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La declaración de criptodivisas es una preocupación permanente para la administración y por supuesto, para los usuarios de las mismas. En particular, la discusión pública suele resurgir en épocas de cierre de declaraciones juradas o cuando se debaten normativas para regular su gestión y tenencia. En los últimos tiempos hay una combinación de ambos factores. A nivel internacional, los juicios a las empresas de exchange de activos digitales dieron lugar a todo tipo de opiniones en los más altos organismos financieros. A esto se le suma que, a nivel nacional, es un tema que genera inquietudes su incorporación en las declaraciones juradas sobre el capital que se posee. En la nota de hoy, te contamos las últimas novedades al respecto. Toma nota.

Fechas y alcance de la norma

La declaración de criptodivisas preocupa tanto a la administración pública como a los usuarios de las mismas. Cómo regularlas, cuánto se tributa por ellas y qué intercambios de activos digitales son objeto posible de requerir un impuesto, son cuestiones que vienen de la mano con largos debates a nivel conceptual. Y es que el mundo de las criptodivisas presenta una novedad tanto para los potenciales clientes como para el mundo financiero en general.

En ese contexto, la discusión pública suele resurgir en épocas de cierre de declaraciones juradas o cuando se debaten normativas para regular la gestión y tenencia de las cripto. Y resulta ser que en los últimos meses hay una combinación de ambos factores. A nivel internacional, los juicios a las empresas de exchange de activos digitales dieron lugar a todo tipo de opiniones en los más altos organismos financieros, particularmente en la Comisión de Bolsa y Valores (SEC, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos.

Mientras tanto, en España genera inquietudes su incorporación en las declaraciones juradas sobre el capital que se posee. La última novedad al respecto es que el Ministerio de Hacienda y Función Pública de España aprobó nuevas obligaciones informativas para las criptomonedas. Lo hizo a través de un decreto real y su objetivo es reforzar el control sobre las personas y entidades del país que hacen uso de este tipo de activos.

Las modificaciones implementadas en el Real Decreto son una respuesta a la Ley 11/2021 del 09 de Julio, que busca mejorar el control tributario de las actividades relacionadas con las criptomonedas, incluyendo la obligación de informar sobre los activos ubicados en el extranjero.

Las primeras declaraciones de información sobre las criptomonedas deberán presentarse a partir del 1 de enero de 2024, según dispone el Real Decreto.

En qué consiste la nueva declaración de criptodivisas

El documento de la nueva normativa concentra su atención en tres frentes de información: los en monedas virtuales, las operaciones con criptomonedas y los datos disponibles sobre monedas virtuales situadas en el extranjero.

En este marco, deben presentar declaración informativa anual las personas y entidades residentes en España, así como los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales. En tal declaración deberán entonces hacer referencia a las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia de monedas virtuales, así como brindar datos sobre los cobros y pagos realizados en dichas monedas, en los términos que establezca la orden ministerial correspondiente.

El Decreto hace especial hincapié en la exigencia hacia las personas o entidades residentes en territorio español que ofrezcan servicios de intercambio entre criptomonedas y moneda fiduciaria, así como entre distintos pares cripto-cripto. Todos ellos deben presentar una declaración informativa anual, incluyendo aquellos que actúen como intermediarios o proveedores de servicios de custodia en nombre de terceros.

¿Qué pasa con las criptomonedas ubicadas en el extranjero?

Una cuestión que afecta muy particularmente el debate sobre las criptomonedas es su internacionalidad. En ese sentido, hace años ya que se vienen estudiando marcos regulatorios para unificar criterios de control sobre las mismas que sean válidos, al menos, a nivel continental. La nueva normativa hace mención a la obligación informativa anual sobre las criptomonedas ubicadas en el extranjero para el conjunto de sujetos mencionados en el artículo 35.4 de la Ley 58/2003 General Tributaria. Los alcanzados por este régimen deben presentar información sobre todas las criptomonedas ubicadas en el extranjero de las cuales sean titulares, beneficiarios o tengan algún poder de disposición. En este caso, el decreto real indica que la declaración debe realizarse el 31 de diciembre de cada año y, también en este caso, se extiende su alcance sobre las criptomonedas custodiadas por terceros que brinden servicios de custodia de claves criptográficas privadas.

Esta obligación también se aplica a aquellos que hayan sido titulares, beneficiarios o autorizados de dichas criptomonedas, o hayan tenido poderes de disposición sobre ellas, o hayan sido titulares reales en algún momento del año al que se refiere la declaración y hayan perdido dicha condición al 31 de diciembre de ese año. En tales casos, la información proporcionada se basará en la fecha en que se produjo la extinción de dicha condición.

Ahora sí, ¿tienes todo listo para realizar la declaración de tus criptomonedas? Cuéntanos qué te ha parecido este artículo en la parte de comentarios de esta nota. Y no olvides que si quieres conocer más sobre éste y otros temas del mundo inmobiliario, tienes mucha información a disposición en el sitio de Oi Real Estate.

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Hoy se realizará la reunión de ministros de la Unión Europea (UE) para acordar su apoyo a la DAC8, tal como vienen planteando los procedimientos que apuntan a generar una ley continental que aplique sobre las transacciones de criptodivisas. Aunque esta reunión no sea del todo definitoria hasta que se expresen también el Parlamento Europeo y antes, su Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, se espera que el acuerdo tenga una pronta resolución positiva. En la nota de hoy, te contamos el estado de este proyecto que ya lleva largos años de debates tras la aprobación de una medida que podría regular seriamente la información fiscal que se tiene sobre los activos digitales.

Europa presiona sobre el intercambio de información fiscal de las criptodivisas

Al tiempo que avanzan la tecnología blockchain y sus aplicaciones también lo hace el sistema financiero al que sostiene: el de las criptodivisas. El hecho de que hace tiempo sus transacciones vengan generando enormes beneficios económicos, así como pérdidas por fraudes y estafas, despertó en muchos países la necesidad de acordar un marco regulatorio que permita el control y el intercambio de información fiscal a nivel internacional.

En ese marco, Europa tomó la iniciativa y es hoy una de las más importantes jurisdicciones al respecto de los criptoactivos, y sin dudas la primera en constituirse con una estructura internacional de peso. Dicho esto, es esperable que el marco legislativo que se viene generando termine por consolidarse en la práctica prontamente.

Con este objetivo se realiza hoy la reunión entre ministros de la Unión Europea, que busca marcar a nivel político el interés de los países miembros en que se habiliten los marcos legales de la UE para el control de los criptoactivos y el conocimiento de la información fiscal vinculada a las transacciones del dinero electrónico. Recordemos que este punto es especialmente sensible para los países de Europa y su lucha contra la financiación del terrorismo, el lavado de dinero y todo tipo de delitos penalizados a nivel internacional.

Según el director de Tributación y Coordinación Tributaria de la Comisión Europea, Benjamin Angel, la UE ya brindó su apoyo unánime al DAC8, allanando el camino para su adopción por parte del ECOFIN (Consejo de Asuntos Económicos y Financieros).

Qué es la DAC8

Las criptomonedas y las finanzas descentralizadas (lo que se conoce como DeFi, por sus siglas en inglés), son una forma de financiación basada en la cadena de bloques que evita los intermediarios financieros centrales. Tal descentralización es la principal causa de que los sistemas financieros tradicionales hayan puesto el ojo en todo el mundo cripto, en especial cuando empezaron a crecer drásticamente sus valores y márgenes de ganancia, sin que hubiera, aún, controles sobre la información fiscal referida a ese tipo de transacciones.

En ese marco, en marzo de 2021, la UE hizo una consulta pública destinada a sondear la necesidad de reforzar las normas de cooperación administrativa y ampliar el intercambio de información fiscal sobre el dinero electrónico y los criptoactivos. Así surgió la DAC8 (Directiva sobre Cooperación Administrativa), una legislación más amplia que la actual normativa de la UE y que habilita a proporcionar a las autoridades financieras para actuar contra el fraude y la evasión fiscales.

Con la reunión de hoy, aunque los ministros de la UE lleguen a plasmar el acuerdo político de base, no podrán adoptarlo formalmente hasta que el Parlamento Europeo apruebe la medida. Por esta razón adquiere igual peso el dictamen al que llegue la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento a finales de mayo, que tendrá un carácter de recomendación no obligatoria.

Mientras todo esto sucede, avanza el trabajo sobre los detalles de la nueva regla, aunque no se espera que la DAC8 entre en vigor antes de 2026.

El largo camino hacia la regulación de las criptodivisas

Cada paso en la legislación de criptoactivos es indispensable para evitar vacíos y superposiciones contradictorias en las legislaciones y control de este tipo de divisas. En ese sentido, los marcos normativos que se están trabajando son resultado de la coordinación con acuerdos y reglamentos previos, tales como los Informes de Criptoactivos de la OCDE y el Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA), aprobada el pasado mes de abril. Lo que aporta la DAC8, por su amplitud y detalle, es por ejemplo la normativa para la declaración de impuestos en algunas categorías de criptoactivos, como los tokens no fungibles (NFTs).

Otra fuente que sirve de antecedente para la DAC8 es el documento de la OCDE sobre un nuevo marco global de transparencia fiscal publicado en 2022. Allí se hablaba de permitir el intercambio de datos de criptoactivos, tomando las propuestas del Common Reporting Standard (CRS), para el intercambio anual automático de información sobre cuentas financieras entre países. Con este documento, además, las medidas que hoy quieren salir a la luz obtuvieron un respaldo en términos conceptuales, ya que allí se define el tipo de información financiera que debe ser intercambiada y las instituciones responsables de transmitir esta información.

¿Qué opinas de estas medidas? ¿Crees que ayudarán a su mejor administración y control, a fin de que no se utilicen con fines delictivos? Déjanos tu opinión en los comentarios de esta nota. Y no olvides que si quieres conocer más sobre estos temas, tienes mucha información a disposición en el sitio de Oi Real Estate.

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El blockchain lleva relativo poco tiempo como sistema financiero alternativo, tras haberse posicionado como soporte para las criptomonedas. No obstante, actualmente son varias las empresas que cotizan en bolsa, desde aquellas que se dedican a la minería de criptodivisas hasta aquellas que desarrollan nuevos software. En la nota de hoy, te contamos algunas estrategias para entrar a este mercado y dónde conviene, según los expertos, invertir en empresas de bolckchain.

Invertir en las empresas blockchain que más cotizan

El crecimiento del sistema blockchain se ha expandido vertiginosamente en las últimas dos décadas. Como se sabe, su uso más conocido está relacionado con la financianciación de activos digitales, donde en muchas ocasiones determinadas criptomonedas son la noticia económica del día. No obstante, su potencialidad no está relegada al ámbito de las criptodivisas sino que se expande a empresas desarrolladoras de software específico que facilita la interacción del usuario en distintos sectores tales como la salud, el manejo de cuentas bancarias, la participación en eventos o la producción de alimentos.

En este marco, el hecho de invertir en empresas vinculadas al blockchain se ha convertido ya en una tendencia tanto para particulares como para organismos a todos los niveles. Así, un ámbito al que sólo se podía ingresar mediante la inversión en criptomonedas, se ha convertido hoy en un sistema más amplio de gestión y ahorro de capital para quienes eligen entrar a este mercado sin tener que comprar ningún activo digital.

Teniendo en cuenta lo dicho anteriormente, se puede invertir en las empresas de este tipo comprando sus acciones, lo que no requiere la compra directa de criptomonedas, ya que son firmas que se basan en todo lo que implica intercambios criptográficos o se dedican a la minería del sistema. Algunos ejemplos cotizan ya en la Bolsa de Valores y son, según los expertos, empresas están en alza este mes: Maratón Digital Holdings (dedicada a la minería de criptomonedas), Coinbase (exchange de criptomonedas), y Mastercard (que tiene una sección abocada a respaldar sistemas de pago más eficientes).

Así como comprar las acciones de las empresas son un modo, de alguna manera, “tradicional” de invertir, en el mundo que opera dentro del mercado blockchain, existen otras dos estrategias muy recurrentemente nombradas: el staking y la minería de criptomonedas.

Otras formas de invertir en empresas relacionadas al blockchain

Staking de criptomonedas

Se trata de un modelo de inversión por el cual el usuario deposita su capital en un monedero o participa de un contrato inteligente, a la espera de que esa inversión le genere pasivos. De alguna manera, es como realizar un ahorro en plazos fijos bancarios: se establece un capital y el tiempo tras el cual se esperan recolectar ganancias, y el sistema hace el resto. El staking puede realizarse en exchanges internacionales o plataformas descentralizadas, lo que facilita la operatividad desde cualquier parte del mundo y con distintas monedas.

La contraparte de esto es que uno no controla todo el proceso de inversión, sino que apoya la habilidad de financiación de un tercero. Es tal vez una de las formas menos legisladas aún dentro del ámbito de las finanzas y el blockchain, lo cual puede ocasionar contratiempos en casos de demanda.

Minería de criptomonedas

La minería es en rigor una actividad necesaria dentro del sistema blockchain, por lo cual es más frecuentemente contemplada en la legislación de los distintos países, así como son debatidos sus efectos (por ejemplo, a nivel ambiental, por el gasto de energía que requiere). Ser un minero de criptomomendas implica tener grandes conocimientos técnicos, así como del mercado y la competencia.

Mientras el staking tiene a los “pools” para permitir a los usuarios generar ganancias a través de terceros, la minería también tiene un servicio similar. Es la “minería en la nube”, mediante la cual un usuario puede sencillamente financiar con su capital, a los mineros que realizan la tarea. Nuevamente, aquí la desventaja es que hay que confiar en esos terceros y, en un ámbito tan incipiente, las estafas no son del todo extrañas.

Por otro lado, la minería es una actividad que necesita de muchos recursos, tanto humanos -con saberes técnicos especializados-, como de equipamiento. Eso hace que requiera, a su vez, un flujo relativamente constante para financiar los gastos y en ese sentido, es un servicio más lucrativo pero también más costoso que el staking.

Lo cierto es que el blockchain sigue creciendo a pasos agigantados, tanto por sus potencialidades como por las variantes para financiar tal amplitud de tareas. Así, no es de extrañar que sigan surgiendo nuevas alternativas de inversión, y debates sobre cómo pueden ser legisladas.

Y tu, ¿qué experiencia tienes con las empresas blockchain? ¿Conocías ya las potencialidades y ventajas del staking y de la minería? Déjanos tu opinión en los comentarios de esta nota. Y no olvides que si quieres conocer más sobre estos temas, tienes mucha información a disposición en el sitio de Oi Real Estate.

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Con el gran repunte de la BTC en el primer trimestre del año, las expectativas de los inversores que confían en las criptodivisas creció y se amplió hacia las alternativas. Es frencuente entonces escuchar sobre las posibles ventajas de ampliar la cartera de criptoactivos en este momento. La principal, por supuesto, es conseguir que el precio de la “altcoin” elegida sea más bajo que el que se podría pagar más adelante y así obtener ganacias En la nota de hoy, te invitamos a leer sobre las divisas alternativas y cómo se está comportando el mercado en un abril que, a pesar de sus vaivenes, las empuja a valores positivos.

Después de la tormenta, llega la calma…

Tras un 2022 que, sobre todo en el último trimestre, tuvo a todo el mercado cripto en vilo, la primera parte de este año parece que no sólo favoreció sus valores en bolsa sino que también recuperó la confianza en este tipo de divisas como modo de ahorro. En efecto, tomando los precios de abril, el Bitcoin (BTC) obtuvo ya ganancias interanuales de alrededor del 80%, lo que motiva las crecientes expectativas en que la tendencia positiva continúe el resto del año.

Sitios especializados tales como eToro, indican además que al segmentar el mercado y evaluar el comportamiento de las diez principales criptomonedas, los resultados brindan un panorama de relativa estabilidad. Promediando los vaivenes de las divisas entre enero y marzo, el “Top Ten” de estas divisas se mantuvo casi sin cambios en comparación con el cuarto trimestre de 2022. De manera algo previsible, la lista la encabeza el BTC, seguida por Cardano (ADA), Ethereum (ETH), Ripple (XRP), Dogecoin (DOGE), Shiba Inu (SHIB) y Tron (TRX).

Lo particular de estas listas es leer detrás de ellas el comportamiento de los inversores quienes, a pesar del criptoinvierno que pareció caer sobre estas divisas seis meses atrás, siguieron apostando a mantenerlas como forma de inversión y ahorro. Recordemos que los juicios a FTX iniciados a fines del año pasado no han terminado y, muy por el contrario, expusieron a todas las plataformas de exchange a la mirada escrutadora de clientes, financistas y organismos legislativos y judiciales de las más altas jerarquías internacionales.

¿Se viene el auge del altcoin?

Dentro del mundo de los activos digitales, una altcoin, como su nombre lo indica, es una moneda alternativa. El carácter de alternativo se lo da la presencia de monedas que tradicionalmente cotizan más y son más reconocidas, siendo la principal, el BTC.

Muchas veces, el éxito o las desventuras en las monedas reinas tracciona el devenir de las altcoins, debido a que su comportamiento tiene mucho que ver con la confianza en el mercado y en la proyección de las divisas. Sin embargo, es igualmente cierto que la volatilidad de las monedas alternativas es mayor y por ello no llama la atención ver en ellas un comportamiento más errático.

En efecto, el citado sitio que listaba a las divisas reinas indica que, analizando el segmento altcoin, en los últimos tres meses se empezaron a percibir mayores movimientos. Esto podría indicar que, aseguradas las principales inversiones, los usuarios buscaron diversificar sus carteras de criptoactivos y aprovechar los bajos -pero crecientes-, valores de las divisas alternativas. Entre ellas cabe mencionar a Terra 2.0, Fetch.ai e Immutable X, como algunas de las que experimentaron mayor aumento, en porcentajes del 110%, 55% y 47% respectivamente.

Un efecto secundario de esto es que, al estar más repartidas las inversiones, cae el peso relativo de las principales criptomonedas, con lo cual el equilibrio del mercado es muy susceptible a la Ley de la oferta y la demanda. Aunque el porcentaje de dominio del BTC en la capitalización total de los activos hoy es alto (ronda el 45%), hay quien ya prevee una “altseason” o “temporada de altcoins”, en donde las alternativas muestren mayores subidas y mayor rendimiento.

Conocer cada altcoin, la mejor sugerencia

En cada inversión hay riesgos y el mercado de las criptomonedas es, de por sí, muy volátil. Si a ello le sumamos lo posibilidad de optar por un nuevo alcoin, ciertamente lo que encontraremos serán sugerencias que apelen a la cautela. Y es que a pesar de la relativa estabilidad del mercado no hay, en este momento, grandes certezas respecto de que los precios se hayan consolidado. Las corridas de las inversiones todavía son posibles y en tiempos de crisis, las monedas más débiles son las que sufren más las pérdidas.

Por ello, aún con las cifras de un trimestre alentador, las inversiones en cualquier tipo de alcoin deben hacerse con conocimiento. Es fundamental, en ese sentido, investigar de qué dependen sus variaciones en la cotización, o el uso que se le otorga a cada determinada moneda. No es lo mismo comprar una moneda, que depositar nuestro capital en una red o en un token y, en este último caso, hay que saber cuál es el producto o servicio al que estamos apostando.

¿Y tu, qué experiencia tienes con las criptodivisas? ¿Conoces alguna altcoin en la que creas rentable invertir? Déjanos tu opinión en los comentarios de esta nota. Y no olvides que si quieres conocer más sobre estos temas, tienes mucha información a disposición en el sitio de Oi Real Estate.

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