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Ley 11/2021

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La declaración de criptodivisas es una preocupación permanente para la administración y por supuesto, para los usuarios de las mismas. En particular, la discusión pública suele resurgir en épocas de cierre de declaraciones juradas o cuando se debaten normativas para regular su gestión y tenencia. En los últimos tiempos hay una combinación de ambos factores. A nivel internacional, los juicios a las empresas de exchange de activos digitales dieron lugar a todo tipo de opiniones en los más altos organismos financieros. A esto se le suma que, a nivel nacional, es un tema que genera inquietudes su incorporación en las declaraciones juradas sobre el capital que se posee. En la nota de hoy, te contamos las últimas novedades al respecto. Toma nota.

Fechas y alcance de la norma

La declaración de criptodivisas preocupa tanto a la administración pública como a los usuarios de las mismas. Cómo regularlas, cuánto se tributa por ellas y qué intercambios de activos digitales son objeto posible de requerir un impuesto, son cuestiones que vienen de la mano con largos debates a nivel conceptual. Y es que el mundo de las criptodivisas presenta una novedad tanto para los potenciales clientes como para el mundo financiero en general.

En ese contexto, la discusión pública suele resurgir en épocas de cierre de declaraciones juradas o cuando se debaten normativas para regular la gestión y tenencia de las cripto. Y resulta ser que en los últimos meses hay una combinación de ambos factores. A nivel internacional, los juicios a las empresas de exchange de activos digitales dieron lugar a todo tipo de opiniones en los más altos organismos financieros, particularmente en la Comisión de Bolsa y Valores (SEC, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos.

Mientras tanto, en España genera inquietudes su incorporación en las declaraciones juradas sobre el capital que se posee. La última novedad al respecto es que el Ministerio de Hacienda y Función Pública de España aprobó nuevas obligaciones informativas para las criptomonedas. Lo hizo a través de un decreto real y su objetivo es reforzar el control sobre las personas y entidades del país que hacen uso de este tipo de activos.

Las modificaciones implementadas en el Real Decreto son una respuesta a la Ley 11/2021 del 09 de Julio, que busca mejorar el control tributario de las actividades relacionadas con las criptomonedas, incluyendo la obligación de informar sobre los activos ubicados en el extranjero.

Las primeras declaraciones de información sobre las criptomonedas deberán presentarse a partir del 1 de enero de 2024, según dispone el Real Decreto.

En qué consiste la nueva declaración de criptodivisas

El documento de la nueva normativa concentra su atención en tres frentes de información: los en monedas virtuales, las operaciones con criptomonedas y los datos disponibles sobre monedas virtuales situadas en el extranjero.

En este marco, deben presentar declaración informativa anual las personas y entidades residentes en España, así como los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales. En tal declaración deberán entonces hacer referencia a las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia de monedas virtuales, así como brindar datos sobre los cobros y pagos realizados en dichas monedas, en los términos que establezca la orden ministerial correspondiente.

El Decreto hace especial hincapié en la exigencia hacia las personas o entidades residentes en territorio español que ofrezcan servicios de intercambio entre criptomonedas y moneda fiduciaria, así como entre distintos pares cripto-cripto. Todos ellos deben presentar una declaración informativa anual, incluyendo aquellos que actúen como intermediarios o proveedores de servicios de custodia en nombre de terceros.

¿Qué pasa con las criptomonedas ubicadas en el extranjero?

Una cuestión que afecta muy particularmente el debate sobre las criptomonedas es su internacionalidad. En ese sentido, hace años ya que se vienen estudiando marcos regulatorios para unificar criterios de control sobre las mismas que sean válidos, al menos, a nivel continental. La nueva normativa hace mención a la obligación informativa anual sobre las criptomonedas ubicadas en el extranjero para el conjunto de sujetos mencionados en el artículo 35.4 de la Ley 58/2003 General Tributaria. Los alcanzados por este régimen deben presentar información sobre todas las criptomonedas ubicadas en el extranjero de las cuales sean titulares, beneficiarios o tengan algún poder de disposición. En este caso, el decreto real indica que la declaración debe realizarse el 31 de diciembre de cada año y, también en este caso, se extiende su alcance sobre las criptomonedas custodiadas por terceros que brinden servicios de custodia de claves criptográficas privadas.

Esta obligación también se aplica a aquellos que hayan sido titulares, beneficiarios o autorizados de dichas criptomonedas, o hayan tenido poderes de disposición sobre ellas, o hayan sido titulares reales en algún momento del año al que se refiere la declaración y hayan perdido dicha condición al 31 de diciembre de ese año. En tales casos, la información proporcionada se basará en la fecha en que se produjo la extinción de dicha condición.

Ahora sí, ¿tienes todo listo para realizar la declaración de tus criptomonedas? Cuéntanos qué te ha parecido este artículo en la parte de comentarios de esta nota. Y no olvides que si quieres conocer más sobre éste y otros temas del mundo inmobiliario, tienes mucha información a disposición en el sitio de Oi Real Estate.

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En el último tiempo, el Valor de referencia del Catastro ha producido modificaciones fiscales en herencia y para la compra venta de viviendas. Esto se debe a que ha cambiado la formula en que se debe realizar el cálculo del impuesto a transmisiones particulares, también conocido como IPT. Este impuesto, es el que deben pagar todas las personas que adquieran un inmueble de segunda mano. En el caso de las viviendas nuevas, deberá ser abonado el IVA. Por otra parte, también ha modificado el tributo que debe ser pagado en las sucesiones, o sea, para aquellas personas que adquieren una herencia.

En el transcurso de este post, te comentamos acerca de este tema. Que cambios se han llevado a delante, que es el valor de referencia del Catastro y mucho más.

Qué es el valor de referencia de Catastro

Este dato, es establecido por la Dirección General del Catastro. Con él se definirá el precio del mismo. Es obtenido al realizar un importante análisis en los precios de las compraventas que han sido realizadas frente a un notario y en relación con la información que posee Catastro Inmobiliario de cada propiedad.

Este dato particular forma parte de las características económicas que corresponden a la descripción catastral, como también lo son la localización, superficie y uso, entre otras. Un dato particular de este valor, tiene que ver con que no superará en ningún momento el valor del mercado. Por ello, se aplica un factor que se denomina de minoración para poder calcularlo.

Factores de minoración

Son coeficientes que deben aplicarse en la determinación del valor que se establecerá de la vivienda o inmueble. Este factor permitirá garantizar que el precio que se establezca de la propiedad no sea mayor al valor que se establece del mismo bien en el mercado.

Ley contra el fraude Fiscal

Debes haber escuchado ya que en el mes de julio del año anterior, se ha aprobado la Ley 11/ 2021 donde se han establecido modificaciones y medidas preventivas en la lucha contra el fraude fiscal. Debido a esta normativa, se produjo un cambio en el cálculo de la base imponible referido a los Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y del de Sucesiones y Donaciones.

Ahora, no se tomará en cuenta el valor real de la propiedad, sino el valor del mercado para establecer el cálculo fiscal. Aclaramos también, que este valor es establecido por el valor de referencia de Catastro.

Según los expertos en este tema, explican que esta modificación, tiene que ver con un cambio total. De esta manera se podrá poner en la mira a los contribuyentes. Antes de la sanción de la ley, el fisco podía realizar una impugnación de una escritura si el valor que figuraba en ella no se correspondía con el valor real del inmueble. A partir de ahora, los contribuyentes deberán demostrar este punto, recayendo en ellos la carga de prueba.

Pero, ¿Cómo funciona el valor de referencia del Catastro si quiero vender una propiedad heredada?

Como dijimos, el valor de referencia del Catastro ha provocado modificaciones fiscales tanto en las herencias como en la compraventa de viviendas. Esto es producto de la entrada en vigencia de la nueva ley con la cual se ha modificado la forma en que se calcula el impuesto. Hablamos específicamente del impuesto de transmisiones patrimoniales, también conocido como ITP y el impuesto de sucesiones.

El ITP es el  tributo que debe abonarse por todas aquellas personas que adquieren un inmueble. Por otro lado, el impuesto de sucesiones, debe ser abonados por quienes reciban una propiedad a través de una herencia.

Cuál es el valor que debes tomar a la hora de pagar los impuestos correspondientes

Este es el punto principal que debes conocer. Si has adquirido una vivienda, ya sea por medio de una compra o por una herencia, deberás utilizar el valor más alto para calcular los impuestos a los que deberás hacer frente. Este valor, debe tomarse, comparando el valor del mercado y el valor de referencia del Catastro.

Pero, vamos con un ejemplo para que te sea más claro. Supongamos que has recibido una vivienda heredada cuya tasación es de 450.000 euros. Por otro lado, según los documentos, el valor de referencia, alcanza un monto de 470.000 euros. En este caso, debes saber que deberás afrontar el impuesto de sucesiones por los 470.000 euros. Un dato importante a tener en cuenta es que no importará si la escritura en la que has aceptado la propiedad se establece un valor menor. Deberás tomar para el cálculo de los impuestos el valor más alto. Este mismo ejercicio deberás realizar en el caso de que hayas adquirido una propiedad. O sea, deberás revisar cuál de los dos valores es el más alto y realizar el cómputo de los impuestos en base a él.

Cuál será el valor de adquisición de una vivienda en una venta de un piso heredado

Hasta el momento, el valor de adquisición en caso de una herencia, ha sido el que se declara en el impuesto de sucesiones. Es muy común, que debido a la modificación que se ha establecido surja la duda acerca de la vigencia de esta metodología.

Por ello queremos aclarar este punto en particular:

El valor de adquisición con el que debes calcular el IRPF, o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por la venta de una vivienda heredada, continua siendo aquel que ha sido declarado en el impuesto de sucesiones. Este será el valor más alto entre el valor de referencia del Catastro y  el precio de mercado.

Si te has quedado con alguna duda al respecto de este post, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad para poder evacuar cualquier consulta. Somos una inmobiliaria de lujo, que cuenta con más de diez años de experiencia en el mercado. Contamos con profesionales idóneos que podrán ayudarte a concretar los proyectos inmobiliarios que planees. No dudes en contactarnos. Dejamos a continuación un link para comunicarte con nosotros.

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