El Gobierno ha lanzado el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 con el objetivo de facilitar el acceso a una vivienda a los jóvenes y otros ciudadanos vulnerables mediante diversas ayudas. ¿En qué consistirán los incentivos para menores de 35 años? ¿Habrá ayudas tanto para el alquiler como para la compra? ¿Cuáles serán los requisitos para acceder a ellas? En este artículo te lo contamos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la semana pasada el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero. A través de él se regula el nuevo Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, además del Bono Alquiler Joven. Se trata de una actualización del Plan de Vivienda 2018-2021, en donde sus objetivos se han reorientado hacia el mercado del alquiler frente al de la propiedad. También, al aumento del parque público de viviendas, que se encuentra muy por debajo de lo deseado.

¿Cuáles son las ayudas para jóvenes que introducirá este nuevo Plan Estatal de Vivienda? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿En qué consisten las ayudas para el acceso a la vivienda destinadas a jóvenes que comprende el Plan Estatal de Vivienda? 

Uno de los principales objetivos del nuevo Plan Estatal de Vivienda es facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes españoles. Para ello, ofrecerá un programa de ayudas directas a menores de 35 años que alquilen una vivienda y que cubrirá hasta un 60% de su renta mensual. También habrá ayudas para aquellos jóvenes que estén buscando comprar una vivienda habitual por menos de 120.000 euros en municipios o núcleos de población pequeños. Ambas ayudas no serán simultáneas entre sí.

¿Cuáles serán los requisitos para acceder a las ayudas para el alquiler de vivienda?

Para acceder a las ayudas al alquiler previstas por el programa se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años y menor de 35 al momento de solicitar la ayuda.
  • Ser titular o estar en condiciones de formalizar un contrato de alquiler bajo las condiciones de la Ley 29/1994 en calidad de arrendatario.
  • Que la vivienda o habitación en cuestión constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente.
  • Que todas las personas que residan en la unidad arrendada posean, en conjunto, rentas anuales iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). El umbral será de cuatro veces cuando se trate de personas con discapacidad en un grado menor a 33% o de hijos de víctimas de violencia de género. Luego, será de cinco veces cuando se trate de personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33 %.
  • Cuando se trate de una vivienda, que el precio de la renta sea igual o inferior a 600 euros mensuales. En caso de que se trate de una habitación, que la renta sea igual o inferior a 300 euros mensuales.

Más detalles sobre las ayudas para el alquiler de vivienda destinadas a jóvenes

La ayuda se concederá a los beneficiarios por un plazo máximo de cinco años. Cabe aclarar que los beneficiarios estarán obligados a comunicar a las autoridades cualquier modificación que se produzca en las condiciones que hayan motivado el acceso al programa y que pueda significar la pérdida del derecho.

¿Qué ocurrirá en los casos en los que haya compatibilidad con el Bono Alquiler Joven?

El Bono Alquiler Joven es otra ayuda para menores de 35 años que se enmarcan dentro de las nuevas medidas del Gobierno en materia de vivienda. Como mencionamos previamente, fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entró en vigencia el pasado 18 de enero. Sin embargo, se trata de una ayuda totalmente diferente a la que describimos en el presente artículo. En este otro post te contamos en detalle todo lo que debes saber sobre el Bono Alquiler Joven.

Pero ¿qué ocurrirá en los casos en qué ambos beneficios sean compatibles? Allí, la cuantía de la ayuda será de hasta el 40% de la diferencia entre la renta y los 250 euros mensuales correspondientes al Bono Alquiler Joven. A su vez, la suma entre el bono y la ayuda al alquiler no podrá ser superior al 75% del importe de la renta. En caso de que ocurra, la ayuda al alquiler contemplada por este programa será reducida en las cantidades necesarias.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a las ayudas para la compra de vivienda?

Como describimos previamente, la segunda ayuda para jóvenes contemplada en el Plan Estatal de Vivienda estará destinada a la compra de inmuebles en zonas rurales. Para acceder a ella será necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser menor de 35 años al momento de solicitar la ayuda o de firmar un contrato de compra de vivienda.
  • Haber suscrito luego del 1° de enero de 2022 o estar en condiciones de suscribir un contrato de compra de vivienda localizada en un municipio o núcleo de población pequeño.
  • Disponer de una rentas anual igual o inferior a tres veces el IPREM. Este umbral será de cuatro veces cuando se trate de personas con un grado de discapacidad menor al 33%. Luego, será de cinco veces en los casos de personas con discapacidades específicas como parálisis cerebral, enfermedades mentales, condiciones intelectuales o del desarrollo o que su grado de discapacidad sea igual o superior al 33%.
  • Que la vivienda en cuestión constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente del beneficiario por al menos cinco años desde la fecha de adquisición. La misma debe ser ocupada en un plazo máximo de tres meses desde su entrega. Este plazo de cinco años podrá ser menor en casos de cambio de domicilio por razones laborales o reinversión de vivienda habitual.
  • Que el precio de compra de la vivienda sea igual o inferior a 120.000 euros.

Más detalles sobre las ayudas para la compra de vivienda destinadas a jóvenes 

El monto de la ayuda para la compra de vivienda en entornos rurales será de hasta 10.800 euros por inmueble, con un límite del 20% sobre el total. Cuando una propiedad sea adquirida por más de una persona, el importe de la ayuda se determinará según el porcentaje de cuota que corresponda al beneficiario. Para poder acceder a la ayuda también se dispondrá de un plazo de tres meses desde su otorgamiento para aportar la escritura o el contrato que acredite la compra.

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