Etiqueta

gobierno

Explorar

Los préstamos para hipotecas están salvando a la rentabilidad de los bancos, golpeada por las bajas en el crédito para consumo y a empresas.

Las entidades financieras siguen apostando a las hipotecas como recurso de financiación. Es que este producto es el que mejor les está funcionando para no desfallecer ante las sucesivas crisis provocadas por las olas del Covid 19. Con el incremento del ritmo de vacunación en todo el mundo pareciera que lentamente el panorama se va abriendo para la recuperación económica. Sin embargo aún las empresas no alcanzan el soporte suficiente como para arriesgarse a tomar nuevos créditos. Los particulares tampoco quieren tomar nuevos compromisos para el consumo, por lo que los bancos no han visto repuntar su cartera de créditos.

Tal parece entonces que los préstamos para la compra de vivienda, cuyas firmas han aumentado en un 14% en comparativa con el primer bimestre de 2020, son los botes salvavidas de las compañías financieras. 

Si te interesa saber más sobre las hipotecas y cómo las empresas han dejado de tomar crédito en esta primera parte del 2021, no dejes de leer este post! Te comentaremos los datos económicos más relevantes en materia financiera.

Las hipotecas superan al crédito a personas y empresas en el primer bimestre 2021

Una de las sorpresas que ha traído este comienzo de año para los datos económicos ha sido el repunte de las hipotecas. En comparación con los nuevos préstamos concedidos a empresas y a particulares, los hipotecarios han sido los préstamos que han podido salir a flote y darles un poco de aire a los atribulados bancos.

Durante todo el período de la pandemia, que comenzó hace poco más de un año, los nuevos préstamos se mantuvieron en mínimos históricos. 

Entre enero y febrero, los bancos españoles prestaron un total de 53.757 millones, la cifra más baja  que tenga registro el Banco de España. La causa de este importante descenso es básicamente el crédito a empresas, que ha tocado sus mínimos históricos. Si hace un par de años los bancos otorgaban un volúmen de 30.000 millones en promedio a los bancos, en esta época ese número ha bajado a 20.000 millones.

Cuáles son las razones de la caída del crédito para las empresas?

Los bancos esgrimen varias teorías para explicar el fenómeno. Una de ellas tiene que ver con la caída de la demanda de las empresas, las que al no tener una buena perspectiva económica no se vuelcan a apostar a grandes proyectos para financiar. Esto no discrimina entre grandes compañías o pymes: todo el sector registra un freno. Al mismo tiempo, la necesidad de liquidez está cubierta ya que las líneas de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) lo aseguraron con sus distribuciones del 2020. Es por esto que las cuentas bancarias de las compañías guardan 265.000 millones, lo cual supone unos 33.000 millones más que hace un año. Una cantidad suficiente prevista para soportar los próximos meses.

Otra de las razones que explican la baja de los préstamos resulta del endurecimiento de los criterios para la concesión. Los bancos exigen cada vez más requisitos para evaluar las solicitudes de los clientes, tomando precaución ante la posible falta de pago.

Un último factor que se relaciona con la disminución de los préstamos es la incertidumbre por las quitas del ICO, ocurridas en el primer bimestre del año. Este hecho provocó que las empresas, ante la duda de lo que fuera a decidir el gobierno, retrasaron sus decisiones en materia de finanzas. 

El gobierno resolvió finalmente que el organismo público reestructure en los próximos meses deuda por valor de hasta 3.000 millones, iniciativa que aún está pendiente de desarrollo. Será el Código de las Buenas Prácticas el que regulará cómo se realizan las quitas.

Las hipotecas siguen en aumento superando al crédito

La disparada de las hipotecas en este contexto por encima de las previsiones ha sido celebrada por los bancos. Entre enero y febrero de este año, las compañias financieras han prestado una suma cercana a los 7.837 millones para la compra de vivienda. Esto resulta ser un  14% más que en el mismo periodo de 2020, cifra significativa si tenemos en cuenta que aún no se había desatado la pandemia.

Durante todos los meses de crisis sanitaria vividos el año pasado, los préstamos hipotecarios sumaron 45.000 millones. Esto representa todo un récord si tomamos como referencia la última década. La tendencia alcista puede explicarse por las promociones en curso que se habían iniciado en la era pre- Covid y por la necesidad de muchos clientes de cambiar de vivienda tras las medidas de confinamiento.

Bajas en el crédito al consumo de particulares

Al igual que lo que sucede con los bancos, los clientes particulares parecen haber puesto un freno al pedido de financiación para el consumo. Entre enero y febrero los bancos prestaron 5.947 millones de euros en concepto de créditos a individuos, lo cual supone un 33% menos que lo otorgado un año atrás.

En cuanto a los precios de los créditos, medidos por sus tasas, todos han registrado bajas y sus mínimos en febrero. Si hablamos de las hipotecas, el interés llegó al 1,69% de Tasa Anual Equivalente (TAE), resultando una baja histórica. En cuanto a los créditos para el consumo la tasa fue del 7,54%, mientras que los créditos para las pymes rozó el 2,6%. Las grandes empresas tuvieron su mínimo del  1,18%.  

Estos datos dan cuenta de la siempre vigente competencia por los clientes que mantienen los bancos al ofrecer intereses tan atractivos. Sin embargo, estas propuestas no son los suficientemente convincentes como para lograr encender los motores de los créditos.

¿Te fue útil esta información? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si te queda alguna consulta o necesitas más información ,contáctanos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir IRPF Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Si vives en Barcelona y tienes dificultades económicas, se han impuesto unas ayudas para pagar la renta ante la crisis del COVID. Ninguno la está pasando bien, por lo que se han dispuesto algunas medidas que te facilitarán el pago de alquiler.

Estamos pasando uno de los momentos más difíciles de nuestras vidas, tanto psicológica como económicamente. La pandemia ha desbastado a muchísimas familias y la salida al final del túnel tarda en salir a la vista. Es que, ya hace más de un año que los ingresos no son los mismos y cada vez cuesta más llegar a fin de mes. Esto ha presentado un problema enorme, no sólo para los inquilinos sino que también para aquellos que decidieron de comprar un piso con finalidad de alquiler y hoy en día se encuentran con morosos desde que arrancó la pandemia. Sin embargo, en Barcelona, como en casi toda España, se hizo un plan avalado por el decreto 11/2020. Este fue publicado el primero de abril de 2020, para ayudar ante esta situación horrible y estará activo hasta agosto de 2021.

Ayudas para pagar la renta ante la crisis de COVID

El gobierno tiene la intención de ayudar a las personas que se encuentran en dificultad para pagar su alquiler como consecuencia de la pandemia. Cualquiera podrá pedirla, pero las opciones se han dividido en dos grupos dependiendo de qué clase sea el propietario de la vivienda. En el caso de los arrendatarios pequeños, están temporalmente cerradas  las solicitudes desde el 30 de septiembre de 2020.

Grandes propietarios

Como dijimos antes, hay dos clases de propietarios. Es decir, si has firmado un contrato de arrendamiento de vivienda habitual con una empresa, una entidad pública o un gran tenedor -aquel que tiene más de diez inmuebles urbanos o bien una superficie construida de más de 1500 m2- podrás solicitar dos ayudas, de las cuales el propietario deberá obligatoriamente aceptar, aunque sea una.

  • Reducción de un 50% de la renta: durante el tiempo que dure el estado de alarma será posible. Si el plazo fuera insuficiente, la medida puede ampliarse hasta cuatro meses más como máximo.
  • Moratoria en el pago del alquiler: siempre que sea durante el estado de alarma. Si se lo requiere, se puede prorrogar el aplazamiento hasta un máximo de cuatro meses. La moratoria, que se aplicaría de forma automática, sería aplicable a partir de la siguiente mensualidad y el pago de las mensualidades comprendidas dentro del aplazamiento se haría de forma fraccionada en un plazo de, por lo menos, tres años. No se podrán cobrar intereses y será imposible penalizar al arrendamiento en esta petición.

Se podrá acudir a estas dos opciones hasta el 9 de agosto de 2021. Una vez hecha la petición por parte del inquilino, el propietario deberá comunicar en un plazo de siete días laborales, la opción que acepte. Además, podrían llegar a un acuerdo por su propio medio.

Contratos que están por finalizar

Todas personas, cuyos contratos finalicen entre fechas comprendidas hasta el 9 de agosto de 2021, podrán solicitar una prórroga extraordinaria del contrato de alquiler por un período máximo de seis meses. Se deberá aceptar esta prórroga obligatoriamente o llegar a un acuerdo entre las dos partes. Vale aclarar que el decreto abarca tanto persona jurídica como persona física.

Personas con proceso judicial de desahucio

Para las familias que están en situación de vulnerabilidad social y económica que tienen un contrato de alquiler de vivienda habitual, tendrán ayudas también. Si están afrontando un procedimiento judicial de desahucio, podrán solicitar al juzgado la suspensión extraordinaria del acto de lanzamiento. El juzgado pondrá en conocimiento de los Servicios Sociales la petición y se iniciará la suspensión extraordinaria del acto de lanzamiento. Asimismo, para los casos cuyo trámite aún se está realizando, pero que no se ha señalado el lanzamiento o no se ha celebrado la vista judicial, se suspenderá el procedimiento hasta que los Servicios Sociales adopten las medidas que consideren tomar. Al igual que las demás ayudas, esta opción estará a disposición hasta el 9 de agosto de 2021.

Requisitos para pedir la ayuda ante desahucio judicial

Para acudir a esta posibilidad, los ingresos de la unidad familiar deben cumplir los siguientes requisitos:

  • El conjunto de ingresos de los miembros de la unidad familiar, el mes anterior a la solicitud, no pueden ser superiores a 1.613€ mensuales.
  • El máximo de los ingresos aumentará a 2.151€ cuando la unidad familiar esté compuesta por los cónyuges y sus descendientes bajo tutela que conviven con ellos, tenga a cargo algún otro miembro con una capacidad reconocida o superior del 33% intelectual o con una enfermedad grave que la imposibilite de trabajar.
  • Si quien sufre esta discapacidad es la deudora principal, el límite de ingresos aumenta hasta los 2.689€ mensuales. Por otro lado, estos ingresos máximos se pueden incrementar en 53,78€ por cada hijo a cargo u 80,67€ euros por hijo, si la familia es monoparental.

Personas que no pueden solicitar esta ayuda

Existen algunas restricciones a la petición de la ayuda por emergencia COVID:

  • La persona titular del contrato de arrendamiento no podrá tener relación consentida o cualquier tipo de vínculo familiar con el propietario.
  • Personas que posean propiedades en el territorio español. A no ser, que disponga del uso de la propiedad por causa de separación, divorcio o haya sufrido la toma de un okupa.
  • Aquellos que dispongan de los recursos económicos suficientes u otros depósitos análogos en entidades financieras. Se entienden como recursos suficientes los que superan 1,5 veces el IPREM en cómputo anual.
  • La persona titular del contrato de arrendamiento que disponga de título jurídico habilitante de las viviendas que gestione la Agencia de la Vivienda de Cataluña. Directamente o mediante otras administraciones públicas o entidades sin ánimo de lucro.

Ahora que ya sabes de las ayudas para pagar la renta ante la crisis de COVID, ¡cuéntanos cómo te fue con el trámite! Además, no te olvides de leer los siguientes artículos relacionados:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Es innegable que el impacto del covid 19 en las hipotecas ha tenido diversas consecuencias que modificaron las variables que se consideraban normales antes de la pandemia.

La pandemia  que estalló en el mundo durante el 2020 dejó un tendal de cambios cuyas consecuencias aún estamos evaluando. En cuanto al sector inmobiliario, la crisis económica provocó como en todos los mercados una caída en las ventas. Es por esto que las compraventas de inmuebles descendieron, sobretodo en las primeras épocas de confinamientos severos de la primera ola. Las entidades financieras no tardaron en tomar medidas para contener los efectos de estas caídas emitieron directivas que hicieron caer los índices que guían las hipotecas variables. Esto también repercutió en las hipotecas fijas, que vieron disminuir sus intereses.

En cuanto a los bancos, encarnizaron aún más la guerra por los clientes y comenzaron a ofrecer todo tipo de incentivos para conseguir más usuarios en sus filas.

En cuanto a los comportamientos de los usuarios, un informe del Consejo General del Notariado dió algunas pistas sobre las modificaciones que impulsaron los clientes. Si quieres saber cuáles fueron algunas de las consecuencias del impacto del covid 19 en las hipotecas, no dejes de leer este post! Aquí te comentaremos los nuevos datos del año post comienzo del COVID 19.

El impacto del COVID 19: cómo afectó a la actividad económica y a las hipotecas

Según un estudio presentado por el Consejo General del Notariado el impacto del primer año de la crisis del coronavirus en el mercado se ha hecho notar. La caída de los actos realizados ante notario fue de un 6,1% respecto a los actos otorgados en 2019. Esta reducción se verificó en la mayoría de los actos notariales, pero se hizo más visible en aquellas actividades vinculadas con el ciclo económico, como constitución de nuevas sociedades, operaciones de compraventa de viviendas o constitución de nuevos préstamos hipotecarios.

Cancelación de hipotecas en caída

En 2020 se registró el primer descenso en esta variable de los últimos seis años. Durante el año pasado se firmaron ante notario la cancelación de 296.704 préstamos, un 15% menos que un año antes. Esto supuso la cifra más baja desde 2015. Muy distinto era el panorama de 2009 cuando se cancelaron medio millón de hipotecas y dos años antes en 2007 las cancelaciones superaron las 700.000 unidades.

Subrogaciones en aumento

En otros actos como las subrogaciones hipotecarias, la formalización de moratorias, novación de préstamos o ampliaciones de hipotecas se verificaron subidas. Asimismo en las aumentó la cantidad de actas de transparencia material de las nuevas hipotecas, como mandata la reciente Ley 5/2019 de los contratos de crédito inmobiliario.

La explosión de las novaciones

El número que más se destaca es el de las novaciones, que se dispararon un 300% durante el 2020. De esta forma se volvió a los niveles de 2013, un período recordado como muy crítico del mercado inmobiliario.

Las primeras medidas de apoyo para familias vulnerables fueron gestionadas en forma de moratorias para el pago de los intereses y los préstamos contraídos. Con el correr del tiempo, las moratorias se fueron prorrogando y ampliando en los trimestres sucesivos. Así fue el caso por ejemplo, de las empresas del sector turístico y del transporte.

Estas medias fueron formalizadas ante notario mediante novaciones de préstamos, que alcanzaron en 2020 las 130.000 operaciones, con lo cual registraron un aumento del 298% respecto del año 2019. De esta manera llegaron al mismo nivel de recuperación de los niveles de novaciones suscritas en 2013.

Las medidas que tomó el gobierno para apaciguar la crisis

Durante el 2020 el Gobierno abrió la posibilidad de que los trabajadores y autónomos pidieran una moratoria en el pago de los préstamos. Para poder a dicho beneficio debían acreditar una afectación importante debido a la pandemia. Alguons de los requisitos eran:

  • Haber perdido el empleo
  • Sufrir recortes en los salarios
  • Que la cuota hipotecaria más los gastos y suministros básicos, sea superior o igual al 35% de los ingresos netos del conjunto de los miembros de la unidad familiar,
  • Que los ingresos de todos los miembros del hogar no superaran en tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual, que es de 537,84 euros, o dicho en otras palabras que los ingresos no superaran los 1.613,52 euros al mes. 

Por su parte, la banca también emitió una moratoria que tenía requisitos un poco menos exigentes:

  • Haber entrado en un ERTE, 
  • Haber perdido el empleo o
  • Sufrir pérdidas notables o cese de actividad en caso de autónomos.

Para todos ellos, si la formalización de la hipoteca databa de antes del 14 de marzo de 2020, se presentaba la posibilidad de la mora.

Cuántos pedidos de moratoria se presentaron?

Hasta fines del mes de febrero se concedieron 222.256 moratorias legislativas, de un total de 265.061 solicitudes presentadas. El saldo que queda pendiente de amortización es de casi 20.000 millones de euros. En cuanto a las moratorias sectoriales, donde se incluyen las hipotecas, se otorgaron  casi 820.000 moratorias sectoriales con un saldo pendiente de 32.500 millones de euros. 

Estas medidas de aplazamientos en los plazos de pago siguen vigentes en 2021, luego de que se produzcan nuevos confinamientos debidos a  la segunda y tercera olas de COVID 19. La fecha final para solicitarla es es el  30 de marzo, y a través de ellas se pueden posponer los pagos con un máximo de nueve meses. 

Ampliación plazos de hipotecas y de importes 

Los notarios apuntaron que los usuarios realizaron cambios que tuvieron que ver con la extensión de plazos o de importes. No obstante estas modificaciones fueron más moderadas que las generadas por las novaciones.

La crisis económica llevó a los clientes hipotecarios a realizar una serie de actos notariales. Algunos fueron destinados a mejorar su solvencia  a través de subrogaciones  de deudor y  otros para reducir costes mediante subrogaciones del acreedor. Finalmente otros utilizaron las ampliaciones de hipoteca para tener mayores recursos con el fin de afrontar mejor la  crisis.

Si vamos a los datos, las subrogaciones aumentaron un 13% en 2020, hasta alcanzar las 31.288 operaciones. En tanto las ampliaciones de hipoteca lo hicieron un 12%, llegando a firmar 12.708 operaciones.

¿Te fue útil esta información? Conocés más el impacto del covid 19 en las hipotecas? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Por iniciativa del gobierno y la banca se implementaron una serie de moratorias hipotecarias, tendientes a brindar ayudas a los prestamistas afectados por el coronavirus.

El año que acabamos de despedir se llevó un saldo negativo en cuanto a salud y economía. La primera mitad signada por la ola de contagios hizo colapsar el sistema de salud y los indicadores económicos se desplomaron, mostrando déficits pocas veces vistos. En este contexto, el gobierno intervino a través de medidas que intentaron ayudar a las personas que no podían pagar sus deudas por causa del coronavirus. Una de ellas fue la moratoria hipotecaria, a la que pudieron acceder los españoles que no alcanzaban a cubrir los costes de las cuotas de sus préstamos. 

Si quieres saber cómo resultaron las moratorias hipotecarias durante el 2020, no dejes de leer este post.

Cuándo y por qué se decretaron las moratorias hipotecarias?

Luego de decretar el estado de alarma el 17 de marzo, el gobierno decidió acompañar las restricciones con una batería de medidas tendientes a ayudar a los afectados por la pandemia sanitaria. Una de ellas fue la de las moratorias hipotecarias, que incluyó tanto el capital como los intereses.

Esta moratoria consistió en una prórroga en los plazos de pago, que podía ser solicitada por los trabajadores con préstamos hipotecarios para vivienda habitual que habían visto sus actividades laborales frenadas por el COVID 19. Sin embargo, esta medida se quedó corta en sus alcances, por lo que el gobierno decidió ampliarla a los autónomos y a viviendas vinculadas a alguna actividad económica. Ejemplo de ello eran los  inmuebles adquiridos para funcionar como oficinas, locales comerciales o consultorios médicos. 

¿Qué requisitos se pidieron para poder acogerse a las moratorias hipotecarias?

La dilación en los plazos de pagos de préstamos podía ser solicitada por:

  • Desempleados recientes, personas que se hubieran quedado sin empleo  
  • Personas con un fuerte recorte en sus salarios
  • Aquellos a los que la cuota más sus gastos básicos fuesen superiores o iguales al al 35% de los ingresos netos del conjunto de los miembros de la unidad familiar
  • Las familias que no superasen en tres veces el IPREM ( Indicador Público de Renta de efectos múltiples. El IPREM tiene un valor de 537, 84 euros, por lo que ninguno de los miembros del hogar podía superar 1.613,52 euros al mes

Una condición extra era que las familias debían acreditar su situación de vulnerabilidad, con plazos fijados para presentar la documentación pertinente.

¿Cuáles fueron las prórrogas de la medida?

En un principio, las  moratorias hipotecarias tenían previsto durar tres meses pero, dadas las circunstancias fueron prorrogadas en julio hasta el 30 de septiembre. Luego de esa fecha el gobierno no dictaminó más aplazamientos.

Moratoria hipotecaria sectorial

Tras el último aplazamiento de las moratorias, los hipotecados tuvieron una nueva chance de negociar con las entidades financieras. Esto se dió gracias a la moratoria hipotecaria sectorial, una alternativa que ya había sido ofrecida por los bancos extraoficialmente en el mes de abril. Se trató de una opción que estaba al margen de la legalmente aprobada por el gobierno, y tuvo como objetivo llegar a más hogares vulnerables. El máximo planteado fue de un año.

Requisitos para la moratoria hipotecaria sectorial:

  • Haber sido beneficiario de un ERTE
  • Haber perdido el empleo
  • Tener una baja significativa en los ingresos
  • Ser trabajador de una actividad que hubiera cesado
  • La formalización de la hipoteca tenía una fecha límite: tenía que estar constituída antes del 14 de marzo de 2020.

Modos de devolución

  • Prorateo de la cuota mensual luego de terminarse la moratoria
  • Prolongación del a vida de la hipoteca por el mismo período de tiempo que la interrupción del pago.

¿Cuántas moratorias hipotecarias se concedieron en 2020?

Con el cierre de noviembre, el Banco de España brindó sus cifras oficiales. Como publica El País, las entidades financieras españolas concedieron 1,386 millones de moratorias hipotecarias y no hipotecarias a los afectados por la crisis del coronavirus, con un saldo vivo pendiente de amortización de 54.451 millones de euros.

Si hablamos de las moratorias legislativas del gobierno, se habían recibido hasta noviembre 269.694 solicitudes de moratoria hipotecaria, de las que se dio curso a 226.523, con un saldo vivo pendiente de amortización  de 20.309 millones de euros.

Para los créditos sin garantía hipotecaria, se registraron 419.556 peticiones de las que se tramitaron 366.669, con un saldo pendiente de amortización de los préstamos suspendidos de 2.706 millones de euros.

El número de este tipo de solicitudes se redujo respecto a la cifra del mes anterior debido a los ajustes de reclasificación de moratorias o de la información remitida realizados por algunas entidades. Esto sucedía luego de verificar operaciones rechazadas o desistidas por el cliente.

Para las moratorias sectoriales, el número de concesiones superó las 793.000, con un volumen de más de 31.400 millones de euros. Con estos resultados a la vista se mejoran las previsiones que habían hecho los notarios, que calculaban medio millón de estas moratorias hipotecarias. Estas moratorias no se dieron más a partir de fines de septiembre, pero el banco abrió las puertas a negociar caso por caso para los clientes que siguieran en dificultades.

¿Cómo se compone el grupo de las personas que se adscribieron a moratorias?

Los tres tipos de moratorias fueron suscriptas por asalariados en un 70%. Los principales sectores beneficiados por esta suspensión en el pago de las cuotas fueron:

  • Comercio
  • Hostelería
  • Profesionales
  • Científicos
  • Técnicos
  • Transporte
  • Construcción

Moratorias al transporte y al turismo

Dos nuevas moratorias se aprobaron también en julio, y estuvieron referidas al sector turístico y al sector del transporte público de mercancías y discrecional de viajeros en autobús. Esta medida fue dirigida no sólo a personas físicas sino también a personas jurídicas.

El número de solicitudes de moratoria hipotecaria para inmuebles correspondientes a una actividad turística se situó en 1.640, de las cuales se dio curso a 1.350, con un saldo pendiente de amortización de los préstamos suspendidos superior a 2.000 millones de euros.

Por otro parte, las referidas al transporte ascendieron a 1.836,  se dio curso a 1.639, alcanzando el saldo pendiente de amortización de estos préstamos suspendidos los 123 millones de euros.

¿Te ha servido esta información? ¿Tienes más datos sobre lo que ocurrió con las moratorias hipotecarias del 2020? ¡Esperamos que sí! Nos interesaría mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

¿Ya has oído hablar sobre las ayudas al alquiler de vivienda? ¿Sabes en qué consisten o quiénes pueden acceder a ellas? Si te interesa esta información, sigue leyendo este post.

¿Qué son las Ayudas al alquiler de vivienda?

Para comenzar con este artículo vamos a contarte, por si aún no lo sabes, qué son las ayudas al alquiler de vivienda.

Estas ayudas son una serie de subvenciones que ofrece el Estado a través de las Comunidades Autónomas. El fin de estas es facilitar el acceso a un hogar a aquellas personas más vulnerables económicamente o que, por algún otro motivo, no tienen la posibilidad de tener una vivienda digna.

Cada Comunidad Autónoma tiene su propio criterio para ofrecer estas subvenciones, sobre la base de necesidades concretas.

¿Quiénes son los principales beneficiarios de las Ayudas?

El objetivo del Gobierno regional es facilitar el goce de una vivienda en régimen de alquiler a:

  • Sectores de población con escasos medios económicos.
  • Jóvenes menores de 35 años en el momento de la solicitud.

Además de los mencionados arriba,La Comunidad de Madrid tiene previstos fondos para casos excepcionales como pueden ser:

Familias numerosas, familias monoparentales con cargas familiares, unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de violencia de género y unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de terrorismo. También, unidades de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad, unidades de convivencia con todos los miembros en situación de desempleo y unidades de convivencia con todos sus miembros mayores de 65 años.

¿Qué documentación necesitas para acceder a las Ayudas al alquiler de la vivienda?

Básicamente, tienes que tener los siguientes documentos al día:

  • Solicitud
  • Copia del DNI/NIE de los arrendatarios
  • Copia del contrato de arrendamiento
  • En el caso de menores de 35 años, y para el supuesto de no ser aún titular de un contrato, declaración responsable de estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento conforme a la LAU
  • Volante de empadronamiento histórico y colectivo.
  • Fotocopia de la Declaración del IRPF del solicitante y convivientes o bien certificado de imputaciones de la AEAT.
  • Otra documentación justificativa de los ingresos anuales.
  • Documentación acreditativa en caso de sectores preferentes.

¿Cuáles son los requisitos que debes tener para recibir Ayudas al alquiler de vivienda?

No todo el mundo puede acceder a estas ayudas. Debes cumplir algunos requisitos. A continuación te enumeramos algunos de ellos.

  1. Ser titular de un contrato de arrendamiento conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
  2. Que la vivienda arrendada sea la residencia habitual y permanente.
  3. No tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador.
  4. La renta mensual de la vivienda tiene que ser igual o inferior a 600  euros mensuales o a 900 euros, en algunos casos.
  5. Estar incluido en alguno de los sectores declarados preferentes.
  6. Poseer nacionalidad española o residencia legal en España.
  7. No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España. Excepciones de esto son:

-Partes alícuotas de herencias.
-No disponibilidad por separación o divorcio.
-Inaccesibilidad a la misma por discapacidad.
-Imposibilidad de ocuparla por causas ajenas a su voluntad.

8. No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones
9. No haber sido objeto de revocación de las ayudas previstas en un Plan de Vivienda.
10. El límite máximo de ingresos en ningún caso podrá superar los siguientes umbrales:

-3 veces el IPREM: 22.558,77 euros.
-4 veces IPREM: 30.078,36 euros – para familias numerosas de categoría general y unidades de convivencia con algún discapacitado.
-5 veces IPREM: 37.597,95 euros – para familias numerosas de categoría especial y unidades de convivencia con algún discapacitado de los especificados en la Orden de convocatoria.

11.No ser socio o partícipe del arrendador.

Por si no lo sabes aún, IPREM significa Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples y se refiere a un indicador para la concesión de ayudas, becas y subvenciones de estado. Es decir, se trata de un valor que actúa como referencia para ofrecer ayudas.

Alquiler para jóvenes y mayores de 65 años

En el caso de las Ayudas al alquiler de vivienda para jóvenes, estos tendrán que ser menores de 35 años y los beneficiados podrán contar con la ayuda hasta un máximo de tres años. El requisito más importante es que la vivienda tiene que costar menos de 600 euros al mes y la ayuda asciende al 50% de la renta.

En el caso de que los solicitantes sean mayores de 65 años, deben contar con un patrimonio más bajo de 100.000 euros y haber estado en alquiler durante un mínimo de 40 años.

El Gobierno decide ampliar las Ayudas al alquiler de viviendas hasta diciembre 2021 debido al Covid-19

Las Ayudas fueron aprobadas el 4 de abril, en pleno estado de alarma, y tenían vigencia hasta el pasado 30 de septiembre. Pero, debido a la crisis del Covid-19, el Gobierno ha ampliado estas ayudas hasta el 31 de diciembre de 2021, según la orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

La orden que ha publicado el BOE un tiempo atrás, explica que la evolución reciente de la pandemia, y por tanto de la vulnerabilidad provocada por su impacto económico y social sobre los arrendatarios de su vivienda habitual, hace recomendable extender el plazo para solicitar las Ayudas.

De esta manera, las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla podrán adaptar las convocatorias de las ayudas de este programa a la evolución de la pandemia hasta el 31 de diciembre. El Ejecutivo las dotó de un fondo adicional de 100 millones de euros y les adelantó en abril los 346 millones correspondientes al plan estatal 2018-2021.

Si quieres dejarnos tu opinión sobre este tema, puedes hacerlo en el apartado “Comentarios” de nuestro Blog.

No olvides que en Oi Real Estate estamos para ayudarte a realizar cualquier operación inmobiliaria de manera profesional. ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

La eficiencia energética, regulada a través de diversas normativas impulsadas por el gobierno, tiene como objeto generar ahorro en los hogares y un consumo optimizado de los recursos ambientales.

A tono con las políticas impulsadas desde la Unión Europea, el gobierno promueve políticas de ahorro de energía. En un contexto de pandemia y crisis, urge generar medidas que insten a los consumidores y empresarios a cuidar el medio ambiente.

Y hacia ese horizonte parecen enfocarse los decretos propulsados recientemente por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Desde la cartera dirigida por Teresa Ribera se busca lograr el objetivo de eficiencia energética, impulsando nuevas medidas como el Real Decreto 736/2020 o el Plan de Rehabilitación Energética de Edificios.

¿Cuáles son los plazos y las condiciones para implementar el plan de eficiencia energética?

Según publica la Asociación Nacional de Instaladores de Reparadores de costes de calefación, el Real Decreto 736/2020 establece unos plazos de obligado cumplimiento para solicitar este presupuesto según las zonas climáticas, que varían desde el 1 de febrero del 2021 hasta el 1 de febrero de 2022.

Cuando el presupuesto determine la obligatoriedad, los hogares tendrán un plazo de 15 meses a partir de las fechas antes mencionadas. Será entonces cuando deberán instalar los contadores individuales o repartidores de costes de calefacción. El 1 de mayo de de mayo de 2023, es la fecha límite. A partir de entonces todas las viviendas que no hayan sido declaradas exentas deberán tener instalados sistemas de individualización y contaje.

La contabilización del consumo individual de calefacción y refrigeración será obligatoria para todas las viviendas con calefacción central, aunque se establecen excepciones según la zona climática y cuando no sea técnicamente viable o económicamente rentable.

¿Cuáles son las obligaciones para los edificios según la nueva normativa de eficiencia energética?

Gracias a estas medidas, cada consumidor podrá conocer y optimizar su consumo de energía. Las obligaciones tendientes a mejorar la eficiencia energética consisten en instalar contadores individuales que midan el consumo de energía térmica en función de la zona climática donde se encuentre la vivienda. Esto debe ser técnicamente viable y económicamente rentable para el usuario.

Los titulares de instalaciones de calefacción y refrigeración deberán solicitar un presupuesto a una empresa instaladora. Este será gratuito y determinará si la instalación es viable y rentable y, por tanto, obligatoria.

Eficiencia

Los edificios que estarán afectados son:

Todos los que se hayan construido antes de 1998. Luego de esa fecha comenzó a regir el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios a través del Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio. Esa norma obligó a los nuevos edificios a disponer de un sistema que permitiera el reparto entre los consumidores de sus respectivos servicios:

  • Energía térmica en instalaciones de calefacción
  • Refrigeración
  • Agua caliente sanitaria

¿Cuáles son las excepciones a este decreto?

  • Inviabilidad técnica
  • Ubicación climática
  • Rentabilidad económica : cuando no se pueda recuperar la inversión en un máximo de cuatro años.

¿En qué consiste el PREE?

El Programa de Rehabilitación Energética de Edificios ( PREE) fue recientemente aprobado por el Consejo de Ministros. A través del mismo el gobierno prevé destinar 300 millones de euros para la mejora energética de edificios construidos antes de 2007.

Gracias a este programa se repartirán subsidios para distintas renovaciones en los hogares. Algunos de las refacciones incluyen cambios en la envolvente térmica, sustitución de calderas por opciones renovables o mejoras en la eficiencia de iluminación.

Tal como publica el Portal de Eficiencia y Servicios energéticos, esta medida, promulgada el 4 de agosto a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), cuenta además con un mayor porcentaje de ayuda a los usuarios vulnerables.

Mayor ayuda a los consumidores vulnerables

El coste de rehabilitación y actuaciones sobre alumbrado se subvencionarán entre un 25% y el 35%. Cuando se trate de los consumidores vulnerables, se cubrirá un 15% adicional. Y en el caso que se combinen distintas actuaciones o se logre una mejora sustancial de la eficiencia, la mejora adicional será del 20%.

El PREE contempla un mayor porcentaje de ayuda para los consumidores vulnerables. De esta forma busca alinearse con las políticas de reactivación económica que plantea la Unión Europea para mitigar los efectos del COVID.

Estas políticas están centradas en la transición energética y la digitalización. Su objetivo es generar incentivos sobre la actividad económica en el sector de la construcción así como también la puesta en marcha de instalaciones eléctricas y térmicas.

Con todas estas medidas en vista, se espera que se generen además de los beneficios ambientales, entre 2.000 y 3.000 puestos de trabajo directos e indirectos.

Eficiencia

La coordinación del PREE estará a cargo del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), dependiente de Miteco. Las Comunidades y Ciudades Autónomas deberán realizar y publicar su respectiva convocatoria de ayudas a partir de las bases reguladoras aprobadas en Consejo de Ministros

¿Quiénes podrán presentarse a las convocatorias?

Cada región publicará convocatorias a las que se podrán presentar:

  • Propietarios

  • Agrupaciones de propietarios de edificios

  • Propietarios individuales de edificios, sean personas físicas o jurídicas

  • Comunidades de energías renovables

  • Empresas explotadoras

  • Arrendatarias o concesionarias de edificios

  • Comunidades ciudadanas de energía

  • Empresas o proveedores de servicios energéticos

  • Entidades locales

¿En qué consiste el Plan Nacional de Energía y Clima?

Los programas de rehabilitación y de ayudas contribuyen a la ejecución del Plan Nacional de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030. A través del mismo se planea la descarbonización gradual del sistema, cuya idea es que para antes de 2030, el 74% del sistema eléctrico sea renovable. Del mismo modo la Estrategia a Largo Plazo (ELP), actualmente en trámite de consulta pública, proyecta que España alcance la neutralidad climática en 2050.

Estos documentos señalan la necesidad de actuar en los edificios, para lograr que sea plenamente sostenible a mediados de siglo. Según estimaciones del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, estos programas generarán unos 48.000 empleos anuales netos entre 2021 y 2030.

Si tienes alguna duda sobre éste ú otros temas no dudes en consultarnos. En Oi Realtor tenemos las mejores soluciones a tus demandas inmobiliarias.

La vivienda se presenta como es una de las prioridades dentro del presupuesto presentado por el gobierno, que destinó una partida de 2250 millones de euros para este sector.

El gobierno español ha decidido darle prioridad a la vivienda, según se puede ver en el presupuesto que ha enviado para el registro de sus gastos públicos  para el período 2021.

El proyecto de presupuestos para el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana ( Mitma) asciende a 16.664 millones. Esto significa un 53% más que el presentado para el período anterior y representa el más elevado de los últimos 10 años.

¿Cuánto se destinaba para la vivienda en años anteriores?

Durante los últimos cinco años, las partidas destinadas a vivienda oscilaban entre los 460 y los 510 millones de euros por ejercicio. De esta manera, el presupuesto para 2021 equivale a la suma de las cantidades que la agenda urbana recibió en el último lustro.

Este gran salto fue posible gracias al oxígeno en forma de transferencias directas que España recibirá del fondo de recuperación europeo, como informa Calor y Frío. La dotación para vivienda, sin tener en cuenta el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE, asciende a 602 millones de euros registrando un incremento del 25% respecto al año anterior.

Sin embargo, a través del fondo se financiarán actuaciones por otros 1.651 millones de euros, lo que totaliza unos recursos de 2.250 millones de euros para esta rama. Este cambio representa un aumento de más del 360%.

La mayor partida presupuestaria para la vivienda

El ministro de la cartera, José Luis Ábalos, detalló que la partida será la mayor de la historia ya que unos 2250 millones de euros serán destinados en la promoción de las viviendas. El dinero será utilizado para aumentar la oferta de de pisos en alquiler social y asequible, aunque también para pagar las rentas y para la rehabilitación de viviendas. Todas estas políticas se enmarcan dentro del plan del gobierno para reactivar la economía que tras la crisis provocada por el coronavirus ha tenido un año en declive.

Gran parte de estas partidas se incrementaron gracias a la ayuda que va a recibir España a través de los fondos de recuperación. Estas herramientas fueron creadas por la Unión Europea para minimizar los efectos de la crisis. Hasta ahora, estas ayudas ascienden a un total de 4.982 millones de euros, según se pudo conocer luego de la presentación del libro amarillo por parte de la ministra de Hacienda María Jesús Montero,

Estos presupuestos servirán para afrontar la crisis social, económica y sanitaria provocada por la pandemia. Además, el plan del gobierno es avanzar hacia un nuevo modelo de crecimiento que refuerce el Estado de Bienestar.

Vivienda

¿Cómo se desglosa el presupuesto 2021?

Del presupuesto se pueden desdoblar varias partidas. Por un lado se destinarán 1.550 millones para el programa de recuperación económica y social de entornos residenciales. Para la sostenibilidad y digitalización de edificios de Administración Pública hay presupuestados 81 millones mientras que otros 30 millones serán utilizados para la rehabilitación arquitectónica.

Para el Plan de Vivienda 2018-2021 serán destinados 354 millones, en tanto que el Plan de vivienda para el alquiler asequible unos 215 millones. Estos dos últimos se planea que estén listos para el año que viene. Por otro lado, unos 20 millones más serán usados para los planes de acción de la Agenda Urbana Española.

En pos de dinamizar las actuaciones se multiplicó cinco veces el Presupuesto de Vivienda anterior. Gran parte de éste será destinado a Comunidades Autónomas y Ayuntamientos a través de Convenios y de concurrencia competitiva.

Si en 2020 se transfirieron 346 millones de euros a las Comunidades para el desarrollo de las políticas de vivienda, en el presupuesto actual para esa cuota será mucho mayor. Según informó el ministerio se contemplan transferencias de 1.934 millones para el año 2021

En cuanto al alquiler asequible, las ayudas a los beneficiarios aumentan hasta 900 euros al mes, un aumento considerable respecto a los 600 euros del presupuesto anterior.

Por su parte, la Entidad Pública Empresarial del Suelo ( SEPES) recibirá 100 millones con el fin de impulsar el Plan 20.000 de viviendas de alquiler asequible y social.

vivienda

¿En qué consiste el Plan 20.000 de viviendas del Mitma?

Según publica Cinco Días, el objetivo del Gobierno es ceder a las promotoras y constructoras interesadas parte del suelo público a coste cero. El plazo en un principio iban a ser 50 años pero finalmente se decidió que serán 75 años.

Durante estos años, las constructoras tendrán la obligación, además de construir los inmuebles, tramitar y gestionar alquileres asequibles o sociales.

Luego de los 75 años, las viviendas pasarán de nuevo al parque público. Según palabras del ministro, esta será una nueva forma de entender la política de vivienda.

La propuesta del Mitma es ceder no solamente los terrenos que sean del Estado, sino que las propias administraciones autonómicas y locales tengan la potestad de hacer lo mismo. El fin será que se logre aumentar el parque residencial en sus respectivas zonas, con lo que algunas autonomías como Comunidad Valenciana o Canarias que se mostraron interesadas.

De este proyecto participa no sólo el Mitma sino que también están involucradas otros gabinetes como el de Defensa. Prueba de ello es que en Valencia, donde se han proyectado a corto plazo casi 1.000 viviendas, los suelos cedidos se encuentran en el cuartel de ingenieros y el cuartel de la artillería.

¿En qué ciudades se llevará a cabo el proyecto?

Otras ciudades donde ya se están proyectando viviendas son: Madrid  donde hay proyectos de 1.800 nuevas viviendas. Por su parte en Málaga hay 1.300, en Sevilla casi 1.000, y en Ibiza algo más de 500. 

En la actualidad se trabaja sobre un total de 20.876 viviendas ya identificadas. Con este número se superaría con creces el objetivo de legislatura, lo cual no significa que no se impulsen nuevos convenios, ni que se frenen nuevas actuaciones de aquí a 2023.

Si tienes alguna duda sobre éste u otros temas, no dudes en contactarnos. En Oi Realtor le damos la mejor solución a tus consultas.

La intención del gobierno era limitar a las SOCIMIS a través del gravamen del 15% de sus beneficios no distribuibles pero esta medida podría tomar forma recién el año que viene

El anuncio del gobierno de la semana pasada sobre las reformas tributarias trajo revuelo. Y es que uno de sus puntos observaba el gravamen de un 15% sobre los beneficios no distribuibles de las sociedades inmobiliarias que cotizan en bolsa.

Sin embargo, esta medida se habría quitado del Proyecto de los Presupuestos Generales del Estado. Las opciones serían que pase a formar parte de otra enmienda o ser reevaluada por el gabinete expertos comandados por Nadia Calviño, ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital de España.

El motivo de la quita de esta medida del presupuesto es, según publica El Confidencial, que los dos socios del Gobierno no han logrado consensuar el articulado del tributo. Desde el sector del empresariado esta nueva normativa había generado un amplio rechazo, ya que su tasa no cuenta con el respaldo de equipos técnicos y obtendría un nulo impacto recaudatorio.

Según las fuentes citadas, esta norma llegaría en un pésimo momento ya que los ingresos y activos están seriamente golpeados por la crisis. Además de esta manera sólo se lograrían espantar inversores y generar una desmotivación por los cambios legales y la inseguridad jurídica.

¿Cuáles son los beneficios impositivos actuales de las SOCIMIS?

Las SOCIMIS cuentan con un régimen especial en España a través del cual no pagan el Impuesto a las Sociedades. Como contrapartida deben repartir al menos el 80% de sus dividendos entre los accionistas.

Dentro de ese 20% restante es donde se planificaba aplicar el gravamen del 15% tal como había anunciado el gobierno.

Esta medida era una de las exigencias de Unidas Podemos en el acuerdo de gobierno para la investidura de Pedro Sánchez y para dar su apoyo a los Presupuestos que se presentaron en el Congreso.

Sin embargo, tal como asegura El Mundo, la medida apenas tendría efecto recaudatorio. La razón es que las principales socimis de España tienen un pay out del 100%, esto es que reparten la totalidad del beneficio que generan. De esta manera no tendrían ninguna obligación tributaria extra, por lo que el efecto recaería probablemente en las socimis más pequeñas.

¿Qué impacto tendrían las medidas tributarias sobre las arcas del estado?

El impacto recaudatorio que tendría esta nueva tasa en las arcas públicas según la contabilización del Ministerio de Hacienda es de 25 millones de euros. La cartera que dirige María Jesús Montero reconoció que este tributo no tendría registro en caja hasta el año 2022.

Las diferencias entre el PSOE y Unidos Podemos fueron el motivo principal por el cual la tasa a las socimis habría quedado fuera de los PGE. Las opciones serían llevarla como enmienda a la Ley Antifraude, o encomendársela al grupo de expertos que se creará en la cartera de Calviño para reformar a fondo la fiscalidad nacional.

SOCIMIS

Otros puntos de la reforma tributaria

Impuesto de Sociedades

Limitar las exenciones por dividendos y plusvalías aplicadas a las participaciones de las empresas españolas en filiales extranjeras. Actualmente, esas aportaciones están sujetas a una exención del 100%, que el Gobierno viene planeando rebajar al 95%. De esta forma, ese 5% de beneficios tributarían al 25% que marca el impuesto.

Para empresas de menos de 40 millones de negocio, esta norma no aplicará durante tres años, a fin de no afectar a las pymes

Fijar un tipo mínimo del 18% para banca y un 30% para las petroleras.

IRPF

Aumento del gravamen de dos puntos sobre las rentas de más de 300.000 euros de ingresos anuales.

Revisar la fiscalidad del ahorro, para incrementar el gravamen en tres puntos a partir de los 200.000 euros logrados con inversiones, participaciones bursátiles, y otras fórmulas.

Patrimonio

Alzar en un punto el tipo aplicado a los patrimonios de más de 10 millones de euros, del 2,5% al 3,5%.

Fiscalidad de los planes de pensiones

Reducción de las ventajas fiscales de las que gozan los planes privados de pensiones.

IVA

La sanidad y la educación privadas seguirán exentas del pago del IVA,.

Impuesto al plástico

Creación de un impuesto a los envases de plástico no reutilizables, para ingresar 491 millones de euros en el próximo ejercicio.

Gravamen a las bebidas azucaradas

Elevar el tipo de IVA aplicado a las bebidas azucaradas y edulcoradas del 10% al 21%, a fin de ingresar 340 millones en 2021 y 60 en 2022.

Fiscalidad verde

Se reduce la bonificación fiscal, para dejar el tipo estatal general de este combustible en 34,5 céntimos, frente a 30,7 actuales o los 40,07 céntimos de la gasolina. Para un depósito de 50 litros, son 3 euros con el IVA incluido.

SOCIMIS

SOCIMIS como impulsoras de la economía

Las SOCIMIS representan un valuarte destacado en la recuperación económica que afronta el país y como motor del mercado de la vivienda. Así lo aseguraron los representantes del BME Grow durante la presentación del informe Socimis: Solidez y Valor para la recuperación económica.

Según el informe cada vez más socimis se dedican al alquiler de vivienda y esto posibilita la estabilización de los precios del alquiler gracias a una gestión más profesional.

Desde el 2013 cuando el régimen fiscal se adaptó a los Reit tradicionales las socimis se convirtieron en grandes actores del mercado inmobiliario español. En tanto y en cuanto las instituciones puedan brindar seguridad jurídica y flexibilidad en los requisitos tributarios, las socimis podrán tener un futuro provechoso, aseguran los analistas.

¿Cómo fue la actividad de las SOCIMIS durante 2019?

En la actualidad cotizan en España 83 socimis. Dentro de ellas 79 operan en el mercado BME Growth mientras que cuatro lo hacen en el mercado principal: Colonial, Merlín Properties, Lar España y Árima Real Estate. Las dos más importantes, Colonial y Merlín Properties también están incluidas en el índice Ibex 35.

La capitalización bursátil que registraban en 2019 era de 25.733 millones de euros. La crisis provocada por el coronavirus también afectó el comportamiento de los mercados por lo cual el impacto sobre las SOCIMIS también se hizo sentir. El descenso llegó hasta un 17%, lo que generó que la capitalización bajara hasta 21.268 millones de euros en 2020.

Los ingresos por rentas de las SOCIMIS en 2019 fueron de 2.060 millones, lo que representa un 8% más que el 2018. Su beneficio neto alcanzó los 2.500 millones de euros, un 11% más, y la generación de caja neta fue superior a los 500 millones.

En cuanto a la retribución a los accionistas, las sociedades distribuyeron 1.254 millones de euros en dividendos durante el pasado 2019, con lo cual se produjo un incremento interanual de más del 60%.

Si bien el coronavirus ha disminuido el rendimiento en la Bolsa de las SOCIMI españolas su desarrollo no se frena y hasta han conseguido aumentar su cantidad hasta conformar el 46% del conjunto de la Unión Europea.

La crisis pandémica que afecta todo el mundo económico también ha hecho mella en las SOCIMIs. Aunque su cantidad no se ha visto reducida y componen una gran proporción del conjunto europeo, su cotización en Bolsa ha disminuido.

Las medidas anunciadas por el vicepresidente Pablo Iglesias a fines de octubre han limitado los beneficios que en algún punto las hacían atractivas. La propuesta, que incluye una reforma en el régimen tributario supone la obligación de aportes del 15% de sus beneficios no distribuidos, tal como sucede en otros países como EEUU o Australia.

¿Qué es una SOCIMI?

Las SOCIMI (Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión Inmobiliaria) son sociedades anónimas cotizadas. Su principal actividad es la adquisición, promoción y rehabilitación de activos de naturaleza urbana para su arrendamiento. Esto puede ser en forma directa o a través de la participación en el capital de otras SOCIMI.

Es una sociedad de de tipo mercantil que, como su nombre lo indica, debe contar con acciones que coticen en una Bolsa de Valores. Se consideran uno de los vehículos de inversión inmobiliaria y están reguladas por la Ley 11/2009 con sus modificaciones posteriores.

SOCIMI

¿Para qué fueron creadas las SOCIMI?

Las SOCIMI nacen como una adaptación española a las Real Estate Trust, sociedades que tuvieron su origen en Estados Unidos durante la década del ‘60. Su principal función es la de impulsar el mercado de alquiler en España.

La llegada de las SOCIMIS generó que varios grupos inversores se interesen por formar parte del mercado inmobiliario a través de estos vehículos. Gracias a sus características le proporcionan liquidez a las inversiones inmobiliarias, ofreciendole una rentabilidad estable a los inversores.

¿Cuáles son las condiciones para formar una SOCIMI?

  • Cotizar en mercado español o europeo
  • Contar con un capital social mínimo de 5 millones de euros
  • Debe tener con al menos 50 accionistas
  • Su objeto social debe ser la inversión en inmuebles urbanos, por lo que el 80% de su activo debe invertirse en este tipo de inmuebles ( edificios, viviendas, oficinas, garajes, etc) para su posterior arrendamiento. Dentro de inversión se incluyen la construcción, promoción o rehabilitación de edificaciones
  • Pueden participar con su capital en otras SOCIMIS

¿Cuáles son sus principales ventajas fiscales?

Las SOCIMI son reguladas por un régimen tributario especial, lo que les confiere beneficios extras para su impulso. Algunos de ellos, hasta que se dictaminen nuevos normativas, son:

  • Exención fiscal de pagar el impuesto de sociedades ( si gravan los dividendos obtenidos).

  • Bonificaciones (de hasta el 95%) en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD).

Para poder obtener estos beneficios deben cumplir con las siguientes condiciones:

  • Un mínimo de 3 años de activos en su cartera

  • El 80% de sus activos tienen que ser arrendados

  • Deben repartir el 80% de los beneficios anuales a través de dividendos

Para fines del primer semestre, cotizaban en los mercados españoles 77 de estos vehículos de inversión, casi la mitad de todos los que hay en la Unión Europea. Vale aclarar que estas compañías son de un tamaño menor que el de sus homólogas continentales.

Crisis de las Bolsas y SOCIMIS

La crisis del coronavirus está afectando a las Bolsas y las SOCIMIs no son ajenas a ello. Según publica El País, las socimis españolas alcanzaban a finales de junio una capitalización bursátil de 21.260 millones de euros, un 17% menos que a cierre de 2019. Esto significa que han perdido una parte importante de su territorio ganado el año pasado, cuando la capitalización progresó un 30,5% respecto a 2018.

Los movimientos en la Bolsa, varían según el tipo de activos que poseen. Las SOCIMIs mixtas (reparten su capital en varios sectores) perdieron un 37% de cotización. Las que se dedican a las oficinas, cayeron un 22%, mientras que las que poseen centros comerciales o logísticos han resistido más.

Por otra parte, las SOCIMIs que se dedican a locales comerciales de calle y al alquiler de vivienda aumentaron su valor un 13,5% y un 12,6% respectivamente.

Dos sociedades muy importantes del mercado español han sufrido pérdidas de envergadura. Merlín ( de inversión mixta) y Colonial ( dedicada a las oficinas) representaban a fines de 2019 el 46% de la capitalización bursátil del sector. A causa de la pandemia, Merlín perdió más de la mitad de su capitalización mientras que Colonial perdió casi los mismos niveles.

SOCIMI

 ¿Cómo es la situación de las Sociedades de Inversión en el resto de Europa?

El resto de los países de la Unión Europea vivieron en conjunto un retroceso de la capitalización del 22,6% entre marzo de 2019 y junio de 2020. 

Con respecto a España, el retroceso fue menor, llegando a perder un 13,1%. Sin embargo hay que destacar que en ese mismo período el país continuó sumando empresas al sector en plena crisis pandémica.

Mientras que en el resto de la UE las sociedades disminuyeron su cantidad ( de 172 a 170) respecto del 2019, en España este número pasó de 72 a 77. Con esto se verifica que el mayor porcentaje de las firmas del conjunto de Los Veintisiete lo componen compañías de España, aportando el 45%.

En un ejemplo opuesto podemos ver a Francia. Con menor cantidad de SOCIMIs duplica en capitalización a España pero tampoco ha dejado crecer ya que en 2020 sumó cuatro empresas al mercado.

En este contexto es difícil arriesgar cuál será el panorama bursátil para este tipo de sociedades anónimas. La crisis del coronavirus y las nuevas medidas del gobierno amenazan socavar el empuje que venían teniendo desde el comienzo de su auge en el 2013. El nuevo plan fiscal obligaría a pagar a las SOCIMIs un 15% del beneficio no distribuido, algo que no es extraño para los inversores internacionales, ya que se viene realizando en países como Estados Unidos o Australia.

Si tienes una duda sobre este ú otros temas inmobiliarios, no dudes en contactarnos. En Oi Realtor te ofrecemos la mejor solución a tus demandas.

Los locales comerciales que ven seriamente dificulado su trabajo por causa de los nuevos confinamientos pueden gestionar rebajas de hasta el 50% o una renta mínima del pago de su alquiler, según las nuevas normas dictaminadas por el gobierno.

Mayor margen de negociación con los propietarios y soporte legal del gobierno, son dos de las opciones donde se apoyan los inquilinos de locales, quienes se han visto afectados seriamente por el nuevo confinamiento.

Es que, la segunda ola del coronavirus que está afectando a gran parte de Europa ha traído inconvenientes al momento de cancelar los pagos a los arrendadores. Los anuncios realizados a fines de octubre promueven medidas tendientes a reducir al mínimo los contagios para evitar así la mayor cantidad de muertes posibles y el colapso del sistema sanitario. Esto se produce a través la limitación del aforo a un porcentaje menor al de su capacidad o al cierre temporario de la actividad

De esta manera, los locales comerciales, impedidos de generar ganancia con su trabajo tienen dos vías para sustentarse. Por un lado se han llegado a acuerdos estimando la renta guiandose por la facturación. En estos casos un porcentaje negociado con el propietario será destinados al pago del alquiler. Por otra parte existe la posibilidad de una quita importante del pago, avalada por el gobierno, para las actividades que han sido frenadas tal que no están habilitadas para generar ingresos.

Los cambios gestados desde mitad de año en los contratos de locales comerciales

Esto no es una novedad para el mercado inmobiliario, que ya hace un tiempo viene amoldandose a las vicisitudes provocadas por la pandemia. Ya en junio, con la reapertura tras el primer confinamiento, los arrendatarios habían comenzado a acortar los tiempos contractuales e incluir nuevas cláusulas:

Menor tiempo de contrato

Si antes se firmaban contratos por 10 o 15 años, los nuevos convenios acuerdan el alquiler de un local comercial por 8, y hasta incluso entre 3 y 5 años.

Cláusula COVID

Algunos inquilinos logran incluir entre los puntos del contrato la cláusula covid. Tal cual tal como su nombre lo indica fue creada para evitar el cese del contrato y poder prever inconvenientes relacionados con la pandemia.

Renta fijada por la facturación

En algunos casos se negoció un porcentaje de la renta generada por el local, de entre el 13 y el 20%, manteniendo un mínimo garantizado. Si el local factura supera el mínimo el propietario puede reclamarlo.

Una medida que causó alivio a inquilinos de locales

El Govern catalán aprobó el 20 de octubre pasado un decreto con el que rebaja hasta un 50% el alquiler de los locales cerrados por el coronavirus, como bares y restaurantes. Gracias a esta medida los arrendatarios están habilitados para negociar con los propietarios una rebaja temporal en la renta mensual.

En el caso de que no se llegue a un acuerdo en el plazo de un mes, la aplicación del decreto se hará automática. 

La norma rige para los locales totalmente cerrados por la crisis sanitaria. Entre ellos se incluyen bares, restaurantes, centros de estética, bingos, casinos, salas de juego o ludotecas. A partir del momento en el que el propietario manifieste su voluntad de negociar se aplicará la rebaja del 50%.

Con respecto a los locales que no han cerrado por completo pero que si han visto mermas en la cantidad de personas que pueden asistir, la rebaja será distitna. Si se tiene permitido abrir la mitad de su capacidad, el inquilino deberá pagar el 75% del total del aquiler.

Dentro de este grupo están los gimnasios, hoteles, tiendas 24 hs, comercios y teatros.

La portavoz del Govern, Meritxell Budó defendió el nuevo decreto diciendo que “es un mecanismo rápido y eficaz para evitar que el coste de la pandemia recaiga sólo en una de las partes del contrato de arrendamiento”. Según Budó, la rebaja favorece el pacto, pero impide que la negociación dilate la rebaja de las cuotas. El objetivo es evitar el cierre empresas y la destrucción de puestos de trabajo, comentó en rueda de prensa.

Restricciones en centros comerciales

A partir del viernes 30 de octubre los centros comerciales y las tiendas de alimentación de más de 800 metros cuadrados cerraron sus puertas, tras el decreto firmado por la Presidència de Catalunya . Los comercios con menores proporciones pudieron abrir limitando su aforo a un 30%. 

Esta medida, según publica El Periódico no aplica a las galerías comerciales a las que se tenga acceso directo, ni a los que se dediquen a los servicios esenciales. Dentro de este grupo entran los comercios de: alimentación o bebidas, farmacia, productos higiénicos, ópticas, veterinarias, productos de jardín y concesionarios.

Todos ellos deberán contar con menos de 800 m2 y limitar su aforo al 30%

El Govern también dictaminó el cierre perimetral de Catalunya durante 15 dias. Esto significa que no habrá traslados o movimientos intercomunales. La medida también incluye el confinamiento perimetral por municipios, pero esto es sólo durante los fines de semana y rige desde las 6 am  del viernes hasta las 6 am del lunes.

¿Cómo afecta la rebaja de alquileres de locales a las inmobiliarias?

El sector inmobiliario reaccionó a estas medidas a través de un comunicado que le envió al Govern. En este piden mecanismos compensatorios para que no deban ser las empresas y propietarios privados los que asuman los costes.

Asimismo, expusieron su comprensión con las medidas de la Generalitat para que se produzca el menor impacto económico posible en las empresas afectadas. También se pusieron a la disposición del Govern para aportar ideas y propuestas que “puedan equilibrar la asimetría”.

En el mismo comunicado se dejó constancia de que, en la mayor parte de los casos desde el principio de la pandemia, se produjeron mediaciones de forma voluntaria entre las partes. De esta forma se lograron rebajas o la moratorias en la renta de los alquileres.

Tal como se encuentra la situación en toda la comunidad es muy difícil ponerse de un lado en la puja entre propietarios e inquilinos. Por un lado las medidas del gobierno deben acatarse ya que se confía evitarán más muertes y el colapso del sistema. Pero de esta forma los arrendatarios de locales se ven impedidos de hacer su trabajo, lo que los imposibilita para generar rentas adecuadas que cubran los costes del alquiler. En este sentido fueron necesarias las medidas para llevar alivio a sus cuentas. Del mismo modo es legítima la demanda de los propietarios al ver disminuidas las rentas con las que contaban.

Será cuestión de confiar en que las medias tomadas por el gobierno serán las más adecuadas y generar buenos canales de diálogo entre las partes para que se pueda llegar a un buen puerto luego de esta segunda oleada del COVID.

Si te quedó alguna consulta o quieres hacer algún comentario, no dudes en escribirnos! En Oi Real Estate estamos a tu disposición para cualquier asesoramiento que necesites.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas