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El contrato de arras es un acuerdo por el cual dos partes pactan un derecho de reserva para la compraventa de bienes muebles o inmuebles. Es decir, es un acuerdo previo al contrato. A cambio de la reserva en la compraventa, se entregará una cantidad de dinero como señal, que también se conoce simplemente como arras.

¿Qué es un contrato de arras?

Las arras son un precontrato, ya que se asume la obligación de firmar un contrato de compraventa en el futuro. Los contratos de arras son ampliamente utilizados en la compraventa de viviendas. Suponen un acuerdo que se pactará cuando se firme el contrato.

Por ejemplo, en la compraventa de una vivienda se puede hacer un contrato de arras antes de firmar el traspaso. Esto es para que el vendedor deje de enseñar la vivienda a otros interesados. Se suele entregar una cantidad de dinero en forma de seña. En esas arras se puede incluir cualquier detalle como, por ejemplo, que la vivienda esté disponible antes de una fecha concreta.

Por medio de un contrato de arras es posible:

  • Que el comprador se reserve el derecho sobre la compra de un bien a cambio de una cantidad de dinero determinada a cuenta del precio total.
  • Que el vendedor se compromete a entregar el bien al comprador en las condiciones pactadas.

De este modo, ambas partes adquieren un compromiso previo a la compraventa de una propiedad. El vendedor se obliga a entregar el bien y el comprador a pagar el precio en las condiciones acordadas.

El contrato de arras, al contrario de lo que mucha gente piensa, es un documento de gran importancia puesto que, en realidad, viene a ser una transcripción de lo que, posteriormente, será el contenido de la escritura pública de compraventa. Quedan establecidas en ese momento, tanto las condiciones por las cuales las partes se comprometen a comprar y/o vender el inmueble, como las posibles consecuencias o penalizaciones en caso de que la compraventa no prospere por causa imputable a una de ellas.

¿Es obligación realizar este tipo de contrato?

No es obligación realizar un contrato de arras. No obstante, y de cara a evitar posibles inconvenientes que puedan surgir en el proceso de compra de una vivienda, los expertos lo recomiendan.

¿Se debe firmar ante notario?

Nuevamente, la firma del contrato de arras ante notario no es obligatoria. Legalmente, el contrato de arras tendrá la misma validez si prescinde de su presencia. Sin embargo, lo más aconsejable es recurrir a uno, ya que brinda mayor seguridad y garantías.

¿Quién realiza el contrato de arras?

Un contrato de arras puede ser redactado por:

  • Uno mismo: si la vivienda se vende entre dos particulares, la redacción del contrato de arras, por lo general, la realiza el vendedor. Para hacerlo, deberá tomar de base un modelo de contrato de arras. Por otro lado, si bien es poco común, también es posible que lo realice el comprador.
  • Inmobiliaria: en caso de contratar los servicios de una inmobiliaria, para vender una vivienda, deberá realizar del contrato de arras. Habitualmente, el coste se encuentra incluido en la comisión que te cobrarán.
  • Agente: hay profesionales especializados que se pueden ocupar de la redacción del contrato de arras. Su coste puede variar dependiendo del profesional y la ciudad en la que se encuentre la vivienda.

¿Qué información debe contener un contrato de arras?

A pesar de que el contrato de arras es un precontrato y se pueda llegar a pensar que no es un contrato definitivo, es de suma importancia porque refleja las condiciones de la futura transmisión.

Por esta razón, el contrato de arras deberá recoger la información que posteriormente contendrá el contrato de compraventa.

Esta es la información mínima que debe incluirse en un contrato de arras:

  • Datos personales de la parte vendedora y compradora.
  • Descripción e identificación del inmueble.
  • Precio final de la compraventa y forma de pago.
  • Cantidad de dinero de la señal o anticipo (que se descontará del precio final).
  • Tiempo máximo para formalizar el contrato de compraventa.
  • Compromiso de firmar el contrato mediante escritura pública.
  • Distribución de los posibles gastos de la compraventa.
  • Firma de comprador y vendedor.

Cuando el comprador y/o vendedor es un matrimonio en régimen de gananciales basta con la firma de uno de ellos. Sin embargo, si se trata de un matrimonio en Régimen de separación de bienes o una pareja no casada, deben firmar ambos.

Diferentes tipos de arras

Una cláusula de capital importancia es regular el tratamiento legal de las cantidades a cuenta, para determinar si se tratará de arras penitenciales (que se devuelven por duplicado si el vendedor resuelve el contrato, o las pierde el comprador si lo resuelve éste). O de arras confirmatorias (que solamente confirman el contrato, de manera que las partes pueden obligarse recíprocamente al cumplimiento del mismo). U otro tipo, como las arras penales, para determinar otra regulación de las mismas por las partes contratantes.

El Tribunal Supremo admite tres tipos de arras según cuál sea el objetivo del acuerdo:

  • Arras confirmatorias
  • Arras penales
  • Arras penitenciales

Elegiremos una clase u otra en función de la finalidad del contrato ya que cada tipo de arras tendrá diferentes consecuencias jurídicas.

Es importante que en el contrato se especifique expresamente la clase de arras en que se entrega dicha suma. De no manifestarse claramente se considerarán como arras confirmatorias.

Arras confirmatorias

Como su propio nombre indica, su objetivo es confirmar el compromiso de las partes con la compraventa.

Las arras confirmatorias suponen un anticipo del precio total. Lo que quiere decir que esa primera entrega constituye el primer plazo del precio al que deben de seguir los demás.

En caso de incumplimiento, las partes no podrán rescindir unilateralmente el contrato, sino que serán de aplicación las reglas generales de incumplimiento de obligaciones.

Es decir, el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. Además, si el perjudicado opta por exigir el cumplimiento, podrá pedir la resolución más tarde si el cumplimiento resulta imposible. (Artículo 1.124 del Código Civil).

Arras penales

Las arras penales se establecen como garantía del cumplimiento del contrato.

El incumplimiento supondrá para el comprador la pérdida de las arras (total o parcial) y para el vendedor, su devolución más la cantidad que se acuerde en el contrato. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de exigir el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales. (Artículos 1.1521.153 1.154 del Código Civil).

Arras penitenciales o de desistimiento

Este tipo de arras permite a las partes resolver unilateralmente el contrato mediante la pérdida para el comprador o la restitución doblada para el vendedor.

Como particularidad, sólo serán aplicables cuando expresamente se manifieste sus consecuencias y se haga referencia literal del artículo 1.454 del Código Civil.

Arras o pago aplazado del precio

Es habitual confundir arras con el pago aplazado del precio. Aquí te explicaremos porqué las arras o señal son un concepto distinto al de simple anticipo.

Cuando hablamos de pago de parte del precio de la compra estamos ante un contrato de compraventa con precio aplazado en el que ni comprador ni vendedor pueden rescindir unilateralmente el contrato.

Por su parte, el contrato de arras requiere que se haga constar de forma expresa que la entrega de la cantidad a cuenta del precio total se hace precisamente en concepto de arras. Como una garantía para ambas partes antes de la firma del contrato de compraventa.

Además, el contrato de arras puede ser rescindido unilateralmente por las partes, siempre bajo unas condiciones o penalización. De este modo, ambas partes adquieren un compromiso previo a la compra y venta de una propiedad. El vendedor a entregar el bien y el comprador de pagar el precio acordado.

¿Cuál es el coste de un contrato de arras?

La realidad es que el coste del contrato de arras no es fijo, varía mayormente, de la complejidad de la operación de compraventa y sus implicaciones.

¿Quién debe abonar el contrato de arras?

El pago del importe que se indica en el contrato de arras corre a cargo del comprador. Incluso, la cantidad que este va a abonar como señal se considera, generalmente, como una muestra de su interés por la vivienda. 

El porcentaje que debe pagar el comprador, y que figura en el contrato de arras, ronda de media entre el 5% y el 15% del precio de la casa, el 10% es lo más común. Eso sí, una vez se accede a la compra de la vivienda, el importe que se ha abonado como señal y por medio del contrato de arras se descuenta del precio final.

¿Qué ocurre si firmado el contrato cualquiera de las partes se echa para atrás?

Precisamente, la naturaleza del contrato de arras permite que tanto comprador como vendedor puedan rescindir el contrato unilateralmente.

Ahora bien, el incumplimiento por alguna de las partes conlleva una penalización (según artículo 1.454 del Código Civil) para la parte incumplidora:

  • Si es el comprador quien incumple su compromiso de adquirir el bien, perderá la cantidad aportada en concepto de arras o señal.
  • Si es el vendedor quién incumple su compromiso de transmitir el bien, devolverá al comprador el importe de las arras por duplicado.

Si el objetivo es que el pacto de arras tenga un carácter penal o penitencial, es fundamental hacer constar dicho carácter. Ya que, si no consta mención expresa al mismo, la cantidad entregada se considerará, simplemente, un anticipo del precio (arras confirmatorias), no estando las partes facultadas para resolver directamente la obligación contraída.

No obstante, el Código Civil excluye la posibilidad de reclamar las penalizaciones pactadas en los supuestos considerados “caso fortuito” o “fuerza mayor” como, por ejemplo, el fallecimiento sobrevenido de uno de los firmantes.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el contrato de arras. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Para recuperar el arras en caso de no obtener la financiación, deberás aclararlo en el contrato. Aquí te contaremos cómo hacerlo.

El contrato de arras es una herramienta de gran utilidad en el proceso de compra de una vivienda. Sin embargo, una duda que aparece con frecuencia es si es posible recuperar el arras cuando el banco decide no conceder la hipoteca. En este artículo te contaremos cómo recuperar tu dinero.

¿Qué es el contrato de arras?

Las arras es el dinero que se entrega al vendedor cuando se terminan las negociaciones y se llega a un acuerdo. Esa cuantía económica se da en concepto de señal con el fin de garantizar que, una vez realizadas las negociaciones previas, se va a realizar la compraventa.

Por otro lado, el contrato de arras es un documento que conlleva el pago adelantado de una cantidad de dinero por parte del comprador a modo de señal. Este contrato tiene validez legal y ambas partes deben cumplirlo al pie de la letra, por lo que es recomendado estudiar bien el contenido antes de firmarlo.

En este contrato se especifica tanto la entrega del dinero, como el hecho de que el comprador y vendedor han llegado a un acuerdo y, por ende, han terminado la fase de negociaciones.

Esto quiere decir que el comprador deberá adquirir la propiedad en los términos estipulados en el contrato de arras, de la misma manera, el vendedor se compromete a no vender la propiedad a otro posible comprador, así este ofrezca más dinero.

Este documento es un contrato previo al contrato de compraventa. El contrato de arras se puede realizar ante un notario o a través de una inmobiliaria, sin embargo, en cualquiera de los dos casos, el documento tendrá plena validez legal, y por ello obliga a las partes firmantes a su cumplimiento.

Contenido del contrato de arras

El contenido de este documento puede variar dependiendo de las negociaciones entre ambas partes, sin embargo, la información general que no puede faltar en cualquier contrato de arras es la siguiente:

  • Datos personales de ambas partes.
  • Descripción e información importante del inmueble.
  • Precio final de venta y forma de pago.
  • Cantidad de arras entregadas, que después se descontarán del precio final y las condiciones en las que se ejecuta la entrega de este dinero.
  • Compromiso de realizar la firma del contrato de compraventa mediante escritura pública.
  • Distribución de gastos en caso de haberlos.
  • Firma de ambas partes.

¿A qué compromete el contrato de arras?

En resumen, el contrato de arras compromete al vendedor a reservar el derecho de compra de la vivienda a la parte compradora firmante. El vendedor también se compromete a entregar la vivienda al comprador en las condiciones que fueron estipuladas en el contrato.

Por otro lado, el comprador se compromete a entregar la cantidad del dinero acordada a cambio de la vivienda.

¿Cómo se realiza el pago de un contrato de arras?

En la mayoría de los casos, los pagos en el contrato de arras se efectúan en dos etapas:

  • Primer pago: al momento de la firma el contrato de arras.

  • Segundo pago: al momento de la firma ante notario. Por lo general, se realiza en un plazo de dos meses, ya que es el tiempo que se estima que se necesita para solicitar y formalizar un préstamo hipotecario, y los gastos asociados.

La ley no establece una cantidad mínima o máxima para cada pago, las partes deben acordar el importe. También, el comprador y el vendedor deberán acordar una penalización, si alguno de ellos no cumple con el contrato.

La cantidad abonada en el primer pago será descontada del precio final del contrato de compraventa.

¿Puedo recuperar el arras si el banco no autoriza la hipoteca?

La concesión del préstamo hipotecario es un trámite que se desarrolla independiente al contrato de arras. Por este motivo, debemos ocuparnos de comparar hipotecas y cumplir con todos los requisitos necesarios. De este modo, el banco nos concederá el financiamiento para la compra de la vivienda.

Sin embargo, es posible que firmemos un contrato de arras y no nos conceden la hipoteca. En este caso, puedes perder el dinero del primer pago que se efectúa en el momento en el que se firma el contrato de arras.

Esto se debe a que estarás incumpliendo dicho contrato y, por ende, el vendedor se quedará con el dinero. Se trata de una situación complicada. Sin embargo, si tenemos en cuenta que las arras se entregan para garantizar el cumplimiento de un contrato, suena lógico que se pierda el dinero si este no se cumple, por el motivo que sea.

No obstante, si nos anticipamos y leemos con atención el contrato de arras podemos recuperar el dinero.

Recuperar el arras

La clave está en adelantarse. Para asegurarte de que el vendedor esté en la obligación de devolverte el dinero si no se lleva a cabo la compra deberás estipularlo en el contrato de arras.

Si en el contrato de arras no se especifica nada al respecto y no se completa la compraventa, el vendedor tiene derecho a quedarse con las arras. No obstante, si en el contrato de arras se especifica que, en caso de que el banco no conceda la hipoteca, las arras deben ser devueltas, el vendedor tiene la obligación de devolver el dinero adelantado.

Es por esto que antes de firmar, es fundamental tomarte el tiempo de leer con atención el contrato y asegurarte que las condiciones sean favorables para las dos partes. Recuerda que ese documento será el único medio que podrás usar para recuperar tus arras.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre si es posible recuperar el arras si el banco no concede la hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Es muy habitual que la gente confunda el contrato de reserva de vivienda o las arras, por eso hemos decidido contarte de qué se trata. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Contrato de reserva de vivienda

El contrato de reserva de vivienda es uno de los diferentes acuerdos preliminares muy importantes al momento de llevar a cabo una compraventa, sirven para establecer los términos y condiciones más importantes antes de llevar a cabo el contrato de compraventa definitivo.

Puntualmente, cuando hablamos del contrato de reserva de vivienda nos referimos a un acuerdo legalmente vinculante entre un potencial comprador y un vendedor de propiedad inmobiliaria. Este contrato se lleva a cabo en las primeras etapas de una transacción de compraventa, su principal objetivo es garantizar la voluntad de las dos partes de realizar la operación.

Por medio de este instrumento, el comprador expresa que está interesado en comprar la vivienda en cuestión. Por su parte, el vendedor debe comprometerse a mantener la propiedad a disposición del comprador hasta la formalización del contrato de compraventa definitivo.

Puntos a tener en cuenta del contrato de reserva de vivienda

Aquí van los puntos más importantes de un contrato de reserva:

  • Descripción de la vivienda: deben figurar detalles precisos y completos que identifiquen la vivienda. Algunos de ellos son: ubicación, dimensiones, características y todo aspecto de importancia.

  • Valor de la propiedad: debe estipularse el precio acordado por la vivienda.

  • Condiciones de pago: se establecen las modalidades de pago y plazos de devolución, así como arras o depósitos iniciales de haberlos.

  • Plazo de vigencia: en este contrato se debe definir el período de tiempo durante el cual la propiedad se reserva para el comprador.

  • Condiciones suspensivas: se trata de cláusulas que, en caso de no ser cumplidas, permiten la rescisión del contrato sin ningún tipo de penalización.

  • Arras o depósito: en ocasiones, el contrato de reserva también incluye el compromiso del comprador de llevar a cabo un depósito económico. Se trata de una garantía de intención de comprar, de acuerdo a las condiciones que fueron acordadas.

  • Consecuencias por incumplimiento: se describen cuáles son las acciones legales que tendrán lugar si una de las partes no cumple el contrato.

Los beneficios del contrato de reserva de vivienda

Sin lugar a dudas, cuando tiene lugar una transacción que implica la compra y venta de una vivienda, todo documento que respalde a las dos partes tiene un valor extra. Además, llegar a un acuerdo de reserva implica ciertos beneficios. Te contamos cuáles son: 

La principal ventaja, como lo indica su nombre, es la seguridad que brinda a ambas partes en términos de la operación en sí.

Por otro lado, con respecto a las modalidades de pago establecidas, este documento brinda un periodo de protección que le permite al comprador recaudar los fondos que requiere para completar la compra. 

Además, el vendedor sabrá que al cumplir con los plazos de entrega, recibirá la cantidad de dinero acordada en los términos plasmados en el documento.

Tipos de contratos de reserva de vivienda de nueva obra

Debemos dejar en claro que cada contrato de reserva de vivienda debe contar con información personal del comprador y el vendedor, una descripción exhaustiva de la vivienda en cuestión, la suma de dinero de la señal para la reserva, el método de pago y, si bien no es muy común, una cláusula de rescisión.

Además de los contratos de reserva y los contratos de arras, se identifican otras dos variantes de contratos de reserva:

  • En etapa de pre-comercialización: se trata de un tipo de contrato de reserva de vivienda específico para aquellas promociones que son anunciadas antes de obtener la licencia de obra y la póliza de avales. En este caso, la suma entregada por el comprador como señal no incluirá IVA. Además, se establece un plazo límite de validez. Es importante destacar que esta reserva no posee carácter vinculante. En otras palabras, el comprador puede retractarse y recuperar lo que ha abonado si decide no continuar con la compra.

  • En etapa de comercialización: si la vivienda se encuentra en la fase de comercialización, tenemos otro tipo de contrato de reserva de vivienda. En este caso, la señal sí incluirá el IVA y el periodo máximo de reserva será de diez días. Además, este documento debe ser firmado junto con los detalles de pago y el plano de ubicación. Aquí, el contrato sí tiene carácter vinculante.

Contrato de reserva y de arras

Es muy común que resulte difícil diferenciar entre el contrato de reserva y el de arras. El motivo es sencillo, puedan parecer muy similares, sin embargo, se refieren a conceptos diferentes. Si bien el contrato de arras implica un acuerdo entre las dos partes involucradas, el contrato de reserva se relaciona con la suma de dinero que se entrega para formalizar dicho acuerdo, por lo general, en el contexto de la reserva de viviendas de obra nueva. 

Este tipo de contrato incluye diferentes aspectos más detallados, por ejemplo, el plazo para la firma de escrituras, la cantidad del depósito o la modalidad de pago y deben ser cumplidos.

Por otro lado, la solidez jurídica del contrato de arras si lo comparamos con el de reserva es menos firme. Este último, está regulado por el Código Civil, mientras que, el contrato de reserva sigue las pautas de la Ley de Ventas a Plazos de Bienes Muebles 28/1998, reflejada en el BOE 14/07/1998.

Es necesario destacar que, en caso de optar por anular un contrato de arras, la posibilidad se mantiene siempre que se asuma la compensación adecuada según el tipo de contrato de arras suscrito. No obstante, la anulación de un contrato de reserva de vivienda podría ser viable solo si en el contrato se incluye una cláusula que la permita.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el contrato de reserva de vivienda. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos cuáles son los diferentes tipos de arras que existen. Continúa leyendo el artículo para saber más.

Sin lugar a dudas, el contrato de arras es fundamental antes de comprar una vivienda. Se trata de la mejor manera de confirmar la compra de la vivienda y de concretar los términos en los que se llevará a cabo el contrato hipotecario.

Sin embargo, la realidad es que existen varios tipos de arras y no todos funcionan de la misma manera. Saber cuáles son las diferencias será de gran ayuda al momento de seleccionar el que mejor se adapte a ti.

Contrato de arras: ¿De qué se trata?

Cuando hablamos de un contrato de arras nos referimos a un documento legal que confirma el compromiso de comprar o vender una propiedad. Las arras son el dinero que se debe entregar al momento de la firma del contrato como garantía de ese compromiso.

Es muy común que las personas confundan las arras con el contrato de reserva, sin embargo, la realidad es que son diferentes. El contrato de reserva se realiza antes que el de arras y, de hecho, su nombre lo indica, se utiliza para que el comprador pueda guardar la vivienda.

Por su parte, el contrato de arras es un poco más complejo. Entre sus cláusulas podrás encontrar tanto el precio como la forma de pago y el plazo para cerrar la operación. En otras palabras, se trata de un esquema de lo que más tarde será el contrato de compraventa.

Estas arras además, nos muestran las penalizaciones si una de las partes no cumple con lo pactado. En este punto es donde entran en juego los distintos tipos de arras:

Arras penitenciales

Las arras penitenciales o de desistimiento, le brindan la posibilidad al comprador y al vendedor de echarse atrás, sin embargo, esto tiene un coste. Dicho de otra forma, el comprador tendrá la posibilidad de comprar otra vivienda, o el vendedor, de vender la vivienda pero a cambio deberá pagar una suma que se acuerda previamente. Ese coste que implican las arras penitenciales es la “penitencia” que tendrá pagar cada una de las partes si desiste de la compra.

El artículo 1454 del Código Civil establece la indemnización a pagar. De este modo, el comprador perderá la señal que entregó, que por lo general, es un 10% del precio de la vivienda.

Por otro lado, en caso de que sea el vendedor quien da marcha atrás, deberá abonar el doble de la cantidad que adelantó el comprador.

De esta manera, se compensa tanto al comprador como al vendedor, se trata de incentivos para que ambas partes cumplan el acuerdo de compraventa.

Este es el tipo de arras más común. Al comprador, le dará la posibilidad de no comprar la vivienda si, por ejemplo, tienes problemas para acceder a un préstamo hipotecario que se ajuste a su perfil.

Arras confirmatorias

Este tipo de arras no son tan comunes, a pesar de que son las que se aplican por defecto si en el contrato de arras no se especifica el uso de otras diferentes.

Como el nombre nos deja ver, las arras confirmatorias confirman el compromiso de comprar o vender la propiedad. Para ello, se debe entregar una suma de dinero como anticipo del precio final de la vivienda. En otras palabras, ese dinero se restará del precio de la vivienda, ya que se trataría de un primer pago por la propiedad.

Las arras confirmatorias no establecen de forma clara cuál es la indemnización en caso de que una de las partes decida echarse atrás. Si esto ocurre, es posible aplicar el artículo 1124 del Código Civil, según el cual la parte perjudicada tendrá la posibilidad de elegir entre el cumplimiento del contrato o bien, una indemnización por daños y perjuicios.

Dicho de otra forma, es posible exigir a la otra parte que compre o venda la vivienda, aunque no quiera o, en su defecto, una indemnización. Eso sí, como en el contrato no se estipula la indemnización, es muy común que sea necesario poner una demanda para establecerla.

Arras penales

En último lugar tenemos las arras penales, este tipo de arras no implican un anticipo del precio de compra de la vivienda. En este caso se trata de un dinero que se entrega como garantía de la compraventa y será la indemnización en caso de que no se cumpla con el contrato.

Este tipo de arras se equipara a las obligaciones con cláusula penal reguladas en el artículo 1152 del Código Civil, de allí viene su nombre.

Con este tipo de arras, el comprador perderá la cantidad que entrega en la firma del contrato, por otro lado, el vendedor debe devolverla y sumar, por lo general, una cantidad extra.

Por otro lado, cabe destacar que las arras penales no prevén desistir del contrato, por ende, ambas partes tienen la posibilidad de exigir su cumplimiento. Para comprenderlo mejor, si por cualquier motivo cambias de idea y no quieres comprar la vivienda, perderás sí o sí el dinero que hayas entregado y el comprador, además, puede solicitar igualmente que compres la vivienda por vía judicial.

 Debemos tener en claro que, el contrato de arras es una garantía, es por esto que resulta fundamental seleccionar con cuidado el tipo de arras que mejor se ajuste a tu situación personal. Con respecto a esto, las arras penitenciales son las más comunes, esto se debe a que son las más claras en cuanto a la indemnización y las más sencillas de resolver.

Al comprador, las arras penitenciales le dan la posibilidad de no cerrar la adquisición de la vivienda si, por ejemplo, no encuentras un préstamo hipotecario adecuado o si encuentras una vivienda más adecuada o a un precio más conveniente. Sin embargo, perderá el dinero que adelantó como señal.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los diferentes tipos de arras que puedes encontrar. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos qué son las arras penitenciales y cuando es conveniente firmarlas. Continúa leyendo el artículo.

Contratos de arras

Al momento de solicitar hipoteca, hay pasos fundamentales que debes dar para llevar a cabo la compra de un piso. Sin embargo, también debes poner atención en algunas etapas previas, ya que la compra comienza desde el momento en el que viste la vivienda que te interesa, no cuando ya cierras la compraventa.

Aquí entran los contratos de arras, ya que sirven para asegurarte de que la vivienda será tuya. Entre ellos, uno de los más útiles es el de arras penitenciales que, vale aclarar, no tiene ninguna relación con ir a la cárcel si no cumples con tus obligaciones.

Contrato de arras penitenciales: ¿De qué se trata?

Antes de llevar a cabo la firma de la compraventa ante notario es muy común y aconsejable firmar un contrato de arras. Se trata de un documento que sella el compromiso del dueño de la vivienda para venderla y del comprador para adquirirla, además, contiene las condiciones del acuerdo.

Por otro lado, el contrato de arras implica el pago de una cantidad de dinero que sirve como reserva y un adelanto que luego se descuenta del precio de compra. Ten en cuenta que no debes confundir el contrato de arras con el contrato de reserva.

Es importante aclarar que existen distintos tipos de contratos de arras que varían dependiendo del acuerdo y las consecuencias por incumplirlo. En otras palabras, lo que sucederá si una de las partes decide echarse atrás.

Las arras penitenciales: también se les llama arras de desistimiento, ya que permite al vendedor y al comprador retirarse de la operación. Dicho de otra forma, es posible no cumplir con el compromiso a cambio de una indemnización que recoge el artículo 1454 del Código Civil.

El artículo establece que, en caso de haber mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas.

Diferentes tipos de arras

Las arras penitenciales son las únicas recogidas en el Código Civil. Sin embargo, también podemos encontrar otros dos tipos de arras.

  • Las arras confirmatorias: que como su nombre lo indica, confirman la compraventa con la entrada de un dinero que entrega el comprador. A diferencia de las penitenciales, este tipo de arras no permite que ninguna de las dos partes decida echarse atrás. En caso de hacerlo, la parte perjudicada tendrá la posibilidad de pedir que se cumpla el contrato o solicitar una indemnización.

  • Las arras penales: tampoco están reguladas expresamente en el Código Penal, sin embargo, se rigen por las cláusulas penales del mismo. Este contrato no permite desistir libremente a ninguna de las partes, lo que sí establece es la pena que habrá que pasar y que, por lo general, se trata de una cantidad de dinero a modo de indemnización.

Las arras incluyen la siguiente información

El contrato de arras no es solo la reserva de la vivienda y, por eso, no es aconsejable firmarlo a la ligera. Al final, el contrato de arras reúne los puntos básicos de la compraventa. Se trata de la siguiente información:

  • Precio de la compraventa.
  • Cuál será la forma de pago.
  • Cuánto dinero se entrega como señal y si luego se restará al precio de compra.
  • Con cuánto tiempo cuentas para firmar el contrato de compraventa y encontrar el préstamo hipotecario.
  • Quién deberá abonar cada uno de los gastos de la compraventa.
  • Los datos del comprador, vendedor y de la propiedad.
  • El compromiso de firmar el contrato de manera pública.

Se trata de un resumen de la compraventa con información fundamental, principalmente porque fija el tiempo con el que cuentas para conseguir financiación para comprar la vivienda.

¿Quién debe abonar el contrato de arras?

No existe ninguna norma al respecto, dependerá del acuerdo al que lleguen dos partes. Lo más común es que se pague a medias, o bien, si el comprador o el vendedor han contratado una agencia, este contrato se incluya en los servicios.

De lo que no cabe ninguna duda es de quien entrega el dinero del contrato de arras. Este es siempre será el comprador, esto se debe a que es quien busca asegurarse la compra de la vivienda.

¿Cuál es el porcentaje del precio que se abona en las arras?

Nuevamente, el porcentaje a pagar será el que las dos partes crean oportuno. Lo más habitual es abonar entre un 5% y un 10% del precio de compraventa de la vivienda.

La duración de un contrato de arras

En este caso también se acuerda entre las partes. Se trata de una parte de gran importancia del contrato. Esto se debe a que, si se pasa el plazo del contrato de arras sin firmar la compraventa, cualquiera de las partes podrá solicitar una indemnización. Esta indemnización variará según el tipo de contrato de arras.

Es por esto que, ante la duda, lo ideal es ser precavido y firmar unas arras largas para que tengas tiempo de encontrar una buena hipoteca.

¿Es posible anular un contrato de arras penitenciales?

Como ya hemos mencionado sí, se trata de la característica principal del contrato de arras penitenciales. Es posible anularlo en cualquier momento y con total libertad.

Sin embargo, al hacerlo será necesario abonar la indemnización que indique. En el caso del comprador, perderá el dinero que adelantó en las arras y para el vendedor, el doble de esa suma.

¿Qué sucede si no encuentras una hipoteca?

Una de las preguntas más habituales es qué sucede con las arras si no se consigue la hipoteca para comprar el piso.

A menos que en el contrato se especifique algo al respecto, lo mismo da el motivo por el que decidas echarte atrás. En resumen, perderás el dinero de las arras.

Lo bueno es que cuentas con la posibilidad de incluir cláusulas de ese tipo en el contrato de arras, que será de utilidad para liberarte si no te concede el préstamo hipotecario.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre las arras penitenciales. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte qué sucede con las arras en caso de que no te concedan el préstamo hipotecario. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Contenido actualizado

Si te encuentras a punto de comprar un inmueble y no sabes si destinar dinero al arras por miedo a perderlo si la entidad financiera no aprueba tu perfil, no dudes en leer el siguiente artículo. Aquí te contaremos cuáles son las características de este paso previo a la operación.

¿En que situación se abonan las arras?

En caso de que todo este saliendo acorde a tus planes. Por ejemplo, encontraste la casa perfecta para ti, te agrada el barrio y sus aledaños, todo queda cerca y el valor es el que tenías pensado gastar. Según tus cálculos cuentas con los ahorros suficientes para entrar en un préstamo hipotecario, por lo que únicamente faltará que te aprueben la hipoteca. No obstante, si el agente inmobiliario encargado de la venta del piso te adelanta que no eres el único en esa posición. Varias personas mostraron su interés por el inmueble y ninguno tiene ganas de perderse esta oportunidad.

Es en este caso cuando te decides a pagar una señal como manera de asegurarte el inmueble que te interesa. Sin embargo, es lógico que surja una pregunta. ¿Qué sucede con este dinero si finalmente la entidad bancaria no acepta brindarte la hipoteca?

¿Qué son las arras?

Cuando hablamos de las arras nos referimos a la señal o cantidad económica que se entrega para asegurar el cumplimiento de un contrato. Si bien es cierto que no aparecen en el Código Civil, sí existe jurisprudencia al respecto. La sentencia175/2012 de 21 de marzo de 2012 de la sala primera de lo civil del Tribunal Supremo establece que “las arras son una garantía del cumplimiento de un contrato; son un medio de protección del cumplimiento de obligaciones derivadas del mismo“.

Por ende, si has encontrado la casa de tus sueños pero hay muchas personas interesadas en la vivienda. Puedes considerar si será una buena idea y piensas en abonar un adelanto. Sin embargo, todavía no cuentas con la respuesta de la entidad bancaria para darte la hipoteca. No debes preocuparte, esta situación está prevista y es mucho más habitual de lo que crees.

Es muy común que antes de llegar al momento de firmar la compraventa de una vivienda ante un notario, se lleve a cabo una firma de contrato dejando por escrito que se abona un adelanto previo a la concesión del préstamo hipotecario. Por medio de dicho acuerdo, se obligan de manera recíproca a cumplir, se fija el precio y el resto de las condiciones de la venta. Se establece también, una fecha máxima para que se entregue la escritura notarial.

El contrato previo: firmar las arras

Es muy probable que hayas oído la expresión de ‘firmar las arras’ como una forma de proclamar que han finalizado las negociaciones. Esta proviene justamente de la firma de este contrato previo en el que se dejan en claro las condiciones para la compraventa entre el comprador y el vendedor, por el que se termina el período de negociación y se espera el contrato final.

Es en este momento donde deberás prestar mayor atención y estar acompañado de un especialista. Previo a la firma de este contrato, será fundamental corroborar la inclusión dentro del mismo una cláusula. Dicha cláusula debe asegurar de manera explicita que no podrás perder las arras si no te conceden el préstamo hipotecario. Esto se decide en el momento de la firma, por lo que para que puedas recuperar el dinero que pusiste para reservar la vivienda deberá constar por escrito.

En resumen, dentro del texto tendrá que existir un ítem específico que establezca en forma explícita y concreta que, en caso de que el banco no acepte conceder la hipoteca, el comprador tendrá derecho a la devolución de las arras. Es por esto que se recomienda que busques el asesoramiento de un especialista o bien, consultes con un notario y te saques todas las dudas antes de firmar algo que luego pueda perjudicarte.

¿Qué implica la firma de esta cláusula?

Al añadir esta cláusula al contrato se puede optar por la resolución del mismo con la devolución de todas las cantidades entregadas hasta el momento en caso de que no se concrete la entrega de la hipoteca.

En otras palabras, cuando cuentas con esta cláusula en el contrato, tienes la posibilidad de optar por la resolución del mismo con la devolución de todas las cantidades entregadas hasta el momento. Es decir que, si no te conceden la hipoteca pierdes las arras a menos que hayas firmado lo contrario.

¿Qué información lleva un contrato de arras?

A pesar de que se trata de un precontrato y se puede pensar que no es definitivo, es un acuerdo que conlleva gran importancia. Esto se debe a que refleja las condiciones que regirán la futura operación.

Entre los datos que deben fijarse se encuentran:

  • Datos personales de ambas partes

  • Identificación y descripción del inmueble

  • Precio final de la compraventa y forma de pago

  • Cantidad de dinero de la señal o anticipo (que luego será descontado del importe final)

  • Obligación de firmar el contrato mediante escritura pública

  • Distribución de los posibles gastos de compraventa

  • Firma de comprador y vendedor

Si el comprador y/o vendedor se trata de un matrimonio, será suficiente sólo con la firma de uno. No obstante, si están en proceso de separación o no están casados y son convivientes, será necesario que firmen los dos.

¿A qué compromete el contrato de arras?

El contrato de arras comprometerá al comprador a reservar el derecho sobre la compra de la compra de una vivienda. A cambio entregará una cantidad de dinero a cuenta del precio total del inmueble.

En cuanto al vendedor, a través del contrato de arras se compromete a entregar el bien al comprador en las condiciones charladas previamente.

Es conveniente que siempre se lean los contratos de arras que se firman, y asegurarse que la cláusula de devolución esté incluida para poder retirar el dinero si no nos aprueban la concesión de la hipoteca en el banco.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre el contrato de arras. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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