivienda usada, y su cantidad depende del valor de la transacción. En ese camino, cada comunidad autónoma establece el tipo impositivo que se aplica sobre ese valor y de allí, el monto a tener en cuenta según dónde se encuentre la propiedad deseada.

Si el objetivo es comprar una propiedad en Barcelona o Palma, el cliente debe saber que es justamente allí donde este impuesto implica los costes más altos de España. En el supuesto de querer una vivienda tipo de dos habitaciones, el desembolso requerido ronda la nada despreciable cifra de 30.216 euros y 28.403 euros, respectivamente. Tales son las estimaciones que realiza el portal inmobiliario Idealista, que periódicamente informa sobre los precios de las propiedades en el país.

Recordemos que estos números se observan sobre el cálculo de los porcentajes que el ITP aplica en la compra, y no por el valor nominal de la casa. Es decir que no necesariamente sea en estas comunidades donde el precio de la propiedad sea el más alto, sino donde se registra la mayor carga impositiva específica referida. De hecho, no es la ciudad de Barcelona el lugar donde más caro resulta comprar una propiedad, pero allí el ITP que aplica sobre vivienda usada alcanza el 10% autonómico. Por esta razón también se encuentra en puestos altos de la lista la ciudad de Girona, donde se tributa una media de 18.839 euros.

Por su parte, en Palma de Mallorca una vivienda media implica una gran suma a invertir (supera los 355.000 euros), lo que significa un coste más alto que el de la Ciudad Condal. No obstante, los palmesanos aplican un 8% por el pago de este impuesto.

Cuánto se va en impuestos y pagos en ciudades de otras CC.AA

Dejando de lado las Comunidades Autónomas de las Islas Baleares y Cataluña, por el ITP se tributa el 10% en las cuatro capitales gallegas y en las tres valencianas. Así, en la ciudad de Valencia, por ejemplo, se paga una media de 18.471 euros, y en Alicante, 16.710 euros. Por su parte, en La Coruña (Galicia), el importe de este impuesto es de unos 17.136 euros en promedio.

Siguiendo los datos publicados por el portal inmobiliario, en la capital de España una vivienda media alcanza los 263.746 euros. Aun así, al tributarse en la comunidad sólo un 6% por ITP, una vivienda de segunda mano paga bajo ese concepto unos 15.825 euros.

Un caso más extremo que el de Madrid en cuanto a la relación entre el precio medio de la vivienda y el porcentaje que se paga por ITP se da en San Sebastián, País Vasco. Allí el valor estimado de una vivienda de dos habitaciones ronda los 372.592 euros, que tributando el 4%, abona unos 14.904 euros de impuesto.

Finalmente, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León pagan un 8% de ITP. Así, en ciudades como Valladolid se tributa alrededor de 10.269 euros y en Burgos, 10.272.

¿Conocías esta situación? Comparte tu experiencia en los comentarios de esta nota. Y no olvides que si quieres conocer más sobre opciones para vivienda en España, tienes mucha información a disposición en el sitio de Oi Real Estate.

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En el último tiempo, el Valor de referencia del Catastro ha producido modificaciones fiscales en herencia y para la compra venta de viviendas. Esto se debe a que ha cambiado la formula en que se debe realizar el cálculo del impuesto a transmisiones particulares, también conocido como IPT. Este impuesto, es el que deben pagar todas las personas que adquieran un inmueble de segunda mano. En el caso de las viviendas nuevas, deberá ser abonado el IVA. Por otra parte, también ha modificado el tributo que debe ser pagado en las sucesiones, o sea, para aquellas personas que adquieren una herencia.

En el transcurso de este post, te comentamos acerca de este tema. Que cambios se han llevado a delante, que es el valor de referencia del Catastro y mucho más.

Qué es el valor de referencia de Catastro

Este dato, es establecido por la Dirección General del Catastro. Con él se definirá el precio del mismo. Es obtenido al realizar un importante análisis en los precios de las compraventas que han sido realizadas frente a un notario y en relación con la información que posee Catastro Inmobiliario de cada propiedad.

Este dato particular forma parte de las características económicas que corresponden a la descripción catastral, como también lo son la localización, superficie y uso, entre otras. Un dato particular de este valor, tiene que ver con que no superará en ningún momento el valor del mercado. Por ello, se aplica un factor que se denomina de minoración para poder calcularlo.

Factores de minoración

Son coeficientes que deben aplicarse en la determinación del valor que se establecerá de la vivienda o inmueble. Este factor permitirá garantizar que el precio que se establezca de la propiedad no sea mayor al valor que se establece del mismo bien en el mercado.

Ley contra el fraude Fiscal

Debes haber escuchado ya que en el mes de julio del año anterior, se ha aprobado la Ley 11/ 2021 donde se han establecido modificaciones y medidas preventivas en la lucha contra el fraude fiscal. Debido a esta normativa, se produjo un cambio en el cálculo de la base imponible referido a los Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y del de Sucesiones y Donaciones.

Ahora, no se tomará en cuenta el valor real de la propiedad, sino el valor del mercado para establecer el cálculo fiscal. Aclaramos también, que este valor es establecido por el valor de referencia de Catastro.

Según los expertos en este tema, explican que esta modificación, tiene que ver con un cambio total. De esta manera se podrá poner en la mira a los contribuyentes. Antes de la sanción de la ley, el fisco podía realizar una impugnación de una escritura si el valor que figuraba en ella no se correspondía con el valor real del inmueble. A partir de ahora, los contribuyentes deberán demostrar este punto, recayendo en ellos la carga de prueba.

Pero, ¿Cómo funciona el valor de referencia del Catastro si quiero vender una propiedad heredada?

Como dijimos, el valor de referencia del Catastro ha provocado modificaciones fiscales tanto en las herencias como en la compraventa de viviendas. Esto es producto de la entrada en vigencia de la nueva ley con la cual se ha modificado la forma en que se calcula el impuesto. Hablamos específicamente del impuesto de transmisiones patrimoniales, también conocido como ITP y el impuesto de sucesiones.

El ITP es el  tributo que debe abonarse por todas aquellas personas que adquieren un inmueble. Por otro lado, el impuesto de sucesiones, debe ser abonados por quienes reciban una propiedad a través de una herencia.

Cuál es el valor que debes tomar a la hora de pagar los impuestos correspondientes

Este es el punto principal que debes conocer. Si has adquirido una vivienda, ya sea por medio de una compra o por una herencia, deberás utilizar el valor más alto para calcular los impuestos a los que deberás hacer frente. Este valor, debe tomarse, comparando el valor del mercado y el valor de referencia del Catastro.

Pero, vamos con un ejemplo para que te sea más claro. Supongamos que has recibido una vivienda heredada cuya tasación es de 450.000 euros. Por otro lado, según los documentos, el valor de referencia, alcanza un monto de 470.000 euros. En este caso, debes saber que deberás afrontar el impuesto de sucesiones por los 470.000 euros. Un dato importante a tener en cuenta es que no importará si la escritura en la que has aceptado la propiedad se establece un valor menor. Deberás tomar para el cálculo de los impuestos el valor más alto. Este mismo ejercicio deberás realizar en el caso de que hayas adquirido una propiedad. O sea, deberás revisar cuál de los dos valores es el más alto y realizar el cómputo de los impuestos en base a él.

Cuál será el valor de adquisición de una vivienda en una venta de un piso heredado

Hasta el momento, el valor de adquisición en caso de una herencia, ha sido el que se declara en el impuesto de sucesiones. Es muy común, que debido a la modificación que se ha establecido surja la duda acerca de la vigencia de esta metodología.

Por ello queremos aclarar este punto en particular:

El valor de adquisición con el que debes calcular el IRPF, o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por la venta de una vivienda heredada, continua siendo aquel que ha sido declarado en el impuesto de sucesiones. Este será el valor más alto entre el valor de referencia del Catastro y  el precio de mercado.

Si te has quedado con alguna duda al respecto de este post, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad para poder evacuar cualquier consulta. Somos una inmobiliaria de lujo, que cuenta con más de diez años de experiencia en el mercado. Contamos con profesionales idóneos que podrán ayudarte a concretar los proyectos inmobiliarios que planees. No dudes en contactarnos. Dejamos a continuación un link para comunicarte con nosotros.

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