Luego de que haya sido pospuesto hace unos días atrás, el Tribunal Constitucional ha podido tomar una decisión respecto al Impuesto a las Grandes Fortunas. Primero que nada debemos recordar que la Comunidad de Madrid ha llevado adelante un recuso debido, a que considera es un tributo anticonstitucional.

Pese a los argumentos esbozados por parte de Isabel Días Ayuso, el Tribunal luego del debate efectuado el pasado 7 de noviembre, ha decidido respaldar el gravamen.

Desde la Comunidad de Madrid han informado que realizará y aprobará una ley por medio de la cuál todo lo recaudado, será únicamente para ésta comunidad. De esta forma, entienden que podrán devolver a los contribuyentes lo que han aportado en el Impuesto a las Grandes Fortunas.

En este post te contaremos cuáles han sido las razones por las que no se ha aceptado la presentación de la Comuna. Además te detallaremos los planes que Ayuso piensa poner en marcha debido a la decisión del Tribunal Constitucional. ¿Nos acompañas?

El impuesto a las grandes fortunas, recusada por la Comunidad de Madrid

El 7 de noviembre, el Tribunal Constitucional, ha tenido que analizar la recusación interpuesta por la Comunidad de Madrid debido a su posible inconstitucionalidad. Pero veamos un poco más en detalle la explicación de su decisión.

En primer lugar, uno de los planteos, para solicitar la inconstitucionalidad, tenía que ver con la forma en que se había tramitado. Es que según se ha explicado, se ha aprobado por medio de una enmienda, durante la tramitación de una proposición de ley cuya finalidad era otra.

Otro de los puntos a los que se hacia referencia tiene que ver con la vulneración del impuesto a las grandes fortunas a la autonomía financiera de la Comunidad y la reserva de ley orgánica respecto a la cesión de tributos.

En tercer lugar, se había hecho hincapié en la vulneración a los principios de capacidad económica y no confiscatoriedad. Respecto a este punto, explican que los gravámenes del nuevo tributo eran muy altos. Pero no era todo.

Por último explicaba que se violaba también el principio de seguridad jurídica. Aquí, se hace referencia a la retroactividad que se ha permitido que tenga este tributo, ya que tiene incidencia sobre situaciones existentes.

Pese a los esfuerzos realizados por la Comunidad de Madrid, el tribunal Constitucional ha decidido avalar el impuesto a las grandes fortunas. Para ello, ha explicado le motivo por el cuál ha tomado esta determinación, contestando a cada uno de los conflictos que originaron esta discusión. 

Cuál la postura del Tribunal constitucional sobre el Impuesto a las Grandes Fortunas

Desde el Constitucional, han explicado cuáles han sido los motivos por los que decidieron avalar el impuesto a las grandes fortunas. A continuación detallaremos estos puntos:

Primero que nada, respecto a la forma en la que se ha llevado adelante la incorporación del tributo, desde el Tribunal explican, que es posible aplicar la doctrina constitucional sobre el derecho de enmienda. Este punto se encuentra en el artículo 23.2 de la constitución. Allí se explica que se vulnera cuando hay una evidente y manifiesta falta de conexión entre el contenido de la enmienda y la iniciativa que se intenta poner en vigencia.

Para aclarar mas el asunto, explican que el impuesto a las grandes fortunas, se encontraba dentro de la proposición de la ley 38/2022. Allí se establecía como objeto, la creación de dos gravámenes, uno energético y otro bancario, por medio de los cuáles se buscaba proveer de ingresos públicos. Estos fondos serían utilizados para poder afrontar las consecuencias de la crisis energética y de precios que ha provocado la guerra entre Rusia y Ucrania. Teniendo esto presente, se cumple con el requisito de homogeneidad a la hora de incorporar este tributo por medio de una proposición.

Con respecto a la vulneración de la autonomía financiera, explican que el impuesto a las grandes fortunas, en realidad, es un complemento del Impuesto sobre el Patrimonio. Este tributo, es estatal cedido a las Comunidades Autónomas. Así lo satisfecho por este se descuenta, para establecer el nuevo impuesto. De esta forma, no se ve afectada ninguna de las competencias autonómicas sobre el impuesto del patrimonio.

Otro de los planteos efectuados por la Comunidad de Madrid, tiene que ver con el atractivo fiscal. La Comuna, buscan reducir constantemente la carga fiscal para sus contribuyentes para ser un lugar más atractivo y atraer riqueza hacia su territorio. El hecho de incorporar el Impuesto a las Grandes fortunas, aumentará la carga fiscal para aquellos contribuyentes que cuenten con un patrimonio mayor a los 3 millones de euros. Sobre este punto, el Tribunal explica que este objetivo particular que se ha planteado Ayuso, no puede ser un impedimento para el Estado de ejercer su competencia y establecer nuevos tributos.

Respecto a la vulneración de los principios de no confiscatoriedad y capacidad económica, también ha explicado el tribunal porque no es así. Declaran que frente al argumento que ha presentado la Comunidad de Madrid, entendiendo como muy altos los porcentajes a abonar respecto a la rentabilidad actual de los mercados, explican que este nuevo tributo, solo podría considerarse confiscatorio en el caso en el que se agote el valor del patrimonio, no sobre la renta generada por los bienes gravados. Por ello, no puede considerarse como desproporcionado tampoco. Incluso dentro del texto, citan datos respecto a  las estadísticas de la AEAT. Allí se demuestra que el impuesto a las grandes fortunas se encuentra por debajo del 0,5 por ciento del valor del patrimonio gravado de un contribuyente.

El último punto, tiene que ver con la retroactividad. Desde el Constitucional explican que el Impuesto a las Grandes Fortunas no se aplica en relación a un período impositivo. Lo que establece y fija es una referencia concreta de tiempo. Por ello, explican, no tiene un carácter retroactivo y tampoco vulnera el principio de seguridad jurídica. 

Cuál será la respuesta de la Comunidad de Madrid

Debido a la decisión que ha tomado el Tribunal constitucional de no declarar inconstitucional el Impuesto a las Grandes fortunas, la Comunidad de Madrid ha trazado un nuevo plan. Mediante él tramitará de urgencia una nueva ley con la que pueda recaudar el tributo para dicha comunidad.

Ayuso, explica, que se llevará adelante lo más rápido posible. Agrega que así esta recaudación quedaría en manos de los contribuyentes madrileños para que se lo puedan devolver.

Por otro lado, y pese a las explicaciones dadas por parte del Tribunal, la presidenta de la Comunidad de Madrid, insiste con que es un tributo contra el patrimonio, el trabajo y el esfuerzo de su pueblo, y por ello no se quedarán sin hacer nada.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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