El formulario 720, aprobado en 2012 por Montoro, ha recibido un varapalo por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El mismo consistía en multar a las personas que omitan declarar sus bienes en el exterior, en la actualidad incluye declarar bitcoin.

En el año 2012, el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, había lanzado un paquete de medidas de amnistía fiscal en el cual se incluía el llamado formulario 720. El mismo consistía en establecer un régimen sancionador por no declarar los bienes en el extranjero que superaran los 50.000 euros.

El año pasado el formulario fue modificado, pasando a llamarse formulario 721, para incluir a las criptomonedas pero manteniendo la legislación idéntica del anterior.

El formulario 720

El formulario aprobado por el Gobierno en 2012 obligaba a los usuarios a declarar los siguientes bienes en el exterior:

  • bienes inmuebles
  • cuentas bancarias
  • los activos
  • fondos propios
  • patrimonios varios
  • seguros de vida e invalidez
  • y, recientemente, declarar bitcoin y demás criptomonedas

Los contribuyentes debían presentar el formulario 720 antes del 30 de abril y notificar cualquier cambio de situación en sus bienes del extranjero cada año. La simple omisión de esto acarreaba multas de hasta el 150% y de 10.000 euros por cada dato sin declarar.

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Pero lo más controversial y polémico que siempre ha tenido la norma son las elevadas multas por estas omisiones. Muchas veces, las multas equivalían al 150% del monto de los bienes poseídos en el exterior. Tal fue el caso de un taxista granadino cuyo caso llegó a Bruselas.

El caso emblemático de la multa al taxista de Granada

Uno de los primeros sancionados allá por el 2015 por el retraso en su declaración de bienes en el exterior. Esta persona, emigrante que había vuelto a España, había invertido todos sus ahorros en un banco suizo. El total de su ahorro era de 340.255 euros pero la multa fue de 253.950 euros.

Por si esta cifra no fuera poco, además debía abonar las multas que sumaban alrededor de 190.000 euros más. El despacho de abogados recurrió ante Bruselas los excesos de la norma amenazando con llegar a apelar al Tribunal Europeo de Luxemburgo.

El veto europeo

El Tribunal de Justicia de la UE está en desacuerdo con la cantidad de multas elevadas del formulario 720 y cuestiona el carácter represivo del mismo. Alega que la legislación de España va “más allá de lo necesario” para luchar contra el fraude fiscal.

En su veredicto de fines de enero, la Corte dictaminó que España no ha cumplido con el principio de libre circulación de capitales porque el formulario 720 establece diferencias de trato entre sus residentes. Sostiene, además, que indirectamente estas sanciones están impidiendo a sus ciudadanos a invertir en otros Estados.

Los jueces miembros de esta corte coinciden en que la no limitación temporal de la regularización del impuesto es desproporcionada. Esto se debe a que produce un efecto de no prescripción ad eternum que vulnera la seguridad jurídica de las personas.

La modificación para declarar bitcoin, entre otros bienes

El Senado ha introducido algunas enmiendas a la norma recurrida por el Tribunal europeo , a saber:

  • se eliminan las sanciones
  • se elimina la imprescriptibilidad de declarar bitcoin y demás bienes en el extranjero

Esto significa que actualmente las sanciones pasan a regirse por la Ley General Tributaria, continúa la obligatoriedad de declarar bitcoin y demás bienes pero las sanciones serán bastante menores. Con respecto a la prescripción, la misma será de 4 a 5 años para delitos fiscales y hasta 10 años si el delito es agravado.

La actual ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha señalado que se corregirán algunos aspectos de la sentencia antes de que finalice el plazo de presentación del modelo, es decir, antes del 31 de marzo. Se calculan alrededor de 60.000 contribuyentes quienes presentan actualmente el formulario 720.

El Gobierno ha preferido llevar estas modificaciones al Senado y no hacerlo por medio de un decreto ley, Para eso, aprovecharán la tramitación de la Ley del Impuesto sobre Sociedades e introducirán las enmiendas pertinentes a este formulario para declarar bitcoin.

¿Cuáles son los cambios actuales?

La norma se ha suavizado y los cambios fundamentales que se establecen son los siguientes:

  1. Las deudas prescriben a los 4 años: a diferencia de la norma anterior, en donde no existía la prescripción de las deudas, ahora las deudas tendrán un límite de cuatro años, el tiempo promedio que se suele utilizar en otras normas.
  2. Sigue siendo obligatorio declarar bitcoin y otros bienes: si bien la sanción ya no será tan elevada, se mantiene la obligación de declarar bitcoin y demás bienes.

Luego de aprobarse en el Senado, las modificaciones al formulario deberán pasar por la aprobación del Congreso de los Diputados y se espera que entren en vigor dentro de unas semanas.

Se espera que más españoles comiencen a declarar bitcoin

A raíz de esta especie de suavización en la obligatoriedad de declarar bitcoin y otras criptomonedas en el exterior, se estima que más personas comenzarán a utilizar este mecanismo. Sin embargo, habrá que esperar hasta el año que viene para conocer los resultados de las recaudaciones.

No solamente los individuos que posean criptomonedas comenzarán voluntariamente a declarar sus criptos, sino también las empresas y los inversores. En el Boletín Oficial Español del 31 de enero de 2022 se ha publicado el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero con el objetivo de facilitar las declaraciones de criptoactivos.

Se impulsará el pedido de datos fiscales relacionados con el impuesto sobre la renta y toda la información relacionada a operaciones virtuales y con criptomonedas. No está de más recordar que el uso de criptomonedas conlleva muchos riesgos fiscales por el desconocimiento imperante en la mayoría de las personas.

¿Te hemos ayudado con respecto a la problemática de declarar bitcoin? Recuerda que si tienes alguna consulta siempre puedes escribirnos un comentario y te responderemos a la brevedad. ¡Esperamos realmente haberte ayudado!

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