El contrato de alquiler indica cada una de las responsabilidades que deben cumplir las partes que forman parte del mismo, ya que de lo contrario pueden desarrollarse malos entendidos, como sucede con los impuestos. Si no se establecen las cláusulas que determinan a quién le corresponde hacerse cargo de un cierto coste, será complicado inferir quién debe responder económicamente por el impuesto de transmisión patrimonial en el alquiler.

Cuando se habla de impuestos en un determinado alquiler, la confusión que existe es muy grande y esto se debe a que, si no se indica con precisión quién debe pagar por un impuesto, los arrendadores o inquilinos alegarán que no les corresponde. Por ese motivo, es sumamente necesario que las cláusulas sean adecuadas y que no existan inconvenientes respecto a las responsabilidades.

Como los contratos son acuerdos, muchas veces se prioriza antes de proceder a la redacción que, cada uno de los que forma parte en una vivienda de alquiler conozca de antemano todo lo que refiere a su participación en el contrato. De manera que se busca evitar posibles desacuerdos o incumplimiento de responsabilidades, si en el acuerdo no se contempla una determinada situación en particular, los inquilinos y propietarios deberán llegar a una solución en común.

En este artículo, hablaremos sobre el impuesto de transmisión patrimonial en el alquiler, a quién le corresponde pagar por él y qué es lo que sucede si el dueño de la propiedad o el arrendatario, toma la decisión de no hacerlo. A su vez, estableceremos cómo se determina este impuesto, también se esclarecerá si éste es obligatorio para todo el territorio de España. ¡Sigue leyendo!

Impuesto de transmisión patrimonial: ¿Quién debe hacerse cargo del mismo?

En el mundo del arrendamiento, existe la posibilidad de acordar las cláusulas y se determina desde un inicio, a quién le corresponde cargar con los costes de un impuesto. Sin embargo, pueden darse casos en los que esto no se haya establecido de manera clara y surgen conflictos que pueden romper la relación entre propietario e inquilino.

En el caso del impuesto de transmisión patrimonial, lo habitual es que el pago lo realice la persona que se encuentra alquilando la vivienda, ya que será quién disfrutará del piso hasta que termine el contrato. Para ello, el arrendador deberá establecer en el contrato que no le corresponde este impuesto y que será responsabilidad del inquilino, estar al corriente con ese pago.

Aunque, no es lo más común puede ocurrir que el propietario de un piso sea el encargado de asumir este cargo y esto tiene que ver con la decisión que se haya establecido de mutuo acuerdo, entre el casero y su inquilino. El valor de este impuesto, se determinará de acuerdo al importe de la renta que se estableció hasta su finalización, pero existen diferencias con respecto al lugar en que se encuentre esa vivienda, porque cada comunidad autónoma indica su precio.

¿De qué manera se realiza?

Como indicamos en el apartado anterior, tanto los propietarios como inquilinos pueden ser responsables de este coste, pero los arrendatarios son los que suelen ser los encargados de llevar a cabo este trámite, con mayor frecuencia. Para saldar este pago, la persona que haya asumido la responsabilidad de este impuesto, deberá dirigirse a la administración tributaria de su comunidad.

Cada una de las comunidades autónomas de España, presenta su normativa y el modo de llevar adelante esta acción, por eso puede ocurrir que los precios difieran entre una comunidad y otra. No obstante, al calcular este valor de acuerdo a la duración del contrato y la renta, las variaciones pueden ser de hasta un 10%.

El impuesto de transmisión patrimonial en el alquiler, puede realizarse en el mes siguiente que se firmó el contrato de arrendamiento, ya que el plazo para realizarlo es muy corto. De igual manera, esto puede modificarse porque cada comunidad actúa de forma independiente y no sigue el orden vigente de la comunidad contigua, por eso los plazos pueden variar y para ello, se debe conocer el sitio en cuestión detalladamente.

¿Existen reducciones o exenciones en el impuesto de transmisión patrimonial en el alquiler?

El impuesto de transmisión patrimonial en el alquiler contempla algunos beneficios para aquellos que pagan en día y forma, que tienen que ver con el tipo de contrato de arrendamiento que se haya firmado. Las comunidades autónomas realizan reducciones o exenciones, pero no en todas sucede lo mismo, porque se diferencian.

Muchas hacen exenciones, cuando se trata de un contrato de alquiler de vivienda habitual y permanente, en donde el inquilino se encontrará viviendo allí por una cantidad considerable de años. Esto determina que puedan existir reducciones en este impuesto o, por el contrario, exenciones.

Otra de las ocasiones por las que se podría producir una baja en este tipo situación tributaria, es si la persona que debe pagar este impuesto se encuentra atravesando un panorama complicado a nivel económico. Por lo tanto, pueden desarrollarse exenciones cuando un inquilino forma parte de un sector vulnerable, pero dependerá de las decisiones que establezca cada comunidad autónoma.

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