Si bien la llegada del verano es sinónimo de altas temperaturas y vacaciones, también se asemeja a la búsqueda de aojamiento para aquellos estudiantes que han de desplazarse a otra ciudad para comenzar sus estudios. Esto también significa, para los propietarios que cuenten con inmuebles vacíos y quieran alquilarlo, una buena oportunidad de hacer negocio. Sin embargo, para ellos se debe tener en cuenta que el alquiler de un piso para estudiantes posee diferencias respecto a un arrendamiento de vivienda habitual. A partir de eso, suelen surgir distintas preguntas o dudas a la hora de concretar un alquiler de este tipo. En Oi Real Estate, te contamos todo lo que debes conocer acerca de esta situación.

Ley de Arrendamientos Urbanos

El alquiler de un piso para estudiantes, cuando se lleva a cabo debido a un curso académico, será considerado un arrendamiento de temporada. Pero no de vivienda.

En ese sentido, para saber si se trata de un arrendamiento de vivienda normal o no, resta solo analizar la naturaleza del mismo. Allí, uno de los puntos claves es que el tiempo de duración de un alquiler de un piso para estudiantes suele establecerse para los meses del curso académico.

La Ley de Arrendamientos Urbanos, sobre la naturaleza de un contrato de arrendamiento establece lo siguiente. Por un lado, en el artículo 2.1 dispone que “será considerado un arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario”.

Por otra parte, en su artículo 3.2 afirma lo siguiente. “Será considerado un arrendamiento para uso distinto del de vivienda cuando se trate de arrendamiento de finca urbana celebrado por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra”.

Por ende, la Ley de Arrendamientos Urbanos diferencia el arrendamiento de vivienda habitual del arrendamiento de temporada. Aunque ambos están regulados por la LAU.

Fianza del contrato de alquiler de un piso para estudiantes

La fianza del contrato de alquiler de un piso para estudiantes se encuentra establecida dentro de la Ley de Arrendamientos Urbanos. La misma es una garantía más que el propietario puede solicitar al momento de alquilar su inmueble. La fianza cubrirá al propietario ante daños causados en la vivienda, actos de vandalismo e incumplimiento de pago de la renta, entre otros. La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que la fianza debe ser equivalente a dos meses de renta. La misma puede ser avalada con bienes inmuebles pertenecientes al aval. 

Al mismo tiempo, se debe conocer cuáles son los medios objetivos por los que el propietario podrá retener la fianza del estudiante en caso de daño a la propiedad. Al igual que las pruebas que se deben aportar. Bajo los parámetros de la LAU, no se pueden deducir de la fianza daños causados por el uso y desgaste natural y propio de los artículos en la propiedad. Incluso se establece que el dueño del inmueble debe hacerse cargo de los gastos en que se incurra para la habitabilidad de la vivienda. En ese sentido, si el estudiante nota algún desperfecto debe notificar y documentar de manera inmediata al propietario. Así se evitará posibles problemas a futuro entre las partes.

Inquilinos extranjeros

España es el principal destino para estudiantes Erasmus, y de distintas partes del mundo, quienes se trasladan a España para continuar sus estudios. Esto hace que muchas nacionalidades estén en busca de alojamiento. En ese sentido, muchas veces las becas por sí mismas no son suficientes para abonar la renta. Por lo que el arrendador busca asegurarse de que los arrendatarios tengan ingresos suficientes para abonar los meses que se van a instalar en España.

Uno de los recursos que se utiliza comúnmente es cobrar las rentas por adelantado, eliminando así el riesgo de impago por parte de estos estudiantes. Con esta modalidad, el propietario busca evitar problemas de pagos a futuro, teniendo en cuenta que las posibilidades de recuperar el dinero llegado el caso disminuyen de forma drástica.

Asimismo, otros documentos que se pueden llegar a solicitar son

  • Comprobantes de inscripción en la institución donde estudiara el inquilino.
  • Identificaciones y permisos de residencia
  • Identificaciones y contacto de los avales que se utilicen

Régimen jurídico en el alquiler de un piso para estudiantes

Como bien dijimos, entre los arrendamientos denominados para uso distinto del de vivienda, se encuentra el arrendamiento de temporada, y por ende para estudiantes. Estos se rigen según dispone el artículo 4.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, en primer lugar por la voluntad de las partes; en su defecto por lo dispuesto en el Título III de la Ley de Arrendamientos Urbanos (artículos 29 a 35 inclusive); y supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil.

Por lo tanto, en otras palabras, lo que primero se tiene en cuenta es lo que se haya pactado en el contrato de arrendamiento entre las partes. Si esto no sucede, y no se pacta por la voluntad de las partes, entonces se deberá aplicar lo que establece la LAU en lo dispuesto en el Titulo III. Finalmente, se llevará a cabo la aplicación con carácter supletorio de lo dispuesto en el Código Civil sobre arrendamientos. Esto quiere decir, lo que establecen los artículos 1546 y siguientes del Código Civil.

En suma, el requisito fundamental para saber si el alquiler de un piso para estudiantes es un arrendamiento de temporada es que el destino de la vivienda arrendada no sea residencia permanente del inquilino. Esto se debe a que, de ser así, no será un arrendamiento de temporada, sino un arrendamiento de vivienda. Aunque la duración pactada en el contrato influye, no es lo determinando. Lo que será determinante es la residencia del arrendatario. Si no constituye la residencia permanente es de temporada, en cambio, si constituye residencia permanente es de vivienda.

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