Muchas veces sucede que el Catastro posee información inexacta sobre la cantidad de metros construidos de tu vivienda. Debes saber que esto implica un aumento en los tributos que deberás afrontar sobre el Impuesto de Bienes inmuebles y la Plusvalía Municipal. Por ello en este artículo te contaremos sobre rectificar la superficie de una vivienda y cómo debes hacerlo. Es que no solo si realizas este trámite, será posible que los impuestos sean menores, sino que también podrías solicitar la devolución de lo que hayas abonado de más. ¿Nos acompañas?

Rectificar la superficie de una vivienda: claves para hacerlo

Existen distintos beneficios que podrás obtener si decides rectificar la superficie de una vivienda en Catastro, pero es importante saber cómo hacerlo. Lo primero que tienes que tener en claro es que realizarlo no será muy complicado, y no es tan extraño que suceda. El problema mayor, es que al existir este tipo de errores, si según esta entidad, lo construido es mayor a lo existente estarás abonando un valor más alto del que deberías. Por este motivo, es recomendable que puedas hacer este trámite.

Gracias a esta modificación será posible, no solo reducir lo que deberás afrontar respecto a los tributos del inmueble, sino que también será posible solicitar la devolución del exceso que hayas abonado.

Debes tener presente que existen dos procedimientos principales para solicitar esta corrección. El primero es la subsanación de discrepancias, y el segundo la rectificación de errores. A continuación detallaremos de qué se trata cada uno de ellos.

Rectificar la superficie de una vivienda ¿cómo hacerlo por medio de la subsanación de discrepancias?

Este procedimiento para rectificar la superficie de una vivienda, se encuentra regulado en el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. Con este trámite, es posible corregir los errores que tienen que ver con las características que corresponden específicamente a la propiedad.

Allí será posible que puedas corregir el error que en Catastro puede figurar sobre la superficie. Pero debes tener presente que si este error, tiene que ver con una incorrecta aplicación de una norma jurídica no podrá aplicarse. Esto puede ser por ejemplo debido a una terraza o un porche. Es que no podrá utilizarse esta opción sobre discrepancias respeto a parámetros urbanísticos o cuadros evaluatorios.

La utilizar la opción de rectificar errores para enmendar el error de la superficie de una vivienda ¿Cómo puedes hacerlo?

Si la rectificación de la superficie de una vivienda no puedes hacerla con la opción anterior, debes saber que no es la única. Dentro de la Ley General Tributaria, en el artículo 220, es posible efectuarla. Es que con ella, podrás corregir los errores que han surgido por la aplicación inexacta de la información urbanística o en la medición de la superficie.

Es importante que tengas presente que las oficinas de Catastro, suelen favorecer este tipo de procedimientos para enmendar las discrepancias.

Debes tener presente si tienes que hacerlo por medio de la subsanación de discrepancias, para rectificar la superficie de una vivienda, este tipo de resoluciones tiene efectos a partir del momento en el que salga la resolución o que finalice el plazo correspondiente a las alegaciones. En cambio, si lo realizas mediante a la rectificación de errores, tendrá efectos retroactivos, desde la fecha del error.

El pasado 26 de septiembre, el Tribunal Económico Administrativo Central ha sacado una resolución, favorable a Hacienda. Allí se respalda el uso de la subsanación de discrepancias para poder rectificar la superficie de una vivienda. Es que allí explican que la rectificación de errores no puede aplicarse para rectificarlos porque  implicaría una modificación sustancial del acto administrativo.

Puedo solicitar la devolución de los pagos por ingresos indebidos luego de rectificar

El primer punto que tienes que tener presente, tiene que ver con que por medio de la subsanación de discrepancias, no permite que los efectos sean retroactivos. Por ello, no es posible solicitar la devolución de lo que hayas pagado de más en los meses anteriores. Pese a ello, debemos aclarar que será posible tener un ahorro fiscal para los meses venideros. Esto sucederá tanto en el IBI como en la plusvalía municipal, si es que decides vender tu inmueble.

Por este motivo, no será posible solicitar devoluciones retroactivas afrontadas en exceso. Pese a ello, cabe aclarar que el Tribunal Supremo, ha explicado ya en varias situaciones, que es posible obtener estas devoluciones en ejercicios anteriores, en caso de que el error existiera en esos períodos.

Debido a esto, existe la posibilidad de que solicites la devoluciones mediante la subsanación de discrepancias.

Cómo solicitar la devolución rápidamente de los pagos indebidos

Al momento, estamos a la espera de que desde el Tribunal Supremo defina su posición sobre la forma en que podría hacerse. Allí tendrá que determinar si es posible solicitar la devolución de los pagos indebidos al tramitar la subsanación de discrepancias. Debemos tener presente que de ser así, sería mucho más fácil, ya que no haría falta iniciar procedimientos especiales para revisar esta situación.

A principios del corriente año, el Tribunal Supremo ha tenido que tomar una postura sobre estas situaciones. En esta oportunidad, la respuesta ha sido que, en aquellas situaciones en las que se reduce el valor catastral de una propiedad, y esta afecta las liquidaciones firmes sobre el IBI es posible sin necesidad de solicitar un procedimiento de revisión.

Por ello, si no has revisado cuál es la superficie de tu vivienda, es importante que puedas averiguarlo, así sabrías si es necesario que realices la rectificación en Catastro. De esta manera será posible que evites pagar cargas impositivas que no corresponden. Incluso ten presente que si este error se ha mantenido por varios períodos, es posible que solicites la devolución de ese dinero abonado en exceso.

Recuerda las opciones disponibles, y que se espera aún una definición del  Tribunal sobre este tema. Es que este punto facilitaría mucho el trámite para la corrección de discrepancias y la devolución de lo que se haya pagado en exceso.          

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Autor

Escribe un comentario

A %d blogueros les gusta esto: