Para tratar de minimizar los estragos causados por el Covid-19, el Gobierno propuso llevar a cabo la suspensión de los desahucios aprobados por la pandemia. Si tienes una residencia que fue okupada y necesitas que la desalojen, existe una vía legal para desalojar a los okupas de manera rápida.

¿Qué son los okupas?

Los okupas, son personas que ingresan a vivir en una propiedad de manera ilegal cuando sus propietarios abandonan su hogar por un tiempo limitado.

Generalmente suele suceder en verano, cuando los españoles salen de la ciudad a vacacionar. Este fenómeno se ha incrementado luego de la pandemia. Y ha causado que los ciudadanos teman abandonar sus hogares por un tiempo limitado por miedo a que estos sean invadidos.

La vía legal para desalojar a los okupas de tu vivienda

Una de las estrategias por parte del Gobierno para minimizar los efectos del Covid-19 en la sociedad, fue llevar a cabo la suspensión de desalojos por la pandemia. Los plazos de está vigencia caducaban en abril, sin embargo, se decidió prorrogarlos hasta octubre del 2022.

Esta nueva decisión ha provocado el disgusto en la comunidad de Madrid. “Están lanzando un mensaje negativo para quien da una patada a la puerta. Generan inseguridad jurídica y ponen trabas a los desahucios, pues las herramientas de los dueños son muy limitadas”. Dijo la consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, Paloma Martín, en una entrevista en Telemadrid.

La consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, también indicó que entre 2015 y 2020, las okupaciones han subido en España un 42%. Durante los últimos años, las diferentes comunidades del país, se han visto en la obligación de habilitar pisos de protección oficial a residentes que se han quedado sin su única vivienda por haber sido okupada.

Con el propósito de combatir esta situación, en julio de 2018 se aprobó la denominada Ley de Desahucio Exprés. Esta permite agilizar el desalojo si el propietario es una persona física.

Ley de Desahucio Exprés

Esta ley es una modificación Ley de Enjuiciamiento Civil, que tiene como propósito permitir a las personas físicas recuperar su propiedad, de forma rápida cuando haya sido okupada sin su consentimiento. 

Esta ley también puede ser ocupada por entidades sin fin de lucro y las entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social.

En este caso, los propietarios podrán emitir una demanda contra las personas que hayan ocupado su inmueble de manera irregular.  

Paso a paso

Antes de presentar la demanda, los propietarios deben solicitar la inmediata recuperación de la plena posesión de la vivienda. Ya que, en caso de ejecutar el desahucio, los plazos serían mucho mayores.

Luego de que la demanda sea admitida, les llegará una notificación a los okupas y dispondrán de cinco días para presentar la documentación que certifique que están viviendo en la propiedad por vías legales.

En caso de que los okupas presentan una documentación válida, no se podrá ejecutar el desalojo inmediato. Sino que se deberá llevar el caso a juicio, en donde ambas partes expondrán sus versiones y el juez encargado fijará una sentencia.

¿Cuánto tarda esta Vía legal para desalojar a los okupas?

En el caso de que los okupas no respondan demanda o si la documentación entregada no es válida, se procederá a emitir un auto para ordenar el lanzamiento, desalojo, de la vivienda. 

Ante el auto emitido, no se podrá presentar ningún recurso o apelación y se llevará a efecto contra cualquiera de los ocupantes que se encuentren en ese momento en la residencia.

El auto, fijará una fecha establecida para que se produzca el desalojo, esto puede ser de forma inmediata, ya que no hace falta que transcurra el plazo de 20 días habitual en otros procedimientos.

A pesar de que en estos casos no se otorga una alternativa habitacional a los okupantes, si estos están de acuerdo, se notifica su situación a los servicios sociales, que en un plazo de siete días puedan adoptar las medidas de protección que en su caso procedan.

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