Las medidas que componen el paquete de la Ley de Vivienda no entrarán en vigor sino hasta 2024, como plazo mínimo estipulado. Sin embargo, este cuantioso proyecto no escatima en generar discusiones y entredichos entre los principales actores del Gobierno y las entidades aledañas al vasto sector inmobiliario. En este artículo de Oi Real Estate abordaremos la temática relacionada a la Ley de Vivienda y los pequeños propietarios; así como las dudas que puedan generarse como resultado de la sobre información.

Evitar la aceleración en el aumento del alquiler

Los engranajes del sector de compraventa y alquiler de bienes raíces apenas estaban reponiéndose y tomando su cause normal desde la pinchadura inmobiliaria de 2008. Nadie imaginaba el impacto que ocasionaría toparse de frente con la pandemia COVID 19. Los socios en el Gobierno demoraron más de un año en acordar un paquete de acciones referidas al acceso a la vivienda, tan sustancial como urgente resultaba.

Zonas tensionadas, bono joven, suba de impuestos a viviendas vacías de hasta el 150%; son solo algunos de los puntos estandartes de la Ley. Por cierto, si nos introducimos dentro de cada asterisco veremos que hay decenas de inciertas variables. Como lo que se pone en juego en este caso (y como con todas las medidas tomadas en la macro) es la economía de la población, no demoraron en generarse partes a favor y en contra.

Las principales voces en ocupar amplios espacios en los periódicos de opinión e influencia fueron por supuesto, los grandes propietarios. Estos se ven directamente “tocados” por varias de estas regulaciones. Ni hablar de las empresas especializadas en “comprar para vender” o “comprar para alquilar”. Pero…

¿Y los pequeños propietarios?

La Ley de Vivienda y los pequeños propietarios son un episodio aparte en esta fenomenal saga de dichos y entredichos. No obstante, se trata de un sector de la población no menos importante en el circuito económico inmobiliario. ¿A qué llamamos un pequeño propietario?

Si bien las medidas especifican varias subas en impuestos a los grandes tenedores de propiedades que se reúsen a alquilar viviendas vacías, los pequeños propietarios quedaron en medio de las discusiones, con su voz de voto algo relegada, de cara a la opinión pública. Un pequeño propietario es toda aquella persona con menos de diez bienes inmuebles (léase viviendas) a su nombre.

La Ley de Vivienda y los pequeños propietarios

¿En qué manera se toman de la mano la Ley de Vivienda y los pequeños propietarios? Pues de una forma más que trascendente en perspectiva micro. Según los socios del Gobierno y principales propulsores de la Ley de Vivienda, la meta es lograr un incentivo lo suficientemente importante como para que los arrendatarios bajen el coste de los contratos de alquiler; y evitar una disparada del precio inminente o prevista para el año 2022.

¿Cómo lograrían esto las regulaciones? A través de atractivas ayudas de parte del Estado, traducidas en ventajas fiscales. Esto es: imaginemos que un pequeño propietario tuviera alguna de sus propiedades alquiladas en una zona declarada como “tensionada”. Si este disminuyera el coste de su contrato al menos en un 5%, la Ley señala que gozará de una bonificación capaz de alcanzar hasta un 90% de las rentas que obtenga de ella.

Y puede haber más…

Asimismo, si un denominado pequeño propietario decidiera alquilar una de sus propiedades (nunca antes alquilada) a un inquilino joven (entre 18 y 35 años de edad), esa bonificación será del 70%.

Es entonces cuando entran en escena otros artistas. Son los propietarios cuyos bienes inmuebles se encuentran edificados en zonas “no tensionadas”. Si estás preguntándote qué pasará con ellos, y según marca la nueva Ley de Vivienda, podrán acceder también a un rango de bonificaciones que tocarán el 50%; pero solo si bajan el coste del contrato de alquiler. Esto corre tanto para quienes renuevan, como para quienes entran a una vivienda en alquiler por primera vez.

Dice la Ley de Vivienda que…

Se calcula que la Ley estará aprobada hasta entrado el año 2022. Esto es algo que suele confundir, accidental o tendenciosamente a los lectores de periódicos, espectadores o radioescuchas de noticieros; muchos suponen que a partir del año que viene regirán estas medidas a rajatablas. Esto no es así, porque según dice el proyecto, se contempla para su entrada en vigor un año y medio desde su aprobación. Lo especifica el texto mismo, en el que se transcribe lo siguiente:

…la aplicación de esta limitación referida a sistema de índices de referencia, a fin de que la administración estatal establezca un sistema que pueda ser utilizado para aplicar dichas limitaciones en los precios del alquiler en zonas tensionadas.

Nueva Ley de Vivienda

Como vemos, para la puesta en marcha del tan discutido super paquete de regulaciones inmobiliarias y fiscales, resta un tiempo considerable. ¿Qué niveles alcanzarán hasta ese entonces los debates, marchas y contramarchas? Solo el tiempo lo dirá.

La incorporación del Consejo Asesor de Vivienda

Como parte lateral de la Ley de Vivienda, se pretende también la creación de un Consejo Asesor de la Vivienda. Este organismo técnico colegiado, a modo de comisión interna, será quien debatirá en su seno cada alteración y cambio que deba sufrir el aspecto de las leyes que rigen hasta hoy.

El Consejo Asesor de la Vivienda, gestionará y sopesará entonces los puntos de vista de las distintas voces en el contexto entre lo legal y lo inmobiliario. Se convocarán cámaras empresariales, asociaciones colegiadas profesionales, entidades financieras inversionistas y demás corporaciones u organizaciones afectadas de alguna u otra manera por la nueva Ley.

También se considerará incluir a distintos colegiados y principales expertos en el sector de los bienes raíces, así como también sociólogos y otros actores del contexto universitario.

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