Desde este año los contribuyentes deben declarar sus operaciones con criptomonedas en un apartado específico que estableció la Agencia Tributaria. La campaña de declaración de la Renta, comenzó el pasado 6 de abril y culmina el 6 de junio. Entérate en esta nota de todos los pormenores de las criptomonedas en la declaración de la renta. ¡Sigue leyendo!

Criptomonedas en la declaración de la renta

Debido al auge que tuvieron las criptomonedas, este año Hacienda decidió incluir una casilla en la que se pueden declarar los saldos en monedas virtuales. Hasta el año pasado, estos bienes se ingresaban en la categoría genérica de “demás bienes y derechos de contenido económico”. Además, se deberán tributar sumadas al Patrimonio, Sucesiones y Donaciones, según sea el caso del contribuyente y que este cumpla con los requisitos.

Las criptomonedas deberán tributarse como acciones

Si durante el año 2021 se transmitieron divisas virtuales, en la declaración de la Renta tributarán como si fueran acciones o fondos de inversión. De esta manera, lo generado por ventas o rendimiento, se declarará en la base imponible del ahorro, como pérdida o ganancia del patrimonio. Esto será en un mínimo de 19% y un máximo de 26%.

¿Debo declarar mis criptomonedas si resido en España?

Si el contribuyente tiene su residencia fiscal en España, deberá declarar los montos que posee en criptomonedas como Patrimonio. Esto siempre y cuando el total supere el saldo mínimo legal a declarar, fijado en dos millones de euros por la Agencia Tributaria.

En el caso de haber recibido en donación o heredado criptomonedas, se deberá realizar su declaración a un tipo que varía entre el 7,65% y 34%. Aquí habrá que prestar atención a la bonificación que aplica cada comunidad, que algunos casos puedes ser de hasta 99%.

IRPF

En este apartado de la Declaración de la renta, las criptomonedas también tienen su espacio. Es que en esta edición deberán declararse las ganancias de  rendimientos, transmisiones o ventas de monedas digitales. Además deberán reportarse las rentas generadas por las permutas, actividad que se suma dentro de las más comunes en el mundo de los criptoactivos.  

Aquí hay que detenerse en un nuevo tramo para las rentas de ahorro: las que superen los 200.000 euros tendrán que aplicar un 26%. Entonces para las ganancias más altas se incluirá un incremento porcentual de 3 puntos.

Tramos y porcentajes a aplicar según las ganancias obtenidas

Primer tramo 19%…… hasta 6000 euros

Segundo tramo 21%….entre 6000 y 50.000 euros

Tercer tramo 23%…….de 50.000 a 200.000 euros

Cuarto tramo 26%……ganancias de más de 200.000 euros

¿Qué importe se incluye en el IRPF?

Lo que se incluye en la declaración, que no cuenta con retenciones, es:

Valor de Transmisión – Valor de Adquisición y Gastos asociados a la Venta y la Compra

Criptomonedas en la declaración de la renta: ¿ qué pasa si las transacciones son a través de exchanges extranjeros?

A pesar de la que la operación tenga lugar en un sitio diferente a España, o que los exchanges o monederos virtuales no estén en el territorio, se deberán pagar impuestos. Esto quiere decir que independientemente de dónde se realice la transmisión, las operaciones de compraventa o permuta de monedas digitales deberá pagar impuestos.

Si el contribuyente registrara pérdidas en sus operaciones y puede demostrarlo, tendrá la opción de compensarlas. Su oportunidad será en las próximos cuatro ejercicios siguientes de la Renta, registrandolo en ganancias en concepto de transmisión de otros elementos patrimoniales.

Criptomonedas en la declaración de la renta: ¿El ‘Staking’ debe registrarse?

El staking consiste en mantener bloqueadas en una wallet o billetera virtual las monedas virtuales que se adquieren, con la finalidad de recibir ganancias o recompensas. Su diferencia con el HODL, es que los saldos están bloqueados y no se pueden usar libremente.

Como sabemos el mundo cripto tiene varias clases de operaciones como el staking, cuyo rendimiento también deberá ser declarado en la campaña de la Renta. Una prácticas comunes dentro del staking, es que las personas deleguen sus criptoactivos a un validador, cobrando recompensas en forma de moneda recién acuñada. En otras palabras, mantienen bloqueadas las criptodivisas en un monedero virtual pero a su vez reciben ganancias o recompensas que, para Hacienda se encuadran dentro de la base del ahorro. De esta manera tributan a un tipo progresivo en función del importe de la ganancia, entre el 19% y el 26%.

La minería: ¿es considerada una actividad económica?

La respuesta para la Agencia Tributaria es afirmativa. Se entiende que quienes realizan el minado de criptomonedas están generando una actividad económica. En este caso deberían darse de alta como empresarios y  a su vez declarar las ganancias como rendimientos de actividades.

Crecen las operaciones de criptomonedas en España

La Agencia Tributaria ha posado su atención en la posesión de cripto activos por parte de los contribuyentes, ya que ha verificado su auge principalmente en los últimos años. Los Planes Anuales de Control Tributario y Aduanero de la AEAT en funcionamiento desde el 2017 hacen mención especial a las criptomonedas. Su función es controlar las operaciones y obtener información con el fin de  garantizar la correcta tributación de las mismas y verificar el origen de los fondos utilizados en su adquisición.

Con un crecimiento de la inversión en monedas virtuales, la Agencia puso en marcha este año las herramientas necesarias para facilitar el control de las transacciones. De esta forma, se incrementará la información de la que dispondrá Hacienda relacionada con las criptomonedas.

Esperamos que te haya servido nuestro artículo sobre las criptomonedas en la declaración de la renta. Si quieres dejar tu comentario, te responderemos a la brevedad.

También puede interesarte:

agente inmobiliario Alquilar Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir IRPF Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Escribe un comentario

A %d blogueros les gusta esto: